distintas modalidades. 11 distintas modalidades. 12 distintas modalidades. 13 distintas modalidades. 15 distintas modalidades PDF Free Download (2024)

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1 SUMARIO BOJA Boletín Oficial de la 1. Disposiciones generales CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA PÁGINA Resolución de 23 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Almería, por la que se convocan pruebas de aptitud para la obtención de certificado o carné de instaladores autorizados en sus distintas modalidades. 6 Resolución de 26 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se convocan pruebas de aptitud para la obtención de certificado o carné de instaladores autorizados en sus distintas modalidades. 11 Resolución de 23 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se convocan pruebas de aptitud para la obtención de certificado o carné de instaladores autorizados en sus distintas modalidades. 12 Resolución de 25 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se convocan pruebas de aptitud para la obtención de certificado o carné de instaladores autorizados en sus distintas modalidades. 13 Resolución de 25 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se convocan pruebas de aptitud para la obtención de certificado o carné de instaladores autorizados en sus distintas modalidades. 15 Resolución de 23 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se convocan pruebas de aptitud para la obtención de certificado o carné de instaladores autorizados en sus distintas modalidades. 16 Resolución de 23 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Málaga, por la que se convocan pruebas de aptitud para la obtención de certificado o carné de instaladores autorizados en sus distintas modalidades. 18 Lunes, 28 de mayo de 2007 Año XXIX Número 104 (1 de 2) Edita: Servicio de Publicaciones y BOJA CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA Secretaría General Técnica. Dirección: Apartado Oficial Sucursal núm. 11. Bellavista SEVILLA Talleres: Servicio de Publicaciones y BOJA Número formado por dos fascículos Teléfono: * Fax: Depósito Legal: SE ISSN: Formato: UNE A4

2 Página núm. 2 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 Resolución de 25 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se convocan pruebas de aptitud para la obtención de certificado o carné de instaladores autorizados en sus distintas modalidades. 19 CONSEJERÍA DE EMPLEO Orden de 11 de mayo de 2007, por la que se regulan los programas de fomento de la empleabilidad y la cultura de la calidad en el empleo y se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a dichos programas. 20 CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y PESCA Orden de 21 de mayo de 2007, por la que se modifica la de 22 de febrero de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la reconversión de plantaciones de determinadas especies frutícolas durante el período y se efectúa convocatoria para el año Autoridades y personal 2.2. Oposiciones y concursos CONSEJERÍA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Resolución de 15 de mayo de 2007, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la corrección de errores de la de 20 de abril de 2007, por la que se aprueban la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, correspondientes a las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre para ingreso en las especialidades de Investigación Agraria y Pesquera del Cuerpo (A2.2) y especialidad Desarrollo Agrario y Pesquero del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio (B.2.2). 35 Resolución de 25 de mayo de 2007, de la Dirección General de Función Pública, por la que se abre plazo para que los aspirantes que han superado la fase de oposición para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opciones: Biología, Veterinaria, Psicología, Conservadores de Museos, Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Arquitectura Técnica, y Cuerpo de Auxiliares Técnicos, opción Informática, aporten la documentación acreditativa de los mismos. 35 UNIVERSIDADES Resolución de 11 de mayo de 2007, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad, por el sistema de turno libre Otras disposiciones CONSEJERÍA DE GOBERNACIÓN Resolución de 4 de mayo de 2007, de la Delegación del Gobierno de Cádiz, por la que se dispone la publicación del trámite de subsanación de la documentación presentada por las Entidades sin ánimo de lucro solicitantes de las subvenciones convocadas mediante la Orden que se cita. 44 CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA Resolución de 26 de abril de 2007, de la Dirección General de Economía Social y Emprendedores, Consejo Andaluz de Cooperación, por la que se da publicidad al acuerdo del Pleno sobre las líneas de actuación para la aplicación del Fondo de Educación y Promoción por las Sociedades Cooperativas Andaluzas. 45 Resolución de 24 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se declara en concreto la utilidad pública de la instalación de la línea aérea de M.T. 20 kv D/C LA-110 desde la Subestación Petra a Moraleda en los tt.mm. de Villanueva de Mesía, Moraleda de Zafayona e Íllora (Granada) (Expte. 9733/AT). (PP. 1713/2007). 46 CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Resolución de 9 de marzo de 2007, de la Delegación Provincial de Huelva, referente al expediente CP-004/2005 por la que se subsana, inscribe y publica la revisión parcial del Núcleo SUS C-1 de El Rompido de las Normas Subsidiarias de Cartaya. 49 CONSEJERÍA DE TURISMO, COMERCIO Y DEPORTE Resolución de 10 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se hace público el acuerdo de inadmisión de las solicitudes presentadas al amparo de la Orden que se cita, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Comercio y Artesanía, modalidad 6 (PEC) Promoción de Eventos Comerciales (Convocatoria año 2007). 49 CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Resolución de 20 de abril de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria «Colada del Camino de Valverde», en el tramo desde su cruce con la vía pecuaria Cañada Real de Sevilla hasta su unión a la Vereda de Peguerillas, en las inmediaciones del Cortijo del Chaparral, en el término municipal de Huelva, provincia de Huelva (VP@015/05). 50

3 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 3 Resolución de 20 de abril de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde total de la vía pecuaria «Ramal de la Estación», que comprende desde el tramo 1.º de la Vereda de Peguerillas hasta la Estación de Ferrocarril de Gibraleón, en el término municipal de Gibraleón, provincia de Huelva 54 Resolución de 24 de abril de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria «Colada de Sevilla», tramo completo en todo su recorrido, en el término municipal de San Juan del Puerto, provincia de Huelva (VP@019/05). 56 Resolución de 24 de abril de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde la vía pecuaria «Descansadero de la Fuente de la Adelfa», sita en el término municipal de Mijas, en la provincia de Málaga. 64 Resolución de 25 de abril de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria «Colada del Camino de las Tablas en su totalidad», en los términos municipales de Niebla y de Lucena del Puerto en la Provincia de Huelva 65 Resolución de 3 de mayo de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria «Colada de Bujalance», tramo completo en todo su recorrido, en el término municipal de El Carpio, provincia de Córdoba. (VP@1532/05). 69 Resolución de 3 de mayo de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria «Vereda de Castro del Río», tramo completo en todo su recorrido, en el término municipal de El Carpio, provincia de Córdoba 72 Resolución de 4 de mayo de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria «Colada del Camino de los Leñadores», en el término municipal de Cájar, en la provincia de Granada 75 Resolución de 7 de mayo de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria «Cañada de Carrillo», tramo 3.º, desde el fin del tramo 2.º, hasta su final, en el término municipal de Jerez de la Frontera, provincia de Cádiz 78 UNIVERSIDADES Resolución de 2 de mayo de 2007, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convoca a concurso público una Beca de Formación de Personal Investigador (Rf.ª: PNI0704) Administración de Justicia TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA Acuerdo de 8 de mayo de 2007, de la Secretaría de Gobierno, por el que se da publicidad a los listados definitivos de la bolsa de trabajo de los Secretarios Judiciales sustitutos de las distintas provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 84 TRIBUNAL DE CUENTAS Edicto de 3 de mayo de 2007, Sección de Enjuiciamiento, Departamento 1º, dimanante del procedimiento de reintegro por alcance núm. A 46/07. (PD. 1967/2007). 87 JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA Edicto de 12 de marzo de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Almería (Antiguo Mixto núm. Diez), dimanante del procedimiento núm. 1110/ JUZGADOS DE LO SOCIAL Edicto de 11 de mayo de 2007, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante del procedimiento núm. 946/ Anuncios 5.1. Subastas y concursos de obras, suministros y servicios públicos UNIVERSIDADES Resolución de 2 de mayo de 2007, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso de obras por procedimiento abierto y tramitación ordinaria. (PD. 1970/2007). 89 Resolución de 3 de mayo de 2007, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso de servicio por procedimiento abierto y tramitación ordinaria. (PD. 1969/2007). 89 AYUNTAMIENTOS Anuncio de 14 de marzo de 2007, del Ayuntamiento de Aracena, de inicio expedientes adquisición cuatro equipos contenedores soterrados y restauración para la recuperación y puesta en valor Esculturas Maca. (PP. 1068/2007). 90 EMPRESAS PÚBLICAS Anuncio de 10 de mayo de 2007, de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, sobre la adjudicación del contrato expediente de contratación de la obras contenidas en el proyecto de reurbanización de las calles José Espronceda, Antonio Machado, Ronda Luis de Góngora e Interiores versión marzo de 2007 en Algeciras (Cádiz). 90

4 Página núm. 4 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 Anuncio de 10 de mayo de 2007, de la Empresa Pública para el Desarrollo Agrario y Pesquero de Andalucía, S.A., de licitación de concurso público, procedimiento abierto, para la contratación de los trabajos de ejecución de obras de urbanización del Parque Tecno- alimientario de Vélez-Málaga (Málaga) (Expte /2). (PD. 1975/2007). 90 Anuncio de 15 de mayo de 2007, de Gestión de Infraestructuras de Andalucía, S.A., de licitación de concurso de proyecto y opción a dirección de obra de ensanche y mejora de la carretera A-405, tramo: Jimena de la Frontera a Castellar de la Frontera. (PD. 1988/2007). 91 Anuncio de 9 de mayo de 2007, del Turismo Andaluz, S.A., de adjudicación de la contratación, de la prestación de servicios consistente en la asistencia en la organización y coordinación de la promoción itinerante en centros de gran afluencia de público. 91 Anuncio de 9 de mayo de 2007, de Turismo Andaluz, S.A., de adjudicación de la contratación, de la prestación de servicios consistente en la asistencia en la organización y coordinación de la promoción itinerante «Andalucía en movimiento». 92 EMPRESAS Resolución de 25 de abril de 2007, del Consorcio Escuela de Hostelería de Cádiz por la que se anuncia la contratación del servicio de limpieza en la Escuela de Hostelería de Cádiz, por el procedimiento de concurso abierto y tramitación ordinaria. (PP. 1728/2007). 92 Anuncio de 20 de abril de 2007, de la Comunidad de Regantes Nuestra Señora de Gracia, de concurso de obras. (PP. 1531/2007). 92 Anuncio de 16 de abril de 2007, del Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz, de licitación (Expte. núm. 15 O/07_C). (PP. 1536/2007). 93 Anuncio de 17 de abril de 2007, del Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz, de licitación (Expte. núm. 26CA/07_C). (PP. 1537/2007) Otros anuncios CONSEJERÍA DE GOBERNACIÓN Anuncio de 11 de mayo de 2007, de la Delegación del Gobierno de Huelva, Comisión Provincial de Valoraciones, por el que se notifica acuerdo de valoración en procedimiento de determinación del justiprecio. 94 CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA Resolución de 25 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se hacen públicas Subvenciones concedidas al amparo de la Orden que se cita, por la que se regula el Programa Andaluz para el Fomento de la Economía Social. 94 Resolución de 26 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se hacen públicas Subvenciones concedidas al amparo de la Orden que se cita, por la que se regula el Programa Andaluz para el Fomento de la Economia Social. 94 Resolución de 19 de marzo de 2007, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se hace pública la relación de incentivos concedidos al amparo de la Orden que se cita. 94 Anuncio de 26 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Cádiz, notificando trámite de audiencia del procedimiento administrativo de reintegro en el expediente que se relaciona, por algunos de los motivos previstos en el art. 112 de la L.G.H.P. de la Comunidad Autónoma Andaluza. 94 Anuncio de 26 de febrero de 2007, de la Delegación Provincial de Córdoba, sobre solicitud del Permiso de Investigación nombrado «Termoarcilla», número (PP. 1162/2007). 95 Anuncio de 10 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Granada, de solicitud de concesión directa de explotación. (PP. 1494/2007). 95 Anuncio de 28 de marzo de 2007, de la Delegación Provincial de Sevilla, de la admisión definitiva de la solicitud de la concesión directa de explotación «San Marcos» núm (PP. 1360/2007). 95 CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Resolución de 9 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se cita a los propietarios afectados en el expediente de expropiación de la Obra Clave 2-HU «Obras complementarias. Variante de Lucena del Puerto en la A-486», para el levantamiento de actas previas a la ocupación. 96 Anuncio de 7 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Almería, por el que se hace pública la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 19 de octubre 2006, recaída en el expediente PTO 118/06 sobre Modificación Puntual núm. 65 de las NNSS del municipio de Vera (Almería). 97 Anuncio de 14 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Almería, por el que se hace pública la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de fecha 17 de septiembre 2003, recaída en el expediente PTO 100/03 sobre Modificación de NN.SS., Sector S-1 y S-2 del municipio de Tabernas (Almería). 100 Anuncio de 13 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se someten a información pública las modificaciones solicitadas en la concesión de Servicio Público Regular de Viajeros por carretera «Siles-Málaga-Almería por Córdoba, Granada y Jaén» (VJA-167) (PP. 1675/2007). 104

5 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 5 CONSEJERÍA DE EMPLEO Anuncio de 8 de mayo de 2007, de la Dirección Provincial de Sevilla del Servicio Andaluz de Empleo, por el que se hace público resolución de liquidación de subvención. 104 CONSEJERÍA DE TURISMO, COMERCIO Y DEPORTE Anuncio de 7 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Málaga, por el que se notifica la Resolución del expediente de reintegro que se cita. 104 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Resolución de 2 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se hacen públicos actos referentes a devoluciones de pagos indebidos. 104 CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL Resolución de 27 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se publican actos administrativos relativos a procedimientos de desamparo. (Decreto 42/2002, de 12 de febrero). 105 Resolución de 9 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se hace pública la notificación de Resolución que no ha podido ser notificada al interesado. 105 Resolución de 9 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se notifican Resoluciones de expedientes de revisión a perceptores de prestaciones gestionadas por esta Delegación. 105 Acuerdo de 19 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Cádiz, para la notificación por edicto del Acuerdo de Inicio de Procedimiento de Ratificación de Desamparo y Constitución de Acogimiento Familiar Preadoptivo que se cita. 106 Acuerdo de 10 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Málaga, para la notificación por edicto de Acuerdo de inicio de procedimiento de acogimiento a don Francisco Manuel Núñez Cervantes y doña Lourde Quiroga García. 106 Acuerdo de 10 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Málaga, para la notificación por edicto del Acuerdo por el que se inicia el procedimiento de desamparo y desamparo provisional a don Juan Antonio Rodríguez y doña Irene Palma Carvajal. 106 Acuerdo de 10 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Málaga, para la notificación por edicto de Resolución de promoción judicial de acogimiento familiar permanente a don Enrique Fernández Velázquez y doña Inmaculada Pérez Castillo. 106 Acuerdo de 7 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Sevilla, por el que se da publicidad al acuerdo que se cita. 106 Notificación de 3 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Sevilla, Comisión Provincial de Medidas de Protección, en la que se ratifica situación de desamparo, en el expediente de protección núm , 5, 6, 7 y Anuncio de 10 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Granada, notificando Propuesta de Resolución del Expte. Sancionador núm. 04/07 en materia de drogas. 107 CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Anuncio de 13 de marzo de 2007, de la Delegación Provincial de Almería, por la que se somete a información pública solicitud de ocupación de terrenos en el monte AL CCAY. (PP. 997/2007). 107 DIPUTACIONES Anuncio de 2 de abril de 2007, de la Diputación Provincial de Granada, por el que se da publicidad al Acuerdo que se cita. (PP. 1678/2007). 107 AYUNTAMIENTOS Resolución de 17 de abril de 2007, del Ayuntamiento de Los Gallardos, por la que se da publicidad a la adhesión del Ayuntamiento al Convenio Marco, de 2 de febrero de 2006, entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la implantación de una red de oficinas integradas de atención al ciudadano en el ámbito territorial de Andalucía. (PP. 1535/2007). 108 Edicto de 30 de marzo de 2007, del Ayuntamiento de Aracena, de inicio de procedimiento de adquisición de máquina barredora. (PP. 1683/2007). 108 Anuncio de 4 de mayo de 2007, del Ayuntamiento de Sevilla, de concurso para la contratación del suministro de vestuario de invierno para el personal de este Ayuntamiento para el año (PP. 1874/2007). 108 Anuncio de 23 de abril de 2007, del Ayuntamiento de Valverde del Camino, relativo al Convenio Marco Administración General del Estado y Administración Comunidad Autónoma Andaluza, Oficinas Integradas 060. (PP. 1697/2007). 109 SOCIEDADES COOPERATIVAS Anuncio de 5 de marzo de 2007, de la Sdad. Coop. And. Fercobren, de transformación. (PP. 1063/2007). 109 Anuncio de 30 de abril de 2007, de la Sdad. Coop. And. Recauto, de transformación. (PP. 1715/2007). 109

6 Página núm. 6 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo Disposiciones generales CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Almería, por la que se convocan pruebas de aptitud para la obtención de certificado o carné de instaladores autorizados en sus distintas modalidades. Esta Delegación Provincial acuerda la realización de la presente convocatoria según las siguientes bases: Primera. Objeto La realización de pruebas para la obtención del certificado o carné de instalador/mantenedor autorizado, de conformidad con los distintos reglamentos técnicos, en las siguientes modalidades: a) Instalador de Gas (Categorías IG-I, IG-II, IG-III, IG-IV). b) Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos (Categorías I, II, III). c) Instalador/Mantenedor, especialidad de Climatización. d) Instalador/Mantenedor, especialidad de Calefacción y Agua Caliente Sanitaria. e) Instalador interiores de suministro de Agua (Fontanería). f) Operador industrial de Calderas. g) Instalador/Conservador-Reparador frigorista. h) Operador de Grúas (Torre y Móviles auto propulsada categorías A y B ). i) Operador de Maquinaria móvil en explotaciones mineras. j) Instalador de aparatos de preparación rápida de café. k) Responsable Técnico de taller de reparación de vehículos Las pruebas consistirán en la realización de un ejercicio tipo test, sobre la reglamentación específica de cada tipo de instalaciones y un ejercicio práctico, en los casos que proceda. Segunda. Solicitudes. Las instancias solicitando la participación en las pruebas, acompañadas de los documentos exigidos en la base Cuarta, se dirigirán al/a la Ilmo/a. Sr/a. Delegado/a Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Almería, indicando domicilio a efectos de notificaciones y teléfono móvil para información del proceso mediante mensaje de texto. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá una duración de 15 días hábiles. Las solicitudes se presentarán en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Almería, sito en C/ Hermanos Machado, núm. 4, 2.ª planta, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Únicamente se admitirá como válida la solicitud presentada en una de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, sin que la inscripción en más de una genere derecho a devolución de tasas. Tercera. Requisitos de los candidatos. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas de aptitud, y para la obtención del carné o certificado correspondiente, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener cumplidos los 16 años de edad, salvo en los casos de Operador de Grúa Torre Desmontable para Obras, Operador de Grúa Móvil autopropulsada, Operador de Maquinaria Móvil Minera e Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos (en todas sus modalidades), para los que se exige tener una edad mínima de 18 años. b) Estar en posesión del título correspondiente y/o acreditar la superación del curso teórico-práctico que reúna las características exigidas por la normativa reguladora de la modalidad que se indican a título informativo de forma sucinta en el Anexo I. c) Haber abonado la correspondiente tasa de derechos de examen. Todos los requisitos citados deberán cumplirse a la fecha de presentación de la solicitud y ser acreditados documentalmente. La carencia de cualquiera de los requisitos, de los documentos o justificantes exigidos será causa de exclusión provisional del solicitante. Cuarta. Documentación. De acuerdo con lo dispuesto en la Instrucción de 9 de octubre de 2006, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se definen los documentos necesarios para la tramitación de las correspondientes autorizaciones o registros ante la Administración Andaluza en materia de industria y energía (BOJA núm. 248, de 27 de diciembre de 2006), a la solicitud para tomar parte en las pruebas se acompañará la documentación que, para cada modalidad, se indica en el Anexo II. Atendiendo igualmente a la Instrucción citada en el párrafo anterior, una vez superadas las pruebas la expedición del carné o certificado correspondiente será previa solicitud al efecto, que habrá de presentarse en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa en Almería, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, acompañada de la documentación que, para cada modalidad, se señala en el Anexo III. Quinta. Admisión de aspirantes y fecha de las pruebas. Expirado el plazo de presentación de instancias, esta Delegación Provincial confeccionará las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, que podrán consultarse en los lugares indicados en la base Sexta, concediéndose un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente a su exposición, para subsanar el defecto que motivó su exclusión o su no inclusión. Las reclamaciones formuladas se resolverán con la aprobación de las listas definitivas, que se harán públicas con la información del lugar, día y hora de realización de las pruebas, en los mismos lugares que las listas provisionales. Las pruebas se celebrarán preferentemente en sábado o domingo, coincidiendo con la fecha y hora de celebración de las convocatorias que, para estas mismas categorías, se realicen en las demás provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se realizará una sola convocatoria de exámenes, la cual tendrá lugar en julio, concretándose las fechas y lugar de los exámenes para cada una de las especialidades. Sexta. Publicidad. La presente convocatoria, así como los sucesivos actos, se harán públicos en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial, sito en C/ Hermanos Machado,

7 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 7 núm. 4, 2.ª planta; en el teléfono único de información de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, ; y en la página web de esta Consejería Todo ello de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Séptima. Tribunal. La composición del Tribunal encargado de preparar y calificar las pruebas se determina en el Anexo IV. Octava. Resultado de las pruebas. Los listados definitivos de aprobados podrán consultarse en los lugares indicados en la base Sexta, donde se facilitará información acerca del trámite para la expedición del carné o certificado correspondiente. Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la exposición de los resultados de las pruebas, para solicitar la revisión de su examen. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo de la Ley 30/1992, ya citada. Almería, 23 de abril de El Delegado, Francisco Javier de las Nieves López.

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9 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 9

10 Página núm. 10 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 ANEXO II DOCUMENTACIÓN, POR CATEGORÍAS, A PRESENTAR JUNTO CON LA SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LAS PRUEBAS a) Instalador de Gas (Categorías IG-I, IG-II, IG-III, IG-IV). - Abono de las tasas correspondientes (7,55 ), mediante el modelo DNI o pasaporte. - Documentos acreditativos de la formación: Título académico o certificado de estudios, conforme a los requisitos que se indican en el Anexo I. Certificado de haber seguido y superado curso reglamentario, emitido por Entidad autorizada, conforme a los requisitos que se indican en el Anexo I. - Documentos acreditativos de la experiencia: Carné profesional de categoría inferior a la que se solicita, en su caso, conforme a los requisitos que se indican en el Anexo I. b) Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos (categorías IPI, IPII, IPIII). - Abono de las tasas correspondientes (7,55 ), mediante el modelo DNI o pasaporte. - Documentos acreditativos de la formación: Título académico o certificado de estudios, conforme a los requisitos que se indican en el Anexo I. - Documentos acreditativos de la experiencia: Certificado de empresas en las que ha desarrollado la actividad profesional en cuestión, conforme a los requisitos que se indican en el Anexo I. Carné profesional de categoría inferior a la que se solicita, en su caso, conforme a los requisitos que se indican en el Anexo I. c) Instalador/Mantenedor, especialidad en Climatización. d) Instalador/Mantenedor, especialidad en Calefacción y Agua Caliente Sanitaria. - Abono de las tasas correspondientes (7,55 ), mediante el modelo DNI o pasaporte. - Documentos acreditativos de la formación: Título académico o certificado de estudios, conforme a los requisitos que se indican en el Anexo I. - Certificado de haber seguido y superado curso reglamentario, emitido por Entidad autorizada, conforme a los requisitos que se indican en el Anexo I. e) Instalador Interiores de suministro de Agua (Fontanería). - Abono de las tasas correspondientes (7,55 ), mediante el modelo DNI o pasaporte. f) Operador industrial de Calderas. - Abono de las tasas correspondientes (7,55 ), mediante el modelo DNI o pasaporte. g) Instalador/Conservador-Reparador frigorista. - Abono de las tasas correspondientes (7,55 ), mediante el modelo DNI o pasaporte. - Documentos acreditativos de la formación: Título académico o certificado de estudios, conforme a los requisitos que se indican en el Anexo I. h) Operador de Grúas (Torre y móviles auto propulsadas Categorías A y B ). - Abono de las tasas correspondientes (7,55 ), mediante el modelo DNI o pasaporte. - Documentos acreditativos de la formación: Título académico o certificado de estudios, conforme a los requisitos que se indican en el Anexo I. - Certificado de haber seguido y superado curso reglamentario, emitido por Entidad autorizada, conforme a los requisitos que se indican en el Anexo I. i) Operador de Maquinaria móvil en explotaciones mineras. - Abono de las tasas correspondientes (69,17 por día), mediante el modelo DNI o pasaporte. - Documentos acreditativos de la formación: Título académico o certificado de estudios. Certificado del Director Facultativo de la explotación minera a la que pertenece el solicitante, de cumplimiento del punto 5.1 de la ITC-MIE-SM Declaración jurada del interesado, haciendo constar que conoce el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera y los riesgos laborales de la máquina a emplear. j) Instalador de aparatos de preparación rápida de café. - Abono de las tasas correspondientes (7,55 ), mediante el modelo DNI o pasaporte. k) Responsable Técnico de taller de reparación de vehículos. - Abono de las tasas correspondientes (7,55 ), mediante el modelo DNI o pasaporte. - Documentos acreditativos de la experiencia según Anexo I. ANEXO III DOCUMENTACIÓN, POR CATEGORÍAS, A PRESENTAR PARA LA EXPEDICIÓN DE CARNÉ O CERTIFICADO, UNA VEZ SUPERADAS LAS PRUEBAS a) Instalador de Gas (Categorías IG-I, IG-II, IG-III, IG-IV). b) Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos (Categorías IPI, IPII, IPIII). c) Instalador/Mantenedor, especialidad en Climatización. d) Instalador/Mantenedor, especialidad en Calefacción y Agua Caliente Sanitaria. e) Instalador Interiores de suministro de Agua (Fontanería). f) Operador industrial de Calderas.

11 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 11 g) Instalador/Conservador-Reparador frigorista. - Solicitud. - Dos fotografías tamaño carné. h) Operador de Grúas (Torre y móviles auto propulsadas Categorías A y B ). i) Operador de Maquinaria móvil en explotaciones mineras. - Solicitud. - Dos fotografías tamaño carné. - Certificado de examen médico específico. j) Instalador de aparatos de preparación rápida de café. k) Responsable Técnico de taller de reparación de vehículos. - Solicitud. - Dos fotografías tamaño carné. ANEXO IV COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL Presidente: Don José López García, Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas. Secretario: Don Daniel Torres Carazo, Jefe de Servicio de Atención al Ciudadano. Vocales: Don Fernando Aguado Cruz. Don Emilio Abad Montesinos. Don Rafael García Estrella. Don Joaquín Fernández López. Don José Miguel García Torres. Don Diego Ruiz García RESOLUCIÓN de 26 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se convocan pruebas de aptitud para la obtención de certificado o carné de instaladores autorizados en sus distintas modalidades. Esta Delegación Provincial acuerda la realización de la presente convocatoria según las siguientes bases: Primera. Objeto La realización de pruebas para la obtención del certificado o carné de instalador/mantenedor autorizado, de conformidad con los distintos reglamentos técnicos, en las siguientes modalidades: a) Instalador de Gas (Categorías IG-I, IG-II, IG-III, IG-IV). b) Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos (Categorías I, ll, III). c) Instalador/Mantenedor, especialidad de Climatización. d) Instalador/Mantenedor, especialidad de Calefacción y Agua Caliente Sanitaria. e) Instalador interiores de suministro de Agua (Fontanería). f) Operador industrial de Calderas. g) Instalador/Conservador-Reparador frigorista. h) Operador de Grúas (Torre y Móviles auto propulsada categorías A y B ). l) Operador de Maquinaria móvil en explotaciones mineras. j) Instalador de aparatos de preparación rápida de café. k) Responsable Técnico de taller de reparación de vehículos Las pruebas consistirán en la realización de un ejercicio tipo test, sobre la reglamentación específica de cada tipo de instalaciones y un ejercicio práctico, en los casos que proceda. Segunda. Solicitudes. Las instancias solicitando la participación en las pruebas, acompañadas de los documentos exigidos en la base Cuarta, se dirigirán a la Ilma. Sra. Delegada Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Cádiz, indicando domicilio a efectos de notificaciones y teléfono móvil para información del proceso mediante mensaje de texto. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá una duración de 15 días hábiles. Las solicitudes se presentarán en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Cádiz, sito en Plaza de Asdrúbal, s/n, Planta 0, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Únicamente se admitirá como válida la solicitud presentada en una de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, sin que la inscripción en más de una genere derecho a devolución de tasas. Tercera. Requisitos de los candidatos. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas de aptitud, y para la obtención del carné o certificado correspondiente, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener cumplidos los 16 años de edad, salvo en los casos de operador de Grúa Torre Desmontable para Obras, Operador de Grúa Móvil autopropulsada, Operador de Maquinaria Móvil Minera e Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos (en todas sus modalidades), para los que se exige tener una edad mínima de 18 años. b) Estar en posesión del título correspondiente y/o acreditar la superación del curso teórico-práctico que reúna las características exigidas por la normativa reguladora de la modalidad que se indican a título informativo de forma sucinta en el Anexo I. c) Haber abonado la correspondiente tasa de derechos de examen. Todos los requisitos citados deberán cumplirse a la fecha de presentación de la solicitud y ser acreditados documentalmente. La carencia de cualquiera de los requisitos, de los documentos o justificantes exigidos será causa de exclusión provisional del solicitante. Cuarta. Documentación. De acuerdo con lo dispuesto en la Instrucción de 9 de octubre de 2006, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se definen los documentos necesarios para la tramitación de las correspondientes autorizaciones o registros ante la Administración Andaluza en materia de industria y energía, (BOJA núm. 248, de 27 de diciembre de 2006), a la solicitud para tomar parte en las pruebas se acompañará la documentación que, para cada modalidad, se indica en el Anexo II. Atendiendo igualmente a la Instrucción citada en el párrafo anterior, una vez superadas las pruebas la expedición del carné o certificado correspondiente será previa solicitud al efecto, que habrá de presentarse en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa en Cádiz, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, acompañada de la documentación que, para cada modalidad, se señala en el Anexo III. Quinta. Admisión de aspirantes y fecha de las pruebas. Expirado el plazo de presentación de instancias, esta Delegación Provincial confeccionará las listas provisionales de as-

12 Página núm. 12 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 pirantes admitidos y excluidos, que podrán consultarse en los lugares indicados en la base Sexta, concediéndose un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente a su exposición, para subsanar el defecto que motivó su exclusión o su no inclusión. Las reclamaciones formuladas se resolverán con la aprobación de las listas definitivas, que se harán públicas con la información del lugar, día y hora de realización de las pruebas, en los mismos lugares que las listas provisionales. Las pruebas se celebrarán preferentemente en sábado o domingo, coincidiendo con la fecha y hora de celebración de las convocatorias que, para estas mismas categorías, se realicen en las demás provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se realizará una sola convocatoria de exámenes, la cual tendrá lugar en Julio, concretándose las fechas y lugar de los exámenes para cada una de las especialidades. Sexta. Publicidad. La presente convocatoria, así como los sucesivos actos, se harán públicos en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial, sito en Plaza de Asdrúbal, s/n, Planta 0; en el teléfono único de información de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, ; y en la página web de esta Consejería Todo ello de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Séptima. Tribunal. La composición del Tribunal encargado de preparar y calificar las pruebas se determina en el Anexo IV. Octava. Resultado de las pruebas. Los listados definitivos de aprobados podrán consultarse en los lugares indicados en la base Sexta, donde se facilitará información acerca del trámite para la expedición del carné o certificado correspondiente. Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la exposición de los resultados de las pruebas, para solicitar la revisión de su examen. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo de la Ley 30/1992, ya citada. Cádiz, 26 de abril de La Delegada, Angelina María Ortiz del Río. Ver Anexos I, II y III en páginas 8 a 11 de este mismo número ANEXO IV COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL Presidente: Jaime Domínguez Lobatón, Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas Secretario: Rafael Sarmiento Hernández, Jefe de Servicio de Atención al Ciudadano Vocales: Manuel Aragón Aragón, Jefe del Departamento de Industria José Joaquín Pérez de Lara, Asesor Técnico Vicente Puentes Serrano, Jefe del Departamento de Minas Suplentes Presidente: Alfonso Abad Carrillo, Jefe del Departamento de Energía Secretario: José María Noble Vías, Titulado Superior Vocales: José Luis Moreno Jiménez, Titulado Superior Diego Menacho Lobato, Asesor Técnico Francisco Ayala Iria, Asesor Técnico RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se convocan pruebas de aptitud para la obtención de certificado o carné de instaladores autorizados en sus distintas modalidades. Esta Delegación Provincial acuerda la realización de la presente convocatoria según las siguientes bases: Primera. Objeto La realización de pruebas para la obtención del certificado o carné de instalador/mantenedor autorizado, de conformidad con los distintos reglamentos técnicos, en las siguientes modalidades: a) Instalador de Gas (Categorías IG-I, IG-II, IG-III, IG-IV). b) Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos (Categorías I, II, III). c) Instalador/Mantenedor, especialidad de Climatización. d) Instalador/Mantenedor, especialidad de Calefacción y Agua Caliente Sanitaria. e) Instalador interiores de suministro de Agua (Fontanería). f) Operador industrial de Calderas. g) Instalador/Conservador-Reparador frigorista. h) Operador de Grúas (Torre y Móviles auto propulsada categorías A y B ). i) Operador de Maquinaria móvil en explotaciones mineras. j) Instalador/Conservador-Reparador de aparatos de preparación rápida de café. k) Responsable Técnico de taller de reparación de vehículos Las pruebas consistirán en la realización de un ejercicio tipo test, sobre la reglamentación específica de cada tipo de instalaciones y un ejercicio práctico, en los casos que proceda. Segunda. Solicitudes. Las instancias solicitando la participación en las pruebas, acompañadas de los documentos exigidos en la base Cuarta, se dirigirán al/a la Ilmo./a. Sr/a. Delegado/a Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Córdoba, indicando domicilio a efectos de notificaciones y teléfono móvil para información del proceso mediante mensaje de texto. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá una duración de 15 días hábiles. Las solicitudes se presentarán en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Córdoba, sito en C/ Tomás de Aquino, s/n, 1.ª planta, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Únicamente se admitirá como válida la solicitud presentada en una de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, sin que la inscripción en más de una genere derecho a devolución de tasas. Tercera. Requisitos de los candidatos.

13 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 13 Para ser admitidos a la realización de estas pruebas de aptitud, y para la obtención del carné o certificado correspondiente, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener cumplidos los 16 años de edad, salvo en los casos de Operador de Grúa Torre Desmontable para Obras, Operador de Grúa Móvil autopropulsada, Operador de Maquinaria Móvil Minera e Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos (en todas susmodalidades), para los que se exige tener una edad mínima de 18 años. b) Estar en posesión del título correspondiente y/o acreditar la superación del curso teórico-práctico que reúna las características exigidas por la normativa reguladora de la modalidad que se indican a título informativo de forma sucinta en el Anexo I. c) Haber abonado la correspondiente tasa de derechos de examen, por un importe de 7,55 euros, mediante el impreso oficial Modelo 046. Todos los requisitos citados deberán cumplirse a la fecha de presentación de la solicitud y ser acreditados documentalmente. La carencia de cualquiera de los requisitos, de los documentos o justificantes exigidos será causa de exclusión provisional del solicitante. Cuarta. Documentación. De acuerdo con lo dispuesto en la Instrucción de 9 de octubre de 2006, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se definen los documentos necesarios para la tramitación de las correspondientes autorizaciones o registros ante la Administración Andaluza en materia de industria y energía (BOJA núm. 248, de 27 de diciembre de 2006), a la solicitud para tomar parte en las pruebas se acompañará la documentación que, para cada modalidad, se indica en el Anexo II. Atendiendo igualmente a la Instrucción citada en el párrafo anterior, una vez superadas las pruebas la expedición del carné o certificado correspondiente será previa solicitud al efecto, que habrá de presentarse en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa en Córdoba, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, acompañada de la documentación que, para cada modalidad, se señala en el Anexo III. Quinta. Admisión de aspirantes y fecha de las pruebas. Expirado el plazo de presentación de instancias, esta Delegación Provincial confeccionará las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, que podrán consultarse en los lugares indicados en la base Sexta, concediéndose un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente a su exposición, para subsanar el defecto que motivó su exclusión o su no inclusión. Las reclamaciones formuladas se resolverán con la aprobación de las listas definitivas, que se harán públicas con la información del lugar, día y hora de realización de las pruebas, en los mismos lugares que las listas provisionales. Las pruebas se celebrarán preferentemente en sábado o domingo, coincidiendo con la fecha y hora de celebración de las convocatorias que, para estas mismas categorías, se realicen en las demás provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se realizará una sola convocatoria de exámenes, la cual tendrá lugar en julio, concretándose las fechas y lugar de los exámenes para cada una de las especialidades. Sexta. Publicidad. La presente convocatoria, así como los sucesivos actos, se harán públicos en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial, sito en C/ Tomás de Aquino, s/n, 1.ª planta; en el teléfono único de información de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, ; y en la página web de esta Consejería Todo ello de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Séptima. Tribunal. La composición del Tribunal encargado de preparar y calificar las pruebas se determina en el Anexo IV. Octava. Resultado de las pruebas. Los listados definitivos de aprobados podrán consultarse en los lugares indicados en la base Sexta, donde se facilitará información acerca del trámite para la expedición del carné o certificado correspondiente. Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la exposición de los resultados de las pruebas, para solicitar la revisión de su examen. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo de la Ley 30/1992, ya citada. Córdoba, 23 de abril de El Delegado, Andrés Luque García. Ver Anexos I, II y III en páginas 8 a 11 de este mismo número ANEXO IV COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL Presidente: Don Ángel Berbel Vecino. Jefe del Servicio de Industria, Energía y Minas Secretaria: Doña Elena Barragán Caballero. Jefa del Servicio de Atención al Ciudadano. Vocales: Don Román Delgado Aguilera. Don Joaquín Ruiz Uceda. Don José Fernández de la Puente Sarriá. Suplentes: Presidente: Secretario: Vocales: RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se convocan pruebas de aptitud para la obtención de certificado o carné de instaladores autorizados en sus distintas modalidades. Esta Delegación Provincial acuerda la realización de la presente convocatoria según las siguientes bases: Primera. Objeto La realización de pruebas para la obtención del certificado o carné de instalador/mantenedor autorizado, de conformidad con los distintos reglamentos técnicos, en las siguientes modalidades:

14 Página núm. 14 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 a) Instalador de Gas (Categorías IG-I, IG-II, IG-III, IG-IV). b) Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos (Categorías I, II, III). c) Instalador/Mantenedor, especialidad de Climatización. d) Instalador/Mantenedor, especialidad de Calefacción y Agua Caliente Sanitaria. e) Instalador interiores de suministro de Agua (Fontanería). f) Operador industrial de Calderas. g) Instalador/Conservador-Reparador frigorista. h) Operador de Grúas (Torre y Móviles auto propulsada categorías A y B ). i) Operador de Maquinaria móvil en explotaciones mineras. j) Instalador de aparatos de preparación rápida de café. k) Responsable Técnico de taller de reparación de vehículos Las pruebas consistirán en la realización de un ejercicio tipo test, sobre la reglamentación específica de cada tipo de instalaciones y un ejercicio práctico, en los casos que proceda. Segunda. Solicitudes. Las instancias solicitando la participación en las pruebas, acompañadas de los documentos exigidos en la base Cuarta, se dirigirán a la Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Granada, indicando domicilio a efectos de notificaciones y teléfono móvil para información del proceso mediante mensaje de texto. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá una duración de 15 días hábiles. Las solicitudes se presentarán en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Granada, sito en Plaza de Villamena, 1 de Granada, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Únicamente se admitirá como válida la solicitud presentada en una de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, sin que la inscripción en más de una genere derecho a devolución de tasas. Tercera. Requisitos de los candidatos. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas de aptitud, y para la obtención del carné o certificado correspondiente, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener cumplidos los 16 años de edad, salvo en los casos de Operador de Grúa Torre Desmontable para Obras, Operador de Grúa Móvil autopropulsada, Operador de Maquinaria Móvil Minera e Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos (en todas sus modalidades), para los que se exige tener una edad mínima de 18 años. b) Estar en posesión del título correspondiente y/o acreditar la superación del curso teórico-práctico que reúna las características exigidas por la normativa reguladora de la modalidad que se indican a título informativo de forma sucinta en el Anexo I. c) Haber abonado la correspondiente tasa de derechos de examen. Todos los requisitos citados deberán cumplirse a la fecha de presentación de la solicitud y ser acreditados documentalmente. La carencia de cualquiera de los requisitos, de los documentos o justificantes exigidos será causa de exclusión provisional del solicitante. Cuarta. Documentación. De acuerdo con lo dispuesto en la Instrucción de 9 de octubre de 2006, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se definen los documentos necesarios para la tramitación de las correspondientes autorizaciones o registros ante la Administración Andaluza en materia de industria y energía (BOJA núm. 248, de 27 de diciembre de 2006), a la solicitud para tomar parte en las pruebas se acompañará la documentación que, para cada modalidad, se indica en el Anexo II. Atendiendo igualmente a la Instrucción citada en el párrafo anterior, una vez superadas las pruebas la expedición del carné o certificado correspondiente será previa solicitud al efecto, que habrá de presentarse en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa en Granada, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, acompañada de la documentación que, para cada modalidad, se señala en el Anexo III. Quinta. Admisión de aspirantes y fecha de las pruebas. Expirado el plazo de presentación de instancias, esta Delegación Provincial confeccionará las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, que podrán consultarse en los lugares indicados en la base Sexta, concediéndose un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente a su exposición, para subsanar el defecto que motivó su exclusión o su no inclusión. Las reclamaciones formuladas se resolverán con la aprobación de las listas definitivas, que se harán públicas con la información del lugar, día y hora de realización de las pruebas, en los mismos lugares que las listas provisionales. Las pruebas se celebrarán preferentemente en sábado o domingo, coincidiendo con la fecha y hora de celebración de las convocatorias que, para estas mismas categorías, se realicen en las demás provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se realizará una sola convocatoria de exámenes, la cual tendrá lugar en julio, concretándose las fechas y lugar de los exámenes para cada una de las especialidades. Sexta. Publicidad. La presente convocatoria, así como los sucesivos actos, se harán públicos en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial, sito en Plaza de Villamena, 1 de Granada; en el teléfono único de información de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, ; y en la página web de esta Consejería Todo ello de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Séptima. Tribunal. La composición del Tribunal encargado de preparar y calificar las pruebas se determina en el Anexo IV. Octava. Resultado de las pruebas. Los listados definitivos de aprobados podrán consultarse en los lugares indicados en la base Sexta, donde se facilitará información acerca del trámite para la expedición del carné o certificado correspondiente. Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la exposición de los resultados de las pruebas, para solicitar la revisión de su examen. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación,

15 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 15 de conformidad con lo establecido en el artículo de la Ley 30/1992, ya citada. Granada, 25 de abril de El Delegado, Alejandro Zubeldia Santoyo. Ver Anexos I, II y III en páginas 8 a 11 de este mismo número ANEXO IV COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL Presidente: Doña Aurora Terrés Nicoli. Jefa de Servicio de Industria, Energía y Minas. Secretaria: Doña Nuria Garballo Amate. Jefa del Servicio de Atención al Ciudadano Vocales: Don Jesús del Castillo Miró. Asesor Técnico-Impacto Industrial. Don Fernando Mariano Nieto Cobo. Asesor Técnico-Actividades Industriales. Don Tomás José Gómez Díaz. Asesor Técnico-Actividades Industriales. Suplentes: Presidenta: Doña Ángela Moreno Vida. Secretaria General Vocales: Don Antonio Díaz Ruiz. Ingeniero Técnico Industrial Doña Rocío Rivas Grande. Ingeniera Técnico Industrial Doña Pilar Palomino Alcántara. Ingeniera Técnico Industrial. Secretaria: Doña M.ª del Carmen Sayago Muñoz. Jefa de Sección de Gestión Económica y Presupuestos. RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se convocan pruebas de aptitud para la obtención de certificado o carné de instaladores autorizados en sus distintas modalidades. Esta Delegación Provincial acuerda la realización de la presente convocatoria según las siguientes bases: Primera. Objeto La realización de pruebas para la obtención del certificado o carné de instalador/mantenedor autorizado, de conformidad con los distintos reglamentos técnicos, en las siguientes modalidades: a) Instalador de Gas (Categorías IG-I, IG-II, IG-III, IG-IV). b) Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos (Categorías I, II, III). c) Instalador/Mantenedor, especialidad de Climatización. d) Instalador/Mantenedor, especialidad de Calefacción y Agua Caliente Sanitaria. e) Instalador interiores de suministro de Agua (Fontanería). f) Operador industrial de Calderas. g) Instalador/Conservador-Reparador frigorista. h) Operador de Grúas (Torre y Móviles auto propulsada categorías A y B ). i) Operador de Maquinaria móvil en explotaciones mineras. j) Instalador de aparatos de preparación rápida de café. k) Responsable Técnico de taller de reparación de vehículos Las pruebas consistirán en la realización de un ejercicio tipo test, sobre la reglamentación específica de cada tipo de instalaciones y un ejercicio práctico, en los casos que proceda. Segunda. Solicitudes. Las instancias solicitando la participación en las pruebas, acompañadas de los documentos exigidos en la base Cuarta, se dirigirán a la Ilma. Sra. Delegada Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Huelva, indicando domicilio a efectos de notificaciones y teléfono móvil para información del proceso mediante mensaje de texto. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá una duración de 15 días hábiles. Las solicitudes se presentarán en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Huelva, sito en Avda. de Manuel Siurot, 4, de la ciudad de Huelva, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Únicamente se admitirá como válida la solicitud presentada en una de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, sin que la inscripción en más de una genere derecho a devolución de tasas. Tercera. Requisitos de los candidatos. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas de aptitud, y para la obtención del carné o certificado correspondiente, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener cumplidos los 16 años de edad, salvo en los casos de Operador de Grúa Torre Desmontable para Obras, Operador de Grúa Móvil autopropulsada, Operador de Maquinaria Móvil Minera e Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos (en todas sus modalidades), para los que se exige tener una edad mínima de 18 años. b) Estar en posesión del título correspondiente y/o acreditar la superación del curso teórico-práctico que reúna las características exigidas por la normativa reguladora de la modalidad que se indican a título informativo de forma sucinta en el Anexo I. c) Haber abonado la correspondiente tasa de derechos de examen. Todos los requisitos citados deberán cumplirse a la fecha de presentación de la solicitud y ser acreditados documentalmente. La carencia de cualquiera de los requisitos, de los documentos o justificantes exigidos será causa de exclusión provisional del solicitante. Cuarta. Documentación. De acuerdo con lo dispuesto en la Instrucción de 9 de octubre de 2006, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se definen los documentos necesarios para la tramitación de las correspondientes autorizaciones o registros ante la Administración Andaluza en materia de industria y energía (BOJA núm. 248, de 27 de diciembre de 2006), a la solicitud para tomar parte en las pruebas se acompañará la documentación que, para cada modalidad, se indica en el Anexo II. Atendiendo igualmente a la Instrucción citada en el párrafo anterior, una vez superadas las pruebas la expedición del carné o certificado correspondiente será previa solicitud al efecto, que habrá de presentarse en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa en Huelva, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

16 Página núm. 16 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 acompañada de la documentación que, para cada modalidad, se señala en el Anexo III. Quinta. Admisión de aspirantes y fecha de las pruebas. Expirado el plazo de presentación de instancias, esta Delegación Provincial confeccionará las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, que podrán consultarse en los lugares indicados en la base Sexta, concediéndose un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente a su exposición, para subsanar el defecto que motivó su exclusión o su no inclusión. Las reclamaciones formuladas se resolverán con la aprobación de las listas definitivas, que se harán públicas con la información del lugar, día y hora de realización de las pruebas, en los mismos lugares que las listas provisionales. Las pruebas se celebrarán preferentemente en sábado o domingo, coincidiendo con la fecha y hora de celebración de las convocatorias que, para estas mismas categorías, se realicen en las demás provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se realizará una sola convocatoria de exámenes, la cual tendrá lugar en julio, concretándose las fechas y lugar de los exámenes para cada una de las especialidades. Sexta. Publicidad. La presente convocatoria, así como los sucesivos actos, se harán públicos en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial, sito en Avda. de Manuel Siurot, 4 de la ciudad de Huelva; en el teléfono único de información de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, ; y en la página web de esta Consejería Todo ello de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Séptima Tribunal. La composición del Tribunal encargado de preparar y calificar las pruebas se determina en el Anexo IV. Octava. Resultado de las pruebas. Los listados definitivos de aprobados podrán consultarse en los lugares indicados en la base Sexta, donde se facilitará información acerca del trámite para la expedición del carné o certificado correspondiente. Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la exposición de los resultados de las pruebas, para solicitar la revisión de su examen. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo de la Ley 30/1992, ya citada. Huelva, 25 de abril de La Delegada, María José Rodríguez Ramírez. Ver Anexos I, II y III en páginas 8 a 11 de este mismo número ANEXO IV COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL Presidente: Don Tomás Fernández Nuviala. Jefe del Servicio de Industria, Energía y Minas. Secretario: Don Tomás Aceituno Moreno. Jefe del Servicio de Atención al Ciudadano. Vocales: Don Jesús del Canto Zúñiga. Jefe del Neg. de Inversiones, adscrito al Departamento de Industria. Don José Armando González Menéndez. Titulado Superior adscrito al Departamento de Industria Don Rubén Eusebio Macho Romero. Asesor Técnico de Actividades Energéticas de Departamento de Energía Don Francisco Javier Riquel Castilla. Titulado Superior adscrito al Departamento de Energía. Suplentes: Presidente: Don Juan José Bonsón Ponte. Jefe del Departamento de Energía. Secretario: Don Francisco Javier Almagro Varela. Asesor Técnico de Información del Servicio de Atención al Ciudadano Vocales: Don Manuel Rubio Pardavila. Jefe del Departamento de Industria. Don Alfonso Enrique Carvajo León. Asesor Técnico de Actividades Industriales del Departamento de I Industria RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se convocan pruebas de aptitud para la obtención de certificado o carné de instaladores autorizados en sus distintas modalidades. Esta Delegación Provincial acuerda la realización de la presente convocatoria según las siguientes bases: Primera. Objeto La realización de pruebas para la obtención del certificado o carné de instalador/mantenedor autorizado, de conformidad con los distintos reglamentos técnicos, en las siguientes modalidades: a) Instalador de Gas (Categorías IG-I, IG-II, IG-III, IG-IV). b) Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos (Categorías I, II, III). c) Instalador/Mantenedor, especialidad de Climatización. d) Instalador/Mantenedor, especialidad de Calefacción y Agua Caliente Sanitaria. e) Instalador interiores de suministro de Agua (Fontanería). f) Operador industrial de Calderas. g) Instalador/Conservador-Reparador frigorista. h) Operador de Grúas (Torre y Móviles auto propulsada -categorías A y B-). i) Operador de Maquinaria móvil en explotaciones mineras. j) Instalador de aparatos de preparación rápida de café. k) Responsable Técnico de taller de reparación de vehículos Las pruebas consistirán en la realización de un ejercicio tipo test, sobre la reglamentación específica de cada tipo de instalaciones y un ejercicio práctico, en los casos que proceda. Segunda. Solicitudes. Las instancias solicitando la participación en las pruebas, acompañadas de los documentos exigidos en la base Cuarta, se dirigirán al/a la Ilmo/a. Sr/a. Delegado/a Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Jaén, indicando domicilio a efectos de notificaciones y teléfono móvil para información del proceso mediante mensaje de texto. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín

17 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 17 Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá una duración de 15 días hábiles. Las solicitudes se presentarán en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Jaén, sito en Paseo de la Estación, núm. 19, 2ª planta, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Únicamente se admitirá como válida la solicitud presentada en una de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, sin que la inscripción en más de una genere derecho a devolución de tasas. Tercera. Requisitos de los candidatos. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas de aptitud, y para la obtención del carné o certificado correspondiente, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener cumplidos los 16 años de edad, salvo en los casos de operador de Grúa Torre Desmontable para Obras, Operador de Grúa Móvil autopropulsada, Operador de Maquinaria Móvil Minera e Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos (en todas sus modalidades), para los que se exige tener una edad mínima de 18 años. b) Estar en posesión del título correspondiente y/o acreditar la superación del curso teórico-práctico que reúna las características exigidas por la normativa reguladora de la modalidad que se indican a título informativo de forma sucinta en el Anexo I. c) Haber abonado la correspondiente tasa de derechos de examen. Todos los requisitos citados deberán cumplirse a la fecha de presentación de la solicitud y ser acreditados documentalmente. La carencia de cualquiera de los requisitos, de los documentos o justificantes exigidos será causa de exclusión provisional del solicitante. Cuarta. Documentación. De acuerdo con lo dispuesto en la Instrucción de 9 de octubre de 2006, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se definen los documentos necesarios para la tramitación de las correspondientes autorizaciones o registros ante la Administración Andaluza en materia de industria y energía (BOJA. núm. 248, de 27 de diciembre de 2006), a la solicitud para tomar parte en las pruebas se acompañará la documentación que, para cada modalidad, se indica en el Anexo II. Atendiendo igualmente a la Instrucción citada en el párrafo anterior, una vez superadas las pruebas la expedición del carné o certificado correspondiente será previa solicitud al efecto, que habrá de presentarse en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa en Jaén, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, acompañada de la documentación que, para cada modalidad, se señala en el Anexo III. Quinta. Admisión de aspirantes y fecha de las pruebas. Expirado el plazo de presentación de instancias, esta Delegación Provincial confeccionará las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, que podrán consultarse en los lugares indicados en la base Sexta, concediéndose un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente a su exposición, para subsanar el defecto que motivó su exclusión o su no inclusión. Las reclamaciones formuladas se resolverán con la aprobación de las listas definitivas, que se harán públicas con la información del lugar, día y hora de realización de las pruebas, en los mismos lugares que las listas provisionales. Las pruebas se celebrarán preferentemente en sábado o domingo, coincidiendo con la fecha y hora de celebración de las convocatorias que, para estas mismas categorías, se realicen en las demás provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se realizará una sola convocatoria de exámenes, la cual tendrá lugar en julio, concretándose las fechas y lugar de los exámenes para cada una de las especialidades. Sexta. Publicidad. La presente convocatoria, así como los sucesivos actos, se harán públicos en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial, sito en Paseo de la Estación, núm. 19, 2ª planta, en el teléfono único de información de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, ; y en la página web de esta Consejería Todo ello de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Séptima. Tribunal. La composición del Tribunal encargado de preparar y calificar las pruebas se determina en el Anexo IV. Octava. Resultado de las pruebas. Los listados definitivos de aprobados podrán consultarse en los lugares indicados en la base Sexta, donde se facilitará información acerca del trámite para la expedición del carné o certificado correspondiente. Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la exposición de los resultados de las pruebas, para solicitar la revisión de su examen. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo de la Ley 30/1992, ya citada. Jaén, 23 de abril de El Delegado, Manuel Gabriel Pérez Marín. Ver Anexos I, II y III en páginas 8 a 11 de este mismo número ANEXO IV Composición del Tribunal 1. Pruebas a), b), c) y d), correspondientes al ámbito del Departamento de Energía. Presidente titular: Francisco Jiménez Almansa, Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas. Presidente suplente: Miguel Jódar Gimeno, Secretario General de la Delegación Provincial. Secretario titular: Manuel Herrera Torrero, Jefe de Servicio de Atención al Ciudadano. Secretario suplente: Alfonso López-Villalta Cotallo, Jefe de Departamento de Legislación. Vocales titulares: - Antonio Carrillo Colmenero. - Antonio Mercado Fernández. - José Hernández García. Vocales suplentes: - José Antonio Vílchez Jiménez. - Manuel Martínez Carazo. Composición del Tribunal 2. Pruebas e), f), g), h), j) y k), correspondientes al ámbito del Departamento de Industria.

18 Página núm. 18 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 Presidente titular: Francisco Jiménez Almansa, Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas. Presidente suplente: Miguel Jóclar Gimeno, Secretario General de la Delegación Provincial. Secretario titular: Manuel Herrera Torrero, Jefe de Servicio de Atención al Ciudadano. Secretario suplente: Alfonso López-Villalta Cotallo, Jefe de Departamento de Legislación. Vocales titulares: - Blas Aranda González. - Juan Ramón Muñoz Martínez. - Rafael Fernández Mesa. Vocales suplentes: - José Carlos Arenas Argüelles. - Gustavo Medina Sánchez. Composición del Tribunal 3. Prueba i), correspondientes al ámbito del Departamento de Minas. Presidente titular: Francisco Jiménez Almansa, Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas. Presidente suplente: Miguel Jódar Gimeno, Secretario General de la Delegación Provincial. Secretario titular: Manuel Herrera Torrero, Jefe de Servicio de Atención al Ciudadano. Secretario suplente: Alfonso López-Villalta Cotallo, Jefe de Departamento de Legislación. Vocales titulares: - Javier Ávila Elviro. - Juan José Díaz Muñoz. - Ángel Gómez Calatrava. Vocales suplentes: - David Espinosa Durán. - Alfredo Moreno Casado. RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Málaga, por la que se convocan pruebas de aptitud para la obtención de certificado o carné de instaladores autorizados en sus distintas modalidades. Esta Delegación Provincial acuerda la realización de la presente convocatoria según las siguientes bases: Primera. Objeto La realización de pruebas para la obtención del certificado o carné de instalador/mantenedor autorizado, de conformidad con los distintos reglamentos técnicos, en las siguientes modalidades: a) Instalador de Gas (Categorías IG-I, IG-II, IG-III, IG-IV). b) Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos (Categorías I, ll, III). c) Instalador/Mantenedor, especialidad de Climatización. d) Instalador/Mantenedor, especialidad de Calefacción y Agua Caliente Sanitaria. e) Instalador interiores de suministro de Agua (Fontanería). f) Operador industrial de Calderas. g) lnstalador/conservador-reparador frigorista. h) Operador de Grúas (Torre y Móviles auto propulsada categorías A y B ). i) Operador de Maquinaria móvil en explotaciones mineras. j) Instalador de aparatos de preparación rápida de café. k) Responsable Técnico de taller de reparación de vehículos Las pruebas consistirán en la realización de un ejercicio tipo test, sobre la reglamentación específica de cada tipo de instalaciones y un ejercicio práctico, en los casos que proceda. Segunda. Solicitudes. Las instancias solicitando la participación en las pruebas, acompañadas de los documentos exigidos en la base Cuarta, se dirigirán al/a la Ilmo./a. Sr./a. Delegado/a Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Málaga, indicando domicilio a efectos de notificaciones y teléfono móvil para información del proceso mediante mensaje de texto. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá una duración de 15 días hábiles. Las solicitudes se presentarán en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Málaga, sito en C/ Bodegueros, 21, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Únicamente se admitirá como válida la solicitud presentada en una de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, sin que la inscripción en más de una genere derecho a devolución de tasas. Tercera. Requisitos de los candidatos. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas de aptitud, y para la obtención del carné o certificado correspondiente, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener cumplidos los 16 años de edad, salvo en los casos de operador de Grúa Torre Desmontable para Obras, Operador de Grúa Móvil autopropulsada, Operador de Maquinaria Móvil Minera e Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos (en todas sus modalidades), para los que se exige tener una edad mínima de 18 años. b) Estar en posesión del título correspondiente y/o acreditar la superación del curso teórico-práctico que reúna las características exigidas por la normativa reguladora de la modalidad que se indican a título informativo de forma sucinta en el Anexo I. c) Haber abonado la correspondiente tasa de derechos de examen. Todos los requisitos citados deberán cumplirse a la fecha de presentación de la solicitud y ser acreditados documentalmente. La carencia de cualquiera de los requisitos, de los documentos o justificantes exigidos será causa de exclusión provisional del solicitante. Cuarta. Documentación. De acuerdo con lo dispuesto en la Instrucción de 9 de octubre de 2006, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se definen los documentos necesarios para la tramitación de las correspondientes autorizaciones o registros ante la Administración Andaluza en materia de industria y energía, (BOJA núm. 248, de 27 de diciembre de 2006), a la solicitud para tomar parte en las pruebas se acompañará la documentación que, para cada modalidad, se indica en el Anexo II. Atendiendo igualmente a la Instrucción citada en el párrafo anterior, una vez superadas las pruebas la expedición del carné o certificado correspondiente será previa solicitud al efecto, que habrá de presentarse en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa en Málaga o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, acompañada de la documentación que, para cada modalidad, se señala en el Anexo III. Quinta. Admisión de aspirantes y fecha de las pruebas. Expirado el plazo de presentación de instancias, esta Delegación Provincial confeccionará las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, que podrán consultarse en los

19 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 19 lugares indicados en la base Sexta, concediéndose un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente a su exposición, para subsanar el defecto que motivó su exclusión o su no inclusión. Las reclamaciones formuladas se resolverán con la aprobación de las listas definitivas, que se harán públicas con la información del lugar, día y hora de realización de las pruebas, en los mismos lugares que las listas provisionales. Las pruebas se celebrarán preferentemente en sábado o domingo, coincidiendo con la fecha y hora de celebración de las convocatorias que, para estas mismas categorías, se realicen en las demás provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se realizará una sola convocatoria de exámenes, la cual tendrá lugar en julio, concretándose las fechas y lugar de los exámenes para cada una de las especialidades. Sexta. Publicidad. La presente convocatoria, así como los sucesivos actos, se harán públicos en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial, sito en C/ Bodegueros, 21; en el teléfono único de información de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, ; y en la página web de esta Consejería presa. Todo ello de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Séptima. Tribunal. La composición del Tribunal encargado de preparar y calificar las pruebas se determina en el Anexo IV. Octava. Resultado de las pruebas. Los listados definitivos de aprobados podrán consultarse en los lugares indicados en la base Sexta, donde se facilítará información acerca del trámite para la expedición del carné o certificado correspondiente. Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la exposición de los resultados de las pruebas, para solicitar la revisión de su examen. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo de la Ley 30/1992 ya citada. Málaga, 23 de abril de La Delegada, María Gámez Gámez. Ver Anexos I, II y III en páginas 8 a 11 de este mismo número ANEXO IV COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL Presidente: Jaime Aguilera García Secretario: Consuelo Egea Moreno Vocales: Manuel Romero Baeza Alejandro Ruiz Jaraba José Luis Méndez Jiménez Suplentes Presidente: Juan Serafín Navarrete Polaino Secretario: Antonio Guirado García Vocales: Vicente Ruiz Roldan Sonsoles López de Martos Belén Martínez Rodrigo RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se convocan pruebas de aptitud para la obtención de certificado o carné de instaladores autorizados en sus distintas modalidades. Esta Delegación Provincial acuerda la realización de la presente convocatoria según las siguientes bases: Primera. Objeto La realización de pruebas para la obtención del certificado o carné de instalador/mantenedor autorizado, de conformidad con los distintos reglamentos técnicos, en las siguientes modalidades: a) Instalador de Gas (Categorías IG-I, IG-II, IG-III, IG-IV). b) Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos (Categorías I, II, III). c) Instalador/Mantenedor, especialidad de Climatización. d) Instalador/Mantenedor, especialidad de Calefacción y Agua Caliente Sanitaria. e) Instalador interiores de suministro de Agua (Fontanería). f) Operador industrial de Calderas. g) Instalador/Conservador-Reparador frigorista. h) Operador de Grúas (Torre y Móviles auto propulsada categorías A y B ). i) Operador de Maquinaria móvil en explotaciones mineras. j) Instalador de aparatos de preparación rápida de café. k) Responsable Técnico de taller de reparación de vehículos Las pruebas consistirán en la realización de un ejercicio tipo test, sobre la reglamentación específica de cada tipo de instalaciones y un ejercicio práctico, en los casos que proceda. Segunda. Solicitudes. Las instancias solicitando la participación en las pruebas, acompañadas de los documentos exigidos en la base Cuarta, se dirigirán al/a la Ilmo./a. Sr/a. Delegado/a Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Sevilla indicando domicilio a efectos de notificaciones y teléfono móvil para información del proceso mediante mensaje de texto. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá una duración de 15 días hábiles. Las solicitudes se presentarán en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Sevilla, sito en calle Graham Bell, núm. 5, Edificio Rubén Darío II, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Únicamente se admitirá como válida la solicitud presentada en una de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, sin que la inscripción en más de una genere derecho a devolución de tasas. Tercera. Requisitos de los candidatos. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas de aptitud, y para la obtención del carné o certificado correspondiente, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener cumplidos los 16 años de edad, salvo en los casos de operador de Grúa Torre Desmontable para Obras, Operador de Grúa Móvil autopropulsada, Operador de Maquinaria Móvil Minera e Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos (en todas sus modalidades), para los que se exige tener una edad mínima de 18 años. b) Estar en posesión del título correspondiente y/o acreditar la superación del curso teórico-práctico que reúna las características exigidas por la normativa reguladora de la mo-

20 Página núm. 20 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 dalidad que se indican a título informativo de forma sucinta en el Anexo I. c) Haber abonado la correspondiente tasa de derechos de examen. Todos los requisitos citados deberán cumplirse a la fecha de presentación de la solicitud y ser acreditados documentalmente. La carencia de cualquiera de los requisitos, de los documentos o justificantes exigidos será causa de exclusión provisional del solicitante. Cuarta. Documentación. De acuerdo con lo dispuesto en la Instrucción de 9 de octubre de 2006, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se definen los documentos necesarios para la tramitación de las correspondientes autorizaciones o registros ante la Administración Andaluza en materia de industria y energía, (BOJA núm. 248, de 27 de diciembre de 2006), a la solicitud para tomar parte en las pruebas se acompañará la documentación que, para cada modalidad, se indica en el Anexo II. Atendiendo igualmente a la Instrucción citada en el párrafo anterior, una vez superadas las pruebas la expedición del carné o certificado correspondiente será previa solicitud al efecto, que habrá de presentarse en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa en Sevilla, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, acompañada de la documentación que, para cada modalidad, se señala en el Anexo III. Quinta. Admisión de aspirantes y fecha de las pruebas. Expirado el plazo de presentación de instancias, esta Delegación Provincial confeccionará las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, que podrán consultarse en los lugares indicados en la base Sexta, concediéndose un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente a su exposición, para subsanar el defecto que motivó su exclusión o su no inclusión. Las reclamaciones formuladas se resolverán con la aprobación de las listas definitivas, que se harán públicas con la información del lugar, día y hora de realización de las pruebas, en los mismos lugares que las listas provisionales. Las pruebas se celebrarán preferentemente en sábado o domingo, coincidiendo con la fecha y hora de celebración de las convocatorias que, para estas mismas categorías, se realicen en las demás provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se realizará una sola convocatoria de exámenes, la cual tendrá lugar en julio, concretándose las fechas y lugar de los exámenes para cada una de las especialidades. Sexta. Publicidad. La presente convocatoria, así como los sucesivos actos, se harán públicos en el Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial, sito en calle Graham Bell, núm. 5, Edificio Rubén Darío II; en el teléfono único de información de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, ; y en la página web de esta Consejería Todo ello de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Séptima. Tribunal. La composición del Tribunal encargado de preparar y calificar las pruebas se determina en el Anexo IV. Octava. Resultado de las pruebas. Los listados definitivos de aprobados podrán consultarse en los lugares indicados en la base Sexta, donde se facilitará información acerca del trámite para la expedición del carné o certificado correspondiente. Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la exposición de los resultados de las pruebas, para solicitar la revisión de su examen. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo de la Ley 30/1992, ya citada. Sevilla, 25 de abril de El Delegado, Francisco Álvaro Julio. Ver Anexo I, II y III en páginas 8 a 11 de este mismo número ANEXO IV COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL Presidente: Don José Antonio Vega Gónzalez, Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas. Secretario: Don Luis Muñoz Rodríguez, Jefe de Servicio de Atención al Ciudadano. Vocales: Don Juan Manuel Revilla Delgado. Don Rafael García de Viguera. Don Enrique Rubín Córdoba. Don Manuel J. Pérez Alonso. Don Francisco M. Martín Caballero. Don Francisco J. Montes Ramírez. Don Sebastian Cayetano Domínguez. Suplentes Presidente: Don Vicente R. Martín del Río, Jefe del Departamento de Industria. Secretario: Don Rafael Arévalo Fernández, Secretario General. Vocales: Don Alberto Rodríguez Díaz. Don José Ángel Turiel Guerrero. Don Julio Pérez González. CONSEJERÍA DE EMPLEO ORDEN de 11 de mayo de 2007, por la que se regulan los programas de fomento de la empleabilidad y la cultura de la calidad en el empleo y se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a dichos programas. El VI Acuerdo de Concertación Social en Andalucía contempla la creación de más y mejor empleo como uno de sus objetivos prioritarios, para lo que resulta imprescindible desarrollar políticas de empleo enmarcadas en la cultura de la calidad en el empleo. Para ello, mediante la presente Orden se articulan una serie de medidas destinadas al apoyo a proyectos generadores de empleo y a proyectos que fomenten la cultura de la calidad en el empleo y propicien nuevas dinámicas en el marco de las relaciones laborales y que, junto a ello, sitúen a cada persona en las mejores condiciones en el mercado de trabajo. Asimismo, en su articulado se regula un programa destinado a desarrollar proyectos de empleo con apoyo para personas con discapacidad que generen posibilidades reales de un empleo en el marco de la cultura de la calidad en el empleo y la consecuente inserción de estas personas en empresas del

21 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 21 mercado ordinario de trabajo en similares condiciones al resto de los trabajadores que desempeñan puestos equivalentes. En el tratamiento de esta materia, hemos de tener en cuenta la labor social de las entidades beneficiarias en tanto que impulsores de proyectos que fomentan el empleo y facilitan a las personas desempleadas experiencias profesionales que les permitan integrarse en el mundo laboral. La vocación social del proyecto determina la concreta situación de los posibles beneficiarios de las ayudas. Ello nos lleva a aplicar la excepción contenida por el párrafo 2.º del apartado 1 del artículo 31 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, de conformidad con lo establecido por el artículo 22 y el apartado 7 del artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, al resultar imposible establecer comparación entre solicitudes ni orden de prelación de los proyectos para la concesión de esta línea de ayudas. Junto a ello, las entidades promotoras de proyectos enmarcados dentro de los Programas contemplados por los Capítulos II y III de la presente Orden, en razón del interés social del incentivo, podrán beneficiarse de la excepción que prevé el apartado 2 del artículo 13 de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones así como de lo dispuesto en el último párrafo del apartado 1 del artículo 29 de la también citada Ley 3/2004, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras. En el marco de lo dispuesto por los artículos 87 y 88 del Tratado de la Comunidad Europea, las ayudas a Ayuntamientos, Diputaciones u otras Entidades Locales (ya sean de ámbito superior o inferior al municipio), Organismos Autónomos de naturaleza administrativa, Entidades Públicas, Agencias, Instituciones, Consorcios y Asociaciones de carácter público cuando no ejerzan actividad económica objeto de ayuda, las Entidades Gestoras y Servicios de la Seguridad Social, las instituciones sin ánimo de lucro, y personas físicas que no ejerzan actividad económica, están excluidas del régimen de ayudas de Estado, por lo que las disposiciones contenidas en los citados artículos no son de aplicación a las ayudas para la realización de proyectos descritos en los Capítulos II, III y VI de la presente Orden por la propia naturaleza de las entidades promotoras de los mismos, así como proyectos descritos en los Capítulos IV y V cuando sean promovidos por las citadas entidades. Por otro lado, las ayudas a proyectos descritos en los Capítulos IV y V de la presente Orden cuando estén promovidos por empresas, estarán sometidas a lo establecido en Reglamento (CE) núm. 68/2001, de la Comisión, de 12 de enero, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de formación, de conformidad con las Directrices sobre las ayudas de Estado de finalidad regional para el período (DO C 54, , p. 13), por la que Andalucía se encuentra entre las regiones que pueden optar a la ayuda durante todo el período de conformidad con el artículo 87, apartado 3, letra a), del Tratado CE. En cumplimiento del artículo 8.3.f) de la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, por la que se crea el Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo, la presente Orden ha sido sometido al Pleno del Consejo de Administración del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo en su sesión del día 1 de marzo de En su virtud, y de acuerdo con las competencias atribuidas en la legislación vigente, a propuesta de la Dirección General de Fomento del Empleo del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo, DISPONGO CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 1. Objeto. 1. La presente Orden tiene por objeto establecer los programas para el fomento del empleo de calidad que desarrolla la Administración de la Junta de Andalucía a través del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo, así como los procedimientos de concesión de las ayudas públicas que se destinen a éstos. 2. Para el cumplimiento del citado objetivo se establecen los siguientes Programas: a) Programa de mejora de la infraestructura, servicios y acciones especiales en materia de empleo en los territorios. b) Programa para el fomento de la cultura de la calidad en el empleo y fomento de la empleabilidad de las personas que precisen adquirir experiencia laboral. c) Programa de Talleres de oficios para jóvenes y mujeres. d) Programa de Escuelas de empleo en sectores productivos. e) Programa de proyectos integrales de fomento de empleo para personas con discapacidad. 3. En cualquier caso, los proyectos que se desarrollen al amparo de los citados programas, implicarán que al menos el 50% de las personas contratadas por la entidad beneficiaria para su ejecución así como del alumnado serán mujeres, independientemente del sector productivo o actividad en el que se vaya a desarrollar, salvo que se acredite la imposibilidad del cumplimiento del citado porcentaje. Artículo 2. Régimen de las ayudas. La labor social de las entidades que se beneficiarán de las medidas contenidas por los Programas establecidos en la presente Orden, en tanto que impulsoras de proyectos que fomentan un empleo de calidad y facilitan a las personas desempleadas experiencias profesionales que les permite integrarse en el mundo laboral, determina que se aplique la excepción contenida por el párrafo 2.º del apartado 1 del artículo 31 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, al resultar imposible establecer comparación entre solicitudes ni orden de prelación de los proyectos solicitantes para la concesión de esta línea de ayudas. CAPÍTULO II Programa de mejora de la infraestructura, servicios y acciones especiales en materia de empleo en los territorios Artículo 3. Objeto. El Programa establecido en el presente Capítulo tiene por finalidad incentivar proyectos de mejora de la infraestructura, servicios y acciones especiales en materia de empleo en los territorios en los que se ejecuten y que redunden en el fomento de políticas de empleo enmarcadas en la cultura de la calidad. Dichos proyectos estarán destinados a la consecución de los siguientes objetivos: a) La creación de empleo mediante el desarrollo de proyectos para la mejora de infraestructuras y servicios en materia de empleo a desarrollar en zonas rurales, siempre que se encuentren cofinanciados por el Programa de Fomento del Empleo Agrario. b) La realización de servicios que redunden en la generación de empleo en los municipios en los que se desarrollen.

22 Página núm. 22 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 c) La realización de acciones especiales para el empleo en zonas donde existan personas pertenecientes a los colectivos descritos en el apartado 3 del artículo 4 de la presente Orden que precisen de actuaciones específicas que posibiliten la consolidación del empleo en su territorio. Artículo 4. Entidades promotoras beneficiarias. 1. Los proyectos de mejora de la infraestructura, servicios y acciones especiales en materia de empleo podrán ser promovidos, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por Ayuntamientos, Diputaciones y Mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Las entidades beneficiarias formalizarán las contrataciones necesarias para el desarrollo del proyecto utilizando para ello, de conformidad con la legislación vigente, la modalidad contractual más adecuada a las necesidades del mismo y al perfil de la persona seleccionada. Dichas contrataciones se formalizarán con personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en las oficinas del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo, ante las que las Entidades beneficiarias presentarán oferta de empleo. 3. En el supuesto de los proyectos destinados a la realización de las acciones descritas en las letras b) y c) del apartado 1 del artículo 3 de la presente Orden, al menos el 50% de las contrataciones necesarias para la ejecución de los proyectos se formalizarán, dentro de los objetivos marcados en el Plan de Acción para el Empleo en el Reino de España, con: a) Jóvenes menores de 30 años desempleados que acrediten una inscripción de demanda de empleo con antigüedad de al menos 6 meses y cumplan el perfil necesario para el desarrollo del proyecto. b) Personas mayores de 45 años desempleados que acrediten una inscripción de demanda de empleo con antigüedad de al menos 12 meses y cumplan el perfil necesario para el desarrollo del proyecto. c) Mujeres de cualquier edad desempleadas que acrediten la previa inscripción de demanda de empleo y que no hubieran sido beneficiarias de proyectos concedidos al amparo del presente programa en el ejercicio anterior. De entre ellos, tendrán preferencia los siguientes colectivos: a) Personas con especiales dificultades de acceso al mercado laboral, que a los efectos de esta Orden serán: - Mujeres víctimas de violencia de género. - Personas con discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33%. - Personas ex-reclusas. - Personas con problemas de drogadicción o alcoholismo que se encuentren en procesos de rehabilitación o reinserción social. - Jóvenes que se incorporen al mercado de trabajo procedentes de instituciones de protección y reforma. - Personas usuarias del Programa de Solidaridad. - Parados de larga duración mayores de 45 años. - Pertenecientes a minorías étnicas. - Víctimas de actos terroristas, y/o sus familiares en primer grado de consanguinidad o afinidad. - Parados de larga duración que lleven más de 24 meses en desempleo, así como demás personas en riesgo de exclusión. b) Personas con responsabilidades familiares especialmente cuando se trate de familias monoparentales. La acreditación de pertenencia a cualquiera de los anteriores colectivos se efectuará mediante declaración responsable. Artículo 5. Incentivos y duración de los proyectos. 1. Las entidades que desarrollen y ejecuten proyectos descritos en las letras a), b) y c) del artículo 3 de la presente Orden podrán beneficiarse de un incentivo que podrá alcanzar hasta el 80% del coste total del mismo. 2. En el supuesto de proyectos destinados a la realización de actuaciones contenidas por las letras b) y c) del artículo 3 de la presente Orden, que acrediten la inserción estable de al menos el 30% de los participantes en proyectos similares realizados al amparo del presente programa el incentivo podrá alcanzar hasta el 100% del coste total del mismo Dicho incentivo podrá aplicarse a los gastos ocasionados por las siguientes acciones: a) Gastos de personal, entendiendo por tales aquellos gastos destinados a sufragar los costes salariales del personal encargado de la ejecución del proyecto, incluidos en los mismos el correspondiente al prorrateo de pagas extraordinarias y las cotizaciones a la Seguridad Social, no pudiendo exceder de las cantidades que se establecen a continuación, por año y a jornada completa: - Coordinador: Técnico: ,50. - Apoyo Administrativo: b) En el supuesto de proyectos destinados a la ejecución de acciones contempladas en la letra c) del apartado 1 del artículo 3 de la presente Orden, las contrataciones que se efectúen a los destinatarios delimitados en el artículo 4.3 serán incentivados por el Servicio Andaluz de Empleo y su coste no superará al equivalente al 1,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente cada año, incluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias por importe equivalente cada una de ellas a una mensualidad o la cuantía prevista en el convenio colectivo de aplicación de ser esta inferior, así como la correspondiente cotización a la Seguridad Social por todos los conceptos, por cada persona contratada. c) Gastos generales, entendiendo por estos aquellos directamente relacionados con el proyecto a desarrollar, entendiendo incluidos los de auditoría externa para la comprobación de las certificaciones de gastos en los términos descritos por el artículo 74 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones. En el supuesto de proyectos destinados a la ejecución de acciones contempladas en las letras b) y c) del apartado 1 del artículo 3 de la presente Orden, los gastos contemplados en este apartado no podrán superar el 20% del coste total del proyecto. 2. Los proyectos tendrán una duración máxima de un año. CAPÍTULO III Programa para el fomento de la cultura de la calidad en el empleo, y de la empleabilidad de las personas que precisen adquirir experiencia laboral Artículo 6. Objeto. El Programa establecido en el presente Capítulo tiene por finalidad incentivar proyectos: a) Proyectos que promuevan una cultura del empleo de calidad, que fomenten el empleo estable, seguro y cualificado, y que redunden en un aumento de la calidad en el mercado laboral. Así mismo, a través de estos proyectos se podrá completar la empleabilidad de aquellas personas que lo precisen. b) Proyectos destinados a fomentar y facilitar la empleabilidad de personas que precisen experiencia laboral.

23 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 23 Artículo 7. Entidades promotoras beneficiarias. Estos proyectos podrán ser promovidos, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por las siguientes entidades: a) Los proyectos descritos en el apartado a) del artículo 6 podrán ser promovidos por organizaciones empresariales y sindicales de ámbito andaluz y carácter intersectorial que, estando inscritas en el Registro de asociaciones empresariales y sindicales del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, cuenten con sede en cada una de las provincias andaluzas y tengan implantación en todas y cada una de ellas de acuerdo con lo dispuesto por en los artículos 6 y 7.1 de la L.O. 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical para las Organizaciones Sindicales, y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Sexta del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, para las organizaciones empresariales. b) Los proyectos descritos en el apartado b) del artículo 6 podrán ser promovidos por Fundaciones con sede en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, siempre que tengan ámbito autonómico. Estos proyectos podrán ser desarrollados en colaboración con las distintas Administraciones Públicas. Artículo 8. Incentivos y duración de los proyectos. 1. Las organizaciones empresariales y sindicales, descritas en el apartado a) del artículo 6, que desarrollen y ejecuten éstos proyectos, por sí o a través de entidades vinculadas a éstas, podrán beneficiarse de un incentivo que podrá alcanzar hasta el 100% del coste total del mismo. Dicho incentivo podrá aplicarse a los gastos ocasionados por las siguientes acciones: a) Gastos de personal, entendiendo por tales aquellos gastos destinados a sufragar los costes salariales del personal encargado de la ejecución del proyecto, incluidos en los mismos el correspondiente al prorrateo de pagas extraordinarias y las cotizaciones a la Seguridad Social, así como todos aquellos gastos que por ley se establezcan como directamente obligatorios no pudiendo exceder de las cantidades que se establecen a continuación, por año y a jornada completa: - Coordinador: Técnico: ,50. - Apoyo Administrativo: Profesionales de Oficio: ,53. - Personal subalterno y sin cualificar: El coste total de gastos de personal podrá ser imputado tanto a personal propio de la plantilla de la entidad promotora que se dedique al proyecto, como a nuevas contrataciones especificas para el desarrollo del mismo, que cuenten con el perfil necesario para desarrollar el citado proyecto. b) Cuando la entidad promotora quiera facilitar experiencia laboral a personas que precisen de la misma, el coste no superará al equivalente referenciado a la categoría profesional de: - Técnico Superior: 2,9 veces el SMI. - Técnico Medio: 2,5 veces el SMI. - Administrativo: 2 veces el SMI. El SMI será el vigente cada año incluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias por importe equivalente cada una de ellas a una mensualidad, así como la correspondiente cotización a la Seguridad Social por todos los conceptos de cada persona contratada, así como todos aquellos que por ley se establezcan como directamente obligatorios. c) Gastos generales, se considerarán como tales los relacionados a continuación: - Gastos de viaje, estancia y manutención del personal para la realización de actuaciones relacionadas con el desarrollo del proyecto. - Publicaciones, reprografía y publicidad. - Alquiler de edificios y equipamientos sin que en este concepto pueda entenderse incluido el leasing. - Amortización de equipos conforme a la legislación vigente. - Material fungible y bienes consumibles no amortizables. - Material de oficina, didáctico e informático. - Gastos corrientes, entendiendo por tales suministros de luz, agua, calefacción, teléfono, fax, internet y correos. - Seguros de responsabilidad civil. - Limpieza. - Gastos de adaptación, conservación y mantenimiento de infraestructuras. - Gastos de auditoría externa para la comprobación de las certificaciones de gastos en los términos descritos por el artículo 74 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones. - Así como cualquier otro gasto relacionado con el proyecto a desarrollar y no contemplado en los anteriores, siempre que venga contemplado en la resolución de concesión del incentivo o, en su defecto, sea expresamente autorizado con por el órgano competente. Los gastos contemplados en este apartado no podrán superar el 20% del coste total del proyecto, y todos y cada uno de ellos deberá guardar una relación directa con el desarrollo del mismo. 2. Las Fundaciones que desarrollen y ejecuten los proyectos descritos por el apartado b) del artículo 6 podrán beneficiarse de un incentivo que podrá alcanzar hasta el 100% del coste total del mismo. Dicho incentivo podrá aplicarse a los gastos ocasionados por las siguientes acciones: a) Gastos de personal, entendiendo por tales aquellos gastos destinados a sufragar los costes salariales del personal encargado de la ejecución del proyecto, incluidos en los mismos el correspondiente al prorrateo de pagas extraordinarias y las cotizaciones a la Seguridad Social, no pudiendo exceder de las cantidades que se establecen a continuación, por año y a jornada completa: - Coordinador: Técnico: ,50. - Apoyo Administrativo: Profesionales de Oficio: ,53. - Personal subalterno y sin cualificar: Hasta un 50% del coste total de gastos de personal podrá ser imputados a personal propio de la plantilla de la entidad promotora siempre que se dedique al proyecto, y cuente con el perfil necesario para desarrollar el mismo. b) Las contrataciones que se efectúen con personas que precisen de experiencia laboral serán sufragados por el Servicio Andaluz de Empleo y su coste no superara al equivalente al 1,5 veces el SMI vigente cada año incluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias por importe equivalente cada una de ellas a una mensualidad o la cuantía prevista en el convenio colectivo de aplicación de ser esta inferior, así como la correspondiente cotización a la Seguridad Social por todos los conceptos cada persona contratada. c) Gastos generales, se considerarán como tales los relacionados a continuación: - Gastos de viaje y estancia del personal para la realización de actuaciones relacionadas con el desarrollo del proyecto. - Publicaciones y publicidad.

24 Página núm. 24 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo Alquiler de edificios y equipamientos sin que en este concepto pueda entenderse incluido el leasing. - Amortización de equipos conforme a la legislación vigente. - Material fungible y bienes consumibles no amortizables. - Material de oficina, didáctico e informático. - Gastos corrientes, entendiendo por tales suministros de luz, agua, calefacción, teléfono, fax, internet y correos. - Seguros de responsabilidad civil. - Limpieza. - Gastos de auditoría externa para la comprobación de las certificaciones de gastos. - Así como cualquier otro gasto directamente relacionado con el proyecto a desarrollar y no contemplado en los anteriores, siempre que sea expresamente autorizado por el órgano competente. Los gastos contemplados en este apartado no podrán superar el 20% del coste total del proyecto, y todos y cada uno de ellos deberá guardar una relación directa con el desarrollo del mismo. 3. Los proyectos tendrán una duración máxima de dos años. CAPÍTULO IV Programa de Talleres de oficios para jóvenes de hasta 30 años y mujeres Artículo 9. Objeto. 1. El programa establecido en el presente Capítulo tiene por finalidad incentivar la ejecución de talleres de oficios destinados a la recuperación o mantenimiento de oficios tradicionales o cualquier otro oficio que esté siendo demandado por el mercado laboral en el territorio en el que se va a desarrollar. 2. Los destinatarios de dichos proyectos serán jóvenes de hasta 30 años y mujeres, preferentemente provenientes de itinerarios de inserción del Programa de Andalucía Orienta, que sean desempleados demandantes de empleo inscritos como tales en las oficinas del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo y seleccionados por una comisión mixta formada entre la entidad promotora y la correspondiente Dirección Provincial de Servicio Andaluz de Empleo. Estos talleres contarán con al menos 6 alumnos por especialidad, los cuales deberán ser contratados por la entidad promotora durante todo el período de duración del mismo, debiendo formalizarse las contrataciones de acuerdo con las modalidades y contenidos previstos en la legislación laboral vigente. 3. Las personas que hayan participado como alumnos en un taller de oficio no podrán volver a ser seleccionadas como alumnos de otro proyecto sobre el mismo oficio en futuras convocatorias en el marco del presente programa. 4. Tras la finalización de un Taller de oficio, los contratos indefinidos que se formalicen con alumnos y alumnas participantes en el mismo serán incentivables con carácter prioritario de conformidad con lo establecido en la normativa reguladora. Igualmente aquellos alumnos y alumnas participantes en estos proyectos que, antes del transcurso de 6 meses desde la finalización de su participación en un Taller de oficio, decidan iniciar una actividad económica como autónomos o autónomas serán considerados colectivo prioritario en relación con las ayudas al autoempleo establecidas por el Decreto 175/2006, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo en Andalucía. Artículo 10. Entidades promotoras beneficiarias. 1. Los talleres de oficio podrán ser promovidos, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por asociaciones empresariales, asociaciones artesanales o empresas todas ellas relacionadas con el oficio objeto del proyecto a desarrollar, así como por Cámaras de Comercio, Industria y Navegación. 2. De entre las solicitudes de proyectos de talleres de oficio tendrán preferencia aquellos cuyas entidades promotoras acrediten los siguientes extremos: a) Aportación al proyecto de unas instalaciones adecuadas para su desarrollo y ejecución. b) Cobertura de los gastos derivados del mantenimiento de la maquinaria e instalaciones. c) En el supuesto de haber ejecutado con anterioridad proyectos similares, acreditación de un grado de inserción de al menos el 50% de los participantes. Artículo 11. Incentivos y duración de los proyectos. 1. Las entidades que desarrollen y ejecuten talleres de oficios para jóvenes y mujeres podrán beneficiarse de un incentivo que podrá alcanzar hasta el 100% del coste total del mismo. El incentivo podrá ser aplicado tanto para gastos materiales como para gastos derivados de las contrataciones de personal necesarios para la ejecución del proyecto, y de los propios destinatarios. a) Gastos de personal, entendiendo por tales aquellos gastos destinados a sufragar los costes salariales del personal encargado de la ejecución del proyecto, incluidos en los mismos el correspondiente al prorrateo de pagas extraordinarias y las cotizaciones a la Seguridad Social, no pudiendo exceder de las cantidades que se establecen a continuación, por año y a jornada completa: - Coordinador: Técnico: ,50. - Apoyo Administrativo: Profesionales de Oficio: ,53. - Personal subalterno y sin cualificar: El personal será seleccionado por la entidad promotora con la autorización del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo, de entre aquellas personas que acrediten la cualificación necesaria para ejecutar las acciones que el mismo contempla y una experiencia mínima de al menos dos años. b) Gastos de formación y funcionamiento señalados a continuación: - Medios y material didáctico y de consumo para la formación. - Gastos de desplazamiento para la formación. - Material de oficina. - Alquiler de edificios y equipamientos sin que en este concepto pueda entenderse incluido el leasing. - Gastos generales. - Amortización de instalaciones y equipos. Para el cálculo de la misma se utilizarán las tablas de coeficiente anuales de amortización establecidas por el Ministerio de Hacienda. - Gastos de auditoría externa para la comprobación de las certificaciones de gastos en los términos descritos por el artículo 74 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones. - Otros gastos de funcionamiento necesarios para el desarrollo del proyecto formativo. c) El gasto subvencionable en concepto de costes salariales totales imputables a la ayuda por la contratación de jóvenes y mujeres que participen en el taller y serán equivalentes al 1,5 veces el salario mínimo interprofesional (SMI) vigente cada año, incluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias por importe cada una de ellas a una mensualidad, así

25 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 25 como la correspondiente cotización a la Seguridad Social por todos los conceptos. 2. En el marco de lo dispuesto por el Reglamento (CE) núm. 68/2001, de la Comisión, de 12 de enero, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de formación, y de conformidad con las Directrices sobre las ayudas de Estado de finalidad regional para el período , cuando los talleres de oficio sean promovidos por empresas, el incentivo podrá alcanzar hasta los siguientes porcentajes de cofinanciación: a) Si la empresas tiene hasta 250 trabajadores, la cofinanciación podrá alcanzar hasta el 90% del coste total de los proyectos destinados a mujeres y hombres menores de 25 años y hasta el 80% de dicho coste cuando se destine a otras personas beneficiarias. b) Si la empresas tiene más de 250 trabajadores, la cofinanciación podrá alcanzar hasta el 70% del coste total de los proyectos destinados a mujeres y hombres menores de 25 años y hasta el 60% de dicho coste cuando se destine a otras personas beneficiarias. En todo caso, el porcentaje restante podrá ser cofinanciado, entre otros conceptos, por la aportación al proyecto de instalaciones adecuadas para su desarrollo y ejecución, o mediante la cobertura de los gastos derivados del mantenimiento de la maquinaria e instalaciones. 3. Los talleres tendrán una duración máxima de un año. Transcurrido el periodo de 6 meses desde la finalización del proyecto, la entidad promotora deberá acreditar un grado de inserción del alumnado de al menos un 50%. En caso contrario, y en los términos establecidos por el artículo 33 de la presente Orden, procederá el reintegro parcial del incentivo en función del porcentaje de inserción incumplido. CAPÍTULO V Programa de Escuelas de empleo en sectores productivos Artículo 12. Objeto. 1. El Programa establecido en el presente Capítulo tiene por finalidad incentivar Escuelas de empleo en sectores productivos. Dichas Escuelas consisten en proyectos asociados a la producción de bienes o servicios, en los que la formación se alterna con el trabajo productivo en actividades que permitan la inserción a través de la profesionalización y adquisición de experiencia laboral de los participantes con la finalidad de incrementar sus posibilidades de inserción profesional. 2. Para resolver sobre la concesión de los incentivos establecidos en el presente Capítulo, el Servicio Andaluz de Empleo podrá atender a las demandas de los sectores productivos así como, de forma coyuntural, a aquellos actividades que estime prioritarias en base a situaciones especiales de carácter sobrevenido. 3. Las Escuelas de empleo están destinadas a personas desempleadas menores de 30 años que cumplan los siguientes requisitos: a) Que dispongan de Formación Profesional Ocupacional o reglada, diplomatura o licenciatura relacionada con el sector productivo en el que se desarrolle el proyecto. b) Que no hayan transcurrido más de dos años desde la finalización de la formación. c) Que no hayan trabajado por cuenta ajena o propia, después de la terminación de sus estudios, en tareas relacionadas con su formación o, en su defecto, que el periodo de ocupación no supere los seis meses computados en el periodo comprendido por los dos años inmediatamente posteriores a la finalización de dicha formación. Estas escuelas contarán con al menos 6 alumnos. De las personas que cumplan los anteriores requisitos tendrán preferencia aquellas que provengan de itinerarios de inserción del Programa de Andalucía Orienta. Las entidades promotoras de Escuelas de Empleo se comprometen durante el desarrollo del proyecto a formar adecuadamente a los participantes en la ocupación a desempeñar, así como a proveerles durante al menos 9 meses prácticas en empresas del sector productivo concreto, bajo la supervisión de un tutor nombrado al efecto por la entidad promotora. Las personas que participen en el proyecto deberán ser contratadas por la entidad promotora durante todo el periodo de duración de la misma, debiendo formalizarse dichas contrataciones de acuerdo con las modalidades y contenidos previstos en la legislación laboral vigente. 4. Las personas que hayan participado como alumnos en una escuela de empleo no podrán volver a ser seleccionadas como alumnos de otro proyecto sobre el mismo sector en futuras convocatorias en el marco del presente programa. 5. Tras la finalización de una Escuela de empleo en sectores productivos, los contratos indefinidos que se formalicen con alumnos y alumnas participantes en la misma serán incentivables con carácter prioritario de conformidad con lo establecido en la normativa reguladora. Igualmente aquellos alumnos y alumnas participantes en estos proyectos que antes del transcurso de 6 meses desde la finalización de su participación en una Escuela de Empleo, decidan iniciar una actividad económica como autónomos o autónomas serán considerados colectivo prioritario en relación con las ayudas al autoempleo establecidas por el Decreto 175/2006, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo en Andalucia. Artículo 13. Entidades promotoras beneficiarias. Los proyectos de Escuelas de empleo en sectores productivos podrán ser promovidos, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por Organizaciones empresariales, Asociaciones empresariales sectoriales, Cámaras de Comercio, Industria y Navegación, Agentes Económicos y empresas del sector. Artículo 14. Incentivos y duración de los proyectos. 1. Las entidades promotoras de Escuelas de empleo en sectores productivos podrán beneficiarse de un incentivo que podrá alcanzar hasta el 100% del coste total del mismo. El incentivo podrá ser aplicado a los siguientes conceptos: a) Gastos de personal, entendiendo por tales aquellos gastos destinados a sufragar los costes salariales del personal encargado de la ejecución del proyecto, incluidos en los mismos el correspondiente al prorrateo de pagas extraordinarias y las cotizaciones a la Seguridad Social, no pudiendo exceder de las cantidades que se establecen a continuación, por año y a jornada completa: - Coordinador: Técnico, Monitor, Tutor de empresa: ,50. - Apoyo Administrativo: El personal será seleccionado por la entidad promotora con la autorización del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo, de entre aquellas personas que acrediten la cualificación necesaria para ejecutar las acciones que el mismo contempla y una experiencia mínima de al menos dos años. b) Gastos de formación y funcionamiento señalados a continuación: - Medios y material didáctico y de consumo para la formación. - Gastos de desplazamiento para la formación.

26 Página núm. 26 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo Material de oficina. - Alquiler de edificios y equipamientos sin que en este concepto pueda entenderse incluido el leasing. - Gastos generales. - Amortización de instalaciones y equipos. Para el cálculo de la misma se utilizarán las tablas de coeficiente anuales de amortización establecidas por el Ministerio de Hacienda. - Gastos de auditoría externa para la comprobación de las certificaciones de gastos en los términos descritos por el artículo 74 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones. - Otros gastos de funcionamiento necesarios para el desarrollo del proyecto formativo. c) El gasto subvencionable en concepto de costes salariales totales imputables a la ayuda por la contratación de los alumnos y alumnas que participen en la escuela y que serán equivalentes al 1,5 veces el salario mínimo interprofesional (SMI) vigente cada año, incluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias por importe cada una de ellas a una mensualidad, así como la correspondiente cotización a la Seguridad Social por todos los conceptos. 2. En el marco de lo dispuesto por el Reglamento (CE) núm. 68/2001, de la Comisión, de 12 de enero, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de formación, y de conformidad con las Directrices sobre las ayudas de Estado de finalidad regional para el período , cuando las escuelas de empleo sean promovidas por empresas el incentivo podrá alcanzar hasta los siguientes porcentajes de cofinanciación: a) Si la empresas tiene hasta 250 trabajadores, la cofinanciación podrá alcanzar hasta el 90% del coste total de los proyectos destinados a jóvenes menores de 25 años y hasta el 80% de dicho coste cuando se destine a jóvenes de entre 25 y 30 años. b) Si la empresas tiene más de 250 trabajadores, la cofinanciación podrá alcanzar hasta el 70% del coste total de los proyectos destinados a jóvenes menores de 25 años y hasta el 60% de dicho coste cuando se destine a jóvenes de entre 25 y 30 años. En todo caso, el porcentaje restante podrá ser cofinanciado, entre otros conceptos, por la aportación al proyecto de instalaciones adecuadas para su desarrollo y ejecución, o mediante la cobertura de los gastos derivados del mantenimiento de la maquinaria e instalaciones. 3. Los proyectos tendrán una duración máxima de un año. Transcurrido el período de 6 meses desde la finalización del proyecto, la entidad promotora deberá acreditar un grado de inserción de los participantes de al menos un 50%. En caso contrario, y en los términos establecidos por el artículo 33 de la presente Orden, procederá el reintegro parcial del incentivo en función del porcentaje de inserción incumplido. CAPÍTULO VI Programa para el fomento de proyectos integrales de empleo para personas con discapacidad Artículo 15. Objeto. 1. El programa establecido en el presente Capítulo tiene por finalidad desarrollar proyectos de empleo con apoyo que generen posibilidades de empleo y faciliten un empleo de calidad para personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral en empresas del mercado ordinario de trabajo en similares condiciones al resto de los trabajadores que desempeñan puestos equivalentes. 2. Para ello se incentivarán proyectos integrales de fomento de empleo que desarrollen acciones de orientación y acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo como medida de adaptación de las personas definidas en el apartado anterior. 3. Los proyectos deberán contener, al menos, las siguientes acciones: a) Orientación, asesoramiento y acompañamiento a la personas con discapacidad, elaborando para cada trabajador un programa de adaptación para el puesto de trabajo. b) Labores de acercamiento y mutua ayuda entre el trabajador beneficiario del proyecto de empleo con apoyo, el empleador y el personal de la empresa que comparta tareas con el trabajador con discapacidad. c) Apoyo al trabajador en el desarrollo de habilidades sociales y comunitarias, de modo que pueda relacionarse con el entorno laboral en las mejores condiciones. d) Adiestramiento específico del trabajador con discapacidad en las tareas inherentes al puesto de trabajo. e) Seguimiento del trabajador y evaluación del proceso de inserción en el puesto de trabajo. Estas acciones tendrán por objeto la detección de necesidades y la prevención de posibles amenazas o riesgos, tanto para el trabajador como para la empresa que le contrata, que pongan en peligro el objetivo de inserción y permanencia en el empleo. f) Asesoramiento e información a la empresa sobre las necesidades y procesos de adaptación del puesto de trabajo. g) Previsión de una evaluación final del proyecto, que se desarrollará en el período de un año desde su finalización y en la que deberá quedar plasmada el grado de inserción y la permanencia en el empleo de los destinatarios. Los datos obtenidos mediante dicha evaluación podrán ser tenidos en cuenta para futuras convocatorias. Artículo 16. Destinatarios. 1. Los destinatarios de los proyectos de empleo con apoyo serán los trabajadores con discapacidad inscritos en el Servicio Andaluz de Empleo como demandantes de empleo no ocupados, así como los trabajadores con discapacidad contratados por Centros Especiales de Empleo, a tales efectos tendrán preferencia: a) Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%. b) Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65%. 2. Las personas con discapacidad que, en el marco de estos proyectos, reciban las acciones de apoyo al empleo deberán ser contratadas por empresas ordinarias o por Centros Especiales de Empleo, para ser empleados efectivamente en la organización productiva de la empresa mediante un contrato indefinido o de duración determinada, siempre que la duración del contrato sea, en este caso, como mínimo de un año. Dichas contrataciones podrán ser incentivadas al amparo de lo dispuesto por el Decreto 149/2005, de 14 de junio, por el que se regulan los Incentivos a la contratación con carácter indefinido. Artículo 17. Entidades promotoras beneficiarias. Los proyectos de empleo con apoyo podrán ser promovidos, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por asociaciones, fundaciones o entidades sin ánimo de lucro de ámbito regional que representen a la personas con discapacidad.

27 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 27 Artículo 18. Tutores laborales. En el marco de estos proyectos las acciones de empleo con apoyo serán llevadas a cabo por personal cualificado y deberán estar en posesión de una titulación mínima de formación profesional de grado medio o equivalente y acreditar una experiencia mínima previa de al menos un año en actividades de integración laboral de personas con discapacidad que les capacite para la realización de las funciones propias de su puesto. El número de trabajadores con discapacidad que pueden ser atendidos por cada tutor laboral dependerá del tipo de apoyo que en cada caso sea necesario presentar, sin que en ningún caso un tutor laboral, con jornada de trabajo a tiempo completo, pueda atender como máximo a más de 12 trabajadores con discapacidad sin que en dicho numero puedan computase mas de: a) Tres trabajadores con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65%. b) Cinco trabajadores con parálisis cerebral, enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33% e inferior al 65%. c) Ocho trabajadores con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65%. Artículo 19. Incentivos y duración de los proyectos. 1. Las entidades que desarrollen y ejecuten proyectos integrales de empleo para personas con discapacidad podrán beneficiarse de un incentivo que podrá alcanzar hasta el 100% del coste total del mismo. El incentivo se destinará a financiar los siguientes costes: a) Costes salariales de las personas contratadas para desarrollar los proyectos entendiendo por tales aquellos gastos destinados a sufragar los costes salariales del personal encargado de la ejecución del proyecto, incluidos en los mismos el correspondiente al prorrateo de pagas extraordinarias y las cotizaciones a la Seguridad Social, no pudiendo exceder de las cantidades que se establecen a continuación, por año y a jornada completa: - Coordinador Técnico Tutor laboral Personal de apoyo administrativo El incentivo se reducirá proporcionalmente en función de la duración de la jornada del tutor laboral en el supuesto de que éste tenga un contrato a tiempo parcial. b) Gastos generales: - Amortización de instalaciones y equipos. Para el cálculo de la misma se utilizarán las tablas de coeficiente anuales de amortización establecidas por el Ministerio de Hacienda. - Gastos de auditoría externa para la comprobación de las certificaciones de gastos en los términos descritos por el artículo 74 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones. - Otros gastos de funcionamiento necesarios para el desarrollo del proyecto formativo. 2. El período máximo durante el que se prestará el apoyo a las mismas personas con discapacidad computable a efectos de los incentivos antes señaladas será de dos años. 3. Los proyectos podrán tener una duración de hasta dos años. CAPÍTULO VII Disposiciones comunes Artículo 20. Solicitudes de incentivos. 1. Las entidades descritas en los artículos anteriores, cuando deseen promover proyectos enmarcados dentro de los Programas regulados en la presente Orden y obtener las ayudas en ella establecidas, dirigirán el correspondiente impreso de solicitud acompañado de la documentación preceptiva para cada tipo de proyecto, suscrito por su representante legal, a la persona titular de la Consejería de Empleo en su calidad de Presidente del Servicio Andaluz de Empleo, y lo presentarán preferentemente ante la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo, ante la Dirección General de Fomento del Empleo o ante las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los impresos de solicitud de los incentivos articulados en esta Orden, incluirán: a) Declaración responsable de que el solicitante no está incurso en ninguna de las prohibiciones para ser persona beneficiaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la presente Orden. b) Declaración responsable de no haber obtenido otras ayudas o ayudas públicas por el mismo concepto y ejercicio, procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales. En el supuesto de que hubieran sido solicitadas u obtenidas otras ayudas para la misma finalidad, siempre que pudieran ser compartidas, relación de las acciones financiadas y del importe subvencionado. c) Solicitud de transferencia bancaria firmada por la persona solicitante o, en su caso, la persona que actúe en su representación y sellada por la entidad bancaria. d) Compromiso por parte de la entidad promotora del proyecto de que al menos el 50% de las personas contratadas para la ejecución del proyecto serán mujeres, independientemente del sector productivo en el que se vaya a desarrollar. 2. Las solicitudes se efectuarán en impresos normalizados por triplicado que serán proporcionados en las dependencias de las Direcciones Provinciales del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo, de las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico o mediante descarga telemática del portal de la Junta de Andalucía (www. juntadeandalucia.es). 3. La presentación de esta solicitud por parte del beneficiario conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Consejería de Economía y Hacienda, y por la Tesorería General de la Seguridad Social tal y como dispone el apartado 3 del artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones. No obstante, en relación con esta última, en tanto en cuanto no se articulen los oportunos mecanismos para la transmisión de datos entre Administraciones, el beneficiario deberá aportar el correspondiente certificado expedido por el órgano competente de la Seguridad Social. 4. Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañasen los documentos preceptivos, el órgano instructor del procedimiento requerirá a la entidad solicitante para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

28 Página núm. 28 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Artículo 21. Documentación adjunta a la solicitud. Con carácter general la solicitud de las ayudas desarrolladas en la presente Orden se acompañará de la siguiente documentación: a) Fotocopia compulsada de la documentación identificativa de la personalidad jurídica de la entidad solicitante y acreditativa de poder de representación del firmante de la solicitud para actuar en nombre de la persona jurídica solicitante. En el caso de asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, fotocopia compulsada de escritura pública de constitución y estatutos debidamente inscritos en el registro correspondiente y de la documentación que acredite que cuenta con sede en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. b) Cuando se trate de asociaciones, certificación acreditativa de su implantación en todas y cada una de las provincias andaluzas de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 7.a) de la presente Orden. c) Memoria del proyecto a realizar en la que se detallaran el objetivo, las actuaciones a realizar y presupuesto desglosado de los costes de desarrollo del proyecto. d) En los proyectos integrales para el fomento del empleo de personas con discapacidad respecto del empleo con apoyo, deberá concretarse el número de personas con discapacidad que van a ser destinatarios de los proyectos y el grado de minusvalía de los mismos. Artículo 22. Plazo de presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes de las ayudas a proyectos desarrollados en esta Orden, se presentarán en el periodo comprendido entre los días 1 y 31 de diciembre del año anterior a aquel en el que se vayan a iniciar, ambos inclusive, salvo para el supuesto de Ayudas a las Entidades Locales regulado en el apartado a) del artículo 3 del Capítulo II que podrán ser presentadas durante el primer cuatrimestre de cada año. 2. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido en el artículo anterior, resolviéndose la inadmisión de las mismas, que deberá ser notificada a los interesados en los términos previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Artículo 23. Competencia para instruir y resolver. Corresponde a la persona titular de la Consejería de Empleo, en su calidad de Presidente del Servicio Andaluz de Empleo, la competencia para resolver sobre los incentivos establecidos en la presente Orden sin perjuicio de lo dispuesto a continuación: a) Se delega en la persona titular de la correspondiente Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo la competencia para resolver sobre los incentivos para la ejecución de las acciones contenidas en las letras a) y b) del apartado 1 del artículo 3 del Capítulo II de la presente Orden. El órgano instructor de los expedientes sobre estos incentivos será la Jefatura de Servicio de Fomento del Empleo de la correspondiente Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo. b) Se delega en la persona titular de la Dirección General de Fomento del Empleo del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo la competencia para resolver sobre los incentivos para la ejecución de los proyectos establecidos por los Capítulos III, IV, V y VI de la presente Orden. El órgano instructor de los expedientes sobre estos incentivos será la Jefatura de Servicio de la Dirección General de Fomento del Empleo del Servicio Andaluz de Empleo competente en razón de la materia. Respecto de los incentivos cuya competencia para resolver no ha sido delegada, el órgano instructor de los expedientes sobre dicho incentivos será la Dirección General de Fomento del Empleo del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo. Artículo 24. Resolución. 1. La Resolución contendrá, como mínimo, los extremos previstos en el artículo 13.2 del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de concesión de ayudas públicas y subvenciones de la Junta de Andalucía. Así mismo deberá tenerse en cuenta lo establecido por la Sección I, información y publicidad, del Capítulo II del Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006, así como lo dispuesto por el artículo 69.1 del Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de El plazo máximo para resolver y notificar la resolución sobre las solicitudes de ayudas a los proyectos regulados en la presente Orden será de seis meses desde la fecha en que la misma haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido el citado plazo sin que recaiga resolución expresa, las solicitudes podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo conforme a lo establecido en el artículo 31.4 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras. 3. En el plazo máximo de 15 días contados desde el siguiente al de la notificación de la resolución, las entidades promotoras deberán aceptar expresamente el incentivo en los términos establecidos en la resolución de concesión. En caso contrario, la resolución dictada perderá su eficacia, acordándose el archivo con notificación al interesado. De la aceptación quedará constancia en el expediente. En su caso, en el mismo acto de aceptación la entidad promotora deberá aportar documentación acreditativa de que dispone de las licencias y autorizaciones de las distintas administraciones, en su caso, necesarias para el total desarrollo del proyecto. 4. Para aquellos incentivos destinado a subvencionar costes salariales no calculados en base al SMI vigente cada año, la resolución de concesión contemplará un incremento anual del 3% para años sucesivos, mientras no se dicte disposición en contra. Para el calculo del referido incremento se utilizará SMI que corresponda al mes de inicio del mismo, siendo éste único para todo el proyecto aún cuando el mismo se desarrolle en dos ejercicios anuales distintos. Artículo 25. Dotación presupuestaria. La concesión de las ayudas reguladas en la presente Orden estará condicionada a la existencia de dotación presupuestaria para dicho fin y se podrán adquirir compromisos de carácter plurianual, de acuerdo con lo previsto en la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 26. Abono del incentivo. 1. Una vez dictada la resolución de concesión de la ayuda, el Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo procederá al abono de las ayudas de la siguiente forma: - Hasta el 75%, en concepto de anticipo, se tramitará a partir de la fecha de concesión. - Una vez justificado al menos el 25% del total subvencionado mediante la oportuna presentación de los documentos acreditativos de la ejecución y de los gastos pagados se podrá tramitar el 25% restante. Para ello, y en cualquier caso, los

29 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 29 beneficiarios deberán cumplir las condiciones de justificación, que a tal efecto se establecen en el artículo 27 de la presente Orden, así como aquellas otras que el órgano concedente de la ayuda pueda concretar en la correspondiente Resolución de concesión. 2. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32.2 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, no podrá proponerse el pago de subvenciones a los beneficiarios que no hayan justificado en tiempo y forma las ayudas concedidas con anterioridad con cargo al mismo programa presupuestario por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos o, en el caso de entidades previstas en el artículo 6.1.b) de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, las concedidas por la propia entidad pública, ni aquellas que tengan deuda en período ejecutivo de cualquier otro ingreso de Derecho Público de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.1 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras. 3. En el plazo de un mes desde que se produzca cada pago, la Entidad promotora del proyecto presentará certificación de asiento contable. Artículo 27. Justificación y liquidación de las ayudas. 1. Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación, y sean conformes con lo establecido en la normativa autonómica y nacional en materia de ayudas, así como en la normativa comunitaria. 2. En el plazo máximo de tres meses a partir de la fecha de finalización del programa objeto de la subvención, el beneficiario deberá presentar ante el órgano gestor los justificantes del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención, así como una memoria de lo realizado. 3. La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos en el acto de concesión del incentivo revestirá la forma de cuenta justificativa del gasto realizado en los términos establecidos por el artículo 72 del el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. En las actividades no financiadas con fondos comunitarios se considerará gasto realizado el acreditado mediante factura y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o eficacia administrativa. La rendición de la cuenta justificativa constituye un acto obligatorio del beneficiario, en la que se debe incluir, bajo responsabilidad del declarante, los justificantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimento del objeto de la incentivación. La cuenta deberá incluir declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas con la incentivación y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos. 4. La acreditación de los gastos también podrá efectuarse mediante facturas electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario. 5. La presentación de las facturas, justificantes de pago y demás documentos de valor probatorio contemplada en el apartado 3 de este artículo, podrá ser sustituida por la cuenta justificativa con aportación de informe de un auditor de cuentas inscritos como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditorías de Cuentas, resultando de aplicación en este supuesto lo previsto en el artículo 74 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones. Dicho informe del auditor deberá garantizar el carácter elegible de los gastos que se pretenden imputar, de acuerdo a los criterios contenidos en los artículos anteriores. Dicha cuenta justificativa deberá incorporar, además de una memoria de actuaciones, una memoria económica abreviada que contendrá al menos un estado representativo de los gastos incurridos en la realización de las actividades subvencionadas debidamente agrupados, y, en su caso, las cantidades inicialmente presupuestadas y las desviaciones acaecidas. De conformidad con lo dispuesto por el apartado 3 del artículo 31 de la Ley 38/2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones, cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. 6. A efectos de justificaciones, para las subvenciones concedidas por importe inferior a , podrá tener carácter de documento con validez jurídica la cuenta justificativa simplificada regulada en el artículo 75 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos; una relación clasificada de gastos e inversiones de la actividad, con indicación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago; un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. El órgano concedente requerirá al beneficiario la remisión de justificantes de gastos que supongan al menos el 5% del importe de la subvención, a efectos de obtener evidencias razonables sobre la adecuada aplicación de la subvención. 7. La Consejería de Empleo garantizará que, en el marco de las auditorías realizadas sobre las certificaciones de gastos a contratar, son selladas o estampilladas todas las facturas o documentos originales del gasto que hayan sido presentadas, de forma que figure su condición de gasto cofinanciado por el Fondo Social Europeo y la Consejería de Empleo. 8. El importe definitivo de la ayuda se liquidará aplicando al coste de la actividad o inversión efectivamente realizada por el beneficiario, según justificación, el porcentaje de la financiación de la Junta de Andalucía, definido en la resolución de concesión. Artículo 28. Gastos subvencionables. Se considerarán gastos subvencionables a efectos de la presente Orden, sin perjuicio de los que así se determinan en las normas específicas de cada programa, todos aquellos que con carácter general y de manera indubitada respondan a la naturaleza de la situación, actividad o proyecto objeto de las ayudas y medidas previstas en la misma, y en concreto, aquellos que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del periodo de justificación, y sean conformes con lo establecido en la normativa autonómica, nacional y comunitaria en materia de subvenciones. Artículo 29. Subcontratación. 1. En aquellos programas en los que resulte de aplicación, los beneficiarios podrán subcontratar hasta el 100% de la ejecución de la actividad que constituye el objeto de la ayuda, en los términos establecidos en esta Orden. Cuando la activi-

30 Página núm. 30 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 dad concertada con terceros exceda del 20% del importe de la ayuda y dicho importe sea superior a , la celebración del correspondiente contrato deberá formalizarse por escrito y ser autorizado previamente por el órgano concedente, ya sea de forma expresa en la propia resolución de concesión de la ayuda o mediante resolución posterior, emitida en el plazo de 15 días a contar desde la solicitud de autorización. Se entenderá otorgada la autorización cuando transcurra el citado plazo sin pronunciamiento del órgano concedente. En ningún caso podrá fraccionarse un contrato con el objeto de disminuir la cuantía del mismo y eludir el cumplimiento de este requisito. 2. En todo caso, será de aplicación a los beneficiarios y contratistas los límites y obligaciones establecidos en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 68.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones. Artículo 30. Compatibilidad de las ayudas. 1. Los incentivos regulados por la presente Orden serán compatibles entre sí y con cualquier otra ayuda para el mismo fin no otorgada por la Consejería de Empleo, o por institución en la que ésta participe mayoritariamente, dentro de los límites legalmente establecidos. No obstante lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, el importe de las ayudas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con incentivos o ayudas de otras Administraciones Públicas o de otros Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por las entidades beneficiarias, procediendo en caso contrario el reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad incentivada, así como los intereses de demora correspondientes. 2. De conformidad con lo establecido en el artículo 110 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda y, en todo caso, la obtención concurrente de incentivos o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión. Artículo 31. Exclusiones. 1. Con carácter general, y de conformidad con lo establecido por el artículo 13.2 y 3 de la Ley General de Subvenciones, serán excluidas como posibles beneficiarias de las ayudas reguladas en la presente Orden, las entidades que se encuentren en alguna de las situaciones siguientes: a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declaradas en concurso, estar sujetas a intervención judicial o haber sido inhabilitadas conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. c) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declaradas culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración. d) Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes e Intereses de Altos Cargos y otros Cargos Públicos, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias. e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como tener deudas en período ejecutivo de cualquier otro ingreso de derecho público con la Comunidad Autónoma de Andalucía, salvo lo dispuesto por el apartado 2 del artículo 32 de la presente Orden. f) Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. g) No hallarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. h) Haber sido sancionada mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según de la Ley General de Subvenciones o la Ley General Tributaria. i) Las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los artículos 4.5 y 6 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, ni aquellas respecto las que hubiera suspendido el procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 1/2002, en tanto no recaiga resolución judicial firme en cuya virtud pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro. 2. Sin perjuicio de las exclusiones generales establecidas en el apartado anterior, tampoco podrán obtener la condición de posibles beneficiarias de los incentivos previstos en la presente Orden aquellas entidades promotoras que se encuentren en alguna de las situaciones siguientes: a) Haber sido condenadas por sentencia judicial firme o sancionadas por resolución administrativa firme en los tres últimos años por falta muy grave en materia de prevención de riesgos laborales. b) Haber sido condenadas por sentencia judicial firme o resolución administrativa firme en los tres últimos años por prácticas de discriminación laboral o en materia de género. c) Haber estado incursas en expedientes de regulación de empleo en los tres años inmediatamente anteriores a la solicitud de los incentivos. Artículo 32. Obligaciones de las entidades beneficiarias de las ayudas. 1. Con independencia de las obligaciones específicas contempladas para cada ayuda en esta Orden, y las que expresamente se recojan en la resolución o convenio de concesión, de conformidad con el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones, y del artículo 29 de la Ley de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, son exigibles las siguientes obligaciones genéricas: a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones. b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención. c) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como, en

31 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 31 su caso, comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades incentivadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos. e) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la entidad empleadora beneficiaria en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control. f) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones Tributarias y frente a la Seguridad Social así como que no tiene deudas en período ejecutivo de cualquier otro ingreso de derecho público con la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2 del presente artículo. g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. h) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 33 de la presente Orden. i) Hacer constar, en toda información o publicidad que realicen sobre la actividad objeto de la ayuda, que la misma ha sido incentivada por la Consejería competente en materia de empleo, sin perjuicio de las normas que sobre información y publicidad se dicten por la Unión Europea, respecto a las subvenciones financiadas con fondos comunitarios. El incumplimiento de la presente obligación podrá dar lugar al reintegro de las ayudas recibidas. 2. Teniendo en cuenta que los proyectos incentivados bajo los programas descritos en los Capítulos II y III de la presente Orden persiguen la consecución de los objetivos marcados en los artículos 3 y 6 de la misma, de conformidad con la excepción prevista por el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones, así como por el último párrafo del apartado 1 del artículo 29 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, las Entidades promotoras de dichos proyectos no tendrán que acreditar que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales y frente a la Seguridad Social, o no tener deudas en período ejecutivo de cualquier otro ingreso de Derecho Público con la Comunidad Autónoma de Andalucía establecida por la letra f) del anterior apartado. 3. Así mismo, las personas o entidades beneficiarias están obligadas a facilitar información al órgano concedente de la ayuda, así como a facilitar la comunicación y justificantes que le sean requeridos por éste. Junto a ello, también están obligadas a comunicar al órgano concedente de la ayuda cualquier cambio de domicilio a efectos de notificaciones durante el período en el que la ayuda es susceptible de control. 4. En el supuesto de que la entidad beneficiaria de los incentivos para la ejecución de proyectos establecidos en los Capítulos IV y V de la presente Orden sea una empresa, durante el período en el que se desarrolle el proyecto la plantilla de esta no podrá verse reducida por despidos declarados improcedentes o nulos, ni tramitar expedientes de regulación de empleo. El incumplimiento de esta obligación puede determinar el reintegro en los términos establecidos por el artículo 33 de la presente Orden. Artículo 33. Reintegro de ayudas. 1. Además de los supuestos de invalidez de la resolución de concesión establecidos por el artículo 36 de la Ley General de Subvenciones, procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la ayuda hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los siguientes casos: a) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido. b) Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamentan la concesión de la subvención. c) Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente, en los términos establecidos en el artículo 27 de la presente Orden. d) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión y publicidad contenidas en los artículos 32.1.i) y 35 de la presente Orden. e) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas en los artículos 14 y 15 de la Ley General de Subvenciones, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. f) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a las entidades beneficiarias, así como de los compromisos por éstas asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran al modo en que se han de conseguir los objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proyecto o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención. g) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a las entidades beneficiarias, así como de los compromisos por éstas asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, distintos de los anteriores, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. h) Incumplimiento de las normas medioambientales, en su caso, al realizar el objeto de la subvención o ayuda. En este supuesto, la tramitación del expediente de reintegro exigirá previamente que haya recaído resolución administrativa o judicial firme, en la que quede acreditado el incumplimiento por parte de la entidad beneficiaria de las medidas en materia de protección del medio ambiente a las que viniere obligada. i) Incumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención y riesgos laborales. En este supuesto, la tramitación del expediente de reintegro exigirá previamente que haya recaído resolución administrativa o judicial firme, en la que quede acreditado el incumplimiento por parte de la entidad beneficiaria de las medidas en la referida materia. j) La adopción, en virtud de lo establecido en los artículos 87 a 89 del Tratado de la Unión Europea, de una decisión de la cual se derive una necesidad de reintegro. 2. En materia de reintegro de las ayudas contempladas en esta Orden serán de aplicación las reglas contenidas por el

32 Página núm. 32 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 artículo 33 de la Ley de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras. 3. Cuando habiéndose producido circunstancias ajenas a la voluntad de la entidad beneficiaria de estas ayudas, que determinen un cumplimiento por parte de ésta que se aproxime de modo significativo al cumplimiento total, previa comunicación motivada y acreditación tanto de las citadas circunstancias como de la actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos, el órgano concedente determinará la cantidad de dicha ayuda que proporcionalmente habrá de reintegrarse en función del tiempo en que se haya mantenido la actividad subvencionada, en los términos establecidos por el artículo 17.3.n) de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones. 4. Procederá el reintegro parcial del incentivos en función del porcentaje de inserción incumplido para aquellas entidades promotoras de talleres de oficios y escuelas de empleo que no cumplan con el compromiso de inserción recogido en los artículos 11.2 y 14.2 de la presente orden. Artículo 34. Seguimiento y evaluación. El Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo realizará cuantas acciones sean necesarias para el seguimiento y evaluación de las medidas establecidos en esta Orden por sí mismos o en colaboración con otras entidades, tanto en su aspecto cualitativo como cuantitativo. Las entidades promotoras facilitarán cuantos datos, documentación e información sean necesarias para evaluar las actuaciones realizadas. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar su exclusión de futuros proyectos. Artículo 35. Publicidad. 1. Las ayudas concedidas se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, expresando el programa y el crédito presupuestario al que se imputen, la entidad beneficiaria, la cantidad concedida y la finalidad de las ayudas. La citada publicación no será necesaria en los casos que contenidos por el artículo 18.3 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones. 2. Las entidades que participen en el desarrollo de estos proyectos deberán manifestar de modo expreso su colaboración con el Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo y, en su caso, del Fondo Social Europeo, en todas las actuaciones que así lo requieran. Para ello, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Manual de Diseño Gráfico para su utilización para el Gobierno y Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 245/1997, de 15 de octubre, así como en la Normativa de la Unión Europea, Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006 por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, y el Reglamento (CE) núm. 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional. El Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo podrá establecer las características que a tal efecto deberán reunir los materiales impresos o audiovisuales que elaboren las Entidades promotoras. Con independencia de ello, siempre que la entidad promotora elabore cualquier tipo de material o indumentaria de trabajo con cargo a la ayuda concedida, deberá llevar la identificación de su financiación por parte de la Consejería de Empleo en el formato que el Servicio Andaluz de Empleo establezca, teniendo la Entidad promotora la obligación de conservar un original de los mismos a disposición de los órganos de gestión y control competentes, por cuanto que el Servicio Andaluz de Empleo podrá darle la utilidad y publicidad que estime conveniente. Junto a ello, la entidad promotora estará obligada a comunicar a las personas participantes en el proyecto que él mismo ha sido incentivado por el Servicio Andaluz de Empleo. Así mismo, queda obligada a poner a disposición de dichas personas la tarjeta identificativa que a tal efecto le será facilitada desde el Servicio Andaluz de Empleo. Disposición Transitoria Única. Convocatoria año Excepcionalmente para el ejercicio 2007 las solicitudes de los incentivos a proyectos regulados en esta Orden se presentarán en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la misma. Disposición Adicional Primera. Habilitación para dictar instrucciones. Se faculta a la Dirección General de Fomento de Empleo a dictar cuantas instrucciones sean necesarias para la correcta aplicación e interpretación de la presente Orden en el ámbito de sus competencias específicas. Disposición Adicional Segunda. Habilitación para adecuación de cuantías a la normativa básica estatal. Se faculta a la Dirección General de Fomento de Empleo para actualizar y revisar anualmente mediante Resolución las cuantías económicas establecidas para cada medida en la presente Orden. Disposición Final Única. Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Sevilla, 11 de mayo de 2007 CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y PESCA ANTONIO FERNÁNDEZ GARCÍA Consejero de Empleo ORDEN de 21 de mayo de 2007, por la que se modifica la de 22 de febrero de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la reconversión de plantaciones de determinadas especies frutícolas durante el período y se efectúa convocatoria para el año PREÁMBULO Mediante la Orden de 22 de febrero de 2007 (BOJA núm. 51, de 13 de marzo), la Consejería de Agricultura y Pesca ha establecido las bases reguladoras para la aplicación en Andalucía, durante el período que se inicia en el año 2006 y terminará en el 2011, de las ayudas previstas en el Real Decreto 358/2006, de 24 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la reconversión de plantaciones de determinadas especies frutícolas. Posteriormente, con el fin de garantizar el cumplimiento de las Directrices Comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario (2000/C28/02), y como consecuencia del intercambio de información con la Comisión Europea en el proceso de compatibilización de la ayuda; así como tras la experiencia del primer año de aplicación del régimen de ayudas, ha sido necesario modificar el citado Real Decreto. Como resultado, el Real Decreto 443/2007, de 3 de abril, modifica el Real Decreto 358/2006, de 24 de marzo. Con el objeto de adaptar a la normativa básica estatal la normativa autonómica de desarrollo de la misma, es conveniente modifi-

33 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 33 car la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 22 de febrero de Esta Comunidad tiene asumidas las competencias en materia de agricultura, en virtud del artículo 48 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, las cuales son ejercidas a través de la Consejería de Agricultura y Pesca según la asignación de competencias efectuada por el Decreto 204/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca. En su virtud, a propuesta de la Directora General de la Producción Agrícola y Ganadera, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 107 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, D I S P O N G O Artículo único. Modificación de la Orden de 22 de febrero de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la reconversión de plantaciones de determinadas especies frutícolas durante el período y se efectúa convocatoria para el año La Orden de 22 de febrero de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la reconversión de plantaciones de determinadas especies frutícolas durante el período y se efectúa convocatoria para el año 2007, queda modificada en los siguientes términos: Uno. Se añade un nuevo párrafo al apartado 1 del artículo 7, con la siguiente redacción: «La superficie subvencionable máxima por beneficiario será la correspondiente a la superficie arrancada. No se subvencionarán por tanto nuevas plantaciones de mayor superficie a las arrancadas.» Dos. El párrafo g) del artículo 15.2 queda redactado como sigue: «g) Una justificación técnico-económica de la viabilidad del plan, con indicación, al menos, de las producciones actuales y una motivación por la cual se procede al arranque y sustitución de las plantaciones existentes, así como de las mejoras que se pretenden alcanzar en alguna de las características establecidas en el artículo 20.d). Dicha justificación deberá incluir un plan de comercialización en el que se justifique que disponen de salidas normales en el mercado para la nueva producción.» Tres. Se suprime el apartado 1 del artículo 16 y se modifica el apartado 2, modificándose la numeración de los anteriores apartados 2, 3, 4, y 5, que pasan a ser apartados 1, 2, 3, y 4, quedando el artículo redactado del siguiente modo: «Artículo 16. Modificaciones del plan de reconversión. 1. Las modificaciones del plan de reconversión podrán incluir: a) Cambio de las especies y variedades a plantar, siempre que sean subvencionables según lo establecido en esta Orden. b) Cambio de las parcelas en las cuales está prevista realizar la nueva plantación. c) Cambio en el calendario de ejecución del plan. d) Cambio de titulares inicialmente previstos en el plan, siempre que se trate de planes de reconversión colectivos presentados por OPFH o por sus asociaciones legalmente reconocidas o, en caso de planes individuales, cuando se trate de causas de fuerza mayor o parcelas arrendadas y el nuevo titular subrogue los compromisos y cumpla con todos los requisitos. e) Variaciones de las superficies a reconvertir, siempre que se trate de planes de reconversión colectivos presentados por OPFH o por sus asociaciones legalmente reconocidas. 2. En el caso de cambio de los titulares inicialmente previstos en un plan de reconversión colectivo, será necesario presentar de nuevo el acuerdo previsto en el apartado d.4 del artículo Las parcelas a arrancar únicamente se podrán modificar: a) Cuando el titular presente causas de fuerza mayor debidamente justificadas. b) Cuando la desaparición de la plantación se deba a causas ajenas a su titular. 4. Cualquier modificación del plan de reconversión deberá ser autorizada por la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera con anterioridad a la ejecución de las actuaciones y previa solicitud que deberá presentarse antes del 1 de septiembre de cada año. Cuatro. Se modifican los apartados d) y e) del artículo 20, quedando redactados como se recoge a continuación: «d) Realizar las nuevas plantaciones con una variedad distinta a la arrancada o con otra especie de las recogidas en el artículo 1 del Real Decreto 358/2006, de 24 de marzo, de manera que con la nueva variedad o especie se consiga una mejora de la calidad de la fruta. Dicha mejora, cuya evaluación compete a la comunidad autónoma en cuyo territorio radique la plantación, deberá constatarse en alguna o algunas de las siguientes características: 1.º Agronómicas: Exigencias de la variedad en lo relativo al clima y al suelo. Fisiopatías. Resistencia frente a plagas y enfermedades. Necesidades de fertilización. 2.º Comerciales: Período de comercialización. Características organolépticas del fruto: color, forma, calibre, sabor, textura, olor. Cualidades para la manipulación, transporte y conservación. Dichas nuevas plantaciones se realizarán en cualquier parcela de la explotación, en el plazo comprendido entre la notificación de la concesión de la ayuda al beneficiario y el 31 de marzo de No obstante, y bajo responsabilidad del titular de la explotación, dicho plazo podrá comenzar una vez que se haya levantado el acta de no inicio de las actuaciones en la parcela objeto de la reconversión. e) La nueva plantación deberá: 1.º Tener una superficie mínima por parcela de 0,5 hectáreas. A este respecto, se contabilizará como la superficie de una sola parcela la suma de las superficies de aquellas parcelas bajo una misma linde común que formen unidades hom*ogéneas del mismo cultivo frutal, a pesar de que tengan número de identificación distintos. 2.º Tener una densidad igual o superior a 350 árboles por hectárea en el caso de los frutales de hueso y de árboles por hectárea en el caso de los frutales de pepita.

34 Página núm. 34 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo º Ser realizada con material vegetal certificado. Cuando no pueda disponerse de dicho material vegetal certificado, se podrá utilizar material vegetal CAC (Conformitas Agraris Comunitatis). En ambos casos deberá justificarse su origen con el correspondiente albarán, pasaporte fitosanitario y factura de compra a un viverista con el título de productor seleccionador o multiplicador de frutales.» Disposición adicional primera. Modificación de planes de reconversión. En relación con los planes de reconversión presentados con anterioridad a la entrada en vigor de esta disposición, los beneficiarios deberán presentar un documento complementario en el que se especifiquen las mejoras que se pretenden alcanzar en alguna de las características establecidas en el artículo 20.d). Además, para los planes que aún no hayan sido finalizados se podrá modificar la densidad de las nuevas plantaciones, siempre que se cumpla con el mínimo establecido en el artículo 20.e) 2º y se comunique dicha modificación a la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, tal y como se establece en el artículo 20.g). Disposición adicional segunda. Plazos aplicables para la convocatoria para el año El plazo será el fijado en la Disposición Adicional segunda del Real Decreto 443/2007, de 3 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 358/2006, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la reconversión de plantaciones de determinadas especies frutícolas. Disposición final segunda. Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Sevilla, 21 de mayo de 2007 ISAÍAS PÉREZ SALDAÑA Consejero de Agricultura y Pesca

35 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm Autoridades y personal 2.2. Oposiciones y concursos CONSEJERÍA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2007, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la corrección de errores de la de 20 de abril de 2007, por la que se aprueban la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, correspondientes a las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre para ingreso en las especialidades de Investigación Agraria y Pesquera del Cuerpo (A2.2) y especialidad Desarrollo Agrario y Pesquero del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio (B.2.2). Advertido error en las Resoluciones de 20 de abril de 2007, de la Dirección General de Función Pública por la que se aprueban la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, correspondientes a las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre para ingreso en las especialidades de Investigación Agraría y Pesquera del Cuerpo (A.2.2) y especialidad Desarrollo Agrario y Pesquero del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio (B.2.2) con indicación de las causas de exclusión. Publicada en el BOJA núm. 92, de 10 de mayo de 2007, se procede a su corrección en los siguientes términos: Páginas 35 y 36 del BOJA número 92, de 10 de mayo, donde dice «Esta Resolución se publicará en el BOJA, y en ella se señalarán, el lugar de celebración, fecha y hora de realización del ejercicio de la fase de oposición, y el lugar donde se expondrán al público los listados definitivos». Debe decir: «Esta Resolución se publicará en el BOJA, y en ella se señalarán, el lugar, fecha y hora del inicio de la exposición oral y pública de que consta la fase de concurso». Sevilla, 15 de mayo de El Director General, José Taboada Castiñeiras. RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2007, de la Dirección General de Función Pública, por la que se abre plazo para que los aspirantes que han superado la fase de oposición para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opciones: Biología, Veterinaria, Psicología, Conservadores de Museos, Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Arquitectura Técnica, y Cuerpo de Auxiliares Técnicos, opción Informática, aporten la documentación acreditativa de los mismos. Publicados los listados de opositores que han superado el ejercicio de la fase de oposición, por las Comisiones de Selección de las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opciones Biología (A.2007), Veterinaria (A.2012), Psicología (A.2016), Conservadores de Museos (A 2024), Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Arquitectura Técnica (B.2001) y Cuerpo de Auxiliares Técnicos, opción Informática (D.2002), convocadas por Órdenes de esta Consejería de 30 de enero de 2007 (BOJA núm 32, de 13 de febrero), procede dar cumplimiento a la base séptima de dichas Órdenes. En su virtud, esta Dirección General de Función Pública ha resuelto: Primero. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición disponen de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para presentar el autobareno de sus méritos en el modelo que figura como Anexo de la presente, así como la documentación acreditativa de los mismos conforme al baremo establecido en el apartado 3 de la base tercera de las Órdenes de 30 de enero de Segundo. Los méritos habrán de ir referidos al día de publicación en el BOJA de las Órdenes referidas en el punto anterior, debiendo consistir la documentación acreditativa de los mismos en fotocopias compulsadas conforme a lo establecido en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, y la Orden de 1 de diciembre de Aquellos participantes que aleguen méritos que se encuentren inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía quedarán exentos de la justificación documental de éstos, pero tendrán que presentar tanto el Anexo de autobareno como los separadores de documentos que se publican como Anexos de la presente Resolución. La documentación acreditativa de los méritos deberá ir grapada, ordenada y numerada según el orden en que se citen en el separador. Tercero. A los efectos de la presentación de los méritos, los aspirantes habrán de cumplimentar los siguientes documentos: Anexo de autobaremo Separador de documentos asociado al mérito 1 Trabajo desarrollado: Debe preceder a la documentación acreditativa de dicho mérito. Separador de documentos asociado al mérito 2 Formación: Debe preceder a la documentación acreditativa de dicho mérito. Separador de documentos asociado al mérito 3 Otros Méritos: Debe preceder a la documentación acreditativa de dicho mérito. Cuarto. Los méritos a valorar por la Comisión de Selección a efectos de determinar la puntuación en la fase de concurso, serán los alegados, acreditados documentalmente y autobaremados por los aspirantes durante el plazo establecido en la presente Resolución. A tales efectos: Se entenderán autobaremados aquellos méritos debidamente puntuados en el Anexo de autobaremo. Sólo se entenderán alegados aquellos méritos asociados al correspondiente apartado del baremo en cada uno de los separadores de documentos, y en los que la documentación acreditativa del mismo aparezca relacionada y paginada en dicho separador. Se entenderán acreditados aquellos méritos justificados con un documento aportado que aparezca debidamente numerado y relacionado en el correspondiente separador. En la web del empleado público. es/justiciayadministracionpublica/ernpleadopublico, aparecerán ejemplos para facilitar la presentación del autobaremo y se podrá acceder tanto al Anexo de Autobaremo como a los separadores de documentos para su cumplimentación. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Sevilla, 25 de mayo de El Director General, José Taboada Castiñeiras.

36 Página núm. 36 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 UNIVERSIDADES RESOLUCIÓN de 11 de mayo de 2007, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad, por el sistema de turno libre. En uso de las atribuciones que me confieren la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 28 de octubre de 2003), previo acuerdo con la Junta de Personal de Administración y Servicios y de acuerdo con las Bases de la convocatoria, aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz, de 9 de abril de 2007, RESUELVO Convocar proceso selectivo para el ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Cádiz, por el sistema de turno libre, con sujeción a las bases aprobadas por el Consejo de Gobierno por acuerdo adoptado en su sesión de 9 de abril de Cádiz, 11 de mayo de El Rector, por delegación de competencia (Resolución de ), el Gerente, Antonio Vadillo Iglesias. ANEXO I BASES DE LA CONVOCATORIA 1. Normas generales Se convoca proceso selectivo para cubrir 20 plazas por el sistema de promoción interna y sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Cádiz, mediante el procedimiento de concurso-oposición El número total de vacantes reservadas al sistema de promoción interna asciende a El número total de vacantes reservadas al sistema general de acceso libre asciende a En este sentido, la fase de oposición del sistema de promoción interna finalizará antes que la correspondiente al sistema general de acceso libre. El Presidente del Tribunal coordinará ambos procesos con esta finalidad Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 10 de abril), tendrán en todo caso preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema general de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas Del total de plazas se reservará un 5% para ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior a un 33%, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 53/2003, de 10 de diciembre, acreditándose dicha circunstancia mediante certificado del organismo competente en el que aparezca claramente el porcentaje de la discapacidad Las plazas que queden sin cubrir de las reservadas a promoción interna y a discapacitados se acumularán a las del sistema general de acceso libre El presente proceso selectivo se regirá por las bases de esta convocatoria, y en cuanto le sea de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), y los Estatutos de la Universidad de Cádiz El proceso selectivo constará de las siguientes fases: fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el Anexo II El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo III de esta convocatoria La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso, una vez aplicado lo dispuesto en la base de esta convocatoria El primer ejercicio de la fase de oposición no se iniciará antes del día 1 de diciembre de La duración máxima del proceso de celebración de los ejercicios será de noventa días naturales, a contar desde la finalización del primer ejercicio Con el objeto de cubrir las necesidades de plantilla que se produzcan, mediante nombramiento como funcionario de empleo interino de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Cádiz, se procederá, con los aspirantes presentados por el sistema de acceso libre que no obtengan plaza en el proceso selectivo y hayan obtenido un mínimo de tres puntos en el primer ejercicio eliminatorio, a formalizar una única bolsa de trabajo para cubrir las citadas necesidades, ordenados por la puntuación total resultante de sumar los puntos obtenidos en los ejercicios aprobados, más los puntos que se obtengan en la fase de concurso, a los que se restarán los necesarios para alcanzar la nota mínima exigida en los ejercicios obligatorios, a aquellos que no alcancen la nota mínima para superar la fase de oposición. 2. Requisitos de los candidatos Para ser admitido a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida Estar en posesión del Título de Graduado Escolar o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de credencial que acredite su hom*ologación. Asimismo deberá ser acreditada suficientemente la equivalencia del título de Graduado Escolar No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a

37 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 37 sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna deberán pertenecer, el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, a la Escala Subalterna de la Universidad de Cádiz o al Cuerpo General Subalterno de la Administración del Estado, tener destino en propiedad en esta Universidad y poseer una antigüedad de, al menos, dos años en la misma y reunir los demás requisitos exigidos. Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en algunos de los Cuerpos o Escalas incluidos anteriormente serán computables, a efectos de antigüedad, para participar por promoción interna en este proceso selectivo Requisitos particulares participantes turno minusvalía. Dichos participantes deberán tener reconocido por los organismos competentes al momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes un grado de discapacidad o minusvalía igual o superior al 33%. La no posesión de dicho reconocimiento en dicho plazo implicaría la imposibilidad de participar por el turno de minusvalía Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera. 3. Solicitudes Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en instancia, según modelo que se acompaña como Anexo V de esta convocatoria, que será facilitada gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, así como en la página web del Área de Personal en la siguiente dirección de internet: A la instancia se acompañará una fotocopia legible del Documento Nacional de Identidad Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar una fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tenga vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, presentarán junto a la instancia y según modelo Anexo VI, el cual se puede obtener en la dirección de internet arriba citada, en la que harán constar el tiempo de servicios efectivos prestados, expidiendo el Área de Personal de la Universidad de Cádiz, a la vista de lo solicitado por el opositor y una vez hechas las comprobaciones que considere oportunas, certificado acreditativo correspondiente. Asimismo, podrán aportar cuanta documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los extremos contenidos en las presentes bases de convocatoria Los aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza Para solicitar puntuación en fase de concurso se deberá indicar en el recuadro correspondiente de la solicitud, «3. Forma de acceso», la letra «P» (libre con puntación en fase de concurso). Los aspirantes que accedan por el turno de promoción interna indicarán la letras «R» Aquellos aspirantes que no deseen formar parte de la bolsa de trabajo a que se refiere la base 1.8 deberán indicarlo marcando una cruz en el recuadro A) del punto 23 (datos a consignar según las bases de la convocatoria) de la solicitud La presentación de solicitudes (ejemplar número 1 «ejemplar a presentar por el Interesado» del modelo de solicitud) se hará en el Registro General de la Universidad de Cádiz (C/ Ancha, núm , Cádiz), así como en las oficinas de Registro de la Universidad de Cádiz, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento UCA/CG01/2007, de 20 de diciembre de 2006, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá al Ilmo. Sr. Gerente de la Universidad de Cádiz. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al Organismo competente. A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen Los aspirantes con minusvalías deberán indicar en la instancia la minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el correspondiente recuadro de la solicitud. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en dicho recuadro, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios que esta adaptación sea necesaria Los derechos de examen serán de 18 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente número abierta en el Banco Santander Central Hispano en Cádiz, a nombre de «Universidad de Cádiz», indicando «Proceso selectivo de ingreso en la Escala Auxiliar». En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria, acreditativo del pago de los derechos, y cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base Aquellos aspirantes que se encuentren en la situación de desempleo de forma ininterrumpida durante el año anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes estarán exentos de abonar los derechos de examen dispuestos en la presente base. Para ello, deberán acompañar a la solicitud alguno de los siguientes documentos: - Certificado acreditativo expedido por el SAE en el que se haga constar los términos antes expresados. - Certificado acreditativo de la vida laboral expedido por el SAE en el que se haga constar que no ha estado dado de alta durante el plazo antes señalado. - Declaración jurada al respecto. En este último caso, se dispondrá del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, para presentar la correspondiente acreditación expedida por algunos de los organismos anteriores. 3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. 4. Admisión de aspirantes Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Cádiz dictará Resolución en el

38 Página núm. 38 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentra expuesta al público la lista certificada completa de aspirantes admitidos y excluidos, y se determinarán el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en la Universidad convocante. En la lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del Documento Nacional de Identidad, así como la causa de exclusión Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Contra la Resolución por la que se excluya definitivamente a algún aspirante se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, previa comunicación a este Rectorado, con los plazos y requisitos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo. 5. Tribunales De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la composición del Tribunal Calificador del proceso selectivo se hará pública junto con la Resolución que declare aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar a los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará en el Boletín Oficial del Estado. Resolución por la que se nombran a los nuevos miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2, o por otras causas Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones pertinentes, en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. Celebrará su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Cádiz El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios antes de su realización por todos los opositores y para que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22), o cualesquiera otros equivalentes A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, calle Ancha, número 10, 11001, Cádiz, teléfono El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría cuarta de las recogidas en el Anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 21 de abril de 1989) En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo aquí establecido será nula de pleno derecho. 6. Desarrollo de los ejercicios En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden de actuación de los mismos se iniciará, según la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 17 de enero de 2007 (Boletín Oficial del Estado de 26 de enero), por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «B». En el supuesto de que no exista ningún aspirante, cuyo primer apellido comience por la letra «B», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «C» y así sucesivamente La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de los siguientes ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede de los Tribunales señalada en la base 5.10 y en la página de internet del Área de Personal referida anteriormente, así como por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, con setenta horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede de los Tribunales, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos de antelación.

39 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes. Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en la Ley 30/1992, modificada por Ley 4/1999, de RJPAC. 7. Lista de aprobados Al finalizar cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en el lugar de celebración de los ejercicios y en el Rectorado (C/ Ancha, núm. 10), así como en la siguiente dirección de internet las listas con las puntuaciones obtenidas Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará público en los lugares antes mencionados la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su Documento Nacional de Identidad, en la que constarán las calificaciones obtenidas en cada una de las fases de las que consta el proceso, no pudiendo superar dicha lista el número de plazas convocadas. El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista de aprobados al Rector de la Universidad, especificando igualmente el número de aprobados en cada uno de los ejercicios. De acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, el Rector remitirá la mencionada lista de aprobados al Boletín Oficial del Estado para su publicación. 8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la lista de aprobados, los opositores aprobados deberán presentar en el Rectorado de la Universidad los siguientes documentos: a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo. b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura en el Anexo IV que aparece publicado, junto con la convocatoria, en la siguiente dirección de internet: c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio; este certificado deberá ser expedido por el facultativo de medicina general de la Seguridad Social que corresponda al interesado, y en el caso de que éste no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social, se expedirán por las Delegaciones de Salud de la Junta de Andalucía. d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con minusvalías deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los citados órganos o de la Administración sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes Quienes tuvieren la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal de la Dirección General de la Función Pública o del Ministerio u Organismo del que dependieren para acreditar tal condición, con expresión del número e importe de trienios, así como fecha de su cumplimiento Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionario de carrera, mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial del Estado. La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de fotocopia del Documento Nacional de Identidad de los aspirantes aprobados, del ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas selectivas enviado a la Universidad convocante, con el apartado «reservado para la Administración» debidamente cumplimentado, así como el documento a que se refiere la base 8.1, de los aspirantes aprobados La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse en el plazo de siete días, a partir de la publicación del nombramiento de funcionarios de carrera en el Boletín Oficial del Estado, previa oferta de los mismos La toma de posesión se efectuará en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado del nombramiento de funcionario de carrera. 9. Norma final. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. ANEXO II EJERCICIOS Y VALORACIÓN II.A. Ejercicios. Sistema de promoción interna: El procedimiento de selección de los aspirantes para ingreso por el sistema general de promoción interna será el de concurso-oposición. La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo cada uno de ellos eliminatorio de la forma que a continuación se expresa. Primer ejercicio. Tendrá carácter eliminatorio en la medida establecida más adelante y consistirá en contestar un cuestionario de 100 preguntas, con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basándose en el contenido de los bloques I a IV del programa (ver Anexo III). El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos. Inmediatamente antes del desarrollo del ejercicio, el Tribunal hará públicos los criterios de corrección del ejercicio. Las respuestas erróneas no puntuarán negativamente. Segundo ejercicio. Tendrá carácter eliminatorio en la medida establecida y consistirá en contestar por escrito la resolución de cinco supuestos prácticos, desglosados en un máximo de 10 preguntas cada uno con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, relacionadas con el contenido de la segunda parte del programa que se relaciona en el Anexo III de esta convocatoria en el bloque III (Gestión Universitaria). El

40 Página núm. 40 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos. Inmediatamente antes del desarrollo del ejercicio, el Tribunal hará públicos los criterios de corrección del mismo. Las respuestas erróneas no puntuarán negativamente. Tercer ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en crear un fichero utilizando el procesador de textos versión: OpenOffice.org Writer 2.0 o Microsoft Word en español, en sistema operativo MS windows, donde se transcribirá correctamente un texto castellano con faltas de ortografía facilitado a los aspirantes, cuya extensión no podrá ser superior a un folio. El Tribunal informará previamente a la realización del ejercicio sobre los criterios generales de corrección de las distintas variables que se puntuarán, valorándose la correcta presentación, ortografía y conclusión del mismo. El tiempo máximo para la realización de esta parte será de veinte minutos, debiendo el aspirante guardar el texto conforme a las indicaciones del Tribunal, y entregar el ejercicio sacado por la impresora. En caso de fallo o error en el sistema informático, el Tribunal adoptará las medidas oportunas, durante el desarrollo del mismo. Sistema de acceso libre: El procedimiento de selección de los aspirantes para ingreso por el sistema general de acceso libre será el de concurso-oposición. La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo cada uno de ellos eliminatorio de la forma que a continuación se expresa. Primer ejercicio. Tendrá carácter eliminatorio en la medida establecida más adelante y consistirá en contestar un cuestionario de 100 preguntas, con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa de estas pruebas en los bloques I al IV. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos. Inmediatamente antes del desarrollo del ejercicio, el Tribunal hará públicos los criterios de corrección del mismo, teniendo en cuenta que las respuestas erróneas puntuarán negativamente, y las respuestas en blanco no puntuarán ni positiva ni negativamente. Segundo ejercicio. Tendrá carácter eliminatorio en la medida establecida y consistirá en contestar por escrito la resolución de cinco supuestos prácticos, desglosados en un máximo de 10 preguntas cada uno con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, relacionadas con el contenido de la segunda parte del programa que se relaciona en el Anexo III de esta convocatoria en el bloque III Gestión Universitaria. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos. Inmediatamente antes del desarrollo del ejercicio, el Tribunal hará públicos los criterios de corrección del mismo, teniendo en cuenta que las respuestas erróneas puntuarán negativamente, y las respuestas en blanco no puntuarán ni positiva ni negativamente. Tercer ejercicio. Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en crear un fichero utilizando el procesador de textos versión: OpenOffice.org 2.0 Writer o Microsoft Word en español, en sistema operativo MS Windows, donde se transcribirá correctamente un texto castellano con faltas de ortografía facilitado a los aspirantes, cuya extensión no podrá ser superior a un folio. El Tribunal informará previamente a la realización del ejercicio sobre los criterios generales de corrección de las distintas variables que se puntuarán, valorándose la correcta presentación, ortografía y conclusión del mismo. El tiempo máximo para la realización de esta parte será de veinte minutos, debiendo el aspirante guardar el texto conforme a las indicaciones del Tribunal, y entregar el ejercicio sacado por la impresora. En caso de fallo o error en el sistema informático, el Tribunal adoptará las medidas oportunas, durante el desarrollo del mismo. II.B Valoración Sistema de promoción interna: Fase de concurso: La valoración de los méritos en esta fase se realizara de la siguiente manera: a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en los Cuerpos, Escalas o plazas a que se refiere la base 2.2 se valorará hasta un máximo de 9,00 puntos, tanto si se han prestado como Funcionario de Carrera o como Funcionario de Empleo Interinos de la Escala Subalterna o como contratado laboral en categoría equivalente a dicha Escala, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de finalización de presentación del plazo de solicitudes, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de 0,60 puntos hasta el límite máximo expuesto. b) Puesto de trabajo: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se otorgará la siguiente puntuación: Nivel 14, 19,50 puntos. La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los efectos económicos de las mismas. c) Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación final de la fase de oposición a efectos de establecer el orden definitivo de aspirantes aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición. La Gerencia, a la vista de los méritos alegados, la documentación aportada por los interesados, y una vez hechas las actuaciones que considere oportunas, facilitará al Tribunal certificación de los méritos alegados en los distintos apartados, para su valoración por el Tribunal. En el plazo máximo de dos meses, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Tribunal publicará lista provisional de aspirantes con la puntuación obtenida en los distintos apartados de la fase de concurso. Transcurrido un plazo de diez días para la presentación, en su caso, de reclamaciones, se publicará la lista definitiva con la puntuación total de la fase de concurso. Ambas listas serán publicadas en el Rectorado y en la página web del Área de Personal, en la siguiente dirección de internet: Fase de oposición: a) El primer ejercicio y el segundo ejercicio se calificarán de 0 a 10 puntos cada uno, siendo necesario para poder realizar el tercer ejercicio obtener un mínimo de 10 puntos entre ambos y no obtener menos de 3 puntos en cualquiera de ellos. b) Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos. La calificación de la fase de oposición será la suma de la obtenida en el primer, segundo y tercer ejercicios. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso, y en el supuesto de que persistiera el mismo, sucesivamente a la puntuación obtenida en el primer ejercicio, en el segundo y en el tercero. Sistema de acceso libre: Fase de concurso: Se valorará, exclusivamente, el tiempo de los servicios prestados con cargo al Capítulo I de la Universidad de Cádiz como funcionario de administración y servicios de empleo interino o como contratado laboral eventual en la Escala Auxiliar Administrativa o categoría laboral equivalente según Convenio, así como Técnico Auxiliar de Administración retribuido por el Capítulo VI de los presupuestos de la Universidad de Cádiz, siempre que la fecha de inicio se posterior al día 18 de septiembre de 1990 y cuando el interesado haya sido seleccionado de la Bolsa única de sustituciones establecida en dicha Escala siguiendo el orden establecido en la misma. La valoración de estos méritos se realizará otorgando a los aspirantes 1,86/365 puntos por día trabajado, hasta un máximo de 13,00 puntos.

41 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 41 Los puntos de la fase de concurso se sumarán únicamente a los aspirantes que hayan superado la totalidad de los ejercicios de la fase de oposición. La Gerencia, a las vistas de los méritos alegados y la documentación aportada por los interesados y una vez hechas las actuaciones que considere oportunas, facilitará al Tribunal certificación de los méritos alegados para su valoración por el Tribunal. En el plazo máximo de dos meses, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Tribunal publicará lista provisional de aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Transcurrido un plazo de 10 días para la presentación, en su caso, de reclamaciones, se publicará la lista definitiva con la puntuación total de la fase de concurso. Ambas listas serán publicadas en el Rectorado y en la página web del Área de Personal, en la siguiente dirección de internet: Fase de oposición: Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente: a) El primer ejercicio y el segundo ejercicio se calificarán de 0 a 10 puntos cada uno, siendo necesario para poder realizar el tercer ejercicio obtener un mínimo de 10 puntos entre ambos y no obtener menos de 3 puntos en cualquiera de ellos. b) Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos. La calificación de la fase de oposición será la suma de la obtenida en el primer, segundo y tercer ejercicios. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso, y en el supuesto de que persistiera el mismo, sucesivamente a la puntuación obtenida en el primer ejercicio, en el segundo y en el tercero. ANEXO III PROGRAMA I. Derecho Constitucional 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Título Preliminar. Derecho y Deberes fundamentales. 2. La Constitución Española de 1978: De la Corona. De las Cortes Generales. Del Gobierno y la Administración. De las Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales 3. La Constitución Española de 1978: Del Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. 4. La Constitución Española de 1978: De la Organización Territorial del Estado. II. Derecho Administrativo 1. Las fuentes del Derecho Administrativo: La Ley. El Reglamento.Otras fuentes. 2. Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (2): De los órganos de las Administraciones Públicas: Principios generales y competencia. Órganos Colegiados. Abstención y recusación. 3. Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (3): De los Interesados. 4. Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (4): De la actividad de las Administraciones Públicas: Normas generales. Términos y plazos. 5. Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (1): Las disposiciones y los actos administrativos: Requisitos, eficacia de los actos, nulidad y anulabilidad. 6. Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (5): De las disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos: Iniciación. Ordenación. Instrucción. Finalización. Ejecución. 7. Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (6): De la Revisión de los actos en vía administrativa: De la revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Recursos administrativos. III. Gestión universitaria. 1. Ley Orgánica de Universidades (1): De las funciones y autonomía de las Universidades. De la naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las Universidades. 2. Ley Orgánica de Universidades (2): De la estructura de las Universidades. Del gobierno y representación de las Universidades. De los estudiantes. Del profesorado. Del personal de las Administraciones de las Universidades andaluzas. 3. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz (1): Naturaleza, funciones, principios y fines de la Universidad de Cádiz. 4. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz (2): Estructura de la Universidad de Cádiz: Disposiciones Generales. Facultades, Escuelas Técnicas o Politécnicas Superiores, Escuelas Universitarias y Escuelas Universitarias Politécnicas. Los Departamentos. Institutos Universitarios de Investigación. Los Centros Adscritos. Otros Centros. De los Servicios Universitarios. Consejo de Calidad y Unidad Técnica de Evaluación. Entidades Instrumentales. 5. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz (3): Órganos centrales colegiados: Consejo Social. Consejo de Gobierno. Claustro Universitario. Junta Consultiva. 6. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz (4): Órganos centrales unipersonales: El Rector. Los Vicerrectores. El Secretario General. El Gerente. 7. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz (5): Órganos de gobierno de los Centros: Junta de Facultad o Escuela. Órganos unipersonales. Órganos de gobierno de los Departamentos: Consejo de Departamento. Órganos unipersonales. 8. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz (6): Del Régimen Económico y Financiero: Disposiciones Generales. Del Patrimonio. Del Presupuesto. De la gestión y control económico. De la contratación. 9. Código Ético de la Universidad de Cádiz (Código Peñalver). Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz: Órganos de Administración de la Universidad de Cádiz. IV. Gestión administrativa. 1. Del régimen jurídico del personal funcionario de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz: Concepto, clases, grupos de clasificación. Procedimiento de selección. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Ingreso en los cuerpos y escalas de las Administraciones Públicas. La provisión de puestos de trabajo. 2. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Situaciones administrativas. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. ANEXO IV D/Dª...., con domicilio en... y con Documento Nacional de Identidad núm...., declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado/a funcionario/a de la Escala..., que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni se halla inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas; igualmente, no está sometido/a a sanción o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública. En..., a... de... de

42 Página núm. 42 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 ANEXO V

43 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 43 ANEXO VI SOLICITUD DE VALORACION EN FASE DE CONCURSO Don con D.N.I., participante en el proceso selectivo convocado por la Universidad de Cádiz para ingreso en la ESCALA AUXILIAR ADMINISTRATIVA, solicita le sea expedida certificación sobre los períodos de tiempo trabajados en esa Universidad que se indican a continuación, de acuerdo con lo establecido en las bases de convocatoria, para su valoración en la fase de concurso. Régimen Jurídico* Escala/Categoría Centro Fecha Inicio Fecha Fin (en caso necesario seguir al dorso) En Cádiz, a de de 200_ Fdo.: CERTIFICACION Don Cargo CERTIFICA: Que de los antecedentes obrantes en este Rectorado, relativos al opositor arriba indicado, se justifican los siguientes extremos: PROMOCION INTERNA [ ]: 1. Destino actual:. 2. Total de servicios reconocidos en el Cuerpo o Escala de pertenencia (al día de fin de plazo de presentación de solicitudes):. 3. Nivel de complemento de destino del puesto de trabajo ocupado en la fecha de publicación de la convocatoria:. FASE DE CONCURSO (TURNO LIBRE) [ ]: 1. Destino actual:. 2. Total de servicios reconocidos en la Escala objeto de la convocatoria o categoría laboral equivalente (al día de fin de plazo de presentación de solicitudes):. Y para que así conste, expido la presente certificación en, a de de 199_. (sello y firma) * Funcionario de Empleo Interino en la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Cádiz, o Personal Contratado Eventual en alguna de las modalidades existentes, en la categoría de Técnico Auxiliar de Administración.

44 Página núm. 44 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo Otras disposiciones CONSEJERÍA DE GOBERNACIÓN RESOLUCIÓN de 4 de mayo de 2007, de la Delegación del Gobierno de Cádiz, por la que se dispone la publicación del trámite de subsanación de la documentación presentada por las Entidades sin ánimo de lucro solicitantes de las subvenciones convocadas mediante la Orden que se cita. Vista la Orden de 2 de enero de 2007, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para Programas e Infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes dirigidas a Entidades sin ánimo de lucro y Universidades en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias y se efectúa su convocatoria para el año 2007 (BOJA núm. 14, de 19 de enero de 2007) y en base a los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Primero. En la Disposición mencionada se establecen el lugar y plazo de presentación de solicitudes, así como la documentación a aportar por las Entidades sin ánimo de lucro solicitantes. Segundo. Comprobadas las solicitudes presentadas en plazo por las Entidades sin ánimo de lucro, que se indican mediante Anexo a la presente, así como la documentación aportada por las mismas, se observa que los documentos que se relacionan para cada entidad solicitante no figuran en el expediente o bien han de subsanarse en el sentido que exige la Orden de convocatoria. FUNDAMENTOS JURÍDICOS I. El artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificado por Ley 4/1999, de 13 de enero) regula el trámite de subsanación y mejora de las solicitudes presentadas por los interesados. II. La Orden de la Consejería de Gobernación de 2 de enero de 2007 establece en su artículo 9 que si las solicitudes adolecieran de defectos o resultasen incompletas se requerirá a los interesados para que, en el plazo de 10 días, subsanen las faltas o acompañen los documentos preceptivos; así como que los requerimientos de subsanación de errores que deban ser realizados se publicarán en los tablones de anuncios de la Consejería de Gobernación y de las Delegaciones del Gobierno correspondientes a los domicilios de las entidades solicitantes, publicándose asimismo un extracto del contenido del acto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). III. El artículo 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dispone la publicación de los actos integrantes de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva de cualquier tipo. A la vista de lo anteriormente expuesto, RESUELVO Primero. Requerir a cada una de las Entidades sin ánimo de lucro indicadas en el Anexo para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOJA del presente acto, remitan a esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz la documentación preceptiva señalada en el mismo, necesaria para la oportuna tramitación del expediente, teniéndolas, en caso contrario, por desistidas de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto de conformidad con lo establecido por el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Segundo. Ordenar la publicación del presente acto en el BOJA, indicando que se encuentra expuesto en el tablón de anuncios de la Consejería de Gobernación y en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en la provincia donde tenga su sede la entidad solicitante. NUM. EXPEDIENTE ENTIDAD ANEXO TITULO PROYECTO Juventudes Marianas Vicencianas P.M.-008/07. Taller de Albañilería para la integración de inmigrantes. 0, a. «Centro Contigo». P.M.-009/07. Kalahari. Casa de Acogida. 00, a. P.M.-010/07. Kalahari. Fomento y desarrollo para una integración positiva. 0, 00, a, f. DOCUMENTACIÓN A APORTAR/SUBSANAR P.M.-011/07. P.M.-012/07. P.M.-018/07. P.M.-023/07. P.M.-024/07. P.M.-025/07. Asoc. «Gore Na Nga Def». Sensibilización con la Comunidad Senegalesa, convivencia e Intercambio Cultural. a, f. Asoc. «Gore Na Nga Def». Proyecto de adecuación y equipamiento de local social de la Asociación «Gore Na Nga Def». a. Asociación Pro Derechos Humanos de Mujeres Inmigrantes que ejercen la Prostitución en la Bahía Andalucía. de Cádiz. f. Cruz Roja Española Asamblea Local Jerez de la Fra. Punto de Encuentro. 0 Cruz Roja Española Asamblea Local Formación para mujeres inmigrantes. Cádiz. 0, a. Cruz Roja Española Asamblea Local Formación para mujeres inmigrantes. Cádiz. 0, a, i.

45 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 45 NUM. EXPEDIENTE P.M.-026/07. P.M.-027/07. P.M.-030/07. P.M.-033/07. P.M.-39/07. P.M.-040/07. P.M.-041/07. P.M.-043/07. P.M.-044/07. P.M.-045/07. P.M.-046/07. P.M.-047/07. ENTIDAD TITULO PROYECTO DOCUMENTACIÓN A APORTAR/SUBSANAR Cruz Roja Española Asamblea Local Apoyo a la acogida e integración social del inmigrante. Chiclana. 0, a. Cruz Roja Española Asamblea Local Asistencia y atención en materia de política migratoria Algeciras. para la integración de los inmigrantes. 0, a. Federación de Asociaciones de mujeres emprendedoras. 0, 00, a, b, c, d, e, f, g. Asociación de mujeres en búsqueda activa de empleo. Oriéntate. 00, a, b, c, d, e, f, g. Asociación de la Comunidad Saharaui Inserción social y arraigo. en España «Acción Saharui». d. Asociación de la Comunidad Saharaui Equipamiento básico de atención al inmigrante refugiado. en España «Acción Saharui». d. Asociación de mediadores Capacitación en mediación intercultural a trabajadores interculturales ASMIN. de Instituciones Públicas 1ª Edición. a. Coordinadora para la prevención de las Programa «Abril» de Servicios para la participación social drogodependencias «Abril». del inmigrante. a, f, g. Coordinadora para la prevención de las Programa «Abril» de servicios para la integración social del inmigrante. a, f, g. drogodependencias «Abril». Coordinadora para la prevención de las Programa «Abril» de servicios para fomentar las actitudes favorables hacia el inmigrante. a, f, g. drogodependencias «Abril». Coordinadora para la prevención de las Proyecto de reforma y Equipamiento del Servicio de Integración a, h. drogodependencias «Abril». del Inmigrante «Abril». Fundación para la integración y el desarrollo de los inmigrantes. Participación, inserción y agrupación de inmigrantes a, b, d. 0. Documentación sin compulsar. 00. Solicitud a rectificar. a) Documentación acreditativa de la representación o apoderamiento. b) DNI/CIF del/la representante legal. c) Tarjeta del CIF de la entidad solicitante. d) Acreditación de estar constituida legalmente. e) Certificado de la entidad bancaria que acredite la titularidad de la cuenta a través de la cual se tramitará la subvención. f) En aquellas subvenciones en las que se prevea que las entidades solicitantes aporten parte del presupuesto a financiar, se acreditará dicho compromiso mediante certificación suscrita por el representante legal. g) Memoria detallada con la descripción del proyecto a desarrollar, reflejando el coste total del mismo y cada una de las actividades, conforme al Anexo 2 de la Orden de 2 de enero de h) En la Modalidad de infraestructuras, Anexo 3. i) Declaración expresa responsable de que los inmuebles objeto de la subvención serán destinados a la finalidad que sirvió de fundamento a la solicitud. Cádiz, 4 de mayo de El Delegado del Gobierno, José Antonio Gómez Periñán. CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA RESOLUCIÓN de 26 de abril de 2007, de la Dirección General de Economía Social y Emprendedores, Consejo Andaluz de Cooperación, por la que se da publicidad al acuerdo del Pleno sobre las líneas de actuación para la aplicación del Fondo de Educación y Promoción por las Sociedades Cooperativas Andaluzas. El Consejo Andaluz de Cooperación, como máximo órgano de participación para la promoción y desarrollo del cooperativismo, está adscrito a la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.5 del Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de esta Consejería. El Decreto 33/2006, de 14 de febrero, por su parte, dispone el nombramiento de doña Ana M.ª Barbeito Carrasco, Directora General de Economía Social y Emprendedores, como Presidenta del citado Consejo. Corresponde al Consejo Andaluz de Cooperación, de conformidad con el artículo 174 de la Ley 2/1999, de 31 de marzo, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, entre otras funciones, la de establecer las líneas de actuación a las que las cooperativas andaluzas habrán de sujetarse para aplicar las cantidades del Fondo de Educación y Promoción a que se refiere el artículo 96.3, párrafo tercero, de la citada Ley. En dicho precepto se establece la obligación de las sociedades cooperativas que generen el Fondo de Educación y Promoción, de destinar a las líneas de actuación que, a este fin, acuerde el Consejo Andaluz de Cooperación, un veinte por ciento, al menos, de la dotación mínima legal y anual que, sobre los excedentes, así como sobre los resultados derivados de operaciones realizadas con terceros no socios, debe integrar este fondo, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 91 y 92 de la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas, respectivamente. En el contexto de la Segunda Modernización de Andalucía, el Plan de Innovación y Modernización de Andalucía (PIMA ) y, respecto del sector de la Economía Social, el II Pacto Andaluz por la Economía Social, suscrito con fecha 23 de octubre de 2006 entre la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, la Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía (CEPES-Andalucía), la Unión General de Trabajadores de Andalucía (UGT-Andalucía) y Comisiones Obreras de Andalucía (CC.OO.-Andalucía), constituirán el marco de referencia de las referidas líneas de actuación. Siguiendo las estrategias y políticas de actuación marcadas por los citados documentos, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 96.3, párrafo tercero, de la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas, el Pleno del Consejo Andaluz de Cooperación, en sesión extraordinaria de fecha 9 de abril de 2006, adoptó por unanimidad el siguiente acuerdo:

46 Página núm. 46 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 «En el marco de los fines previstos en el artículo 96.2 de la Ley 2/1999, de 31 de marzo, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, el Consejo ha establecido, respecto del destino del porcentaje de la dotación del Fondo de Educación y Promoción previsto en el apartado 3, párrafo tercero, del citado artículo, las siguientes líneas de actuación para las cooperativas: Línea 1. Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+I). Los fondos que se apliquen a esta línea de actuación estarán destinados, con carácter general, a introducir mejoras sustanciales en productos, servicios, sistemas o procesos sobre los existentes hasta ese momento, y/o a alcanzar una mayor eficacia y eficiencia en los mismos. El fin último de dichos fondos debe ser el de convertir los avances científicos y tecnológicos en nuevos productos, procesos y servicios mediante una adecuada y efectiva vinculación de la ciencia, la tecnología, la producción, las necesidades sociales y los requerimientos del mercado regional, nacional e internacional. El objeto de estas actuaciones podrá estar relacionado con la actividad de la cooperativa en su totalidad, los procesos de gestión y dirección, la producción, los canales de comercialización, y la gestión económico-financiera, entre otros. Línea 2. Cooperación empresarial. La aplicación de los fondos en esta línea de actuación comprenderá, con carácter general, acuerdos para la realización de una actividad común, con unos objetivos determinados, y con un cierto grado de coordinación y estructuración para llevarlos a cabo, siendo su duración dependiente de los objetivos perseguidos, y estando la fórmula que adopte en función de la naturaleza y características de dicha cooperación. Estos acuerdos podrán incluir la cooperación técnica, comercial, financiera o de gestión entre empresas entendida como un instrumento eficaz para mejorar la capacidad competitiva e innovadora, reduciendo los costes de producción y distribución, introduciendo nuevas formas de gestión de empresas, y situándolas en mejores condiciones para afrontar el reto de actuar en mercados cada vez más globalizados. Las referidas actuaciones podrán estar dirigidas a la constitución de cooperativas de segundo o ulterior grado y cualesquiera otras formas de integración previstas en la legislación cooperativa. Podrán tener, asimismo, por objeto, los acuerdos de colaboración, las agrupaciones sectoriales, las alianzas, fusiones, agrupaciones de interés económico, uniones de empresarios, creación de redes, e internacionalización para fortalecer sus estructuras, entre otros. La finalidad de estas fórmulas de cooperación podrá ser la creación de nuevos productos o mejora de los existentes, nuevos procesos y desarrollos tecnológicos y servicios, potenciando el uso de las TIC s y la colaboración con los centros de investigación como factores de competitividad. Las líneas básicas de aplicación del Fondo de Educación y Promoción de las cooperativas de crédito deberán encuadrarse en las anteriormente citadas líneas de actuación, tomando en consideración sus peculiaridades, y sin perjuicio de la obligación de someterlas a la aprobación de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, previos los informes preceptivos, con arreglo lo dispuesto en el artículo de la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas y artículo 73 del Decreto 267/2001, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de dicha Ley en materia registral y de autorizaciones administrativas. Para delimitar las líneas de actuación expuestas se podrá acudir a los objetivos marcados por el II Pacto Andaluz por la Economía Social, así como a las líneas estratégicas y directrices que se fijen en los planes, programas y demás normativa emanados de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en materia de I+D+I y cooperación empresarial. Las presentes líneas de actuación estarán vigentes desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y hasta tanto el Consejo Andaluz de Cooperación acuerde el establecimiento de unas nuevas.» La Directora General de Economía Social y Emprendedores- Presidenta del Consejo Andaluz de Cooperación, doña Ana M.ª Barbeito Carrasco. Sevilla, 26 de abril de La Directora General, Ana M.ª Barbeito Carrasco. RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se declara en concreto la utilidad pública de la instalación de la línea aérea de M.T. 20 kv D/C LA-110 desde la Subestación Petra a Moraleda en los tt.mm. de Villanueva de Mesía, Moraleda de Zafayona e Íllora (Granada) (Expte. 9733/ AT). (PP. 1713/2007). Visto el expediente referenciado y examinados los documentos obrantes en el mismo se constatan los siguientes: ANTECENTES DE HECHO Primero. Con fecha 11 de octubre de 2005, la empresa «Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U.», solicitó en la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de Granada, autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución para realizar una instalación de una línea aérea de M.T. denominada «Petra-Moraleda» en los términos municipales de Villanueva de Mesía, Moraleda de Zafayona e Íllora (Granada). Segundo. Mediante Resolución de fecha 12 de febrero de 2007, la Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa de Granada concede autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se cita a Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U. Tercero. Consta en el expediente Informe Ambiental favorable de fecha 19 de diciembre de Cuarto. Solicitada declaración en concreto de utilidad pública de la instalación con fecha 12 de diciembre de 2006, a los efectos prevenidos en la Ley 54/97, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y el Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con lo establecido en la Resolución de 23 de febrero de 2005 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en la materia en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, se sometió el expediente a información pública mediante Anuncio de esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa de Granada de fecha 25 de enero de 2007, insertándose anuncios en el BOE de , BOJA de , BOP de y Diario Ideal de Granada de Asimismo se remitieron separatas y se recabó informe a los siguientes Organismos afectados: Consejería de Medio Ambiente Delegación Provincial de Granada, ADIF-Renfe, Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Telefónica de España, Diputación Provincial de Granada, Excmos. Ayuntamientos de Villanueva de Mesía, Moraleda de Zafayona e Íllora, sin que por parte de los mismos se emitiera condicionado alguno en el plazo legalmente establecido.

47 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 47 Quinto. Durante el período de información pública se presentaron dos alegaciones por los afectados, que han sido subsanadas en la relación de bienes y derechos por la empresa beneficiaria. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. Esta Delegación Provincial de Granada de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa es competente para efectuar la declaración en concreto de la utilidad pública de la instalación proyectada, según lo dispuesto en el art a) del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, y según el Decreto de Presidente de la Junta de Andalucia de 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, y Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de autorización de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa. Segundo. El procedimiento para la declaración en concreto de la utilidad pública de las instalaciones eléctricas está regulado en el Capítulo V de Título VII del R.D. 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la Ley 54/1997 la declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa, RESUELVE Primero. Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación citada, que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 54 de la Ley del Sector Eléctrico y del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Segundo. Acordar la iniciación del procedimiento de expropiación que regula el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y Reglamento de desarrollo, respecto a los bienes y derechos afectados por el proyecto antes citado y que se describen en la relación de afectados que se une como Anexo a la presente Resolución. Contra la presente Resolución, que se dicta en virtud de competencias delegadas en cumplimiento de lo establecido en la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, y que no pone fin a la vía administrativa, se pondrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o a partir de la última de las publicaciones de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Granada, 24 de abril de El Director General de Industria, Energía y Minas, P.D. El Delegado (Res. de ), P.S.R. (Decreto 21/85, de 5.2), la Secretaria General, Ángela Moreno Vida. RELACIÓN DE PROPIETARIOS CON BIENES Y DERECHOS AFECTADOS DE LA LÍNEA AÉREA A 20 kv D/C PETRA-SALIDA MORALEDA EN GRANADA Nº PARCELA SEGÚN PROYECTO PROPIETARIO Y DIRECCIÓN TÉRMINO MUNICIPAL DATOS DE LA FINCA PARAJE POLIGONO Nº Nº PARCELA SEGÚN CATASTRO AFECCIÓN VUELO (m) APOYOS OCUP LONGITUD ANCHO Nº SUPERFICIE (m 2 ) TEMP (m 2 ) CULTIVO Jose Gamiz Rodríguez C/ Antonio Machado Nº Villanueva de Mesia (Granada) Marcial Antonio Gordo Fuentes y Carmen Fuentes Galvez Avenida de Andalucia Nº Villanueva de Mesía (Granada) Alberto Jesús Fuentes Gordo C/ Palmera Nº Vilanueva de Mesia (Granada) Adoración Fuentes Sánchez C/ Eras Nº Villanueva de Mesía (Granada) Villanueva de Mesia Villanueva de Mesia Villanueva de Mesia Villanueva de Mesia Dehesa , , Olivar secano Dehesa , Olivar secano Los Llanos , ,98 50 Olivar regadío Los llanos , ,98 50 Olivar secano

48 Página núm. 48 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 Nº PARCELA SEGÚN PROYECTO PROPIETARIO Y DIRECCIÓN TÉRMINO MUNICIPAL DATOS DE LA FINCA PARAJE POLIGONO Nº Nº PARCELA SEGÚN CATASTRO AFECCIÓN VUELO (m) APOYOS OCUP LONGITUD ANCHO Nº SUPERFICIE (m 2 ) TEMP (m 2 ) CULTIVO ,44 50, , Carmén Arco Lopez C/ Mirlo Nº9, 5 C Granada Francisca Ruiz Lucena Jose Sanchez Perez Avenida de Andalucía Nº Villanueva de Mesia (Granada) Antonia Aguilera Pedregosa C/ Recogidas Nº 35, 3 C Granada Mari Carmen Fortis Ayllon. Avenida sur Nº17 2º E Granada Manuel Rodríguez Ayen Isabel Muñoz Moreno C/ Horno de Haza Nº29 5 A Granada Luis Dávila Ponce de León y Coello de Portugal. Plaza de Carrteas Granada Usufructuaria: María Coello Portugal Contreras Luis Dávila Ponce de León y Coello de Portugal. Plaza Carretas Granada Usufructuaria: María Coello Portugal Contreras Domingo Ortega Montalbán y María del Carmen Navas García Avenida Perez del Álamo, Bque San Isidro Nº 2, 4º E Loja (Granada) Dolores Jiménez Heredia C/ Llana Nº Alhama de Granada (Granada) Dolores Jiménez Heredia C/ Llana Nº Alhama de Granada (Granada) Miguel Angel Fuentes Gordo C/ Palmera Nº Villanueva de Mesia (Granada) Hermenegildo Soldado Espejo y Antonia Soldado Cano Cortijo Las dos casas Moraleja de Zafayona (Granada) Ana María Moreno Soldado y Carlos Cobos Arco C/ Reyes católicos Nº Huetor-Tajar (Granada) Villanueva de Mesia Villanueva de Mesia Villanueva de Mesia Villanueva de Mesia El arco ,74 3 Olivar secano El arco , , Olivar secano Trance último Trance último ,15 3 9, 10 3, Olivar secano ,53 3 Olivar secano Illora Los Llanos , , 14 Illora Illora Moraleja de Zafayona Moraleja de Zafayona Moraleja de Zafayona Moraleja de Zafayona Moraleja de Zafayona Moraleja de Zafayona Olivos nuevos Olivos nuevos , , 15, 16, 17, , , 19, 21 Dorutos ,61 3 El regidor , , 23, 24, 25, 26 27, 28 2, Olivar regadío 9, Olivar regadío 4, Olivar regadío 16, Monte/Olivar secano 2, Olivar secano El regidor , , Olivar secano El regidor , , Olivar regadio Las carceleras , , Regadio/Olivar regadio Dorutos ,52 3 Regadio

49 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 49 Nº PARCELA SEGÚN PRO- YECTO Moraleja de Zafayona 83- BIS 86 PROPIETARIO Y DIRECCIÓN Salvador García Gómez Cortijo La Verdeja Villanueva de Mesia (Granada) Francisca García Gomez C/ Conde del arco Nº Villanueva de Mesia (Granada) Encarnación Perez Benitez y Antonio Martin Naranjo C/ Elena Martín Vivaldi Nº Villanueva de Mesia (Granada) Jose Fraguas Arroyo y Antonia Mellado Gutierrez Carretera del canal Nº Moraleja de Zafayona (Granada) Francisco Gallardo Lara Pq. Genil, Edif.. Diamante Pl. 5, Pt. B Granada TÉRMINO MUNICIPAL Moraleja de Zafayona Moraleja de Zafayona Moraleja de Zafayona Moraleja de Zafayona DATOS DE LA FINCA PARAJE POLIGONO Nº Nº PARCELA SEGÚN CATASTRO AFECCIÓN VUELO (m) APOYOS OCUP LONGITUD ANCHO Nº SUPERFICIE (m 2 ) TEMP (m 2 ) CULTIVO Dos casas , , Regadio Dos casas , , Secano El chorrillo , , Regadio El chorrillo , , Secano El chorrillo , , Secano CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES RESOLUCIÓN de 9 de marzo de 2007, de la Delegación Provincial de Huelva, referente al expediente CP-004/2005 por la que se subsana, inscribe y publica la revisión parcial del Núcleo SUS C-1 de El Rompido de las Normas Subsidiarias de Cartaya. Ver esta disposición en fascículo 2 de 2 de este mismo número CONSEJERÍA DE TURISMO, COMERCIO Y DEPORTE RESOLUCIÓN de 10 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se hace público el acuerdo de inadmisión de las solicitudes presentadas al amparo de la Orden que se cita, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Comercio y Artesanía, modalidad 6 (PEC) Promoción de Eventos Comerciales (Convocatoria año 2007). Examinadas las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2006, de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Comercio y Artesanía, modalidad 6 (PEC) Promoción Eventos Comerciales (BOJA núm. 239, de 13 de diciembre de 2006), esta Delegación Provincial RESUELVE Primero. Hacer pública la Resolución de 10 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Jaén de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, por la que se acuerda la inadmisión de las solicitudes presentadas fuera de plazo o no cumplen las condiciones exigidas en la normativa reguladora de las subvenciones en materia de Comercio y Artesanía (Convocatoria 2007). Segundo. El contenido íntegro de dicha Resolución, cuyos Anexos contienen la relación de afectados, estará expuesto en el tablón de anuncios de esta Delegación, sita en Plaza de la Constitución, 13, de Jaén, a partir del mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Tercero. Los plazos en ella establecidos se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Jaén, 10 de mayo de La Delegada, Antonia Olivares Martínez.

50 Página núm. 50 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria «Colada del Camino de Valverde», en el tramo desde su cruce con la vía pecuaria Cañada Real de Sevilla hasta su unión a la Vereda de Peguerillas, en las inmediaciones del Cortijo del Chaparral, en el término municipal de Huelva, provincia de Huelva (VP@015/05). Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria «Colada del Camino de Valverde», en el tramo comprendido desde su cruce con la vía pecuaria Cañada Real de Sevilla hasta su unión a la Vereda de Peguerillas, en las inmediaciones del Cortijo del Chaparral, en el término municipal de Huelva (Huelva), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva, se desprenden los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Primero. La vía pecuaria denominada «Colada del Camino de Valverde», en el término municipal de Huelva, en la provincia de Huelva, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 14 de mayo de 1951, y publicada en el BOE de 5 de junio de Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 9 de febrero de 2005, se acordó el inicio del Deslinde parcial de la vía pecuaria «Colada del Camino de Valverde», en el término municipal de Huelva, provincia de Huelva, actuación enmarcada dentro de los deslindes de las vías pecuarias que conforman el Sector Sur de la provincia de Huelva. Mediante Resolución de fecha 22 de junio de 2006, de la Secretaría General Técnica, se acuerda la ampliación de plazo para dictar resolución en el presente expediente de deslinde durante nueve meses más. Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el día 31 de mayo de 2005, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm. 62, de fecha 4 de abril de En dicho acto de deslinde se formulan alegaciones que son objeto de valoración en los Fundamentos de Derecho de la presente Resolución. Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos, e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm. 208, de fecha 2 de noviembre de Quinto. A la Proposición de Deslinde no se han presentado alegaciones. Sexto. Mediante Resolución de fecha 21 de febrero de 2007 de la Secretaría General Técnica se solicita Informe a Gabinete Jurídico, acordándose la interrupción del plazo establecido para instruir y resolver el presente procedimiento de deslinde, plazo que se reanudará en la fecha de emisión del citado Informe. Séptimo. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 9 de abril de A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente deslinde, en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente. Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable. Tercero. La vía pecuaria denominada «Colada del Camino de Valverde», en el término municipal de Huelva, en la provincia de Huelva, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 14 de mayo de 1951, debiendo, por tanto, el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de la Clasificación. Cuarto. En el acto de operaciones materiales, don José Luis Granizo Hernández, en representación de doña María Clotilde Martínez de Campos Rodríguez y de don Francisco Pérez de Guzmán, manifiesta no estar de acuerdo con parte del trazado propuesto en el acto de deslinde; a este respecto informar que estudiada la documentación que forma parte del expediente, y una vez comprobado que se ajusta a lo establecido en el acto de clasificación, dicha alegación se ha estimado, dado que el trazado propuesto coincide con la descripción de la vía pecuaria según clasificación, reflejándose los cambios en los Planos de Deslinde. Considerando que en el presente deslinde se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso. Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva con fecha 19 de febrero de 2007, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía. RESUELVO Aprobar el Deslinde de la vía pecuaria denominada «Colada del Camino de Valverde», en el tramo desde su cruce con la vía pecuaria Cañada Real de Sevilla hasta su unión a la Vereda de Peguerillas, en las inmediaciones del Cortijo del Chaparral, en el término municipal de Huelva, en la provincia de Huelva, conforme a los datos y descripción que siguen, y a tenor de las coordenadas absolutas que se anexan a la presente Resolución. - Longitud deslindada 2.264,68 metros. - Anchura 12,53 metros. Descripción registral. Finca rústica, en el término municipal de Huelva, provincia de Huelva, compuesta por: Finca de forma alargada, de 12,53

51 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 51 metros de anchura y 2.264,68 metros de longitud, con una superficie total de ,66 m², conocida como «Colada del Camino de Valverde», en el tramo comprendido desde su cruce con la vía pecuaria Cañada Real de Sevilla hasta su unión a la Vereda de Peguerillas, en las inmediaciones del Cortijo del Chaparral, que linda: - Al Norte: Linda con la vía pecuaria «Cañada Real de Sevilla» y con los titulares de las siguientes referencias catastrales (polígono/parcela): Con doña Clotilde Martínez Campos Rodríguez (2/306), con la autovía A-49 de Sevilla a Ayamonte (2/9000) y con doña Clotilde Martínez Campos Rodríguez (2/7). - Al Sur: Linda con los titulares de las siguientes referencias catastrales (polígono/parcela): Con la Autovía A-49 de Sevilla a Ayamonte (2/9000), con doña Clotilde Martínez Campos Rodríguez (2/6), con la vía pecuaria «Vereda de Peguerillas». - Al Este: Linda con los titulares de las siguientes referencias catastrales (polígono/parcela): Con doña Clotide Martínez Campos Rodríguez (2/306), con la Autovía A-49 de Sevilla a Ayamonte (2/9000), con doña Clotilde Martínez Campos Rodríguez (2/6), con don Jesús María Larrarte Llordén (2/17), con camino (2/35), con don Cristóbal Giraldo Cárdenas (2/25), con don Diego Gutiérrez Alejo (2/32), con referencia catastral (2/9000), con don José Saavedra Navarro (2/3). - Al Oeste: Linda con los titulares de las siguientes referencias catastrales (polígono/parcela): Con doña Clotilde Martínez Campos Rodríguez (2/307), con la Autovía A-49 de Sevilla a Ayamonte (2/9000), con doña Clotilde Martínez Campos Rodríguez (2/7), con camino (2/9003) y (1/9017), con camino (1/9017), con camino (1/9018), con doña Clotilde Martínez Campos Rodríguez (1/17), con Asociación Reto a la Esperanza (1/18), con don Juan Garrido Castañeda (1/19), con camino (1/9000), con don Emiliano Sanz Escalera (1/20), con camino 1/9021) y con don Francisco Pérez Saavedra (1/22). Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable. Sevilla, 20 de abril de La Secretaria General Técnica, Asunción Vázquez Pérez. Anexo a la Resolución de 20 de abril de 2007, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria «Colada del Camino de Valverde», en el tramo desde su cruce con la vía pecuaria Cañada Real de Sevilla hasta su unión a la Vereda de Peguerillas, en las inmediaciones del Cortijo del Chaparral, en el término municipal de Huelva, provincia de Huelva RELACIÓN DE COORDENADAS U.T.M. DE LA VÍA PECUARIA 1I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I

52 Página núm. 52 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I D D D D D D D D D D D D D D D D D D D

53 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D

54 Página núm. 54 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo D D D D D D D D D D D D D D D C RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde total de la vía pecuaria «Ramal de la Estación», que comprende desde el tramo 1.º de la Vereda de Peguerillas hasta la Estación de Ferrocarril de Gibraleón, en el término municipal de Gibraleón, provincia de Huelva Examinado el expediente de deslinde total de la vía pecuaria «Ramal de la Estación», desde el tramo 1.º de la Vereda de Peguerillas hasta la Estación de Ferrocarril de Gibraleón, en el término municipal de Gibraleón (Huelva), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva, se desprenden los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Primero. La vía pecuaria denominada «Ramal de la Estación», en el término municipal de Gibraleón, en la provincia de Huelva, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 28 de febrero de 1952, y publicada en el BOE de 11 de marzo de Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 9 de febrero de 2005 se acordó el inicio del Deslinde total de la vía pecuaria «Ramal de la Estación», desde el tramo 1.º de la Vereda de Peguerillas hasta la Estación de Ferrocarril de Gibraleón, en el término municipal de Gibraleón, provincia de Huelva, actuación enmarcada dentro de los deslindes de las vías pecuarias que conforman el Sector Sur de la provincia de Huelva. Se pretende diseñar un Sistema de itinerarios o rutas que permitan la conexión entre otras rutas ya deslindadas o en proceso de deslinde, y la ampliación del Corredor Verde del Área Metropolitana de Huelva. Mediante Resolución de fecha 22 de junio de 2006, de la Secretaría General Técnica, se acuerda la ampliación de plazo para dictar resolución en el presente expediente de deslinde durante nueve meses más. Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el día 24 de mayo de 2005, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm. 62, de fecha 4 de abril de En dicho acto de deslinde no se formulan alegaciones por parte de los asistentes al mismo. Cuarto. Redactada la proposición de deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos, e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm. 216, de fecha 14 de noviembre de Quinto. A la proposición de deslinde no se han presentado alegaciones. Sexto. Mediante Resolución de fecha 20 de marzo de 2007 de la Secretaría General Técnica se solicita Informe a Gabinete Jurídico, acordándose la interrupción del plazo establecido para instruir y resolver el presente procedimiento de deslinde, plazo que se reanudará en la fecha de emisión del citado Informe. Séptimo. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 12 de abril de A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente deslinde, en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente. Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable. Tercero. La vía pecuaria denominada «Ramal de la Estación», en el término municipal de Gibraleón, en la provincia de Huelva, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 28 de febrero de 1952, debiendo, por tanto, el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de la Clasificación. Considerando que en el presente deslinde se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso. Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva con fecha 14 de marzo de 2007, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía. RESUELVO Aprobar el Deslinde total de la vía pecuaria denominada «Ramal de la Estación», que comprende desde el tramo 1.º de la Vereda de Peguerillas hasta la Estación de Ferrocarril de Gibraleón, en el término municipal de Gibraleón, en la provin-

55 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 55 cia de Huelva, conforme a los datos y descripción que siguen, y a tenor de las coordenadas absolutas que se anexan a la presente Resolución. - Longitud deslindada: 906,17 metros. - Anchura: 8,40 metros. Descripción registral. Finca rústica, en el término municipal de Gibraleón, provincia de Huelva, compuesta por: Finca de forma alargada, de 8,40 metros de anchura y 906,17 metros de longitud, con una superficie total de 7.602,7 m², conocida como «Ramal de la Estación», en el tramo comprendido en su totalidad, que linda: - Al Norte: Linda con zona urbana según normas subsidiarias vigentes a fecha 1 de enero de Al Sur: Linda con la vía pecuaria «Vereda de Peguerillas». - Al Este: Linda con los titulares de las siguientes referencias catastrales (polígono/parcela): Con Agroalimentaria del Sur, S.A. (7/42), con don Fernando Suárez Barbosa (7/44), con doña Carmen Díaz de la Rosa (7/43), con don Fernando Suárez Barbosa (7/44), con Construcciones y Promociones El Grillito, S.L. (7/46), con el Ayuntamiento de Gibraleón (7/9001), con la antigua carretera de Huelva a Gibraleón (5/9002). - Al Oeste: Linda con los titulares de las siguientes referencias catastrales (polígono/parcela): Con Agroalimentaria del Sur, S.A. (8/64), con don Manuel Domínguez Molín (8/58), con don José Antonio Moya Moya (8/57), con don Antonio de la Rosa Calvo (8/56), con doña Isabel Macías Mora (8/55), con doña Dolores Rodríguez García (8/54), con don Juan José Dacosta Franco (8/53), con el Ayuntamiento de Gibraleón (7/9001) y con la antigua carretera de Huelva a Gibraleón (5/9002). Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable. Sevilla, 20 de abril de La Secretaria General Técnica, Asunción Vázquez Pérez. Actuación Cofinanciada por Fondos Europeos. ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE 20 DE ABRIL DE 2007, DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE TOTAL DE LA VÍA PECUARIA «RAMAL DE LA ESTACIÓN», QUE COMPRENDE DESDE EL TRAMO 1.º DE LA VEREDA DE PEGUERILLAS HASTA LA ESTACIÓN DE FERROCARRIL DE GIBRALEÓN, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE GIBRALEÓN, PROVINCIA DE HUELVA RELACIÓN DE COORDENADAS U.T.M. DE LA VÍA PECUARIA PUNTOS COORDENADA X COORDENADA Y 2I , ,58 3I , ,43 4I , ,71 5I , ,03 6I , ,12 7I , ,65 PUNTOS COORDENADA X COORDENADA Y 8I , ,99 9I , ,38 10I , ,57 11I , ,44 12I , ,97 13I , ,68 14I , ,96 15I , ,58 16I , ,33 17I , ,35 18I , ,10 19I , ,48 20I , ,35 21I , ,57 22I , ,81 23I , ,19 24I , ,70 25I , ,87 26I , ,28 27I , ,81 28I , ,11 29I , ,43 30I , ,73 31I , ,58 32I , ,36 33I , ,31 34I , ,86 35I , ,63 1D , ,36 2D , ,45 3D , ,45 4D , ,73 5D , ,82 6D , ,91 7D , ,73 8D , ,44 9D , ,93 10D , ,13 11D , ,73 12D , ,52 13D , ,37 14D , ,63 15D , ,72 16D , ,50 17D , ,41 18D , ,41 19D , ,27 20D , ,60 21D , ,44 22D , ,86 23D , ,94 24D , ,75 25D , ,98 26D , ,11 27D , ,59 28D , ,47

56 Página núm. 56 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 PUNTOS COORDENADA X COORDENADA Y 29D , ,02 30D , ,22 31D , ,68 32D , ,42 33D , ,83 34D , ,10 1C , ,47 RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria «Colada de Sevilla», tramo completo en todo su recorrido, en el término municipal de San Juan del Puerto, provincia de Huelva (VP@019/05). Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria «Colada de Sevilla», tramo completo en todo su recorrido, en el término municipal de San Juan del Puerto (Huelva), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva, se desprenden los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Primero. La vía pecuaria antes citada, sita en el término municipal de San Juan del Puerto, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 23 de septiembre de 1969, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 1 de octubre de Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha de 9 de febrero de 2005 se acordó el inicio del deslinde de la vía pecuaria «Colada de Sevilla», tramo completo en todo su recorrido, en el término municipal de San Juan del Puerto (Huelva), de acuerdo a lo establecido por el Plan de Recuperación y Ordenación de las Vías Pecuarias de Andalucía, aprobado por acuerdo de 27 de marzo de 2001, del Consejo de Gobierno de Andalucía, la citada vía pecuaria está catalogada con la prioridad 2 para usos ganaderos y prioridad 1 para usos turísticos recreativos. Esta vía pecuaria pertenece a la red de itinerarios o rutas que permiten la ampliación del Corredor Verde del Área Metropolitana de Huelva. Mediante la Resolución de fecha 22 de junio de 2006, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, se acuerda la ampliación del plazo fijado para dictar la Resolución del presente expediente de deslinde. Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos a los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 19 de mayo de 2005, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en los Boletines Oficiales de la Provincia de Huelva núm. 62 y núm. 65, de fechas 4 y 7 de abril de 2005, respectivamente. A estos trabajos materiales se les presentaron diversas alegaciones por los siguientes interesados: 1. Don Isidro González Domínguez. 2. Don Gabriel Villegas Escobar, en representación de su Padre don Manuel Villegas Aquino. 3. Doña María Rocío Blanco Barroso. 4. Don Fernando Ramos Barroso. 5. Don Francisco Pérez Benítez. 6. Ferrocarriles Vía Estrecha (FEVE). 7. Confederación Hidrográfica del Guadiana. Las alegaciones formuladas por los anteriores citados serán objeto de valoración en los Fundamentos de Derecho de la presente Resolución. Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm. 223, de fecha de 23 de noviembre de A dicha Proposición de Deslinde no se han presentado alegaciones. Quinto. Mediante Resolución de fecha 1 de marzo de 2007 de la Secretaría General Técnica se solicita Informe a Gabinete Jurídico, acordándose la interrupción del plazo establecido para instruir y resolver el presente procedimiento de deslinde, plazo que se reanudará en la fecha de emisión del citado Informe. Sexta. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha de 9 de abril de A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente deslinde, en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente. Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso. Tercero. La vía pecuaria denominada «Colada de Sevilla», tramo completo en todo su recorrido, en el término municipal de San Juan del Puerto (Huelva), fue clasificada por la Orden Ministerial de fecha 23 de septiembre de 1969, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 1 de octubre de 1969, siendo esta Clasificación conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, respectivamente, «el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria», debiendo por tanto el deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación. Cuarto. En cuanto a las alegaciones realizadas en las operaciones materiales del deslinde, los interesados plantean diversas cuestiones que pueden resumirse según lo siguiente: 1. Don Isidro González Domínguez alega que se ha desplazado la vía pecuaria hacia el Sur, debido a la colocación de un poste de alta tensión dentro de la zona que abarca dicha vía, solicita el interesado que se estudien de nuevo los planos catastrales. En referencia a la alegación de disconformidad con el trazado provisional de la vía pecuaria, realizado en el acto del apeo, contestar que el deslinde se ha realizado de acuerdo con el trazado, anchura y demás características recogidas en el proyecto de clasificación, en cumplimiento del artículo 7 de la Ley 3/1995 y del artículo 12 del Decreto 155/1998, reca-

57 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 57 bando toda la documentación cartográfica, histórica y administrativa existente en el Fondo Documental que se incluye en este expediente de deslinde, y que se compone de: A. Proyecto de Clasificación de las Vías Pecuarias del municipio de San Juan del Puerto de la Provincia de Huelva y Orden Ministerial que aprueba la clasificación de fecha de 23 de septiembre de 1969, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 1 de octubre de B. Mapa del Instituto Geográfico y Catastral (extracto), escala 1:50.000, y Bosquejo Planimétrico escala 1: C. Fotogrametría del vuelo americano de , y fotogramas del vuelo. D. Datos de la Gerencia Territorial del Catastro de Huelva. E. Planeamiento Urbanístico del Municipio de Fiñana de la provincia de Almería. A la información que aporta la anterior documentación se le ha añadido la suministrada por los Agentes de Medio Ambiente de la zona, y la surgida del análisis de la red de vías pecuarias clasificadas tanto en el municipio afectado, como de aquellos colindantes al mismo. Examinada la alegación y estudiado este Fondo Documental se constata sobre el terreno que el trazado propuesto en este expediente de deslinde se ajusta a lo establecido en el Acto de Clasificación. Por lo que, en consecuencia, se desestima la alegación presentada. 2. Don Gabriel Villegas Escobar, en representación de su Padre, don Manuel Villegas Aquino, alega que el trazado de la vía pecuaria se encuentra desplazado hacia su propiedad, debido a que el camino se ha rehecho recientemente, y que este camino no iba originariamente por ahí. Aporta el alegante fotocopia del plano catastral del año 1978, en el cual se aprecia que el citado camino va derecho, mientras que en la actualidad describe una curva hacia el Sur. Una vez estudiada la documentación aportada por el interesado, así como el Fondo Documental incluido en este expediente de deslinde, y después de realizar una nueva comprobación sobre el terreno, se constata que lo alegado por el interesado coincide con la descripción de la vía pecuaria llevada a cabo por el Proyecto de Clasificación, procediéndose a subsanar el error material del apeo, con el fin de hacer coincidir el trazado de la vía pecuaria con lo dispuesto en el acto de clasificación. Esta circunstancia queda reflejada en los planos del deslinde incluidos en este expediente. En consecuencia con lo anteriormente expuesto se estima la alegación presentada. 3. Doña María Rocío Blanco Barroso alega que según los datos catastrales la parcela que coincide con la suya por el Este pertenece a don Juan Luengo Luengo, cuestión en la que no está de acuerdo. Para demostrar esta circunstancia aporta dos escrituras de su propiedad, una de 1948 y otra de 1989, donde figura su terreno lindando con la vía pecuaria y el Estado, pero nunca con el Sr. Luengo. Una vez estudiada la alegación presentada y examinado el Fondo Documental incluido en este expediente de deslinde, se comprueba sobre el terreno que el trazado propuesto en este expediente de deslinde se ajusta al trazado descrito en el Proyecto de Clasificación. Por lo tanto, se desestima la alegación presentada. 4 Don Fernando Ramos Barroso y su hermana María Rocío Blanco Barroso alegan que la vía pecuaria se encuentra desplazada ligeramente hacia el Norte al paso por su finca, con relación al trazado original que él recuerda. Una vez estudiada la documentación aportada por el interesado, así como el Fondo Documental incluido en este expediente de deslinde, y después de realizar una nueva comprobación sobre el terreno, se constata que lo alegado por el interesado coincide con la descripción de la vía pecuaria, llevada a cabo por el Proyecto de Clasificación, procediéndose a subsanar el error material del apeo, con el fin de hacer coincidir el trazado de la vía pecuaria con lo dispuesto en el acto de clasificación. Por lo que se estima la alegación presentada. 5. Don Francisco Pérez Benítez alega su disconformidad con la clasificación, ya que la vía pecuaria no debería cruzar el puente, sino que quedaría en el lado Sur de la carretera en el término municipal. En segundo lugar, alega que el trazado provisional del deslinde invade zonas del término municipal de Niebla, cuestión que no consta en la clasificación, y que la anchura de la carretera actual no es la misma que cuado se realizó la clasificación, por lo que la anchura de la vía pecuaria empezaría a contarse desde un punto distinto del que se ha realizado en el acto del apeo. En relación a la disconformidad con la clasificación de la vía pecuaria objeto de este expediente de deslinde, contestar que la clasificación de la vía pecuaria constituye un acto administrativo firme y consentido, de carácter declarativo, dictado por un órgano competente en su momento, cuya impugnación en el presente procedimiento resulta extemporáneo e improcedente utilizar de forma encubierta el expediente de deslinde para cuestionarse otro distinto. Por consiguiente, clasificación incuestionable, determinándose en la misma la existencia, denominación, anchura, trazado y demás características físicas generales de la vía pecuaria, así lo ha establecido expresamente la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla de fecha 8 de marzo de Por lo tanto, se desestima la alegación presentada. En cuanto a la disconformidad con el trazado propuesto en este procedimiento de deslinde, una vez estudiada la documentación aportada por el interesado, así como el Fondo Documental incluido en este expediente de deslinde, y después de realizar una nueva comprobación sobre el terreno, se constata que lo alegado por el interesado coincide con la descripción de la vía pecuaria llevada a cabo por el Proyecto de Clasificación, procediéndose a subsanar el error material del apeo, con el fin de hacer coincidir el trazado de la vía pecuaria con lo dispuesto en el acto de clasificación. Por lo que se estima la alegación presentada. En referencia a la disconformidad con la anchura alegada, contestar que dicha afirmación no puede ser compartida en atención a la naturaleza y definición del acto de clasificación de una vía pecuaria, ya que a pesar de que las clasificaciones efectuadas al amparo de lo establecido en los Reglamentos anteriores a la vigente Ley de Vías Pecuarias, distinguiesen entre vías pecuarias necesarias, innecesarias o sobrantes, dichos extremos no pueden ser tenidos en consideración en la tramitación de los procedimientos de deslindes de vías pecuarias en la actualidad, dado que dichas declaraciones no suponían sin más la desafectación de la vía pecuaria. La filosofía que impregna la nueva regulación de las vías pecuarias, consistente en dotar a las mismas, al margen de seguir sirviendo a su destino prioritario, de nuevos usos que las rentabilicen social, ambiental y económicamente, dado su carácter de patrimonio público, cuestión que choca frontalmente con el espíritu que inspiró a los anteriores Reglamentos en los que se preveía la venta por el Estado de los terrenos pertenecientes a las mismas que, por una u otras causas, hubiesen perdido total o parcialmente su utilidad como tales vías pecuarias. En la Ley 22/1974, de 27 de junio, de Vías Pecuarias, entonces vigente, se establece el procedimiento para declarar la innecesariedad para las vías pecuarias que ya no cumplen su finalidad, a partir de la cual han de considerarse enajenables, y los diversos supuestos previstos para su aplicación a otros

58 Página núm. 58 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 destinos o para su enajenación, mediante los que pasarán del dominio público al de sus nuevos titulares, pero sin adquirir en ningún momento la condición de bienes patrimoniales. Procedimiento que no fue iniciado en su momento. En este sentido, el Gabinete Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía establece que la declaración de innecesariedad o de terreno sobrante efectuada en la clasificación no convertía en bien patrimonial a la vía pecuaria, ni hacía que ésta perdiera su naturaleza. Simplemente, la hacía enajenable: Abría el camino para que consumada la enajenación y no antes, pasara del dominio público al de sus nuevos titulares sin pasar por el estadio intermedio de bien patrimonial. Enajenación que no se ha llevado a cabo hasta el momento presente. Por lo que respecto a las porciones de vía pecuaria innecesarias o sobrantes cuya enajenación no se haya consumado, han continuado siendo vía pecuaria, y por tanto bien de dominio público. Luego el deslinde que de la vía pecuaria se haga, debe comprender la totalidad de la anchura y superficie de la vía pecuaria y, por tanto, también las partes declaradas en su día como innecesarias o sobrantes. Habiendo desaparecido dichas categorías de la Ley así como el régimen a fin de cuentas simplificado de enajenación previsto, la Comunidad Autónoma, vinculada por el principio de legalidad, necesariamente deberá atenerse a la Ley vigente que ya no prevé como parámetros únicos a estos efectos la utilidad para el tránsito del ganado o las comunicaciones rurales. Por lo que, en consecuencia con todo lo anteriormente expuesto, se desestima la alegación presentada. 6. Ferrocarriles Vía Estrecha (FEVE) manifiesta que es el titular de los bienes procedentes del clausurado Ferrocarril del Buitrón a San Juan del Puerto y Ramales, bienes que se indican con los correspondientes datos cartográficos. Respecto a lo manifestado por FEVE, no puede ser considerado como alegación en sí, a ésta y otras vías pecuarias, pues lo único que solicita es que se tenga en cuenta la normativa referida en el Decreto 584/1974, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de Ferrocarriles de Vía Estrecha, así como el Decreto-Ley 23 de septiembre de 1965 y con ello las zonas de dominio público, servidumbre y afección, existentes a ambos lados de la vía del ferrocarril, a la hora de realizar los deslindes. Las actuaciones y operaciones efectuadas en el presente procedimiento de deslinde no pueden ser consideradas como aprovechamientos u obras llevados a cabo por un particular, sino que es la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que, conforme a lo establecido por la normativa vigente, ostenta la potestad administrativa para deslindar la vía pecuaria objeto del presente expediente, ejerciendo dicha potestad con el objetivo y finalidad de definir los límites de la vía pecuaria de acuerdo con la clasificación aprobada. Finalmente, se ha de tener en cuenta que los distintos Dominios Públicos pueden ser concurrentes en una misma proporción de terreno, en el caso de que las afecciones de estos bienes demaniales sean compatibles, como así sucede en el caso que nos ocupa. 7. Confederación Hidrográfica del Guadiana alega que la vía pecuaria objeto del presente procedimiento afecta al Dominio Público Hidráulico de varios arroyos de la cuenca del Río Tinto en los puntos que debidamente se indican, y que el art. 70 del Real Decreto 849/1986, del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, establece que «la utilización o aprovechamiento de los particulares de los cauces o de los bienes situados en ellos, requerirá la previa concesión o autorización administrativa». Dicha autorización está sometida a lo dispuesto en los arts. 126 y ss. de dicho Real Decreto. Por lo que previamente a la ejecución de cualquier tipo de obras en dichos arroyos se debe remitir al referido organismo, solicitud de obras en Dominio Público Hidráulico, junto al Proyecto de ejecución de dichas obras. En relación al escrito recibido por la Confederación Hidrográfica del Guadiana, responder que la autorización mencionada se refiere a los particulares que lleven a cabo aprovechamientos en los cauces o de los bienes situados en ellos, pertenecientes al Dominio Público Hidráulico, por lo que las actuaciones y operaciones efectuadas en el presente procedimiento de deslinde no pueden ser consideradas como aprovechamientos llevados a cabo por un particular, sino por el ejercicio de la potestad de deslinde de las vías pecuarias llevada a cabo la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en base a su competencia legalmente atribuida, y que a efectos del art. 2 de la Ley RJAP-PAC, es Administración Pública. Que la vía pecuaria atraviese diferentes arroyos no obsta para su existencia declarada el acto de clasificación, ni para su deslinde. Además, se ha de tener en cuenta que los distintos Dominios Públicos pueden concurrir sobre una misma franja de terreno en el caso de que las afecciones de éstos sean compatibles, como así sucede en este supuesto. Por lo tanto, como conclusión, aclarar que no sería necesaria la referida autorización administrativa, ni la solicitud de obras mencionada. Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable. Vistos la Propuesta favorable al Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva, con fecha 22 de febrero de 2007, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de fecha 9 de abril de RESUELVO Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada «Colada de Sevilla», tramo completo en todo su recorrido, en el término municipal de San Juan del Puerto, provincia de Huelva, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva, a tenor de los datos y la descripción que siguen, y en función a las coordenadas que se anexan a la presente Resolución. Longitud deslindada 9.143,22 metros lineales. Anchura: Variable de 8 ó 12 metros a 15 metros lineales. Descripción Registral. Finca rústica, en el término municipal de San Juan del Puerto, provincia de Huelva, compuesta por: Finca de forma alargada, de metros de anchura y 9.143,32 metros de longitud, con una superficie total de ,17 m², conocida como «Colada de Sevilla», en el tramo comprendido en su totalidad, que linda: Al Norte: Linda con los titulares de las siguientes referencias catastrales (polígono/parcela): Con doña Manuela Rebollo García (13/95), con don Manuel Martín Toro Sosa (13/100), con doña Mariana Rodríguez Pérez (13/101), con el Arroyo de los Prados, con doña Vicenta Domínguez Robles (13/102), con don Manuel Benítez García (13/140), con don Isidoro González Domínguez (13/141), con don Alonso Morón Contreras (13/144), con don José Manuel Llorente Suárez (13/145), con

59 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 59 don Diego Santiago Ávila (13/259), con don Manuel Quintero Contreras (13/146), con referencia catastral (13/148), con referencia catastral (13/149), con referencia catastral (13/150), con referencia catastral (13/151), con doña Francisca Sauci Beltrán (13/212), con referencia catastral (13/205), con don Isidoro González Domínguez (13/163), con doña María de la Cruz González Domínguez (13/164), con doña Carmen Contreras Hernández Pinzón (13/197), con don Juan Villegas Domínguez (13/86), con don José Luis García Palacios (13/41), con don Patricio Rodríguez Romero (13/252), con el Arroyo del Valle (13/9009), con don Antonio Fernández Pérez (13/251), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (13/9002), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (5/9011), con don Antonio Cárdenas Delgado (5/486), con don Manuel Quintero Contreras (5/485), con camino (5/9002), con el Ministerio de Fomento-Autovía A-49 de Sevilla a Ayamonte (11/9001), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (8/128), con el Grupo Sindical Colonización núm. 196 (8/127), con referencia catastral (8/9024), con el Grupo Sindical Colonización núm. 196 (8/127), con referencia catastral (8/9025), con el Grupo Sindical Colonización núm. 196 (8/127), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (7/349), con referencia catastral (7/9029), con referencia catastral (7/9012), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (7/68), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (7/78), con referencia catastral (7/9018), con doña María del Carmen Domínguez Callejo (7/359), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (7/9007), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (8/9003), con don Elías Nicolás Martín Toro Sosa (8/118), con don Ildefonso Robles Tirado (8/117), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (8/9010), con el Grupo Sindical Colonización núm. 196 (8/65), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (8/9009), con el camino de la Raya (8/902), con don Elías Martín Toro Tirado (19/87), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (19/9005), con don Manuel Esteban Villegas Aquino (19/85), con la Diputación Provincial de Huelva (19/76), con referencia catastral (19/9027), con don Fernando Alcaraz Bernárdez (19/71), con referencia catastral (19/161), con don Patricio Rodríguez Vaquerizo (19/10), con doña Manuela Villegas Villegas (19/55), con el Arroyo de Valcarejo (19/9008), con don Antonio Contreras Hernández Pinzón (19/53), con don Manuel Esteban Villegas Aquino (19/50), con don Diego Domínguez Torres (19/48), con don José Sosa Domínguez (19/36), con don Diego Domínguez Torres (19/18), con don Fernando Ramos Barroso (19/21), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (19/9005), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (19/9001), con doña María del Rocío Contreras Hernández Pinzón (19/104), con doña María del Rocío Contreras Hernández Pinzón (19/101), con doña María del Rocío Contreras Hernández Pinzón (19/104), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (19/9003), con doña María del Rocío Contreras Hernández Pinzón (19/104), con doña María del Rocío Contreras Hernández Pinzón (19/101), con doña María del Rocío Contreras Hernández Pinzón (19/104), con doña María del Rocío Contreras Hernández Pinzón (19/101), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (19/9002), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (17/9004), con doña María del Rocío Contreras Hernández Pinzón (17/38), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (17/9003), con doña María del Rocío Hernández Pinzón (17/37), con doña María del Rocío Blanco Barroso (17/36), con don Fernando Ramos Barroso (17/43), con doña María del Rocío Blanco Barroso (17/44), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (17/9003), con doña Mª del Rocío Contreras Hernández Pinzón (17/38), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (17/9003), con doña María del Rocío Blanco Barroso (17/44), con don Juan Luengo Luengo (17/35), con don Juan Rosa Luengo Guisado (17/34); con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (17/9001); con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (17/9003) y con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (17/9001). Al Sur: Linda con los titulares de las siguientes referencias catastrales (polígono/parcela): Con doña Manuela Rebollo García (12/1), doña Vicenta Domínguez Robles (12/3), con el Arroyo de los Prados (12/9002), con don Ildefonso Robles Tirado (11/7), con doña Trinidad Benítez García (11/8), con doña Dolores Rebollo Mora (11/9), con don Pedro Domínguez Marín (11/10), con don Antonio Tirado Taillafert (11/11), con don Isidoro González Domínguez (11/12), con don Elías Martín Toro Tirado (11/26), con don Ildefonso Tirado García (11/27), con doña Concepción Sánchez Aquino (11/29), con don Nicolás García Toro (11/30), con don Manuel Pulido Fernández (11/37), con don Elías Martín Toro Tirado (11/38), con doña María del Rocío Martín Toro Villegas (11/93), con don Manuel Fernández Cano (11/41), con don José Rebollo Toro (11/45), con don Miguel Minchón González (11/46), con doña Manuela Villegas Villegas (11/47), con doña Juana Suárez Minchón (11/48), con don Juan Pérez Mora (11/49), con don Guillermo Villalonga Ponce (11/50), con doña Manuela Villegas Villegas (11/51), con doña Manuela Villegas Villegas (11/54), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (11/9005), con don Manuel Gómez Moreno (11/55), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (11/9008), con el Ministerio de Fomento-Autovía A-49 de Sevilla a Ayamonte (11/9001), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (11/9009), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (11/9006), con don Nicolás Martín Toro Sosa (11/94), con el Ministerio de Fomento-Autovía A-49 de Sevilla a Ayamonte (11/9001), con la Consejería de Obras Públicas y Transportes (8/9005), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (8/128), con el Grupo Sindical Colonización núm. 196 (8/127), con referencia catastral (8/9024), con el Grupo Sindical Colonización núm. 196 (8/127), con referencia catastral (8/9025), con el Grupo Sindical Colonización núm. 196 (8/127), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (7/349), con referencia catastral (7/9029), con referencia catastral (7/9012), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (7/68), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (7/78), con referencia catastral (7/9018), con doña María del Carmen Domínguez Callejo (7/359), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (7/9007), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (8/9003), con don Elías Nicolás Martín Toro Sosa (8/118), con don Ildefonso Robles Tirado (8/117), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (8/9014), con referencia catastral (8/9011), con el Grupo Sindical Colonización núm. 196 (8/67), con referencia catastral (8/9017), con el Grupo Sindical Colonización núm. 196 (8/67), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (8/9009), con doña María Fernández Martín (8/163), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (8/9009), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (8/9002), con don Elías Martín Toro Tirado (19/87), con don Juan Sayago Martínez (19/86), con don Fernando Alcaraz Bernáldez (19/80), con don Fernando Alcaraz Bernáldez (19/79), con referencia catastral (19/9025), con referencia catastral (19/9024), con referencia catastral (19/9023), con don Pedro Cárdenas Romero (19/68), con don Diego Domínguez Torres (19/67), con don Esteban Caminero Domínguez (19/66), con don Juan Romero Martín (19/65), con don Manuel Villegas Villegas (19/64), con don Antonio Martín Martín (19/56), con el Arroyo de Valcarejo (19/9010), con don Sergio Garrido Villalta (19/57), con don Antonio Cárdenas Delgado (19/52), con referencia catastral (19/9022), con don Nicolás Sánchez Robles (19/45), con don Antonio Cárdenas Delgado (19/44), con doña Juana Pérez Minchón (19/43), con don Manuel Esteban Villegas Aquino (19/37), con don Elías Rodríguez Magro (19/35), con don Antonio Cárdenas Delgado (19/32), con don Gregorio Vargas Vázquez (19/22), con referencia catastral (19/9021), con doña Carmen Contreras Hernández Pinzón (19/23), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (19/9004), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (19/9003), con doña María del Rocío Contreras Hernández Pinzón (19/104), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (19/9003), con doña

60 Página núm. 60 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 María del Rocío Contreras Hernández Pinzón (19/101), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (19/9002), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (17/9004), con doña María del Rocío Contreras Hernández Pinzón (17/38), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (17/9003), con don Juan Luengo Luengo (17/35), con doña María del Rocío Contreras Hernández Pinzón (17/34), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (17/9003), con doña María del Rocío Contreras Hernández Pinzón (17/32), con el Arroyo Candón (17/9002), con doña María del Rocío Contreras Hernández Pinzón (17/33) y con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (17/9001). Al Este: Linda con los titulares de las siguientes referencias catastrales (polígono/parcela): Con doña Vicenta Domínguez Robles (13/102), con don Elías Martín Toro Sosa (13/109), con don Manuel Benítez Figueroa (13/110), con doña Manuela Villegas Villegas (13/112), con doña Vicenta Domínguez Robles (13/113), con don Ramón Díaz Fernández (13/114), con doña Isidora Minchón Pérez (13/115), con don Román Rodríguez Domínguez (13/116), con Arroyo (13/9011), con don Román Quintero Villegas (13/120), con doña Isabel Cruz Rodríguez (13/121), con Arroyo (13/9007), con don Elías Martín Toro Tirado (13/138), con don Antonio Regadera Minchón (13/139), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (5/9002), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (5/9002), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (5/9015), con el Ministerio de Fomento-Autovía A-49 de Sevilla a Ayamonte (5/9016), con el Ministerio de Fomento-Autovía A-49 de Sevilla a Ayamonte (11/9001), con la Consejería de Obras Públicas y Transportes (8/9005), con la Consejería de Obras Públicas y Transportes (8/9005), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (8/128), con el Grupo Sindical Colonización núm. 196 (8/127), con referencia catastral (8/9024), con el Grupo Sindical Colonización núm. 196 (8/127), con referencia catastral (8/9025), con el Grupo Sindical Colonización núm. 196 (8/127), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (8/125), con el Ministerio de Fomento-carretera A-494 de San Juan del Puerto a Moguer (8/9006), con el Ministerio de Fomento-carretera A-494 de San Juan del Puerto a Moguer (7/9011), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (7/26), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (7/349), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (8/9014), con la vía pecuaria «Cañada Cordel de Sevilla a Huelva», con doña María del Rocío Contreras Hernández Pinzón (17/33), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (17/9001) y con la vía pecuaria «Cordel de Villanueva a Trigueros o de la carretera de Sevilla a Huelva» en el término municipal de Niebla. Al Oeste: Linda con los titulares de las siguientes referencias catastrales (polígono/parcela): Con la vía pecuaria «Cañada Real de Sevilla» en el término municipal de Huelva, con doña Mariana Rodríguez Pérez (12/4), con don Elías Nicolás Martín Toro Sosa (12/5), con don Manuel Estaban Rebollo Aquino (12/11), con el Arroyo de los Prados (12/9002), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (12/16), con don Manuel Prieto Pérez (12/17), con don Rafael Beltrán Gil (12/18), con el Arroyo de los Prados (12/9002), con don Rafael Beltrán Gil (12/20), con don Manuel Barrera Rebollo (12/23), con el Arroyo de los Prados (12/9002), con don Patricio Rodríguez Vaquerizo (12/20), con don Manuel Barrera Rebollo (12/23), con el Arroyo de los Prados (12/9002), con don Patricio Rodríguez Vaquerizo (12/46), con don Román Quintero Villegas (12/47), con don Antonio Rodríguez Bermejo (12/48), con camino (12/9003), con camino (11/9003), con doña Isabel Cruz Rodríguez (11/1), con Arroyo (11/9007), con don Elías Martín Toro Tirado (11/2), con don Rafael González Barrera (11/3), con el Ministerio de Fomento-Autovía A-49 de Sevilla a Ayamonte (11/9001), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (11/9008), con don Nicolás Martín Toro Sosa (11/94), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (11/9006), con el Ministerio de Fomento (11/9001), con el Grupo Sindical Colonización núm. 196 (8/127), con referencia catastral (8/9024), con el Grupo Sindical Colonización núm. 196 (8/127), con referencia catastral (8/9025), con el Grupo Sindical Colonización núm. 196 (8/127), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (8/125), con el Ministerio de Fomento-carretera A-494 de San Juan del Puerto a Moguer (8/9006), con el Ministerio de Fomento-carretera A-494 de San Juan del Puerto a Moguer (7/9011), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (7/26), con el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (7/349), con la vía pecuaria «Cordel de Villanueva a Trigueros o de la carretera de Sevilla a Huelva», con camino (19/9005) y con el Ministerio de Fomento-carretera A-472 de San Juan del Puerto a Niebla (17/9001). Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable. Sevilla, 24 de abril de La Secretaría General Técnica, Asunción Vázquez Pérez. Actuación Cofinanciada por Fondos Europeos Anexo a la Resolución de 24 de abril, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria «Colada de Sevilla», tramo completo en todo su recorrido, en el término municipal de San Juan del Puerto, provincia de Huelva. RELACIÓN DE COORDENADAS U.T.M. DE LA VÍA PECUARIA «COLADA DE SEVILLA» 1I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I

61 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I

62 Página núm. 62 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I I D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D

63 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D

64 Página núm. 64 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D D C C C RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde la vía pecuaria «Descansadero de la Fuente de la Adelfa», sita en el término municipal de Mijas, en la provincia de Málaga. Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria «Descansadero de la Fuente de la Adelfa», sita en el término municipal de Mijas, en la provincia de Málaga, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Málaga, se desprenden los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Primero. La vía pecuaria antes citada, sita en el término municipal de Mijas (Málaga) fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 30 de marzo de 1963, publicada en el BOE de fecha 10 de abril de 1963, y en el BOP de fecha de 23 de abril de Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente, de fecha 11 de noviembre de 2005, se acuerda el deslinde de la vía pecuaria denominada «Descansadero de la Fuente de la Adelfa», sita en el término municipal de Mijas, en la provincia de Málaga, este descansadero esta asociado a la vía pecuaria denominada «Cañada Real de la Fuente de la Adelfa» sita en el mismo término municipal. Tercero. Los trabajos materiales de Deslinde, previo a los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 9 de enero de 2006, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo así mismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 238, de fecha 16 de diciembre de En dicho acto no se formularon alegaciones por parte de los interesados. Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 239, de fecha 18 de diciembre de A dicha proposición de deslinde no se han presentado alegaciones. Quinto. Mediante Resolución de fecha 22 de marzo de 2007, de la Secretaría General Técnica se solicita Informe a Gabinete Jurídico, acordándose la interrupción del plazo establecido para instruir y resolver el presente procedimiento de deslinde, plazo que se reanudará en la fecha de emisión del citado Informe. Sexto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, con fecha 12 de abril de 2007, emitió el preceptivo Informe. A la vista de tales antecedentes, son de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente Procedimiento de Deslinde en virtud de lo establecido en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Medio Ambiente. Segundo. Al presente procedimiento administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso. Tercero. La vía pecuaria denominada «Descansadero de la Fuente de la Adelfa», sita en el término municipal de Mijas, en la provincia de Málaga, por Orden Ministerial de fecha 30 de marzo de 1963, publicada en el BOE de fecha 10 de abril de 1963, siendo esta Clasificación conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, respectivamente, «el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria», debiendo por tanto el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada Vía Pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación. Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada por Orden Ministerial ya citada, ajustado en todo momento al Procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y en el Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable, Vistos, la propuesta de deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla

65 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 65 con fecha 27 de octubre de 2006, y el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía de fecha 23 de enero de 2007, RESUELVO Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada «Descansadero de la Fuente de la Adelfa», sita en el término municipal de Mijas, en la provincia de Málaga, a tenor de la descripción que sigue, y en función a las coordenadas que se anexan a la presente Resolución. Superficie deslindada, ,44 metros cuadrados. Descripción: «Finca rústica, en el término municipal de Mijas, provincia de Málaga, de forma poligonal con una superficie clasificada de 42,210 m 2 y una superficie deslindada en terreno rústico de ,44 m 2 que en adelante se conocerá como Descansadero-Abrevadero de la Fuente de la Adelfa, que linda: - Al Norte, con zona urbana del Ayuntamiento de Mijas. - Al Sur, con propiedad del Ayuntamiento de Mijas. - Al Este, con zona urbana del Ayuntamiento de Mijas. - Al Oeste con la Cañada Real Fuente de la Adelfa, que por vado carretas y torre de la Cala del Moral, se dirige por la Costa de la Mina al término municipal de Marbella.» Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable. Sevilla, 24 de abril de La Secretaria General Técnica, Asunción Vázquez Pérez. Actuación Cofinanciada por Fondos Europeos. ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE 24 DE ABRIL DE 2007, DE LA SECRETARIA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VÍA PECUARIA «DESCANSADERO DE LA FUENTE DE LA ADELFA», SITA EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE MIJAS, EN LA PROVINCIA DE MÁLAGA Relación de Coordenadas UTM de la vía pecuaria «Descansadero de la Fuente de la Adelfa» Nº DE ESTAQUILLA X Y L , ,15 L , ,81 L , ,18 L , ,14 L , ,84 L , ,42 L , ,02 L , ,8 L , ,91 L , ,1 L , ,73 L , ,21 L , ,5 Nº DE ESTAQUILLA X Y L , ,82 L , ,14 L , ,95 L , ,98 L , ,79 L , ,65 L , ,53 L , ,81 L , ,11 L , ,4 L , ,18 L , ,94 L , ,82 L , ,79 L , ,79 L , ,32 L , ,55 L , ,55 L , ,79 L , ,79 L , ,01 L , ,01 L , ,55 L , ,08 L , ,91 L , ,73 L , ,03 L , ,15 RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria «Colada del Camino de las Tablas en su totalidad», en los términos municipales de Niebla y de Lucena del Puerto en la Provincia de Huelva Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria «Colada del Camino de las Tablas en su totalidad», en los términos municipales de Niebla y de Lucena del Puerto en la Provincia de Huelva, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva, se desprenden los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Primero. La vía pecuaria antes citada, sita en los términos municipales de Lucena del Puerto y de Niebla, fue clasificada por las Orden Ministerial de fecha 7 de febrero de 1951, y en el término municipal de Niebla por Resolución de la Secretaría General Técnica de fecha 23 de julio de Segundo. El deslinde se inicia a propuesta de la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Huelva por Resolución del Viceconsejero de Medio Ambiente, de fecha 9 de febrero de 2005, con relación a la Consultaría y Asistencia para el Deslinde de las Vías Pecuarias que conforman el sector Sur de la provincia de Huelva. Mediante Resolución de fecha 22 de junio de 2006, de la Secretaría General Técnica, se acuerda la ampliación de plazo para dictar resolución en el presente expediente de deslinde durante nueve meses más.

66 Página núm. 66 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 10 de mayo de 2005, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos con fecha de registro de salida de la Delegación Provincial de Huelva de 29 de marzo de 2005, y publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, núm. 62, de 4 de abril de 2005 y en el núm. 65, de 7 de abril de En dicho acto no se formularon alegaciones por parte de los interesados. Cuarto. Redactada la proposición de deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm. 216, de 14 de noviembre de Quinto. Durante el período de exposición pública se presentaron alegaciones que son objeto de valoración en los Fundamentos de Derecho de la presente Resolución. Sexto. Mediante Resolución de fecha 20 de marzo de 2007, de la Secretaría General Técnica se solicita Informe a Gabinete Jurídico, acordándose la interrupción del plazo establecido para instruir y resolver el presente procedimiento de deslinde, plazo que se reanudará en la fecha de emisión del citado Informe. Noveno. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, con fecha 10 de abril de 2007 emitió el preceptivo Informe. A la vista de tales antecedentes, son de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente Procedimiento de Deslinde en virtud de lo establecido en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Medio Ambiente. Segundo. Al presente procedimiento administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso. Tercero. La vía pecuaria denominada «Colada del Camino de las Tablas en su totalidad», en los términos municipales de Niebla y de Lucena del Puerto en la Provincia de Huelva, fue clasificada en el término municipal de Lucena del Puerto por la Orden Ministerial de fecha 7 de febrero de 1951, y en el término municipal de Niebla por Resolución de la Secretaria General Técnica de fecha 23 de julio de 2001, siendo estas Clasificaciones conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, respectivamente, «el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria», debiendo por tanto el deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de clasificación. Cuarto. En el acto de exposición pública se plantean alegaciones por parte de los interesados: 1. Don Vicente Picón Mora, como heredero de don Fernando Picón Regidor, realiza las siguientes alegaciones: - Que su padre y titular, no figura en la relación de propietarios colindantes de la propuesta de deslinde la vía pecuaria «Vereda del Camino de las Tablas», pero sí figura como colindante de la vía pecuaria «Colada del Camino de las Tablas», además es propietario de otra parcela que queda al Sur del Camino de las Tablas y no linda con la Vereda. Respecto al haber sido notificado en el procedimiento de deslinde de la vía pecuaria «Vereda del Camino de las Tablas» sin que realmente sea colindante con la misma, es fruto de la elaboración de una base de datos de posibles interesados, siendo dicha notificación por exceso, es decir por darle la mayor difusión posible a los interesados. Respecto a la notificación en el procedimiento de deslinde de la vía pecuaria «Colada del Camino de las Tablas», se le realizan ya que la parcela 16 del polígono 4 de la que es titular, linda con dicha vía pecuaria. - Que se esta procediendo al amojonamiento en la finca de don Fernando Picón Regidor al Sur de la «Colada del Camino de las Tablas» y que no se ve afectada por la misma, la parcela 24 del polígono 5. Dice no tener sentido dicho amojonamiento, ya que según la descripción de la vía pecuaria no afecta a su parcela. El amojonamiento para esta vía pecuaria aún no se ha llevado a cabo, por lo que se desconoce el amojonamiento que se esta practicando en las proximidades de su parcela, no siendo en cualquier caso relacionado con el deslinde de la vía pecuaria «Colada del Camino de las Tablas». 2. Don Tomás Prieto de la Cal y Picón, titular de la explotación agrícola «La Ruiza», en el término municipal de Niebla realiza las siguientes alegaciones: - Que consultados los planos que figuran en el citado expediente y en concreto el plano 2 de localización, aparece toda la vía pecuaria dentro del término municipal de Lucena del Puerto, sin afectar al término de Niebla, por lo que su propiedad tampoco se vería afectada. - Que en el plano 3, se señala la vía pecuaria, haciendo coincidir el eje de la misma con la línea de separación de los términos de Lucena del Puerto y Niebla, sin saber a que se debe dicha traslación. - Que desde hace como mínimo 100 años, existen unos mojones de piedra de grandes dimensiones, que delimitan la finca La Ruiza con la vía pecuaria, habiendo permanecido inamovibles desde los años en que la citada vía era utilizada por el ganado, considerando que la anchura de la vía debe contarse desde estos mojones hacia el Sur. Respecto a dichas alegaciones indicar que el deslinde de una vía pecuaria según establece el artículo 8 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias es el acto administrativo por el que se definen los límites de las vías pecuarias de conformidad con lo establecido en el acto de clasificación. Además el procedimiento de deslinde tiene su fundamento en el acto de clasificación de la vía pecuaria, en la que se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de la vía pecuaria. En el caso que nos ocupa, el deslinde se ha realizado conforme al acto de Clasificación aprobado por Orden de fecha 7 de febrero de 1951 y por Resolución de la Secretaría General Técnica de fecha 23 de julio de En dicha clasificación hace mención a que la Colada «marcha a caballo por la línea del término de Lucena del Puerto con Niebla, correspondiendo la mitad de su anchura a cada uno de ellos». La línea de término que se ha utilizado ha sido la facilitada por el Instituto Geográfico Nacional, el organismo competente en dicha materia, de ahí que haya una cierta variación con la mostrada en el plano 1/ correspondiente al Instituto Cartográfico de Andalucía. Al tomar dicha línea de término

67 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 67 como eje de la vía pecuaria y darle anchura a la misma, los mojones o hitos que delimitan su finca, quedarían dentro de la vía pecuaria. Además, previamente a la redacción de la propuesta de deslinde se procedió al estudio de la siguiente documentación: - Proyecto de Clasificación aprobado por Orden Ministerial de 6 de junio de Croquis de Vías Pecuarias, escala 1: Catastro antiguo y actual. - Mapa Topográfico de Andalucía, escala 1: Mapa Topográfico Nacional de España, escala 1: y 1: Fotografías aéreas del vuelo americano de 1956 y vuelo del año Así como otros documentos depositados en diferentes archivos y fondos documentales. A la información aportada por la anterior documentación se añade la suministrada por los Agentes de Medio Ambiente de la zona, así como el análisis de la red de vías pecuarias clasificadas, tanto del municipio afectado como aquellos colindantes al mismo. Mediante un minucioso reconocimiento del estado actual de la vía pecuaria a deslindar, conforme al fondo documental recopilado y la cartografía base creada, se identifica su recorrido y aquellos puntos definitorios que puedan servir para la correcta ubicación de la franja de terreno reconocida como vía pecuaria. De todo ello se deduce que el trazado de la vía pecuaria se ha determinado tras un estudio pormenorizado de toda la documentación citada; y tras el mismo se ha concluido que el presente deslinde, tal como preceptúa el artículo 8 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y el artículo 17 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, de Vías Pecuarias, se ha llevado a cabo conforme a la referida Clasificación. Asimismo destacar que las vías pecuarias son rutas o itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito ganadero y aún cuando su primitiva funcionalidad se ve bastante disminuida, tras la Ley 3/1995 de vías pecuarias, la Junta de Andalucía pretende actualizar el papel de las vías pecuarias, dotándolas de un contenido funcional acorde a las dimensiones ecológicas y culturales, sin olvidar el protagonismo que las vías pecuarias tienen desde el punto de vista de la planificación ambiental y planificación territorial. Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la clasificación aprobada por Orden Ministerial y Resolución ya citadas, ajustado en todo momento al procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y en el Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable, Vistos, la propuesta de deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva con fecha 8 de marzo de 2007, y el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía de fecha 10 de abril de 2007, RESUELVO Aprobar el deslinde de la vía pecuaria «Colada del Camino de las Tablas en su totalidad», en los términos municipales de Niebla y de Lucena del Puerto en la provincia de Huelva, a tenor de la descripción que sigue, y en función a las coordenadas que se anexan a la presente Resolución. Datos Físicos - Longitud: 2.750,96 m. - Anchura: 12 m. Descripción Registral. Finca rústica, en los términos municipales de Lucena del Puerto y Niebla, provincia de Huelva, compuesta por: Finca de forma alargada, de 12 metros de anchura y 2.750,96 metros de longitud, con una superficie total de ,79 m², conocida como «Colada del Camino de las Tablas», en el tramo comprendido en su totalidad que linda: Al Norte: Linda con la vía pecuaria «Colada del Camino Viejo de Trigueros a Lucena» y con don Tomás Francisco Prieto Cal Picón. Al Sur: Linda con los siguientes titulares: con Rafael Morales, S.A., con don Vicente Pulido Galván, Con don José Gómez Vivas, con don Francisco Bazán Pérez, con don Alfonso Garrido Regidor, con don Manuel Reales Vivas, con doña Carmen Gómez Garrido, con don Manuel Reales Vivas, con don Eduardo Pérez Domínguez, con don Alfonso Garrido Regidor, con don Eduardo Pérez Domínguez, con don Francisco Bazán Pérez, con doña Vicenta Regidor Garrochena, con doña María Rocío Reales Triana, con doña Adela Garrochena Moro, con don Alfonso y don Nicolás Garrido Regidor, con don Vicente Pulido Galván, con doña Juana Regidor Moreno, con doña Josefa Reales Vivas, con doña Socorro Vivas Garrido, con doña Josefa Reales Vivas, con don Florencio Torres Molina, con doña Vicenta Regidor Garrochena, con don José Antonio Márquez Mora, con doña Carmen Gómez Garrido, con don Francisco Álvarez Ruesga, con doña María Rocío Reales Triana, con don Diego Borrero Suárez, con doña Adela Garrochena Moro, con doña Josefa Pérez Garrido, con don Eduardo Pérez Domínguez, con doña María Rocío Reales Triana, con don Diego García Gómez, con doña Antonia Molina Regídor, con don José García Díaz, con doña Josefa Reales Vivas, con don Diego Borrero Suárez, con doña Consuelo Regidor Márquez, con don Manuel Moro Borrero, con don Manuel Márquez Mora, con don Manuel Márquez Moro, con doña Rosario Mora Márquez, con don Ildefonso Camacho Coronel, con doña Josefa Reales Vivas, con doña Manuela Arozarena Ruesga, con doña Carmen Gómez Garrido, con doña Vicenta Garrochena Regidor, con doña María Rocío Reales Triana, con doña Josefa Toro Beltrán, con doña Josefa Pérez Garrido, con doña Josefa Reales Vivas, con doña Lucía Moro Moreno, con don Vicente Garrido Moro, con don Antonio Regidor Vivas, con don Vicente Torres Molina, con doña María Rocío Reales Triana, con don Diego Borrero Suárez, con doña María Dolores Reales Moro, con doña Vicenta Garrochena Regidor, con don Manuel Mora García, con doña Josefa Reales Vivas, con don Alfonso Garrido Regidor, con don Antonio García Gómez, con don Antonio Mora Rosendo, con don Antonio Mora Regidor, con doña Dolores Ruiz Mora, con don José Antonio Márquez Mora, con don Fernando Picón Regidor, con don Antonio Mora Suárez, con don Manuel Mora Regidor, con don José María Gómez Pérez, con doña Carmen Gómez Garrido, con doña Cecilia Reyes Garrochena, con don Pablo Ruiz Vivas y con don Vicente Ruiz Garrochena. Al Este: Linda con los siguientes titulares: con Rafael Morales, S.A., con don Pablo Ruiz Vivas, con don Vicente Ruiz Garrochena, con don José Ruiz Garrochena. Al Oeste: Linda con la vías pecuarias «Colada o Rigerta desde el Vado de las Tablas al Cordel de la carretera de Sevilla a Huelva, por la Ruiza» y con la «Vereda del Camino de las Tablas». Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier

68 Página núm. 68 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable. Sevilla, 25 de abril de La Secretaria General Técnica, Asunción Vázquez Pérez. Actuación Cofinanciada por Fondos Europeos. ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE 25 DE ABRIL DE 2007, DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VÍA PECUARIA «COLADA DEL CAMINO DE LAS TABLAS EN SU TOTALIDAD», EN LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE NIEBLA Y DE LUCENA DEL PUERTO EN LA PROVINCIA DE HUELVA Relación de Coordenadas UTM de la vía pecuaria COORDENADA COORDENADA PUNTOS X Y 1I , ,53 2I , ,33 3I , ,43 4I , ,99 5I , ,18 6I , ,47 7I , ,54 8I , ,62 9I , ,50 10I , ,25 11I , ,66 12I , ,13 13I , ,30 14I , ,06 15I , ,44 16I , ,69 17I , ,09 18I , ,61 19I , ,48 20I , ,93 21I , ,13 22I , ,12 23I , ,37 24I , ,74 25I , ,87 26I , ,24 27I , ,78 28I , ,95 29I , ,97 30I , ,44 31I , ,05 32I , ,55 33I , ,76 34I , ,04 35I , ,50 COORDENADA COORDENADA PUNTOS X Y 36I , ,40 37I , ,26 38I , ,84 39I , ,31 40I , ,48 41I , ,48 42I , ,92 43I , ,18 44I , ,82 45I , ,13 46I , ,39 47I , ,99 48I , ,96 49I , ,72 50I , ,72 51I , ,72 52I , ,73 53I , ,37 54I , ,42 55I , ,50 56I , ,74 57I , ,40 58I , ,55 59I , ,31 60I , ,23 61I , ,62 62I , ,65 63I , ,32 64I , ,67 65I , ,04 66I , ,72 67I , ,27 68I , ,90 69I , ,32 70I , ,02 71I , ,80 72I , ,12 73I , ,77 74I , ,37 75I , ,78 76I , ,01 77I , ,94 78I , ,02 79I , ,83 80I , ,96 81I , ,94 82I , ,48 83I , ,22 84I , ,83

69 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 69 COORDENADA COORDENADA PUNTOS X Y 85I , ,77 86I , ,62 87I , ,30 1D , ,69 2D , ,25 3D , ,76 4D , ,13 5D , ,62 6D , ,67 7D , ,64 8D , ,37 9D , ,53 10D , ,19 11D , ,31 12D , ,59 13D , ,82 14D , ,80 15D , ,51 16D , ,82 17D , ,09 18D , ,43 19D , ,95 20D , ,96 21D , ,11 22D , ,01 23D , ,45 24D , ,07 25D , ,28 26D , ,53 27D , ,90 28D , ,76 29D , ,57 30D , ,42 31D , ,30 32D , ,86 33D , ,02 34D , ,19 35D , ,62 36D , ,50 37D , ,25 38D , ,85 39D , ,10 40D , ,80 41D , ,48 42D , ,76 43D , ,57 44D , ,91 45D , ,34 46D , ,92 47D , ,41 48D , ,85 COORDENADA COORDENADA PUNTOS X Y 49D , ,33 50D , ,01 51D , ,49 52D , ,76 53D , ,33 54D , ,61 55D , ,24 56D , ,20 57D , ,11 58D , ,52 59D , ,95 60D , ,44 61D , ,85 62D , ,47 63D , ,03 64D , ,26 65D , ,48 66D , ,41 67D , ,11 68D , ,94 69D , ,45 70D , ,03 71D , ,72 72D , ,98 73D , ,53 74D , ,03 75D , ,06 76D , ,13 77D , ,48 78D , ,83 79D , ,47 80D , ,18 81D , ,63 82D , ,58 83D , ,55 84D , ,54 85D , ,92 86D , ,96 87D , ,51 RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria «Colada de Bujalance», tramo completo en todo su recorrido, en el término municipal de El Carpio, provincia de Córdoba. (VP@1532/05). Examinado el expediente de Deslinde de la Vía Pecuaria «Colada de Bujalance», tramo completo en todo su recorrido, en el término municipal de El Carpio, provincia de Córdoba, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba, se desprenden los siguientes

70 Página núm. 70 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 ANTECEDENTES DE HECHO Primero. La vía pecuaria antes citada, sita en el término municipal de El Carpio, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha de 29 de diciembre de 1952, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha de 8 de abril de Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha de 29 de septiembre de 2005, se acordó el inicio del Deslinde de la vía pecuaria «Colada de Bujalance», tramo completo en todo su recorrido, en el término municipal de El Carpio, en relación al Protocolo de intenciones firmado entre la Consejería de Medio Ambiente y el Ayuntamiento de El Carpio, para la Ordenación y Recuperación de las Vías Pecuarias de dicho término. Tercero. Los trabajos materiales de Deslinde, previo a los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 30 de noviembre de 2005, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 179 de fecha 21 de octubre de Con anterioridad a estas operaciones materiales de Deslinde, don Ramón Vargas Lezama Leguizamón presentó una alegación. A estos trabajos materiales se presentó una alegación por parte de D. Francisco José Pérez de Dios. Las alegaciones formuladas por los anteriores citados serán objeto de valoración en los Fundamentos de Derecho de la presente resolución. Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, núm. 121, de fecha de 6 de julio de A dicha Proposición de Deslinde se ha presentado una alegación por parte de don Jaime Carbó Fernández en representación de la entidad mercantil Ebro Puleva S.A. La alegación formulada por el anteriormente citado será objeto de valoración en los Fundamentos de Derecho de la presente resolución. Quinto. Mediante Resolución de fecha 27 de octubre de 2006 de la Secretaría General Técnica se solicita Informe a Gabinete Jurídico, acordándose la interrupción del plazo establecido para instruir y resolver el presente procedimiento de deslinde, plazo que se reanudará en la fecha de emisión del citado Informe. Sexta. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha de 29 de diciembre de A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente Deslinde, en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente. Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999 de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso. Tercero. La vía pecuaria denominada «Colada de Bujalance» tramo completo en todo su recorrido, en el término municipal de El Carpio fue clasificada, por Orden Ministerial de fecha de 29 de diciembre de 1952, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha de 8 de abril de 1953, siendo esta Clasificación conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, respectivamente, «el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria», debiendo por tanto el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada Vía Pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación. Cuarto. En cuanto a las alegaciones realizadas en las operaciones materiales del deslinde, los interesados plantean diversas cuestiones que pueden resumirse según lo siguiente: 1. Con anterioridad a estos operaciones materiales de Deslinde, don Ramón Vargas Lezama Leguizamón manifiesta que las parcelas de su padre ya fallecido, don Ramón de Vargas y Porras, pasaron a ser de su propiedad, por mitad y proindiviso de las mercantiles, «Promociones Mariscal Bioque S.L.», y «Corporación Industrial Córdoba Este, S.A. (Cincores)». Se aportan estos nuevos datos al listado de colindancias, con la finalidad de que aparezcan recogidos en este expediente de deslinde, sustituyendo al anterior interesado, en este sentido «Promociones Mariscal Bioque, S.L.», aparece ahora como colindante, y «Corporación Industrial Córdoba Este, S.A (Cincores)», aparece ahora como interesada. 2. Don Francisco José Pérez de Dios solicita copia de la cartografía provisional del deslinde. Se debe aclarar respecto a esta solicitud, que la documentación requerida por el interesado, se puede consultar junto al resto del expediente de este procedimiento de deslinde, en la Delegación Provincial de Córdoba de la Consejería de Medio Ambiente. Quinto. En cuanto a las alegaciones efectuadas a la Proposición del Deslinde, don Jaime Carbó Fernández en representación de la entidad mercantil Ebro Puleva, S.A, alega que trasmitió, a través de escritura pública su parcela a Santillana Park S.L., hoy denominada con la razón social Viapark Clf., S.L. Queda recogido e incorporado a este expediente de deslinde lo manifestado por don Jaime Carbó Fernández en representación de la entidad mercantil Ebro Puleva, S.A, procediéndose a sustituir al colindante Ebro Puleva, S.A., por Viapark Clf., S.L. Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable. Vistos, la Propuesta favorable al Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba, con fecha 13 de octubre de 2006, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de fecha 29 de diciembre de 2006.

71 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 71 RESUELVO Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada «Colada de Bujalance», tramo completo en todo su recorrido, en el término municipal de El Carpio, provincia de Córdoba instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba, a tenor de los datos y la descripción que siguen, y en función a las coordenadas que se anexan a la presente Resolución. Longitud deslindada Anchura 3.728,64 metros lineales. 12 metros lineales. Descripción: Finca rústica, en el término municipal de El Carpio, provincia de Córdoba, de forma alargada con una anchura de 12 metros, la longitud deslindada es de 3.728,6385 metros, la superficie deslindada es de ,5836 metros cuadrados, que en adelante se conocerá como «Colada de Bujalance», en el tramo completo en todo su recorrido, (salvo los tramos que discurren por zona urbana y el coincidente con el deslinde del Cordel de Alcolea) y que para llegar a cabo su descripción se dividirá en seis tramos. Primer tramo, (este no se deslinda por encontrarse en la zona coincidente con el Cordel de Bujalance y en suelo urbano): Discurre entre el Descansadero del Portazgo y el Instituto de Enseñanza Secundaria y Recinto Ferial de El Carpio. Segundo tramo. Linderos: Norte: Linda con el Instituto de Enseñanza Secundaria en suelo urbano de El Carpio, parcelas de Jodral Pareja, Rafael; Jodral Pedrajas, Antonio; Corporación Industrial Córdoba Este, S.A. y Promociones Mariscal Bioque, S.L; Gutiérrez Alcudia, Antonia; Solís Jodral, Antonia y Jodral Villarejo, María Luisa. Sur: Linda con el recinto ferial de El Carpio, las parcelas de Desconocido y Jodral Pareja, Antonio. Este: Linda con la carretera de la Estación en el suelo urbano de El Carpio. Oeste: Linda con el límite del suelo urbano. Tercer tramo, (este no se deslinda por encontrarse en suelo urbano): Discurre entre los pares de puntos 14 y 15 del deslinde practicado. Cuarto tramo. Linderos: Norte: Linda con las parcelas de Ayuntamiento de El Carpio; camino; Torrebejano Muñoz, Manuel; camino; Ramos Perona, Pedro; De la Fuente Gómez, Lucía; camino; González Solis, Antonio; Jiménez Martínez, Antonio; camino; Jalón Lara, Antonio; León Lara, Miguel; Fernández López, Juan; García Castro, Diego; Tallon Jiménez, Jesús Mariano; Herrera Moyano, Antonia; Tallon Jiménez, Jesús Mariano; Gaitán de la Fuente, María Josefa; Sánchez Risquez, Juan; Viapark Clf. S.L.; carretera; Promociones Mariscal Bioque, S.L. y Corporación Industrial Córdoba Este, S.A. Sur: Linda las parcelas de Jodral Pareja, Concepción; Bioque López, Rosendo; Rivera Castro, Antonio; camino; Adrián Lemus, Manuel; León Boquizo, Leonardo; Nieto Pérez, Julián; Rodríguez Plaza, Eusebio; camino y Desconocido en el poblado rural de Maruanas. Este: Linda con la parcela de Desconocido en el poblado rural de Maruanas y carretera A-306. Oeste: Linda con la parcela de Jodral Pareja, Concepción, carretera de la Estación y parcela de Jiménez Ramos, Antonio en suelo urbano de El Carpio. Quinto tramo. Linderos: Norte: Linda con parcela de Promociones Mariscal Bioque, S.L y Corporación Industrial Córdoba Este, S.A; camino y parcela de Ayuntamiento de El Carpio. Sur: Linda con la parcela de Desconocido del poblado rural de Maruanas. Este: Linda la parcela de Montes Duarte, Rosa; con la carretera A-306 y la divisoria de los términos de Bujalance y El Carpio. Oeste: Linda con la parcela de Desconocido del poblado rural de Maruanas y la carretera de la Estación. Sexto tramo. Linderos: Norte: Linda con las parcelas de Alcántara Sánchez, María Rosa; camino; Alcántara Sánchez, María Rosa; camino y Alcántara Sánchez, María Rosa, todas en el término de Bujalance. Sur: Linda las parcela de Montes Duarte, Rosa; Montes Duarte, Rosa; camino; Montes Duarte, Rosa; Madrid López, Pedro; Rodem Bath, SL; camino; Euroexplotaciones Agrarias, S.A, de El Carpio y Heredia Silva, Diego José, de Bujalance. Este: Linda con la parcela de Heredia Silva, Diego José; carretera A-306 y parcela de Alcántara Sánchez, María Rosa, todas ellas de Bujalance. Oeste: Linda con la parcela de Desconocido en el Poblado Rural de Maruanas, la carretera A-306, la parcela de Ayuntamiento de El Carpio y la divisoria de términos entre El Carpio y Bujalance. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable. Sevilla, 3 de mayo de La Secretaria General Técnica, Asunción Vázquez Pérez. Anexo a la resolución de 3 de mayo de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria, «Colada de Bujalance» tramo completo en todo su recorrido, en el término municipal del Carpio, provincia de Córdoba Relación de Coordenadas U.T.M de la vía pecuaria «Colada de Bujalance» Núm. Punto X (m) Y (m) Núm. Punto X (m) Y (m) 1D , ,9810 2D , ,8930 3D , ,1781 4I , ,3196 4D , ,4025 5I , ,4441 5D , ,9483 6I , ,4444 6D , ,4404 7I , ,3599 7D , ,3641 8I , ,6245 8D , ,4599 9I , ,5535 9D , , I , , D , ,0559

72 Página núm. 72 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 Núm. Punto X (m) Y (m) Núm. Punto X (m) Y (m) 11I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , I , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , D , ,8610 1C , ,4400 2C , ,9101 3C , ,2199 4C , ,4600 5C , ,3299 6C , ,1000 7C , ,8902 8C , ,7699 9C , , C , , C , , C , , C , , C , , C , ,1410 RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria «Vereda de Castro del Río», tramo completo en todo su recorrido, en el término municipal de El Carpio, provincia de Córdoba Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria «Vereda de Castro del Río», tramo completo en todo su recorrido, en el término municipal de El Carpio, provincia de Córdoba, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba, se desprenden los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Primero. La vía pecuaria antes citada, sita en el término municipal de El Carpio, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha de 29 de diciembre de 1952, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha de 8 de abril de Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha de 7 de septiembre de 2005, se acordó el inicio del deslinde de la vía pecuaria «Vereda de Castro del Río», tramo completo en todo su recorrido, en el término municipal de El Carpio (Córdoba), en relación al Protocolo de intenciones firmado entre la Consejería de Medio Ambiente y el Ayuntamiento de El Carpio, para la Ordenación y Recuperación de las Vías Pecuarias de dicho término. Mediante resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente de fecha 2 de mayo de 2007, se acuerda la ampliación de plazo para dictar resolución en el presente expediente de deslinde durante nueve meses más. Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos a los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 24 de noviembre de 2005, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 167, de fecha 3 de octubre de A estos trabajos materiales se le presentaron diversas alegaciones por los siguientes interesados: 1. Don Emilio Orden Lara. 2. Don Francisco José Pérez de Dios. 3. Don Agustín Jurado López. Las alegaciones formuladas por los anteriores citados serán objeto de valoración en los Fundamentos de Derecho de la presente Resolución. Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 181, de fecha de 4 de octubre de A dicha Proposición de Deslinde se han presentado las alegaciones por los siguientes: 1. Don Benito Peinado de la Fuente. 2. Don Rafael Orden Lara. Las alegaciones formuladas por los anteriormente citados serán objeto de valoración en los Fundamentos de Derecho de la presente Resolución. Quinto. Mediante Resolución de fecha 29 de enero de 2007 de la Secretaría General Técnica se solicita Informe a Gabinete Jurídico, acordándose la interrupción del plazo establecido para instruir y resolver el presente procedimiento de deslinde, plazo que se reanudará en la fecha de emisión del citado Informe. Sexta. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha de 2 de abril de A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

73 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 73 FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente Deslinde, en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente. Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso. Tercero. La vía pecuaria denominada «Vereda de Castro del Río», tramo completo en todo su recorrido, en el término municipal de El Carpio, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha de 29 de diciembre de 1952, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha de 8 de abril de 1953, siendo esta Clasificación conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, respectivamente, «el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria», debiendo por tanto el deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación. Cuarto. En cuanto a las alegaciones realizadas en las operaciones materiales del deslinde, los interesados plantean diversas cuestiones que pueden resumirse según lo siguiente: 1. Don Emilio Orden Lara alega que en su día la finca de su propiedad le fue vendida a su padre por el IRYDA, es decir por el Estado, por lo que no está de acuerdo en que ahora la Administración pretenda recuperar la parte de la vía pecuaria que le fue vendida. Con fecha de salida de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Córdoba, de fecha de 6 de junio de 2006, se le remitió al interesado escrito en el que se le solicitaba que remitiera copia de la documentación de la referida venta. Con fecha de registro de entrada de 15 de junio de 2006, en la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Córdoba se recibió escrito del alegante. Junto a este escrito se había adjuntado Primera Copia Literal de la escritura de compraventa otorgada por el Instituto Andaluz de Reforma Agraria, representado debidamente, a favor de doña Ángeles Lara Villén, en El Carpio, a 19 de diciembre de Respecto a la manifestación del alegante de que le fuera vendida parte de la vía pecuaria, aclarar que en la escritura pública de compraventa aportada por el interesado a este expediente de deslinde, la única referencia de la escritura a la vía pecuaria es al mencionarla como linde de la finca objeto de la compraventa, por lo que no se llega a probar por parte del alegante que el tramo de vía pecuaria referido le haya sido vendido por el IRYDA, ya que la escritura pública aportada no menciona ni detalla la venta de la porción concreta de la vía pecuaria. Por las razones anteriormente expuestas, se desestima la alegación presentada. 2. Don Francisco José Pérez de Dios alega que en la entrada de la finca «La Redonda» existe una portera, por lo que si se viera afectada ésta por la vía pecuaria, propone el alegante que se afecte más a la propiedad situada a la derecha de la misma, para evitar dicha afección. Finalmente solicita que se le facilite una copia de la cartografía provisional del deslinde. Contestar a lo manifestado por el alegante, que el deslinde se ha realizado de acuerdo con el trazado, anchura y demás características recogidas en el proyecto de clasificación, en cumplimiento del artículo 7 de la Ley 3/1995 y del artículo 12 del Decreto 155/1998, recabando toda la documentación cartográfica, histórica y administrativa existente en el Fondo Documental que se incluye en este expediente de deslinde, y que se compone de: A) Proyecto de Clasificación de las Vías Pecuarias del municipio de El Carpio (Córdoba) aprobado por la Orden Ministerial de fecha de 29 de diciembre de 1952, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha de 8 de abril de B) Mapa del Instituto Geográfico y Estadístico escala 1: Croquis de la Vías Pecuarias del término municipal de El Carpio (Córdoba), escala 1: C) Fotogrametría del vuelo americano de 1956 y 1957, escala 1: D) Catastro Histórico del Archivo Histórico Provincial, y datos catastrales de la Gerencia Territorial del Catastro de la Provincia de, y plano digital del Catastro actual. E) Planimetría Catastral antigua. F) Normas Subsidiarias del término municipal de El Carpio, escala 1: Una vez que hubo sido estudiada la alegación presentada, y una vez revisada toda esta documentación aportada en el expediente, después de realizar una comprobación sobre el terreno, se constató que no existía contradicción alguna entre lo solicitado por el alegante y los antecedentes documentales anteriormente referidos, ya que se da la circunstancia de que en el tramo alegado las fincas colindantes, tanto a la derecha (finca Aparceros), como a la izquierda (finca La Redonda), pertenecen ambas a la Sociedad Euroexplotaciones Agrarias, S.A., representada por el propio interesado. Por lo que se procedió a corregir el trazado provisional del apeo. Queda por lo tanto estimada la alegación presentada. 3. Don Agustín Jurado López manifiesta en primer lugar que el deslinde afecta a terreno urbanizable, así declarado desde el año 2001, por lo que entiende el alegante que el deslinde debería iniciarse desde el límite del suelo urbanizable. De no tenerse en cuenta esta cuestión, la Administración debería proceder a la devolución de los impuestos que indebidamente ha venido cobrando tanto en suelo urbano, como en suelo rústico, con carácter retroactivo. En segundo lugar, debe quedar garantizado a los propietarios el acceso a las fincas, no teniendo que solicitar estos una infinidad de permisos para poder acceder a sus propiedades. Por último, solicita la cartografía provisional del deslinde, reservándose su derecho a presentar con posterioridad las alegaciones que estime oportunas. Aclarar en este sentido que la potestad del deslinde se extiende únicamente a la determinación de los límites físicos de las vías pecuarias y demás lugares asociados al tránsito ganadero, de acuerdo con la clasificación aprobada, independientemente de su calificación urbanística, sin perjuicio del tratamiento posterior, una vez resuelto este procedimiento de deslinde. En referencia al pago de impuestos, contestar que la finalidad del deslinde es delimitar los límites exactos de este bien del Dominio Público, y que no corresponde a la esfera competencial de esta Consejería de Medio Ambiente pronunciarse respecto a la cuestión alegada del pago de impuestos por parte de los propietarios. Por lo tanto se desestiman los aspectos alegados anteriormente por el citado interesado.

74 Página núm. 74 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 En cuanto al acceso a las fincas particulares, contestar que el artículo 56 del Decreto 155/1988, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que no es necesaria la autorización para aquellos usos compatibles (en los que se incluyen el acceso de los propietarios colindantes a sus fincas) con los usos ganaderos, siempre que estos usos compatibles no conlleven una alteración de las características físicas de la vía pecuaria. Quinto. En cuanto a las alegaciones efectuadas a la Proposición del Deslinde, los interesados que a continuación se relacionan plantean diversas cuestiones que pueden resumirse según lo siguiente: 1. Don Benito Peinado de la Fuente manifiesta que quiere saber si el deslinde afecta a la vivienda que está situada en la carretera de Castro del Río que debidamente señala, para que se rectifique el error que hay en los planos sobre el terreno, ya que esta vivienda es la que linda con la vía pecuaria, y no la propiedad del alegante. A través de la Oficina Virtual del Catastro se comprobó nuevamente la titularidad catastral de ambas parcelas y se pudo comprobar que en la titularidad catastral de la parcela de la vivienda situada en la carretera de Castro del Río no correspondía al alegante, y que la parcela que es de propiedad del interesado no estaba afectada directamente por este expediente de deslinde, por lo que se ha rectificado este error material del apeo, excluyendo la parcela propiedad del citado del presente procedimiento de deslinde. Así, en este sentido, los datos de los propietarios actualizados y proporcionados por la Oficina Virtual del Catastro, difieren a los recogidos en la propuesta, por lo que, en consecuencia, se modifican las colindancias, desapareciendo como colindante don Benito Peinado de la Fuente, y añadiéndose como colindante a don Joaquín León Galán, procediéndose a la actualización de los listados contenidos en este expediente de deslinde. Queda por lo tanto estimada la alegación presentada. 2. Don Rafael Orden Lara manifiesta que en la fecha de 1 de julio de 1989 se le concedió un permiso para la realización de un camino para poder acceder a su propiedad, y cercar ésta, dejando libres los metros en los tramos que le indicaron, y que no entiende por qué no se le puede respetar actualmente dicha actuación, por lo que solicita que se respete esta obra sobre el terreno, autorizada en su momento. A lo alegado se ha de contestar, en primer lugar, que hasta el momento el interesado no ha aportado la documentación acreditativa del permiso al que hace referencia. La documentación adjuntada por el alegante es sólo una solicitud de alineación, y permiso de entrada a su finca, dirigida al Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Córdoba, Organismo que no es competente en materia de vías pecuarias. Por lo que se desestima este aspecto alegado. En segundo lugar, en cuanto al acceso a las fincas particulares, contestar que el artículo 56 del Decreto 155/1988, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que no es necesaria la autorización para aquellos usos compatibles (en los que se incluyen el acceso de los propietarios colindantes a sus fincas) con los usos ganaderos, siempre que estos usos compatibles no conlleven una alteración de las características físicas de la vía pecuaria. Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable. Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba, con fecha 17 de enero de 2007, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de fecha 2 de abril de RESUELVO Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada «Vereda de Castro del Río», tramo completo en todo su recorrido, en el término municipal de El Carpio, provincia de Córdoba, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba, a tenor de los datos y la descripción que siguen, y en función a las coordenadas que se anexan a la presente Resolución. Longitud deslindada: 4.667,1078 metros lineales. Anchura: 20,89 metros lineales. Descripción: Finca rústica, en el término municipal de El Carpio, provincia de Córdoba, de forma alargada con una anchura de 20,89 metros, la longitud deslindada es de 4.667,1078 metros, la superficie deslindada es de ,7098 metros cuadrados, que en adelante se conocerá como «Vereda de Castro del Río», en el tramo completo en todo su recorrido, y que para llevar a cabo su descripción se dividirá en dos tramos. Primer tramo. Linderos: Norte: Linde con el límite del suelo urbano de El Carpio. Sur: Linda con el Arroyo Gálvez. Este: Linda con las parcelas de López Gaitán, Francisco; López Velasco, Pedro; López Velasco, Luisa; Jurado López, Agustín; López Velasco, Juan; López Velasco, María Josefa; Jurado López, Pedro; López Velasco, Pedro; López Velasco, Luisa; Muñoz León, Rosario; Ramírez Delgado, Fernando; Cantero Beltrán, Francisco; Delgado Muñoz, Carmen; Cárdenas Guerrero, Josefa; Álvarez Muñoz, Francisca; Velasco Moreno, Pedro; Zurita García, Fernando; León Pérez, Rafael; Estepa Aroca, Leovigildo; García González, Lorenza; García González, Dolores; Zurita García, Fernando; Solís Muñoz, Francisco; Chamizo Oporto, Asunción; Baena Sojo, Manuel; León Pérez, Rafael; León Pérez, Rafael; León Gaitán, Joaquín; Fuente Muñoz, Rafael de la; Rivera Castro, Marcela; Sirvent Cano, Teresa; Muñoz Larubia, Juan José; Montoro López, Teresa; camino y parcela de Tallón Jiménez, Jesús Mariano. Oeste: Linda con las parcelas de Peinado de la Fuente, Benito; desconocido; Fernández López, Francisco y otros; Desconocido; Aguilar Polo, Francisco; desconocido; Lorente García, José; S.C.A. Limitada Unión de Agricultores; carretera CV-289; parcela de Gaitán Gavilán, Catalina; Muñoz Márquez, Rafaela; Madrid López, José; Orden Lara, Rafael; López Puentes, Isabel; Abarca Gómez, Rafael; Abarca Gómez, María; Marín Sainz, Juan; León Pérez, Francisca; Álvarez Jiménez, Eugenia; León Pérez, Rafael; Fuente Guerrero, María Jesús de la; Madrid López, José; Mesones Vega, Rosario; Moreno Alcudia, Antonia; López Corripio, Remedios; López Porras, Rafael; Castillo Mariscal, Manuela; camino; Mariscal Castellón, Francisca, y desconocido. Segundo tramo. Linderos: Norte: Linda con el Arroyo Gálvez. Sur: Linda con las parcelas de Euroexplotaciones Agrarias, S.A. y Gavilán López, Francisco, del término de Córdoba. Este: Linda con las parcelas de Tallón Jiménez, Jesús Mariano; camino; desconocido; Fitz James Stuart Martínez Irujo,

75 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 75 Carlos; García Rosero, Alfonso; Zurita Solís, Jesús; Euroexplotaciones Agrarias, S.A.; camino y parcela de Euroexplotaciones Agrarias, S.A. Oeste: Linda con las parcelas de Pareja Calvo, Francisco; Linares Gutiérrez, Espíritu Santo; Orden Lara, Antonia; camino; Orden Lara, Antonia; García Rosero, Alfonso; camino; Zurita Solís, Jesús; Rojas Alcántara, Pedro; camino y parcela de Euroexplotaciones Agrarias, S.A. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable. Sevilla, 3 de mayo de La Secretaria General Técnica, Asunción Vázquez Pérez. Actuación Cofinanciada por Fondos Europeos ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE 3 DE MAYO, DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VÍA PECUARIA «VEREDA DE CASTRO DEL RÍO», TRAMO COMPLETO EN TODO SU RECORRIDO, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE EL CARPIO, PROVINCIA DE CÓRDOBA Relación de Coordenadas U.T.M. de la vía pecuaria «Vereda de Castro del Río» Nº Punto X (m) Y (m) Nº Punto X (m) Y (m) 1I , ,8277 2I , ,4841 2D , ,6277 3I , ,9007 3D , ,2376 4I , ,4971 4D , ,9529 5I , ,2158 5D , ,5130 6I , ,9799 6D , ,2383 7I , ,3635 7D , ,7124 8I , ,5348 8D , ,8175 9I , ,0148 9D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , ,3542 Nº Punto X (m) Y (m) Nº Punto X (m) Y (m) 40I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , , I , , D , ,5833 1C , ,3999 2C , ,6547 3C , ,3800 4C , ,1923 5C , ,6500 RESOLUCIÓN de 4 de mayo de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria «Colada del Camino de los Leñadores», en el término municipal de Cájar, en la provincia de Granada Examinado el Expediente de Deslinde de la vía pecuaria «Colada del Camino de los Leñadores», en el término municipal de Cájar, en la provincia de Granada, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada, se desprenden los siguientes

76 Página núm. 76 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 ANTECEDENTES DE HECHO Primero. La vía pecuaria antes citada, sita en el término municipal de Cájar, fue clasificada por Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía de fecha 7 de abril de 2000, publicada en el BOJA núm. 63, de 1 de junio de Segundo. El deslinde se inicia a propuesta de la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Granada por Resolución del Viceconsejero de Medio Ambiente, de fecha 20 de octubre de 2005, con relación a la consultoría y asistencia para el deslinde de las vías pecuarias que conforman los Corredores Verdes en ámbitos urbanos de más de habitantes en la provincia de Granada, Ruta: Corredor Verde de la Aglomeración Urbana de Granada, fases I y II. Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 26 de enero de 2006, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos con fecha de registro de salida de la Delegación Provincial de Granada de 21 de diciembre de 2005, y publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 247, de 30 de diciembre de En dicho acto se formularon alegaciones que son objeto de valoración en los Fundamentos de Derecho de la presente Resolución. Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 235, de 13 de diciembre de Quinto. Durante el período de exposición pública no se presentaron alegaciones por parte de los interesados. Sexto. Mediante Resolución de fecha 14 de marzo de 2007, de la Secretaría General Técnica, se solicita Informe a Gabinete Jurídico, acordándose la interrupción del plazo establecido para instruir y resolver el presente procedimiento de deslinde, plazo que se reanudará en la fecha de emisión del citado Informe. Séptimo. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, con fecha 12 de abril de 2007, emitió el preceptivo Informe. A la vista de tales Antecedentes, son de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente Procedimiento de Deslinde en virtud de lo establecido en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Medio Ambiente. Segundo. Al presente procedimiento administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso. Tercero. La vía pecuaria denominada «Colada del Camino de los Leñadores», en el término municipal de Cájar, en la provincia de Granada, fue clasificada en el término municipal de Cájar por la Resolución de la Secretaría General Técnica de fecha 7 de abril de 2000, siendo esta Clasificación conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, «el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria», debiendo por tanto el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación. Cuarto. En el acto de apeo se plantean las siguientes alegaciones: 1. Don Pedro Ruiz Robles alega que en el tiempo de ciudadano del municipio de Monachil, en ningún momento ha tenido constancia de que dicho mojón «w» haya sido desplazado en ningún sentido. Así mismo, en el tiempo que ha sido Concejal de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Monachil, no ha sido notificado a este respecto, por lo cual pide que se subsane el presunto error para que el Deslinde sea lo más correcto posible. A lo alegado, hay que decir que de los datos recogidos en el levantamiento topográfico mediante GPS bifrecuencia de los mojones del límite de términos entre Monachil y Cájar, y de los datos aportados por el Ayuntamiento de Cájar sobre la situación de los mismos, se desprende que efectivamente ambos mojones no coinciden, existiendo una diferencia de 11,85 metros. Ante esta situación y dado que incluso esta diferencia puede deberse al error cartográfico de los planos utilizados, se opta por estimar dicha alegación y dar a la vía pecuaria un trazado que promedie la diferencia de situación de este mojón «w». El resto de mojones, aunque exactamente no coincida en su situación, sí coinciden en alineación, por lo que no cambia el trazado de la línea de términos y como consecuencia el trazado de la vía pecuaria. 2. Don Juan de Dios Polo Herrera aporta al Acta fotocopia del escrito del Ayuntamiento de Cájar dirigido al Concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Monachil fechado el 16 de diciembre de 2003, relativo a la ubicación de las naves que se han construido en el municipio de Monachil que ocuparían terrenos del municipio de Cájar. También manifiesta que por ese terreno ocupado discurría el trazado tradicional de la vía pecuaria. Aporta también planos de levantamiento topográfico de los años 1995, 2002 y 2003, realizado por el Ingeniero Técnico don Antonio Fernández Polo y Francisco Hurtado Martínez, donde se aprecia que el mojón «w» actualmente está desplazado con dirección poniente 11,85 metros. Respecto a dichas alegaciones indicar que la situación planteada se sitúa en el plano de deslinde entre los puntos 30 y 40 aproximadamente al haber tomado la mojonera actual que podría ser errónea, por lo que se dan por contestadas en el punto 1 anterior de la presente Resolución. 3. Don Manuel Serrano Álvarez manifiesta que el camino antiguo se desvió como consecuencia de la apertura de una cantera en cuyo talud aparecieron grietas que provocaron el desplome, y como consecuencia, se desvió el trazado del camino hacia el Suroeste, y que algunas de esas grietas existen actualmente. Siguiendo la descripción de la Clasificación aprobada de las vías pecuarias en el término municipal de Cájar, se toma el límite de términos con Monachil como margen derecho de la Colada del Camino de los Leñadores, y no el camino ac-

77 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 77 tual. Además se reproduce lo contestado en las alegaciones núms. 1 y 2 anteriores. Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada por Resolución ya citada, ajustado en todo momento al Procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y en el Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable. Vistos, la Propuesta de Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada con fecha 26 de febrero de 2007, y el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía de fecha 12 de abril de 2007, RESUELVO Aprobar el deslinde de la vía pecuaria «Colada del Camino de los Leñadores», en el término municipal de Cájar, en la provincia de Granada, a tenor de la descripción que sigue, y en función a las coordenadas que se anexan a la presente Resolución. Datos físicos: - Longitud: 1.899,33 metros. - Anchura: 10 metros. Descripción registral: «Finca rústica, de dominio público según establece la Ley 3/95, de Vías Pecuarias, y el Decreto 155/98, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, en el término municipal de Cájar, provincia de Granada, de forma alargada, con una anchura constante de diez metros (excepto en el extremo Sur, donde toma el ancho existente del término municipal), y de una longitud deslindada de mil ochocientos noventa y nueve metros con treinta y tres centímetros, la superficie deslindada es de una hectárea ochenta y dos áreas y setenta y cuatro con veintitrés centiáreas, que se conoce como Colada del Camino de los Leñadores en Cájar.» La Colada del Camino de los Leñadores parte del mojón trifinio con Monachil y La Zubia, en el paraje conocido como «Camino de Satajarda», para tomar dirección Norte por el camino que conduce a Cájar. Avanza por terrenos de monte público y llevando la mojonera del término municipal con Monachil como margen derecho de la misma. Al llegar a la zona de las canteras, desaparece el pinar y aparece un pronunciado talud por la margen derecha, debido a la extracción de áridos. Más adelante el talud intercepta la vía pecuaria, la cual llega posteriormente al límite de la zona urbana de Cájar. Mantiene en todo su recorrido una anchura de 10 metros y linda: Al Norte con la zona urbana de Cájar. Al Sur con el Camino de Satajarda, de titularidad desconocida (9/9003). Al Este con titular desconocido (9/9003), Ayuntamiento de Monachil (9/4) y titular desconocido (14/9000). Y al Oeste desde el inicio, en el punto 1I, hasta el final en el punto 42I, y de forma consecutiva con Ayuntamiento de La Zubia (referencia catastral: Polígono 5/Parcela 3), camino de titularidad desconocida (5/9001), Ayuntamiento de La Zubia (5/5) y titular desconocido (2/9000). Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable. Sevilla, 4 de mayo de La Secretaria General Técnica, Asunción Vázquez Pérez. Actuación Cofinanciada por Fondos Europeos Anexo a la Resolución de 4 de mayo de 2007, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria «Colada del Camino de los Leñadores», en el término municipal de Cájar, en la provincia de Granada Relación de Coordenadas U.T.M. de la vía pecuaria Punto X Y 1D , ,57 2D , ,70 3D , ,11 4D , ,41 5D , ,36 6D , ,56 7D , ,79 8D , ,81 9D , ,99 10D , ,85 11D , ,88 12D , ,92 13D , ,21 14D , ,83 15D , ,54 16D , ,18 17D , ,46 18D , ,79 19D , ,45 20D , ,82 21D , ,55 22D , ,92 23D , ,58 24D , ,78 25D , ,41 26D , ,19 27D , ,55 28D , ,10 29D , ,92 30D , ,20 31D , ,68 32D , ,52 33D , ,61 34D , ,55 35D , ,00 36D , ,71 37D , ,96 38D , ,00 39D , ,96 40D , ,04

78 Página núm. 78 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 Punto X Y 41D , ,05 42D , ,55 2I , ,46 3I , ,73 4I , ,15 5I , ,13 6I , ,05 7I , ,89 8I , ,25 9I , ,05 10I , ,86 11I , ,10 12I , ,15 13I , ,84 14I , ,11 15I , ,82 16I , ,32 17I , ,43 18I , ,06 19I , ,72 20I , ,38 21I , ,80 22I , ,45 23I , ,82 24I , ,32 25I , ,99 26I , ,03 27I , ,68 28I , ,89 29I , ,53 30I , ,93 31I , ,16 32I , ,42 33I , ,66 34I , ,81 35I , ,22 36I , ,65 37I , ,93 38I , ,02 39I , ,24 40I , ,96 41I , ,70 42I , ,97 1C , ,53 2C , ,63 3C , ,33 RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria «Cañada de Carrillo», tramo 3.º, desde el fin del tramo 2.º, hasta su final, en el término municipal de Jerez de la Frontera, provincia de Cádiz Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria «Cañada de Carrillo», tramo 3.º, desde el fin del tramo 2.º, hasta su final, en el término municipal de Jerez de la Frontera, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Cádiz, se desprenden los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Primero. La vía pecuaria antes citada, sita en el término municipal de Jerez de la Frontera, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha de 30 de marzo de 1950, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha de 11 de abril de Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha de 15 de noviembre de 2005, se acordó el inicio del deslinde de la vía pecuaria denominada «Cañada de Carrillo», tramo 3.º, desde el fin del tramo 2.º, hasta su final, en el término municipal de Jerez de la Frontera, de acuerdo a lo establecido por el Plan de Recuperación y Ordenación de las Vías Pecuarias de Andalucía, aprobado por Acuerdo de 27 de marzo de 2001, del Consejo de Gobierno de Andalucía, la citada vía pecuaria está catalogada con la prioridad uno (máxima) para usos Ganaderos. Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos a los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 24 de enero de 2006, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 294, de fecha 22 de noviembre de A estos trabajos materiales no se presentaron alegaciones. Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 68, de fecha de 11 de abril de A dicha Proposición de Deslinde se ha presentado una alegación por parte de don José Madrid Martínez, Presidente de la Comunidad de Regantes de la Margen Derecha del Bajo Guadalete, en nombre y representación de la misma. La alegación formulada por el anteriormente citado será objeto de valoración en los Fundamentos de Derecho de la presente Resolución. Quinto. Mediante Resolución de fecha 1 de marzo de 2007, de la Secretaría General Técnica, se solicita Informe a Gabinete Jurídico, acordándose la interrupción del plazo establecido para instruir y resolver el presente procedimiento de deslinde, plazo que se reanudará en la fecha de emisión del citado Informe. Sexta. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha de 9 de abril de A la vista de tales Antecedentes son de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente deslinde, en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente. Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen

79 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 79 Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso. Tercero. La vía pecuaria denominada «Cañada de Carrillo», tramo 3.º, desde el fin del tramo 2.º, hasta su final, en el término municipal de Jerez de la Frontera (Cádiz), fue clasificada por Orden Ministerial de fecha de 30 de marzo de 1950, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha de 11 de abril de 1950, siendo esta Clasificación conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias, y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, respectivamente, «el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria», debiendo por tanto el deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el Acto de Clasificación. Cuarto. En cuanto a las alegaciones efectuadas a la Proposición del Deslinde, don José Madrid Martínez, Presidente de la Comunidad de Regantes de la Margen Derecha del Bajo Guadalete, en nombre y representación de la misma, alega que después del examen de la documentación y planos aportados por la Delegación de la Consejería de Agricultura y Pesca, la Sección de Patrimonio y Vías Pecuarias de la Delegación de Medio Ambiente y la Delegación Provincial de Egmasa, en Cádiz, de esta documentación se deduce que el trazado de la vía pecuaria afecta gravemente a las infraestructuras de riego, así como al camino de acceso a las parcelas de riego pertenecientes a la citada Comunidad, por lo que finalmente solicita que se mantengan las instalaciones de riego existentes al margen de la afectación de la vía pecuaria, y que se le notifique desde la Delegación de la Consejería de Medio Ambiente de Cádiz informe del trazado de la vía pecuaria. A fecha de 19 de diciembre de 2006, la Delegación de la Consejería de Medio Ambiente de Cádiz le remitió informe sobre el trazado del tramo final de la «Cañada del Carrillo». Una vez estudiada la alegación presentada y el Fondo Documental que se incluye en este expediente de deslinde, el cual se compone de: 1. Proyecto de clasificación aprobado por la Orden Ministerial de 30 de marzo de Croquis de las vías pecuarias del t.m. de Jerez de la Frontera, escala 1: Datos del Catastro antiguo y actualizados de la Oficina Virtual del Catastro, del t.m. de Jerez de la Frontera. 4. Fotogramas aéreos del vuelo americano de 1956 y fotogramas del vuelo aéreo de , escala 1: Mapa Topográfico del Instituto Nacional Geográfico y del Servicio Cartográfico del Ejército, escala 1: Croquis del deslinde antiguo del tramo II, de la «Cañada del Carrillo», escala 1: Se procede a efectuar las correcciones materiales necesarias en el trazado provisional de este procedimiento de deslinde, para que las instalaciones de riego de la Comunidad de Regantes de la Margen Derecha del Bajo Guadalete no queden afectadas por este expediente de deslinde. Por lo que en consecuencia con todo lo anteriormente expuesto, se estima la alegación presentada. En cuanto al acceso a las fincas particulares, se ha de aclarar que este derecho se recoge expresamente en los artículos 55, 56 y 57 del Decreto 155/1988, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, como uso compatible de las vías pecuarias, estableciendo que no es necesaria la autorización para estos usos, siempre y cuando estos no conlleven una alteración de las características físicas de la vía pecuaria. Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable. Vistos la Propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba, con fecha 8 de febrero de 2007, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de fecha 9 de abril de 2007, RESUELVO Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada «Cañada de Carrillo», tramo 3.º, desde el fin del tramo 2.º, hasta su final, en el término municipal de Jerez de la Frontera, provincia de Cádiz, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Cádiz, a tenor de los datos y la descripción que siguen, y en función a las coordenadas que se anexan a la presente Resolución. - Longitud deslindada: 1.864,67 metros lineales. - Anchura: Variable. Descripción. Finca rústica, en el término municipal de Jerez de la Frontera, provincia de Cádiz, de forma alargada con una anchura variable, la longitud deslindada es de 1.864,67 metros, la superficie deslindada de ,46 m², que en adelante se conocerá como «Cañada del Carrillo, tramo 3.º, desde el fin del tramo 2.º, hasta su final», y posee los siguientes linderos: Norte: Linda con terreno cultivado propiedad de don Rafael Ruiz Sánchez; con finca cultivada y erial de don Álvaro Sánchez Sánchez; con terreno cultivado perteneciente a doña Mercedes Quirós Ramos; con parcela cultivada de doña Mercedes Quirós Ramos; con terreno de cultivo correspondiente a doña María de los Ángeles Raffo Ruiz; con parcela de cultivo de doña María Fuentes Pacheco y con Río Guadalete titularidad de la Agencia Andaluza del Agua. Sur: Linda con terreno cultivado don Rafael Ruiz Sánchez; con camino titularidad de la Junta de Andalucía, Delegación de Agricultura IARA; con parcela de cultivo perteneciente a doña Mercedes Quirós Ramos; con terreno de cultivo propiedad de doña Mercedes Quirós Ramos; con parcela de cultivo de doña María de los Ángeles Raffo Ruiz; con terreno de cultivo de doña María Fuentes Pacheco y con Río Guadalete titularidad de la Agencia Andaluza del Agua. Este: Con tramo deslindado de Cañada del Carrillo en terreno de cultivo propiedad de don Rafael Ruiz Sánchez; con eucaliptos y erial de parcela de cultivo perteneciente a doña Mercedes Quirós Ramos; con eucaliptos y erial de terreno de cultivo de doña Mercedes Quirós Ramos; con terreno de erial y vegetación de ribera titularidad de la Agencia Andaluza del Agua y con la Colada de la Barca cuyo titular es la Junta de Andalucía, Consejería de Medio Ambiente. Oeste: Con plantación de eucaliptos y erial titularidad de la Junta de Andalucía, Delegación de Agricultura IARA y con terreno cultivado propiedad de don José Luis Carmona Sánchez. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un

80 Página núm. 80 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable. Sevilla, 7 de mayo de La Secretaria General Técnica, Asunción Vázquez Pérez. Actuación Cofinanciada por Fondos Europeos ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE 7 DE MAYO, DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VÍA PECUARIA «CAÑADA DE CARRILLO», TRAMO 3.º, DESDE EL FIN DEL TRAMO 2.º, HASTA SU FINAL, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE JEREZ DE LA FRONTERA, PROVINCIA DE CÁDIZ Relación de coordenadas U.T.M. de la vía pecuaria «Cañada de Carrillo», tramo 3.º, desde el fin del tramo 2.º, hasta su final Nº DE ESTAQUILLA X Y 1I , ,76 2I , ,93 2-1I , ,57 3I , ,26 4I , ,88 5I , ,26 6I , ,60 7I , ,61 8I , ,93 9I , ,61 10I , ,53 11I , ,40 12I , ,64 13I , ,58 14I , ,68 1D , ,75 2D , ,78 3D , ,60 4D , ,10 4D , ,02 5D , ,83 6D , ,25 7D , ,92 8D , ,86 9D , ,09 10D , ,15 11D , ,06 12D , ,58 13D , ,62 14D , ,65 UNIVERSIDADES RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2007, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convoca a concurso público una Beca de Formación de Personal Investigador (Rf.ª: PNI0704). En desarrollo del Proyecto de Investigación «SEJ /JURI» denominado «La Política de la Protección de la Infancia en Andalucía: Eficiencia del Régimen Jurídico de Acogimiento de Menores», proyecto incluido en el Plan Nacional de Investigación del Ministerio de Educación y Ciencia. Vista la propuesta formulada por doña Rosario Valpuesta Fernández, Investigadora Principal del Proyecto de Investigación citado anteriormente. Considerando el informe favorable emitido por el Vicerrectorado de Investigación y Nuevas Tecnologías de esta Universidad con fecha 26 de marzo de La Universidad Pablo de Olavide ha resuelto: Primero. Convocar una Beca de Formación de Personal Investigador (Rf.ª: PNI0704), con arreglo a las normas que se contienen en los Anexos de esta Resolución. La beca se adscribe al Proyecto de Investigación arriba indicado. Segundo. Esta beca estará financiada con cargo al crédito presupuestario A de los Presupuestos de la Universidad Pablo de Olavide (R.C. núm.: 2007/425). Tercero. Esta Resolución pone fin a la vía administrativa; contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al recibo de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente pueda presentarse recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27 de noviembre), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero). Sevilla, 2 de mayo de El Vicerrector, Eduardo Santero Santurino. ANEXO I BASES DE LA CONVOCATORIA La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en: - La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero. - El «Reglamento sobre nombramiento de Becarios con cargo a créditos de Investigación», aprobado por la Comisión Gestora de la Universidad Pablo de Olavide en su sesión número 41.ª de fecha (Acta 2/2002, punto 9.º). - Las demás normas vigentes que sean de aplicación y, en particular, por las normas específicas contenidas en la Resolución de la propia convocatoria y sus Anexos. La instrucción del procedimiento corresponderá al Vicerrectorado de Investigación y Nuevas Tecnologías. Las solicitudes serán resueltas y notificadas en el plazo máximo de tres meses contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Una vez transcurrido este último plazo sin haberse notificado resolución expresa, los interesados estarán legitimados para entender desestimadas sus solicitudes. 1. Objetivos. Esta beca persigue la formación y perfeccionamiento de personal investigador mediante la participación en contratos,

81 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 81 subvenciones o proyectos financiados por entidades públicas o privadas que permitan la incorporación de un Titulado Superior que colabore en las tareas del proyecto. 2. Solicitantes. Podrán solicitar tomar parte en la presente convocatoria los solicitantes que reúnan los siguientes requisitos: 2.1. a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea. b) También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y también de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España. c) Quienes no estando incluidos en los apartados anteriores se encuentren residiendo en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia permanente y quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los que tengan la condición de refugiados Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación Estar en posesión de las condiciones académicas o de titulación requeridas en el Anexo II de esta Resolución. Los títulos conseguidos en el extranjero o en Centros Españoles no estatales deberán estar hom*ologados o reconocidos a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes Dado el carácter de formación predoctoral de la Beca convocada, no podrán admitirse solicitudes de candidatos que se encuentren en posesión del título oficial de Doctor No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la adjudicación de la correspondiente beca. 3. Dotación de la beca La dotación económica de la beca será la especificada en el Anexo II El pago de la beca se efectuará por mensualidades completas, produciéndose los efectos económicos y administrativos a partir de la fecha de incorporación del becario/a al Centro, Departamento, Grupo de Investigación o Proyecto de Investigación asignado (lo que en adelante denominaremos: Destino) La beca incluirá Seguro de Asistencia, Accidentes Individual o ambos. 4. Duración de la beca La duración de la beca será la especificada en el Anexo II. La prórroga, cuya Resolución favorable estará condicionada a la existencia de la correspondiente consignación presupuestaria, se solicitará con una antelación mínima de diez días naturales al plazo de finalización del período de la beca y sólo podrá acordarse mediante informe justificativo del Investigador Principal del Proyecto de Investigación, Director de la beca y de la labor investigadora en la que colabora el/la becario/a La beca podrá interrumpirse por un período de tiempo razonable mediante solicitud explicativa dirigida al Vicerrector de Investigación y Nuevas Tecnologías, acompañada del informe del Director de la beca. Sólo en aquellos casos de maternidad o en los que existan razones de fuerza mayor se podrá recuperar el período interrumpido. Las interrupciones se producirán, en su caso, con los efectos administrativos y económicos que establezcan las resoluciones por las que se autorizan las mismas En cualquier caso, la duración de la beca no podrá exceder de la duración temporal del convenio, contrato, grupo o proyecto de investigación para el que se concede. 5. Naturaleza de la beca e incompatibilidades La concesión de esta beca no supone ningún tipo de vinculación laboral entre el beneficiario y la Universidad Pablo de Olavide El disfrute de una beca al amparo de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizadas expresamente por la Universidad Pablo de Olavide, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado, salvo los contratos derivados de la aplicación del artículo 83 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, o del artículo 11.2 de la Ley de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica (Ley 13/1986, de 14 de abril). Las cantidades indebidamente percibidas deberán ser inmediatamente reintegradas a la Universidad Pablo de Olavide. Los Departamentos, Centros, etc., receptores de becarios deberán comunicar al Rectorado de la Universidad cualquier causa de incompatibilidad por estos motivos El beneficiario deberá formular declaración de no poseer o ejercer, en el momento de su nombramiento, empleo público o privado incompatible con las funciones a desempeñar (Anexo V) En el caso de becas a tiempo parcial, el Vicerrector de Investigación y Nuevas Tecnologías podrá autorizar actuaciones compartidas con otros proyectos o contratos de investigación, siempre que se garantice una dedicación mínima a las actividades de la beca no inferior al 50% de la jornada habitual y que la retribución íntegra de la beca se reduzca en el mismo porcentaje que la jornada. 6. Condiciones del disfrute El comienzo del disfrute de la beca se corresponderá con el momento de incorporación del becario/a al destino asignado; la incorporación deberá realizarla el beneficiario dentro del plazo que se señale para ello en la Resolución de adjudicación de la beca, entendiéndose la no-incorporación en el plazo señalado como renuncia a la misma La aceptación de la beca por parte del beneficiario implica la aceptación expresa de las normas incluidas en esta convocatoria, las del «Reglamento sobre nombramiento de Becarios con cargo a créditos de Investigación de la Universidad Pablo de Olavide», las del «Reglamento de Régimen General de Becarios de la Universidad Pablo de Olavide», y las que establezca la Gerencia de la Universidad Pablo de Olavide para la justificación del gasto de los fondos públicos recibidos El/la becario/a realizará su labor en el destino para el que se le adjudicó la beca, implicando la aceptación de ésta

82 Página núm. 82 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 por parte del beneficiario, la aceptación de las normas fijadas por el Director de la Beca en cuanto al horario, el lugar de desarrollo de su formación y demás circunstancias de su labor, dentro de la normativa vigente de la Universidad Pablo de Olavide En caso de renuncia o baja del becario/a, el Director de la Beca podrá proponer su sustitución de acuerdo con la relación priorizada de solicitantes que se haya formalizado a partir de la selección realizada mediante la presente convocatoria; la nueva beca tendrá efecto desde el momento en que el sustituto se incorpore a su destino. 7. Solicitudes Los candidatos deberán presentar su solicitud en los quince días naturales siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado, conforme al modelo recogido en el Anexo III de esta Resolución, y se presentarán, dirigidas al Excmo. Sr. Vicerrector de Investigación y Nuevas Tecnologías, en el Registro General de la Universidad Pablo de Olavide, sita en Carretera de Utrera, km 1, Sevilla, o por cualquier otro de los métodos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), debiendo, en ese caso, comunicar tal circunstancia a la Universidad Pablo de Olavide (Unidad de Investigación), mediante fax (al número ) o telegrama. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el personal de Correos antes de ser certificadas. En caso de que el último día de presentación de solicitudes fuera sábado o festivo, el plazo se entenderá prorrogado hasta el siguiente día hábil A la solicitud, que podrán recoger en la Unidad de Investigación (Edificio núm. 9) de esta Universidad, se adjuntará la siguiente documentación: - Currículum vitae del solicitante. - Título (o resguardo de haberlo solicitado) y certificación académica oficial, en original o fotocopia compulsada o cotejada, en la que figuren, de forma detallada, las calificaciones obtenidas, fechas de las mismas y constancia expresa de que las materias constituyen el programa completo de la titulación correspondiente. - Fotocopia cotejada del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o tarjeta de residente del solicitante. - Resto de méritos, debidamente documentados y cotejados, según los requisitos de la convocatoria. - Anexos IV y V de esta convocatoria, debidamente formalizados Los méritos que se aleguen tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes no serán tenidos en cuenta para la evaluación de las solicitudes de los candidatos Una vez finalizado el proceso selectivo, los aspirantes no seleccionados podrán solicitar por escrito la devolución de la documentación aportada que, en caso de no solicitarse su devolución, podrá ser destruida en un plazo no inferior a dos meses contados a partir de la fecha de la propuesta de adjudicación de la Comisión Evaluadora. En ningún caso serán devueltas a los interesados las copias cotejadas por esta Universidad para la participación de aquellos en el presente procedimiento selectivo. 8. Admisión de candidatos Expirado el plazo de presentación de instancias, se dictará resolución administrativa, en el plazo de diez días hábiles, declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación expresa de la causa de exclusión. Esta Resolución, así como todas las comunicaciones posteriores del procedimiento referidas a la presente convocatoria, serán publicadas en el tablón de anuncios del Rectorado de esta Universidad (Edificios núms. 9 y 12) Los candidatos excluidos o que no figuren en la relación de admitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución del párrafo 8.1, para subsanar el defecto que causare la exclusión o la omisión Los candidatos que no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, lo que justificaría su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del procedimiento de selección. Por lo que, a estos efectos, los candidatos deberán comprobar, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos La Resolución que eleve a definitiva la lista de admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición o recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 9. Selección de las solicitudes La convocatoria será resuelta por el Rector de la Universidad Pablo de Olavide o Vicerrector en quien delegue, según la propuesta que realice la Comisión Evaluadora nombrada al efecto y cuya composición se determina más adelante. En la resolución se incluirán los candidatos a los que se les adjudican las becas, entendiéndose desestimadas el resto de las solicitudes presentadas La Comisión Evaluadora seleccionará las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria y, posteriormente, elevará al Rector propuesta de adjudicación de la beca a favor de los candidatos que hayan obtenido mayor puntuación. No obstante, la Comisión podrá determinar que no se nombre a ninguno de los solicitantes si, en la evaluación de los mismos, observara que ninguno de ellos reúne las condiciones del perfil y/o los requisitos mínimos solicitados en la convocatoria. 10. Comisión Evaluadora de las solicitudes Esta Comisión estará integrada por: - El Excmo. Sr. Vicerrector de Investigación y Nuevas Tecnologías, que actuará como Presidente; en caso de ausencia le sustituirá el Excmo. Sr. Vicerrector de Ordenación Académica. - El vocal titular de la Comisión de Investigación de la Universidad Pablo de Olavide que ostente en la misma la representación departamental más afín al perfil de la beca. En caso de ausencia le sustituirá el vocal suplente en la misma Comisión. - El miembro de la Comisión de Investigación de la Universidad Pablo de Olavide que ostente en la misma la representación de los Becarios de Investigación. En caso de ausencia le sustituirá el vocal suplente en la misma Comisión. - El Jefe de la Unidad de Investigación, que actuará como Secretario, con voz pero sin voto. En caso de ausencia le sustituirá un funcionario de esa Unidad Esta Comisión podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas. Estos asesores colaborarán con la Comisión, exclusivamente, en el ejercicio de sus especialidades técnicas. En todo caso, podrán asistir a la Comisión como especialistas:

83 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm El Investigador responsable del proyecto, grupo, contrato o convenio de Investigación objeto de la beca. - Un Doctor propuesto por el Investigador Principal, con experiencia en la investigación a realizar por los becarios/as. 11. Criterios de selección La Comisión Evaluadora valorará con carácter general las siguientes particularidades referidas a los candidatos que cumplan los requisitos mínimos y el perfil de la beca establecidos en el Anexo II de Condiciones Particulares: Expediente, títulos y formación: Considerando la calidad y relación del expediente académico del candidato con el proyecto de investigación en curso se otorgará hasta un máximo de cuatro (4) puntos por este concepto. Se obtendrá la nota media del expediente académico correspondiente a la titulación exigida en el Anexo II de esta convocatoria como requisito mínimo indispensable de los candidatos. Para realizar esta baremación se aplicará la siguiente fórmula: Suma de los créditos obtenidos por el candidato, multiplicados cada uno de ellos por el valor de las calificaciones que correspondan (dicho valor se describe en la tabla que figura a continuación); el resultado así obtenido se dividirá por el número de créditos totales obtenido por el candidato, lo que dará como resultado la nota media del expediente académico. En caso de que el expediente esté distribuido por asignaturas (en vez de créditos), se sumará el valor de cada una de ellas (dicho valor se describe en la tabla que figura a continuación); el resultado así obtenido se dividirá por el número de asignaturas computadas, lo que dará como resultado la nota media del expediente académico. - Aprobado: 1. - Notable: 2. - Sobresaliente: 3. - Matrícula de Honor: 4. Experiencia investigadora: Considerando la calidad y relación con el proyecto de investigación al que se adscribe la beca, se otorgará hasta una valoración máxima de dos (2) puntos. Otros méritos que específicamente vengan determinados en los correspondientes anexos y que habrán de acreditarse documentalmente: Valorados hasta un máximo de un (1) punto. Adecuación de los méritos, capacidad y experiencia del candidato a las necesidades del proyecto de investigación al que se adscribe la beca: Valorada hasta un máximo de tres (3) puntos. Si la Comisión Evaluadora lo estima conveniente, los solicitantes podrán ser convocados a la realización de una entrevista que versará y estará directamente relacionada con los contenidos de la investigación en curso. En este caso, la entrevista será valorada con un máximo de tres (3) puntos La Comisión no valorará los méritos de aquellos candidatos que no cumplan con los requisitos mínimos y perfil de la Beca establecidos en el Anexo II. El Secretario levantará acta de la sesión y recogerá explícitamente el orden priorizado de los solicitantes a efectos de su posible sustitución en caso de renuncias o reclamaciones. Efectuada la selección del candidato o candidatos, se elevará propuesta de adjudicación de la beca al Excmo. y Mgfco. Rector de la Universidad Pablo de Olavide, extendiéndose al mismo tiempo la Credencial de Becario correspondiente. ANEXO II CONDICIONES PARTICULARES DE LA CONVOCATORIA Número de becas: 1. Referencia de la Convocatoria: PNI0704. Proyecto de Investigación: «SEJ /JURI», denominado «La Política de Protección de la Infancia en Andalucía: Eficiencia del Régimen Jurídico de Acogimiento de Menores». Investigador principal: Dra. Rosario Valpuesta Fernández. Representante en la Comisión Evaluadora: Dra. Rosario Valpuesta Fernández. Requisitos mínimos de los candidatos: - Licenciado/a en Geografía e Historia. - Formación en metodología de investigación. - Expediente académico igual o superior a 2. Perfil de la beca: - Conocimientos en análisis cualitativos y cuantitativos de datos. - Construcción de indicadores en el Área de Infancia y Familia. Condiciones de la beca: - Retribución mensual íntegra: 832,33. - Horas semanales: Tiempo completo - Duración: Hasta el 25 de septiembre de Seguro de Accidentes Individual. Otros méritos a valorar: - Conocimientos informáticos - Uso de softwares de análisis estadísticos. Ver Anexos en páginas 42 a 44 del BOJA núm. 99, de

84 Página núm. 84 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo Administración de Justicia TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA ACUERDO de 8 de mayo de 2007, de la Secretaría de Gobierno, por el que se da publicidad a los listados definitivos de la bolsa de trabajo de los Secretarios Judiciales sustitutos de las distintas provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. ACUERDO SECRETARÍA DE GOBIERNO/ILMA. SRA. LORENTE LAMARCA/ En la ciudad de Granada, a ocho de mayo de dos mil siete. Por esta Secretaría de Gobierno, mediante Resolución de fecha 7 de agosto de 2006, se acordó convocar la formación de una bolsa de Secretarios sustitutos para cada una de las Provincias del ámbito del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, publicada en el BOE núm. 264, de 4 de noviembre de Una vez examinadas y baremadas, conforme a los criterios dispuestos en la Resolución de 16 de mayo de 2006, se han confeccionado los correspondientes listados definitivos por provincias y de conformidad con lo establecido en la base 7.ª, punto 3, de la referida Resolución remítanse al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su publicación. BOLSA DE SECRETARIOS SUSTITUTOS DE ANDALUCÍA Lista definitiva de la bolsa de trabajo de los Secretarios Judiciales sustitutos para la provincia de Almería NÚM. APELLIDOS Y NOMBRE DNI TOTAL OBSERVACIONES 1 OCAÑA GÁMEZ MANUEL MIGUEL F 7,78 2 DÍAZ DEL MORAL SALVADOR C 7,66 Gestión 3 BAYO RUIZ FRANCISCO S 7,00 Gestión 4 ZURANO GARCÍA MARÍA CARIDAD A 6,67 5 BERNAL NAVALÓN JOSÉ MANUEL G 6,41 6 CEJUDO SERRANO ENRIQUE J 6,00 7 CARMONA VALERO MARÍA JOSÉ G 5,93 8 LÓPEZ RODRÍGUEZ MARÍA VICTORIA Y 5,75 9 GARCÍA SÁNCHEZ ELISA Q 5,73 Gestión 10 MOHAMED HAMMU RACHID H 5,50 11 VARELA LUACES ELENA MARÍA R 3,80 Discapacitados Cupo de Reserva 1 DE LA RUBIA ALMUIÑA MARTA Q 5,47 2 GARCÍA GARCÍA JAVIER F 5,30 3 ASENSIO CAÑADAS FRANCISCO JAVIER V 5,27 Lista definitiva de la bolsa de trabajo de los Secretarios Judiciales sustitutos para la Provincia de Cádiz 1 NAVAS RENEDO BEGOÑA W 16,52 2 SÁNCHEZ MANZANO MARÍA DE LA PAZ P 12,24 3 GARCÍA RICO JUAN ANTONIO P 10,07 Gestión 4 GUIDI CLAS MARÍA ESPERANZA S 9,20 Gestión 5 SÁNCHEZ GÓMEZ JUAN LUIS P 8,93 6 HERNÁNDEZ DELGADO MANUELA F 8,81 Gestión 7 CIRICI NARVÁEZ NOEMI H 8,75 Gestión 8 LARRAYA RUIZ LUIS JAVIER X 8,59 9 ORTUBIA GIMENO NATIVIDAD K 8,30 Gestión 10 ALBARRÁN RODRÍGUEZ ARMIJO J 8,08 11 NOVOA ALCONCHEL ROSA MARÍA E 7,50 12 VARGAS VILLALÓN MARÍA JOSÉ F 7,15 13 HERNÁNDEZ ESPIGA YOLANDA P 7,00 14 LEÓN VIDAL JESÚS G 6,99 15 PAREJA APARICIO ROSA MARÍA K 6,78 16 LEÓN VIDA MANUEL A 6,67 17 TORRES RAYA DIEGO ANTONIO N 6,63 18 BARROSO BECERRA MIGUEL T 6,60 Cupo de Reserva 1 MORENO ROMERO MARÍA DOLORES G 6,43

85 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 85 NÚM. APELLIDOS Y NOMBRE DNI TOTAL OBSERVACIONES 2 SANTOS DÍAZ LUIS JAVIER Ñ 5,93 3 ACERO SALOMÓN ROSA MARÍA N 5,85 4 FERNÁNDEZ TORRES JOSÉ ANTONIO K 5,30 5 ARMAS CRUZ NILDA A 5,11 Lista definitiva de la bolsa de trabajo de los Secretarios Judiciales Sustitutos para la Provincia de Córdoba 1 REDONDO RAMOS SERAFÍN V 9,80 Gestión 2 RODRÍGUEZ CABALLERO JUAN JOSÉ S 7,91 Gestión 3 VALERA PÉREZ JOSÉ V 7,72 4 GONZALEZ SABIO FRANCISCO DE PAULA N 7,59 5 ORTIZ VILLAMOR PEDRO JOSÉ Y 7,50 6 MORTES GUISADO NARCISO L 7,47 7 GARCÍA DOÑORO RAFAEL W 7,13 8 TIRADO JIMENEZ MARÍA M 6,92 9 SERRANO OCHOA MARÍA ANGELES K 6,64 10 COUREL GALÁN ÁNGELA MARINA V 6,32 11 DE LA RUBIA RODRÍGUEZ DOLORES H 6,25 12 CUENCA RODRÍGUEZ MARÍA MILAGROSA Y 5,70 Cupo de Reserva 1 REYES REYES MANUEL X 5,62 2 PÉREZ VICENTE MARÍA ISABEL G 5,54 3 RUIZ ORCARAY BEATRIZ OLGA C 5,38 4 ARMAS CRUZ NILDA A 5,11 Lista definitiva de la bolsa de trabajo de los Secretarios Judiciales Sustitutos para la Provincia de Granada 1 PALMA MARTÍN EVARISTO S 10,10 Gestión 2 MARTIN RIVAS MARÍA LUZ F 9,85 Gestión 3 DE MARINO GÓMEZ SANDOVAL BELÉN W 9,80 4 PORCEL MORENO JUAN MANUEL K 9,71 Gestión 5 BENÍTEZ PÉREZ FAJARDO FRANCISCO S 9,57 Gestión 6 SAEZ MARTÍN FRANCISCA J 9,50 Gestión 7 VILLAFRANCA SÁNCHEZ ROSARIO C 9,12 8 MORALES ALFÉREZ MARÍA AURELIA S 8,50 9 MEDINA GUTIÉRREZ MARÍA VIRGINIA B 7,70 Gestión 10 CASAS ARANDA MARÍA BELÉN W 7,41 Gestión 11 GÓMEZ MATAS PURIFICACIÓN Q 7,30 12 GUTIÉRREZ MORANCHO MATILDE K 6,77 13 SÁNCHEZ TORO GRACIA L 6,37 14 MARTÍNEZ RODRÍGUEZ ENCARNACIÓN K 6,00 15 PÉREZ RUIZ MARÍA DEL PILAR Z 2,96 Discapacitados Cupo de Reserva 1 LECHUGA VIEDMA DIEGO JULIO D 5,96 2 LÓPEZ GARCÍA JUDIT LUCIA C 5,90 3 PASCUAL GONZÁLEZ MARÍA JESUS B 5,82 4 MORENO GARCÍA SILVIA V 5,68 Gestión 5 VÍLCHEZ MARTÍNEZ ANA MARÍA F 5,62 Gestión Lista definitiva de la bolsa de trabajo de los Secretarios Judiciales Sustitutos para la Provincia de Huelva 1 NARANJO QUEIJA MARÍA DEL MAR D 9,42 Gestión 2 MONTES LÓPEZ LORENZO L 9,21 3 GALLANGO LEANDRO EMILIO RAFAEL A 8,00 4 ROLDÁN GARCÍA JUAN ANTONIO L 7,00 5 GALLEGO OJEDA CARMEN G 6,79 6 AGUILERA JURADO MARÍA ISABEL J 6,65 Gestión 7 BAMBA ALONSO FRANCISCO LUIS R 6,53 Gestión 8 SANTAMARÍA GUTIÉRREZ MÓNICA R 6,50 Gestión

86 Página núm. 86 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 NÚM. APELLIDOS Y NOMBRE DNI TOTAL OBSERVACIONES 9 DIAZ SÁNCHEZ ROSA MARÍA Y 6,22 10 VÁZQUEZ CHOZAS MARÍA VICTORIA K 0 00 Discapacitados Cupo de Reserva 1 GÓMEZ SÁNCHEZ FRANCISCO JOSÉ Q 6,00 Gestión 2 ALFARO ROJAS ANA MARÍA E 5,94 Gestión 3 LÓPEZ MORALES ENRIQUE Q 5,71 Lista defínitiva de la bolsa de trabajo de los Secretarios Judiciales sustitutos para la Provincia de Jaén 1 LÁZARO CALVO MARÍA TRINIDAD G 11,20 2 PRIETO RAMIREZ MARÍA PURIFICACION F 9,41 Gestión 3 SÁNCHEZ RAMÍREZ JOSÉ LUIS S 8,53 Gestión 4 MARTÍN SERRANO JESÚS MARÍA Z 8,03 5 ANGUITA ANGUITA CONSUELO R 7,66 Gestión 6 PEÑAFIEL GALÁN GABRIEL E 7,52 7 PENALVA MARTÍNEZ JOSÉ ANTONIO W 7,00 Gestión 8 JIMÉNEZ MATÍAS MARÍA ELENA P 6,75 9 FERRER SÁNCHEZ JOSÉ J 6,20 10 BARCIA LÓPEZ RUBÉN P 0,00 Discapacitados Cupo de Reserva 1 MIÑARRO DE LA BLANCA JOSEFINA ,74 2 SERRANO SÁNCHEZ DE LA BLANCA MARÍA OW 5,30 3 GUIRADO ESTUDILLO JULIA Q 5,21 Lista definitiva de la bolsa de trabajo de los Secretarios Judiciales Sustitutos para la Provincia de Málaga 1 HUETE CANO MANUEL M 10,39 Gestión 2 RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ JUAN ANTONIO J 10,30 Gestión 3 CANELADA CALVO JOSÉ ANTONIO F 9,85 Gestión 4 SANCHO VILLARREAL LUIS K 9,58 5 JOVER APARICIO MARÍA LUISA J 9,54 Gestión 6 MATA MALDONADO MARÍA CARMEN Y 9,50 Gestión y Discap. 7 SAENZ ABUJETA SALVADOR Y 9,50 Gestión 8 DE LA FUENTE BUSTILLO PATRICIA X 8,43 Gestión 9 BARRANCO SÁNCHEZ ELISA MARINA G 8,25 Gestión 10 NAVAS FUENTES OLGA L 8,05 11 JIMÉNEZ LECHUGA MARÍA ROSARIO F 7,76 Gestión 12 JIMENEZ CARRILLO DE Q 7,73 Gestión 13 TABERNERO GARCÍA MARGARITA T 7,19 Gestión 14 REINA CABALLERO GONZALO D 7,10 Gestión 15 TORRES NÚÑEZ JESÚS D 6,90 16 ROMERO GARCÍA MARÍA JOSÉ E 6,78 17 ALONSO RUSSI ENRIQUETA T 6,37 18 RUIZ RUBIO ANA G 6,12 19 MUÑOZ BAUTISTA ELENA A 6,10 20 PÉREZ VALENZUELA RAMOS MARÍA JOSÉ W 6,04 21 MOYA PÉREZ ROSA MARÍA k 6,02 Cupo de Reserva 1 MORALES GARCÍA CARMEN T 5,70 2 LÓPEZ GARRIDO FRANCISCO JAVIER D 5,60 3 GUERRA PÉREZ CRISTINA V 5,57 4 FERNÁNDEZ MENÉNDEZ MARÍA GEMA R 5,45 5 ELENA ALMEIDA MARÍA CONCEPCIÓN J 5,35 6 FERNÁNDEZ MENÉNDEZ MARÍA ROSA T 5,30 Lista definitiva de trabajo de los Secretarios Judiciales Sustitutos para la Provincia de Sevilla 1 ELIAS BATURONES JULIO JOSÉ H 13,44 Gestión 2 MARTÍNEZ CANTÓN SILVIA P 10,60

87 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 87 NÚM. APELLIDOS Y NOMBRE DNI TOTAL OBSERVACIONES 3 FERNÁNDEZ BERDUGO CONCEPCIÓN Q 9,63 Gestión 4 CHÁVEZ MIRANDA JESÚS EUGENIO ,50 Gestión 5 OJEDA SÁNCHEZ MARÍA JOSÉ B 9,50 Gestión 6 FERNÁNDEZ ALAYA JOSÉ LUIS P 9,46 Gestión 7 RUBIO PARAMIO JOSÉ FÉLIX S 9,27 Gestión 8 DÍAZ GUERRA MANUELA J 9,25 Gestión 9 ROMÁN LÓPEZ MARÍA ÁNGELES S 9,11 Gestión 10 AYLLÓN ROMERO ROCÍO Q 8,75 11 CABANILLAS GIL ROSA MARÍA V 8,17 Gestión 12 GUTIÉRREZ AUGUSTO MARÍA PASTORA N 8,12 Gestión 13 ARMARIO PÉREZ JUAN Z 8,03 Gestión 14 ROMERO JAIME DIEGO JESÚS E 7,93 15 ALCALÁ PEDRAJAS NICOLÁS C 7,90 16 QUESADA RODRÍGUEZ MARÍA TERESA C 7,75 Gestión 17 CORTÉS BRETON CLIMENT MARÍA DEL Y 7,70 18 GÓMEZ ARCOS EULALIO E 7,35 Gestión 19 GÓMEZ BLANCO ARACELI F 7,21 20 CABRERA FERNÁNDEZ JOSÉ MANUEL OM 7,17 Gestión 21 FERNÁNDEZ FIGARES GRANADOS N 6,79 22 CORRALES MARTÍN MARÍA MERCEDES W 6,74 23 DOCAVO TORRES MARÍA ÁNGELES K 6,64 24 VÁZQUEZ LÓPEZ JUAN BAUTISTA H 6,35 Cupo de Reserva 1 SILVA REGUERA MONTSERRAT J 6,24 Gestión 2 MORENO SÁNCHEZ MARTA V 6,00 3 MIRANDA PÉREZ ESTHER R 6,00 Gestión 4 RUBIA ANTÚNEZ ROCÍO L 5,96 Gestión 5 VILCHES SANTIAGO AURORA S 5,87 6 RODRÍGUEZ VALVERDE MARÍA VICTORIA Z 5,67 7 VÉLEZ PÉREZ ROSA MARÍA Q 5,62 TRIBUNAL DE CUENTAS EDICTO de 3 de mayo de 2007, Sección de Enjuiciamiento, Departamento 1º, dimanante del procedimiento de reintegro por alcance núm. A 46/07. (PD. 1967/2007). Por el presente se hace público, para dar cumplimiento a lo acordado por el Excmo. Sr. Consejero de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas por providencia de fecha tres de mayo de dos mil siete, dictada en el procedimiento de reintegro por alcance núm. A46/07, del Ramo de Corporaciones Locales (Ayuntamiento de Marbella), provincia de Málaga, que en dicho Tribunal se sigue juicio contable con motivo del presunto descubierto producido en los fondos públicos por valor de cuarenta y dos millones cuatrocientos ochenta y siete mil diez euros con cuarenta y seis céntimos ( ,46 ), como consecuencia de las irregularidades contables detectadas en la gestión económica financiera de la Sociedad Municipal «Gerencia de Compras y Contratación Marbella, S.L.», lo cual se hace saber con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable puedan comparecer en los autos personándose en forma dentro del plazo de nueve días. Madrid, 3 de mayo de El Letrado Secretario, Mariano F. Sola Fernández. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA EDICTO de 12 de marzo de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Almería (Antiguo Mixto núm. Diez), dimanante del procedimiento núm. 1110/2006. NIG: C Procedimiento: Divorcio Contencioso (N) 1110/2006. Negociado: CG. De: Doña María Chtcherbakova. Procurador: Sr. Barón Carrillo, David. Letrado: Sr. Ignacio Berenguel García. Contra: Don Francisco García Soler. EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En el procedimiento Divorcio Contencioso (N) 1110/2006 seguido en el Juzgado de 1.ª Instancia núm. Seis de Almería (Antiguo Mixto núm. Diez) a instancia de María Chtcherbakova contra Francisco García Soler, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue: SENTENCIA NÚM. 141/07 En Almería a doce de marzo de dos mil siete. En nombre de S.M. El Rey, pronuncia doña M.ª del Pilar Luengo Puerta, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera

88 Página núm. 88 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 Instancia número Seis de los de esta ciudad, en los autos de Juicio Declarativo Especial sobre Divorcio seguidos en el mismo, con el número 1.110/2006, a instancia de doña María Chtcherbakova representada por el Procurador Sr. Barón Carrillo y asistida por el Letrado Sr. Berenguel García, contra don Francisco García Soler, incomparecido en autos y declarado en situación de rebeldía procesal, en los que ha recaído la presente resolución con base en los siguientes: FALLO Que estimando la demanda de divorcio formulada por doña María Chtcherbakova, representada por el Procurador Sr. Barón Carrillo, frente a don Francisco García Soler, declarado en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro la disolución del matrimonio contraído por ambos litigantes el día 28 de julio de 2000, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración no procediendo la adopción de ninguna medida. Y todo ello, sin hacer expresa imposición de costas, por lo que cada parte abonará las causadas a su instancia y las comunes por mitad. Al notificar la presente resolución a las partes, hágaseles saber que contra la misma se podrá interponer recurso de apelación que se preparará ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde el siguiente a la notificación de la presente conforme a lo dispuesto en el artículo 457 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil. Una vez firme, comuníquese de oficio al Registro Civil en que conste inscrito el matrimonio de los litigantes, remitiéndose al efecto testimonio de la misma para la anotación correspondiente. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo. Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Ilma. Magistrada-Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha, doy fe. Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Francisco García Soler, extiendo y firmo la presente en Almería a doce de marzo de dos mil siete.- El Secretario. JUZGADOS DE LO SOCIAL EDICTO de 11 de mayo de 2007, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante del procedimiento núm. 946/2006. Procedimiento: Cantidad 946/2006 Negociado: A1 NIG: S De: D/D.ª Michael Kelvin Coy Hart Contra: D/D.ª The Iberian Times S.L. y Daniel Geoffrey Jeffreys EDICTO D/D.ª Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Núm Siete de Málaga. Hace Saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 946/2006, seguidos en este Juzgado a instancias de Michael Kelvin Coy Hart se ha acordado citar a The Iberian Times S.L. y Daniel Geoffrey Jeffreys como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 2 de julio de 2007 a las horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Hilera, Ed. Rialto, núm. 6-A, entreplanta, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de Confesión Judicial, con la advertencia que de no comparecer podrá ser tenido por confeso. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a The Iberian Times S.L. y Daniel Geoffrey Jeffreys. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y para su colocación en el tablón de anuncios. Málaga, 11 de mayo de El/la Secretario/a Judicial.

89 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm Anuncios 5.1. Subastas y concursos de obras, suministros y servicios públicos UNIVERSIDADES RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2007, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso de obras por procedimiento abierto y tramitación ordinaria. (PD. 1970/2007). 1. Entidad adjudicadora. a) Organismo: Universidad de Huelva. b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación. c) Número de expediente: O/08/ Objeto del contrato. a) Descripción del objeto: Obras de redistribución de espacios en ala izquierda de planta baja del Edificio Rectorado en el Campus de Cantero Cuadrado de la Universidad de Huelva. b) Plazo de ejecución: 3 meses. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación. a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4. Presupuesto base de licitación. Importe total: ,39 euros. 5. Garantías: 2% del presupuesto de licitación: 2.347,27 euros. 6. Obtención de documentación e información. a) Entidad: Universidad de Huelva. b) Domicilio: C/ Dr. Cantero Cuadrado, 6. c) Localidad y código postal: Huelva, d) Teléfonos: y /55. e) Fax: El Pliego de Cláusulas Administrativas, proyecto y prescripciones técnicas podrán retirarlo en la Copistería de la Facultad de Ciencias de la Educación (Pabellón núm. 3), en Avda. de las Fuerzas Armadas, s/n, Campus de El Carmen, teléfono , de Huelva, o se podrá consultar en la página web de la Universidad en la siguiente dirección: en Gestión y Administración General, apartado de contratación. 7. Requisitos específicos del contratista: Los especificados en los Pliegos. 8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación. a) Fecha límite de presentación: Veintiséis días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOJA. b) Documentación a presentar: La especificada en los Pliegos. c) Lugar de presentación: Se presentarán en el Registro General de la Universidad de Huelva, C/ Dr. Cantero Cuadrado, 6, de 9 a 14 horas y de lunes a viernes; si el plazo de presentación terminara en sábado, estaría abierto el Registro General en el mismo horario. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: 3 meses. 9. Apertura de las ofertas. a) Entidad: Universidad de Huelva. b) Domicilio: C/ Dr. Cantero Cuadrado, 6. c) Localidad: Huelva. d) Fecha: Se efectuará por la Mesa de Contratación, en acto público, dentro de los diez días hábiles siguientes a la calificación de los documentos presentados en tiempo y forma. Si fuera sábado, se trasladaría al lunes. e) El lugar, día y hora de apertura se publicarán en el tablón de anuncios de la Sección de Contratación. 10. Otras informaciones: Si el último día de presentación de ofertas fuera inhábil, se ampliaría el plazo al siguiente día hábil. 11. Gastos de anuncios: El importe de este anuncio será por cuenta de la empresa adjudicataria. Huelva, 2 de mayo de El Rector, Francisco J. Martínez López. RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2007, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso de servicio por procedimiento abierto y tramitación ordinaria. (PD. 1969/2007). 1. Entidad adjudicadora. a) Organismo: Universidad de Huelva. b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación. c) Número de expediente: SE/06/ Objeto del contrato. a) Descripción del objeto: Servicio de mantenimiento de las instalaciones de electricidad baja y alta tensión y contra incendios de la Universidad de Huelva. b) Lugar de ejecución: Universidad de Huelva. c) Plazo de ejecución: 12 meses. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación. a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4. Presupuesto base de licitación o canon de explotación. Presupuesto de licitación: ,65 euros. 5. Garantías. 2% del presupuesto de licitación: 1.610,43 euros. 6. Obtención de documentación e información. a) Entidad: Universidad de Huelva. b) Domicilio: C/ Dr. Cantero Cuadrado, 6. c) Localidad y Código Postal: Huelva, d) Teléfonos: / /55. e) Fax: El Pliego de Cláusulas Administrativas y prescripciones técnicas podrán retirarlo en la Copistería de la Facultad de Ciencias de la Educación (Pabellón núm. 3), en Avda. de las Fuerzas Armadas, s/n, Campus de El Carmen, teléfono , de Huelva, o se podrá consultar en la página web de la Universidad en la siguiente dirección: en Gestión y Administración General, apartado de contratación. 7. Requisitos específicos del contratista. Los especificados en los Pliegos. 8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación. a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOJA. b) Documentación a presentar: La especificada en los Pliegos. c) Lugar de presentación: Se presentarán en el Registro General de la Universidad de Huelva, C/ Dr. Cantero Cuadrado, 6, de 9 a 14 horas y de lunes a viernes; si el plazo de

90 Página núm. 90 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 presentación terminara en sábado, estaría abierto el Registro General en el mismo horario. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: 3 meses. 9. Apertura de las ofertas. a) Entidad: Universidad de Huelva. b) Domicilio: C/ Dr. Cantero Cuadrado, 6. c) Localidad: Huelva. d) Fecha: Se efectuará por la Mesa de Contratación, en acto público dentro de los 10 días hábiles siguientes a la calificación de los documentos presentados en tiempo y forma. Si fuera sábado, se trasladaría al lunes. e) El lugar, día y hora de apertura se publicarán en el tablón de anuncios de la Sección de Contratación. 10. Otras informaciones: Si el último día de presentación de ofertas fuera inhábil, se ampliaría el plazo al siguiente día hábil. 11. Gastos de anuncios: El importe de este anuncio será por cuenta de la empresa adjudicataria. Huelva, 3 de mayo de El Rector, Francisco J. Martínez López AYUNTAMIENTOS ANUNCIO de 14 de marzo de 2007, del Ayuntamiento de Aracena, de inicio expedientes adquisición cuatro equipos contenedores soterrados y restauración para la recuperación y puesta en valor Esculturas Maca. (PP. 1068/2007). Don Manuel Guerra González, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad de Aracena. Huelva. Hace saber: Que la Junta de Gobierno Local, reunida en sesión ordinaria, el día 12 de marzo de 2007, adoptó, entre otros, los acuerdos de proceder al inicio de los siguientes expedientes, por separado: Objeto del contrato: a) Adquisición de cuatro equipos de contenedores soterrados, por concurso público, ordinario y abierto, cuyo tipo de licitación es de ,03, con IVA incluido. b) Restauración para la recuperación y puesta en valor de las esculturas existentes en el Museo de Arte Contemporáneo al Aire Libre «Andalucía» de esta Ciudad de Aracena, por concurso público, ordinario y abierto, cuyo tipo de licitación es de ,00, con IVA incluido. Fianza provisional: 2% de las cuantías previstas como tipo de licitación, para cada expediente. Plazo de ejecución: Un mes, a contar de la firma del contrato Ṗresentación proposiciones: En el Registro General de este Excmo. Ayuntamiento, de 8,00 a 15,00 horas, en el plazo de quince días naturales, a contar del siguiente a la publicación de los Edictos correspondientes en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Tablón de Anuncios Municipal. De coincidir este último día, con sábado, domingo o una festividad, se trasladará al día siguiente hábil, hasta las 14,00 horas del mismo. Los Pliego de Condiciones Particulares y el de Prescripciones Técnicas en el caso de la restauración de esculturas, se encuentran a disposición de todas las personas interesadas en la Entidad Copysierra, sita en la calle Monasterio de la Rábida de esta Ciudad de Aracena, teléfono Información: Secretaría General del Excmo. Ayuntamiento, en la Plaza de Santa Catalina, s/n, Aracena (Huelva), teléfono , fax Lo que se hace público, para general conocimiento, en esta Ciudad de Aracena, 14 de marzo de EMPRESAS PÚBLICAS ANUNCIO de 10 de mayo de 2007, de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, sobre la adjudicación del contrato expediente de contratación de la obras contenidas en el proyecto de reurbanización de las calles José Espronceda, Antonio Machado, Ronda Luis de Góngora e Interiores versión marzo de 2007 en Algeciras (Cádiz). 1. Entidad contratante: Empresa Pública de Suelo de Andalucía (EPSA). Empresa Pública de la Junta de Andalucía, adscrita a la Consejería de Obras Públicas y Transportes. 2. Objeto del contrato. a) Tipo de contrato: Obras. b) Descripción: Expte. núm. 2007/1136. Expediente de contratación de las obras contenidas en el proyecto de reurbanización de las calles José Espronceda, Antonio Machado, Ronda Luis de Góngora e interiores versión marzo 2007 en Algeciras (Cádiz). 3. Procedimiento y forma de adjudicación. a) Procedimiento: Negociado sin publicidad. b) Forma: Causa de imperiosa urgencia. 4. Presupuesto de licitación: Dos millones ciento noventa y nueve mil setenta euros con cincuenta céntimos ( ,50 euros), IVA incluido. 5. Adjudicación. a) Fecha: 4 de mayo de b) Contratista: Vías y Construcciones, S.A. c) Importe de adjudicación: ,50 euros (dos millones ciento noventa y nueve mil setenta euros con cincuenta céntimos). Sevilla, 10 de mayo de El Director, Francisco Espinosa Gaitán. ANUNCIO de 10 de mayo de 2007, de la Empresa Pública para el Desarrollo Agrario y Pesquero de Andalucía, S.A., de licitación de concurso público, procedimiento abierto, para la contratación de los trabajos de ejecución de obras de urbanización del Parque Tecnoalimientario de Vélez-Málaga (Málaga) (Expte /2). (PD. 1975/2007). 1. Entidad adjudicadora. a) Organismo: Empresa Pública para el Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A. b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio Jurídico y de Contratación. c) Número de expediente: 80002/2. 2. Objeto del contrato. a) Descripción: Trabajos de ejecución de obras de urbanización del Parque Tecnoalimentario de Vélez-Málaga (Málaga). b) Lugar de ejecución: Término municipal de Vélez-Málaga (Málaga). c) Plazo de ejecución: 18 meses. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación. a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto.

91 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 91 c) Forma: Concurso público. 4. Tipo de licitación: ,21 euros, más el IVA correspondiente. 5. Garantías. a) Provisional: 2% conforme al Pliego de Condiciones Particulares de la licitación. b) Definitiva: 4% del importe de licitación. 6. Obtención de la documentación e información. a) Entidad adjudicadora: Empresa Pública para el Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A. b) Domicilio: C/ Bergantín, núm. 39, 41012, Sevilla. c) Teléfono: Fax: d) C. electrónico: sjc@dap.es, web: 7. Requisitos específicos del contratista. a) Clasificación, en su caso: De acuerdo al Pliego de Condiciones Particulares de la licitación. b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica: Véase lo establecido en el Pliego de Condiciones Particulares de la licitación. 8. Presentación de ofertas. a) Fecha límite: 14,00 horas del día 2 de julio de b) Documentación a presentar: Véase lo establecido en el Pliego de Condiciones Particulares de la licitación. c) Lugar de presentación: Véase lo establecido en el Pliego de Condiciones Particulares de la licitación. 9. Apertura de ofertas. a) Entidad: Empresa Pública para el Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A. b) Domicilio: C/ Bergantín, núm. 39. c) Localidad: Sevilla. d) Fecha y hora: A las 11,00 horas del día 13 de julio de Previamente a la apertura de ofertas, la Mesa de Contratación podrá reunirse el segundo día hábil posterior al cierre de admisión de ofertas para la apertura del sobre B (documentación general), no siendo esta sesión pública. Se informará de las omisiones o defectos que deban las empresas licitadoras subsanar, quienes dispondrán del plazo de tres días hábiles. para la mencionada subsanación. Las ofertas deberán presentarse en castellano. 10. Fecha de envío del anuncio al «Diario Oficial de la Unión Europea»: 10 de mayo de Gastos de anuncios de licitación y adjudicación: Serán por cuenta de la empresa adjudicataria. Sevilla, 10 de mayo de El Consejero Delegado, Manuel Sánchez Jurado. 4. Presupuesto de licitación del proyecto: Trescientos sesenta mil euros ( ), IVA incluido. Presupuesto de licitación de la dirección de obra: Cuatrocientos cincuenta y cuatro mil setecientos treinta y ocho euros con treinta y dos céntimos ( ,32), IVA incluido. 5. Garantías: No. 6. Obtención de documentación e información: Gestión de Infraestructuras de Andalucía, S.A. (GIASA). a) Domicilio: Avenida Diego Martínez Barrio, núm. 10, Registro General. b) Localidad y Código Postal: Sevilla c) Teléfono: Fax: Presentación de las ofertas. a) Fecha límite de presentación: Hasta las 12,00 h del día 9 de julio de b) Documentación a presentar: La indicada en el Pliego de Cláusulas Particulares. c) Lugar de presentación: Gestión de Infraestructuras de Andalucía, S.A. (GIASA). Domicilio: Avenida Diego Martínez Barrio, núm. 10, Registro General, 41013, Sevilla. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Seis meses desde la fecha del acta de apertura económica. e) Admisión de variantes: No se admiten. 8. Apertura de la oferta económica: Tendrá lugar en la Avenida Diego Martínez Barrio, núm. 10. Se indicará oportunamente por GIASA la fecha de la apertura. 9. Otras informaciones: Los ofertantes que presenten certificación de estar inscritos en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía quedarán exentos de aportar la documentación administrativa que se incluye en el sobre núm. 1, a excepción, en su caso, de las garantías, así como de compromiso de constitución de UTE. Todo ello de conformidad con lo establecido en el Decreto 189/97, de 22 de julio, por el que se crea el mencionado Registro, publicado en el BOJA núm. 94, de 14 de agosto. Esta actuación está financiada con fondos de la Unión Europea. 10. Gastos de anuncios: Los gastos de los anuncios serán satisfechos por el adjudicatario. 11. Fecha de envío del anuncio al DOUE: 15 de mayo de Sevilla, 15 de mayo de El Director de Secretaría General, José Luis Nores Escobar. ANUNCIO de 15 de mayo de 2007, de Gestión de Infraestructuras de Andalucía, S.A., de licitación de concurso de proyecto y opción a dirección de obra de ensanche y mejora de la carretera A-405, tramo: Jimena de la Frontera a Castellar de la Frontera. (PD. 1988/2007). 1. Entidad contratante: Gestión de Infraestructuras de Andalucía, S.A. (GIASA). Empresa Pública de la Junta de Andalucía, adscrita a la Consejería de Obras Públicas y Transportes. 2. Objeto del contrato. a) Descripción: Expediente: C-CA1056/PPR0. Redacción de proyecto y opción a dirección de obra de ensanche y mejora de la carretera A-405, tramo: Jimena de la Frontera a Castellar de la Frontera. b) Lugar de ejecución: Provincia de Cádiz. Comunidad Autónoma de Andalucía. España. c) Plazo del proyecto: 12 meses. 3. Procedimiento y forma de adjudicación. a) Procedimiento: Abierto. b) Forma: Concurso. ANUNCIO de 9 de mayo de 2007, del Turismo Andaluz, S.A., de adjudicación de la contratación, de la prestación de servicios consistente en la asistencia en la organización y coordinación de la promoción itinerante en centros de gran afluencia de público. 1. Entidad adjudicadora: Turismo Andaluz, Sociedad Anónima. 2. Objeto del contrato: Contratación de la prestación de servicios consistente en la asistencia en la organización y coordinación de la promoción itinerante en centros de gran afluencia de público. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación. a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4. Presupuesto máximo de licitación: euros, IVA incluido. 5. Adjudicación y valor de los contratos Contrato único. a) Fecha de adjudicación: 26 de abril de 2007.

92 Página núm. 92 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 b) Empresa adjudicataria: DEC Comunicación, Sociedad Anónima. c) Dirección: C/ Tuset, núm. 5, 11, E08006, Barcelona. d) Precio del contrato: euros, IVA incluido. 6. Contratación financiada por el Programa Operativo Integrado de Andalucía Fecha de envío del anuncio al «Diario Oficial de las Comunidades Europeas»: 27 de abril de Fecha de envío del anuncio al «Boletín Oficial del Estado»: 4 de mayo de Málaga, 9 de mayo de El Consejero Delegado, A. Manuel Gutiérrez Ruiz. ANUNCIO de 9 de mayo de 2007, de Turismo Andaluz, S.A., de adjudicación de la contratación, de la prestación de servicios consistente en la asistencia en la organización y coordinación de la promoción itinerante «Andalucía en movimiento». 1. Entidad adjudicadora: Turismo Andaluz, Sociedad Anónima. 2. Objeto del contrato: Contratación de la prestación de servicios consistente en la asistencia en la organización y coordinación de la promoción itinerante «Andalucía en movimiento». 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación. a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4. Presupuesto máximo de licitación: euros, IVA incluido. 5. Adjudicación y valor de los contratos Contrato único: a) Fecha de adjudicación: 26 de abril de b) Empresa adjudicataria: Comunicació Amida, Sociedad Limitada. c) Dirección: Calle Vía Augusta, número 13, E08006, Barcelona. d) Precio del contrato: euros, IVA incluido. 6. Contratación financiada por el Programa Operativo Integrado de Andalucía Fecha de envío del anuncio al «Diario Oficial de las Comunidades Europeas»: 2 de mayo de Fecha de envío del anuncio al Boletín Oficial del Estado»: 4 de mayo de Málaga, 9 de mayo de El Consejero Delegado, A. Manuel Gutiérrez Ruiz. EMPRESAS RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2007, del Consorcio Escuela de Hostelería de Cádiz por la que se anuncia la contratación del servicio de limpieza en la Escuela de Hostelería de Cádiz, por el procedimiento de concurso abierto y tramitación ordinaria. (PP. 1728/2007). 1. Entidad adjudicadora. a) Organismo: Consorcio Escuela de Hostelería de Cádiz. b) Dependencia que tramita el expediente: Gerencia del Consorcio Escuela de Hostelería de Cádiz. c) Número de expediente: LIMP-01/ Objeto del contrato. a) Descripción del objeto: Servicio de Limpieza de la Escuela de Hostelería de Cádiz. b) Plazo de ejecución: Del 1 de julio de 2007 al 31 de junio del Tramitación, procedimiento y adjudicación. a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4. Presupuesto base de licitación. Importe total: ,00 euros. 5. Garantía provisional: 1.970,00 euros. 6. Obtención de documentación. a) Entidad: Escuela de Hostelería de Cádiz. b) Domicilio: Alameda Marqués de Comillas, 2. e) Localidad y Código Postal: Cádiz, c) Teléfono: d) Fecha límite de obtención de documentación e información: Hasta la finalización de plazo. 7. Presentación de ofertas. a) Fecha límite de presentación: Hasta las 14,00 horas del decimotercer día natural, contado a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOJA. Si dicho día fuese sábado o inhábil, el plazo finalizará el día siguiente hábil. b) Documentación a presentar: La indicada en la Cláusula Octava del PCAP. c) Lugar de presentación: Entidad: Escuela de Hostelería de Cádiz. Domicilio: Alameda Marqués de Comillas, 2 Localidad y Código Postal: Cádiz d) No se admitirá la presentación de variantes o alternativas a las establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas. 8. Aperturas de las ofertas. a) Entidad: Escuela de Hostelería de Cádiz. b) Domicilio: Alameda Marqués de Comillas, 2. c) Fecha y hora: La apertura de proposiciones se realizará por la Mesa de Contratación a las 12,00 horas del tercer día hábil siguiente a aquel en que termine el plazo de presentación de proposiciones en la sede de la Escuela de Hostelería de Cádiz. Si dicho día fuese sábado, la apertura se realizará a la misma hora del siguiente día hábil. 9. Gastos de anuncios: Los gastos de inserción del presente anuncio serán de cuenta del adjudicatario. Cádiz, 25 de abril de El Presidente, Juan M. Bouza Mera. ANUNCIO de 20 de abril de 2007, de la Comunidad de Regantes Nuestra Señora de Gracia, de concurso de obras. (PP. 1531/2007). Objeto: Proyecto de modernización de la estación de bombeo e instalación de contadores de la Comunidad de Regantes «Nuestra Señora de Gracia». Procedimiento de adjudicación: Abierto bajo la forma de concurso sin variantes. Presupuesto de licitación: ,11 (IVA incluido). Garantía provisional: 3.344,51. Órgano de contratación: Comunidad de Regantes «Nuestra Señora de Gracia». Disponibilidad de la documentación: En la oficina de la Consultora de Proyectos de Ingeniería, Hernández-Carrillo Ingeniería, S.L., situada en la Avda. Agrupación Córdoba, núm. 19, nave 4-B (Parque Empresarial de Pedroches), en Córdoba (C.P ). Telf.: a) Pliego de Contratación. b) Proyecto.

93 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 93 Presentación de las ofertas: Hasta las 13,00 h de los 26 días naturales de su publicación en el BOJA en la oficina de Hernández-Carrillo Ingeniería S.L., situada en la Avda. Agrupación Córdoba, núm. 19, nave 4-B (Parque Empresarial de Pedroches), en Córdoba (C.P ). Siempre que no coincida con sábado o festivo, que en su caso será el día laborable inmediatamente posterior. Apertura de las ofertas: Una vez transcurridos siete (7) días desde la presentación de las ofertas y a partir de las 12,00 horas, se procederá a la apertura del sobre A (oferta económica) en el Ayuntamiento de Isla Redonda-La Aceñuela (Sevilla). Financiación: Inversión financiada a través del Decreto 236/2001, por la Consejería de Agricultura y Pesca y por la Unión Europea a través del FEOGA. Pendiente de Resolución. Publicidad: El importe de este anuncio será por cuenta del adjudicatario. Isla Redonda, 20 de abril de Agustín Álvarez de Sotomayor Reina. ANUNCIO de 16 de abril de 2007, del Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz, de licitación (Expte. núm. 15 O/07_C). (PP. 1536/2007). 1. Entidad adjudicadora. a) Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz. b) Número expediente: 15 O/07_C. 2. Objeto del contrato: Contratación conjunta de la elaboración de Proyecto y Ejecución de obras de reforma de la Terminal Marítima Metropolitana de Cádiz perteneciente al servicio marítimo regular del Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación. a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4. Presupuesto base de licitación. Importe total: Un millón ochocientos noventa y cinco mil setecientos treinta y dos euros ( euros), máximo, IVA incluido. 5. Garantía provisional: Treinta y siete mil novecientos catorce euros con sesenta y cuatro céntimos (37.914,64 euros). 6. Obtención de documentación e información. a) Entidad: Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz. b) Domicilio: Edificio Glorieta, planta 2.ª, módulo 2.3, Zona Franca. c) Localidad y código postal: Cádiz, d) Teléfono: e) Página Web: f) Fecha límite para obtención de documentos e información: El día de finalización del plazo de presentación de ofertas. 7. Presentación de las ofertas. a) Fecha límite de presentación: Hasta las 14 horas del día 4 de junio de b) Documentación a presentar: Según se indica en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. c) Lugar de presentación: - Entidad: Registro General del Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz. De lunes a viernes, de 9 a 14 horas. - Domicilio: Edificio Glorieta, planta 2.ª, módulo 2.3, Zona Franca. - Localidad y código postal: Cádiz, d) Admisión de variantes: No. 8. Apertura de las ofertas. a) Entidad: Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz. b) Domicilio: Edificio Glorieta, planta 2.ª, módulo 2.3, Zona Franca. c) Localidad: Cádiz. d) Fecha: 18 de junio de e) Hora: 10,30 horas en la sede del Consorcio. 9. Gastos de los anuncios: Por cuenta del adjudicatario. Cádiz, 16 de abril de El Director Gerente, P.A., la Directora de Servicios Generales, Concepción Parra Sesé. ANUNCIO de 17 de abril de 2007, del Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz, de licitación (Expte. núm. 26CA/07_C). (PP. 1537/2007). 1. Entidad adjudicadora. a) Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz. b) Número expediente: 26CA/07_C. 2. Objeto del contrato: Consultoría y asistencia para la redacción del «Plan Director para Fomento del Transporte en Bicicleta en la Bahía de Cádiz». 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación. a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4. Presupuesto base de licitación. Importe total: Noventa mil euros ( euros), máximo, IVA incluido. 5. Garantía provisional: Mil ochocientos euros (1.800 euros). 6. Obtención de documentación e información. a) Entidad: Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz. b) Domicilio: Edificio Glorieta, planta 2.ª, módulo 2.3, Zona Franca. c) Localidad y código postal: Cádiz, d) Teléfono: e) Página web: f) Fecha límite para obtención de documentos e información: El día de finalización del plazo de presentación de ofertas. 7. Presentación de las ofertas. a) Fecha límite de presentación: Hasta las 14 horas del vigésimo primer día natural siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOJA. Si dicho día fuese festivo o sábado, el plazo finalizará a las 14 horas del siguiente día hábil. b) Documentación a presentar: Según se indica en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. c) Lugar de presentación: - Entidad: Registro General del Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz. De lunes a viernes, de 9 a 14 horas. - Domicilio: Edificio Glorieta, planta 2.ª, módulo 2.3, Zona Franca. - Localidad y Código Postal: Cádiz, d) Admisión de variantes: No. 8. Apertura de las ofertas. a) Entidad: Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz. b) Domicilio: Edificio Glorieta, planta 2.ª, módulo 2.3, Zona Franca. c) Localidad: Cádiz. d) Fecha: El décimo día hábil siguiente al de la terminación del plazo de presentación de proposiciones. Si la fecha de apertura coincidiese en sábado, se trasladará a la misma hora del siguiente día hábil. e) Hora: 10 horas. 9. Gastos de los anuncios: Por cuenta del adjudicatario. Cádiz, 17 de abril de El Director Gerente, Manuel Moreno Piquero.

94 Página núm. 94 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo Anuncios 5.2. Otros anuncios CONSEJERÍA DE GOBERNACIÓN ANUNCIO de 11 de mayo de 2007, de la Delegación del Gobierno de Huelva, Comisión Provincial de Valoraciones, por el que se notifica acuerdo de valoración en procedimiento de determinación del justiprecio. En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica al interesado que se relaciona el acto administrativo que se indica, para cuyo conocimiento íntegro podrá comparecer en el plazo de diez días hábiles, ante la Comisión Provincial de Valoraciones, con sede en la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva, Sanlúcar de Barrameda, núm. 3. Interesado: Don Lorenzo Pérez Montero (representante de «Aceituneros de Salteras, S.L.»). Expediente: CPV-53/2006. Acto notificado: Acuerdo de valoración en el procedimiento de determinación de justiprecio, adoptado por la Comisión Provincial de Valoraciones en sesión celebrada el día 17 de abril de 2007 a los efectos que establece el artículo 16 del Decreto 85/2004, de 2 de marzo (BOJA núm. 52, de ). Contra el citado acto de la Comisión Provincial de Valoraciones que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente Resolución o potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, ante la Comisión Provincial de Valoraciones. Huelva, 11 de mayo de El Delegado del Gobierno, Justo Mañas Alcón. CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se hacen públicas Subvenciones concedidas al amparo de la Orden que se cita, por la que se regula el Programa Andaluz para el Fomento de la Economía Social. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, esta Delegación Provincial de Cádiz ha resuelto dar publicidad a las subvenciones concedidas con cargo al Programa Presupuestario 72A y al amparo de la Orden de 29 de marzo de 2001, por la que se regula el Programa Andaluz para el Fomento de la Economía Social. Programa: Fomento del Empleo Asociado. Expediente: RS.005.CA/06. Beneficiario: Grúas Kozur, S.L.L Municipio: San Roque. Importe: 3.000,00. Expediente: RS.025.CA/06. Beneficiario: Taller de Mecánica y Pintura Arana Motor, S.L.L. Municipio: El Puerto Santa María. Importe: 3.000,00. Cádiz, 25 de abril de La Delegada, Angelina M.ª Ortiz del Río. RESOLUCIÓN de 26 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se hacen públicas Subvenciones concedidas al amparo de la Orden que se cita, por la que se regula el Programa Andaluz para el Fomento de la Economia Social. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, esta Delegación Provincial de Cádiz ha resuelto dar publicidad a las subvenciones concedidas con cargo al Programa Presupuestario 72A y al amparo de la Orden de 29 de marzo de 2001, por la que s regula el Programa Andaluz para el Fomento de la Economía Social. Programa: Fomento del Empleo Asociado. Expediente: RS.032.CA/06. Beneficiario: Casfer Construcciones y Reformas, S.L.L. Municipio: San Fernando. Importe: 9.000,00. Cádiz, 26 de abril de La Delegada, Angelina M.ª Ortiz del Río. RESOLUCIÓN de 19 de marzo de 2007, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se hace pública la relación de incentivos concedidos al amparo de la Orden que se cita. Ver esta disposición en fascículo 2 de 2 de este mismo número ANUNCIO de 26 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Cádiz, notificando trámite de audiencia del procedimiento administrativo de reintegro en el expediente que se relaciona, por algunos de los motivos previstos en el art. 112 de la L.G.H.P. de la Comunidad Autónoma Andaluza. De conformidad con los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, modificada por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, dada la imposibilidad de practicar las notificaciones del trámite de audiencia del procedimiento administrativo de reintegro correspondiente a la entidad que continuación se relaciona, en el último domicilio conocido, se le notifica, por medio de este anuncio. Entidad: Cerrajería Aluminsur, S.L.L. Dirección: Hijuela del Membrillar, s/n, 11405, Jerez de la Frontera (Cádiz). Núm. Expte.: RS.0038.CA/03-RT114/06.

95 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 95 Asunto: Notificación del trámite de audiencia del procedimiento administrativo de reintegro a dicha entidad de 26 de abril de Motivo: Incumplimiento de la obligación de la justificación de la subvención concedida. Asimismo, se les informa que a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, la entidad mencionada podrá alegar o presentar cuanta documentación estimen pertinente para justificar el correspondiente expediente en reintegro, según lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cádiz, 26 de abril de La Delegada, Angelina M.ª Ortiz del Río. ANUNCIO de 26 de febrero de 2007, de la Delegación Provincial de Córdoba, sobre solicitud del Permiso de Investigación nombrado «Termoarcilla», número (PP. 1162/2007). La Delegación Provincial de la Consejería de Innovación Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía en Córdoba, hace saber: Que la mercantil Procerán, S.A.U. solicita un Permiso de Investigación con el nombre de «Termoarcilla», para recursos de la Sección C), Arcillas, en los términos municipales de Aguilar de la Frontera, Montilla, Santaella, y Montalbán, en la provincia de Córdoba, con una extensión superficial de 67 cuadrículas mineras, a cuyo expediente le ha correspondido el número La designación por coordenadas geográficas referidas al meridiano de Greenwich es la siguiente: VÉRTICE MERIDIANO PARALELO Pp 4º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º º Lo que se hace público en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, y se expone en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos afectados, de acuerdo con lo ordenado en el artículo 70 del R.G.R.M., y lo previsto, a efectos ambientales, en el artículo 20 del Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el fin de que cuantos tengan la condición de interesados puedan personarse en el expediente dentro del plazo de quince días a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Las oposiciones o alegaciones habrán de presentarse en esta Delegación Provincial, calle Tomás de Aquino, núm. 1, 1.ª planta, de Córdoba. Córdoba, 26 de febrero de El Delegado, Andrés Luque García. ANUNCIO de 10 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Granada, de solicitud de concesión directa de explotación. (PP. 1494/2007). La Delegación Provincial en Granada de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa hace saber que ha sido solicitada la siguiente concesión directa de explotación y presentado el estudio de impacto ambiental correspondiente, con expresión del número, nombre, mineral, cuadrículas mineras y términos municipales: , «Futuro», Sección C) calcarenitas y molasas, una, Escúzar. Lo que se hace público a los efectos de los arts del Reglamento General para el Régimen de la Minería y 20 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, a fin de que todos aquellos que tengan la condición de interesados puedan personarse en el expediente dentro del plazo de 15 días hábiles a partir de la publicación de este anuncio en el BOE. Granada, 10 de abril de El Delegado, Alejandro Zubeldia Santoyo. ANUNCIO de 28 de marzo de 2007, de la Delegación Provincial de Sevilla, de la admisión definitiva de la solicitud de la concesión directa de explotación «San Marcos» núm (PP. 1360/2007). El Delegado Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa hace saber que ha sido admitida definitivamente la solicitud de la Concesión Directa de Explotación núm «San Marcos» que se indica a continuación: «San Marcos» núm , de diecisiete cuadrículas mineras para recursos de la sección C (calizas), en los términos municipales de Sevilla y La Rinconada. Titular: Áridos y Premezclados, S.A. (ARIPRESA). La designación en coordenadas geográficas referidas al meridiano de Greenwich es la siguiente: X Y Pp 5º º º º º º º º º º º º º º º º27 00

96 Página núm. 96 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 Así mismo y de conformidad con el art.20 del Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se somete al trámite de información pública el Estudio de Impacto Ambiental presentado por el titular, junto con el Proyecto de Explotación y Proyecto de Restauración, de la concesión directa de explotación núm «San Marcos». Lo que se hace público, de conformidad con lo establecido en el art. 70.1, del Reglamento General para el Régimen de la Minería, de 25 de agosto de Sevilla, 28 de marzo de El Delegado, Francisco Álvaro Julio. CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se cita a los propietarios afectados en el expediente de expropiación de la Obra Clave 2-HU «Obras complementarias. Variante de Lucena del Puerto en la A-486», para el levantamiento de actas previas a la ocupación. Por Resolución de la Dirección General de Carreteras de fecha 24 de enero de 2007 se ordenó la iniciación del expediente de expropiación de la obra clave: 2-HU «Obras Complementarias. Variante de Lucena del Puerto en la A-486», cuyo proyecto fue aprobado con fecha 24 de enero de Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el art de la Ley de Carreteras de Andalucía 8/2001, de 12 de julio, la Declaración de Urgente Ocupación está implícita en la Aprobación del Proyecto, a efectos de aplicación del procedimiento que regula el art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 y siguientes de su Reglamento para la ocupación de bienes y derechos afectados por la expropiación del citado proyecto. A tal efecto esta Delegación ha resuelto convocar a los titulares de derechos que figuran en la relación que se une como anexo a esta resolución para que comparezcan los días 20, 21, 22, 27 y 28 de junio de 2007 en el Ayuntamiento de Lucena del Levantamiento de Actas Previas a la Ocupación y trasladarse posteriormente al terreno si fuese necesario. Según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, durante el transcurso del acto se propondrá la adquisición de los bienes y derechos afectados de mutuo acuerdo. A dicho acto deberán asistir los propietarios o interesados, personalmente o por medio de Apoderado Notarial para actuar en su nombre, aportando los documentos registrales acreditativos de su titularidad y los recibos de los dos últimos años de contribución, pudiendo hacerse acompañar si lo estima oportuno de Perito o Notario. Asimismo, se hace constar, que a tenor de lo previsto en el art de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la norma segunda del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa el presente anuncio servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos, y aquellos respecto de quienes sea ignorado su paradero. Los interesados, así como las personas que siendo titulares de derechos o intereses directos sobre los bienes afectados, podrán formular alegaciones por escrito en el plazo de 15 días ante esta Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, en cumplimiento de lo establecido en el art º del reglamento, al objeto de subsanar posibles errores padecidos al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación, pudiendo examinar el plano parcelario y demás documentación. Huelva, 9 de mayo de El Delegado, Gabriel Cruz Santana. Término municipal: Lucena del Puerto. Lugar: Ayuntamiento. Hora: 10,00 a 14,00 Concepto: Levantamiento actas previas. Finca Políg. Parc. PROPIETARIO DIA c D. Luis Alfonso Reales Bravo 20 de junio de Dª Josefa Pérez Garrido y D. Vicente Pérez Garrido Dª Soledad Arozarena Ruesga D. Manuel Borrero Suárez D. Antonio Regidor Mora Dª Soledad Arozarena Ruesga Dª Emilia Regidor Beltrán Dª Mª Luz Contreras Beltrán Dª Lucía Moro Moreno D. Vicente Regidor Regidor Dª Vicenta Ojuelos Conde D. Vicente Moreno Moreno D. Manuel Vivas Ruíz 21 de junio de Dª Mª Rocío Suárez Borrero Hdros. de Dª. Vicenta Regidor Garrochena D. Prudencio Vivas Garrido Dª Vicenta y Dª. Mª Rocío Regidor Barroso Dª Mª Rocío Regidor Barroso D. José María Gómez Pérez Hdros. de D. Diego Gómez Garrido D. Prudencio Vivas Garrido D. José, D. Juan y D. Antonio Reyes Ponce b D. José Regidor Caballero D. Cristóbal Ojuelos Regidor Dª Mercedes Barroso Mora Dª Dolores y Dª. Antonia Ruiz Regidor Hdros. de D. José Conde Garrochena 22 de junio de D. Vicente Suárez Borrero 21 de junio de Hdros. de D. José Conde Garrochena 22 de junio de D. Agustín Beltrán Barroso a D. José Molina Reyes Hdros. de D. Diego Regidor Garrochena Dª Manuela Barroso Díaz y Dª. Fernanda Díaz Mora Hdros. de D. Juan Domínguez Regidor D. Manuel Borrero Suárez Dª Mª Luz Contreras Beltrán 20 de junio de D. Antonio Ruiz Ruesga 22 de junio de a Dª Francisca Palacios Díaz a Dª Josefa y D. Vicente Pérez Garrido 20 de junio de D. Eduardo y Dª. Adela Pérez Domínguez 22 de junio de Dª Mª Josefa Mora Regidor

97 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 97 Finca Políg. Parc. PROPIETARIO DIA a D. Eduardo y Dª. Adela Pérez Domínguez a Hdros. de D. Juan Domínguez Regidor a D. Francisco Garrochena Reyes a Hdros. de D. Diego Molina Barroso 27 de junio de Dª Mª Luz Garrochena Reyes Hdros. de D. Juan Orihuela García Hdras. de Dª María Molina Moreno Hdros. Dª Rosario Blanco Cantalapiedra D. Santiago Conde Bartomeu Dª Antonia, Dª. Carmen y D. Fermín Granados Caballero D. Vicente Regidor Regidor 20 de junio de D. Cristóbal Ojuelos Regidor 27 de junio de Hdros. de D. Vicente Regidor García y D. Bernardo Martín Crespo D. Juan Antonio Crespo Pérez D. Antonio Macías Borrero D. Antonio Guerrero Moro Dª Socorro Suárez Mora D. José Molina Moro Dª Margarita Torres Molina 28 de junio de D. Juan Moro Márquez Dª Pastora, Dª. Antonia y D. Antonio Ruiz Ruesga Hdros de D. Francisco Vivas Garrochena Hdros. de Dª Mercedes Moro Guijarro D. José Garrido Ponce Hdros. de D. Diego Moro Borrero Dª Teresa Rodríguez Galván D. José Reales Moro Hdros. de Diego Moro Borrero D. Juan Molina Reyes El Pilonar, Soc. Cooperativa Andaluza D. Manuel Regidor Martín D. Manuel Regidor Moro Dª Manuela Regidor Moro Dª Josefa Díaz Moro ANUNCIO de 7 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Almería, por el que se hace pública la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 19 de octubre 2006, recaída en el expediente PTO 118/06 sobre Modificación Puntual núm. 65 de las NNSS del municipio de Vera (Almería). Para general conocimiento se hace pública la Resolución que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería, en su sesión ordinaria de fecha 19 de octubre de 2006 adoptó en relación al expediente PTO- 118/06 sobre Modificación Puntual núm. 65 de las NNSS (relativa a las condiciones de densidad de viviendas y aparcamientos en suelo urbano) del municipio de Vera (Almería), siendo promotor el Ayuntamiento. Conforme establece el art de la ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se comunica que con fecha y con el número de registro 1984 se ha procedido al depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los bienes y Espacios Catalogados dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Transportes. En virtud de lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de: - La Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería de fecha 19 de octubre de 2006, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual núm. 65 de las NNSS del municipio de Vera (Almería), siendo promotor el Ayuntamiento. (Anexo I). - Las Normas Urbanísticas del referido instrumento de planeamiento. (Anexo II). ANEXO I Resolución. Reunida la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería, en sesión celebrada el día 19 de octubre de 2006, ha examinado el expediente núm. PTO- 118/06 sobre Modificación Puntual de Normas Subsidiarias (Densidad de Viviendas y Aparcamientos en Ordenanzas 1, 2 y 3) del municipio de Vera (Almería), siendo promotor el Ayuntamiento, resultando del mismo los siguientes HECHOS Objeto y descripción. El objeto de la modificación es establecer la densidad para las ordenanzas de suelo urbano 1, 2 y 3, así como criterios para prever plazas de aparcamiento. Normas Subsidiarias vigentes Modificación propuesta Parcela mínima Densidad Parcela mínima Densidad Ordenanza 1 Vera 350 m 2 1 viv./350 m 2 parcela 350 m 2 1 viv./350 m 2 parcela Ordenanza 1 Costa 350 m 2 2 viv./350 m 2 parcela 350 m 2 2 viv./350 m 2 parcela Ordenanza 2 Vera 125 m 1,25/125 m 2 2 viv./125 m 2 parcela (bifamiliar) 125 m 2 2 parcela (para parcela <300 m 2 ) Ordenanza 2 Vera 125 m 2 2 viv./125 m 2 parcela (bifamiliar) 125 m 2 libre (para parcela >300 m 2 ) Ordenanza 3 Vera Ordenanza 3 Vera 60 m 2 (calles < 9,00 m.) 80 m 2 (calles > 9,00 m.) 60 m 2 (calles < 9,00 m.) 80 m 2 (calles > 9,00 m.) libre 80 m 2 2 viv./80 m 2 parcela (para parcela <300 m 2 ) libre 80 m 2 libre (para parcela >300 m 2

98 Página núm. 98 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 Se deberá dotar de una plaza de aparcamiento por vivienda para el caso de las ordenanzas 1, 2 y 3. Se pueden prever la mitad de dichas plazas para casos concretos en los que existan limitaciones debido al tipo de calle, ancho de parcela o superficie de la misma. FUNDAMENTOS DE DERECHO I. COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTO I. El artículo 31.2.B.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía cohonestado con el artículo 10 del mismo cuerpo legal, establece que corresponde a la Consejería de Obras Públicas y Transportes: «La aprobación definitiva de los Planes Generales de Ordenación Urbanística, los Planes de Ordenación Intermunicipal y los Planes de Sectorización, así como sus innovaciones cuando afecten a la ordenación estructural»; previsión legal desarrollada por el art a) del Decreto 193/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, a cuyo tenor: «Corresponde a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo: aprobar los Planes Generales de Ordenación Urbanística y sus revisiones, así como las modificaciones cuando afecten a ordenación estructural y las adaptaciones que conlleven modificaciones del referido alcance». II. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre, regula en sus artículos 31, 32 y 33 las competencias y procedimiento para la formulación y aprobación de los instrumentos de planeamiento. II. VALORACIÓN La regulación de la obligatoriedad de plazas de aparcamientos para edificios de nueva planta estaba regulada en las Normas Subsidiarias vigentes en el art , en el que se indica que es obligatorio prever un numero de plazas de aparcamiento por vivienda, salvo que se exima dicha obligatoriedad si se justifica técnicamente su inviabilidad y esta es apreciada así por el Ayuntamiento. Por tanto, se propone su regulación de manera más objetiva y reglada. Para el caso de la densidad de viviendas, aun cuando no se indica expresamente en el expediente, las ordenanzas vigentes establecen en algún caso la densidad: - Para el caso de la ordenanza 1, tanto en el núcleo de Vera como en la Costa, se mantienen las condiciones de densidad, ya que sólo se permite 1 vivienda por parcela mínima de 350 m 2 o 2 en la costa, por lo que no se alteran las condiciones generales. - Para el caso de la ordenanza 2, sólo se prevé la tipología unifamiliar o bifamiliar en las Normas Subsidiarias vigentes, por lo que cabe entender que la densidad actual es de 2 viviendas de tipología bifamiliar en cada parcela mínima. Se propone que para parcelas de menos de 300 m 2 dicha densidad sea de 1,25 viviendas/parcela mínima, pero para el caso de parcelas superiores a 300 m 2, se libere, por lo que se está produciendo una aumento de densidad de viviendas. - Para el caso de la ordenanza 3, las actuales Normas Subsidiarias no determinan una correspondencia entre viviendas y tamaño de parcela, ni cuantificándolo ni por aplicación de una determinada tipología, por lo que su limitación para el caso de parcelas inferiores a 300 m 2 o el mantenimiento de la inexistencia de limitación no supone aumento de densidad. Por tanto, y como conclusión, la determinación de la densidad para los tres tipos de ordenanza se entiende ajustada a la legislación vigente, salvo para la ordenanza 2 y parcelas superiores a 300 m 2 en las que se produce un aumento de densidad, y por tanto un aumento de aprovechamiento lucrativo, incumpliéndose lo establecido en el art ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. En su virtud, La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo acuerda: 1.º La Aprobación Definitiva de la Modificación Puntual de Normas Subsidiarias (Densidad de Viviendas y Aparcamientos en Ordenanzas 1 y 3 del municipio de Vera (Almería). 2.º Denegar la aprobación definitiva en lo que se refiere a la Ordenanza 2 y parcelas superiores a 300 m 2. En virtud de lo preceptuado en el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, la publicación en BOJA de los acuerdos de aprobación definitiva de los instrumentos de planeamiento que correspondan a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, requiere el previo depósito en el registro del Ayuntamiento, así como en el de la Consejería de Obras Públicas y Transportes. Contra el apartado 1.º de la parte dispositiva de la presente resolución (acuerdo de aprobación definitiva), podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente resolución, tal y como prevé el artículo 22.4 del Decreto 193/2003, de 1 de julio, en relación con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Contra el apartado 2.º de la parte dispositiva de la presente resolución (acuerdo denegatorio), que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, bien directamente o a través de esta Delegación Provincial, ante la Titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente resolución, según se prevé en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Única del Decreto 202/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Transportes. Almería, 19 de octubre de Vº Bº El Vicepresidente, Luis Caparrós Mirón; el Secretario de la Comisión, Mariano Díaz Quero. 1. Antecedentes Promotor. La presente Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Vera se redacta a instancias del Excmo. Ayuntamiento de Vera, con domicilio en Plaza Mayor, núm. 1, de Vera (Almería) Planeamiento vigente Normas Subsidiarias de Planeamiento de Ámbito Municipal de Vera con Aprobación Definitiva el 19 de diciembre de 1991 (BOP de y ), y adaptación de las mismas al Texto Refundido de la Ley del Suelo (R.D. 1/1992, de 26 de junio) aprobada definitivamente el 20 de julio de Legislación urbanística aplicable. La redacción, tramitación y desarrollo de la presente Modificación Puntual de las NN.SS. de Vera se ajustará en lo especificado en las Leyes y Reglamentos siguientes: Ley 6/98, de 13 de abril, sobre el Régimen del Suelo y Valoraciones.

99 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 99 Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. - Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo. - Reglamento de Planeamiento Urbanístico. R.D /1978, de 23 de junio. - Reglamento de Gestión Urbanística. R.D /1978, de 25 de agosto. - Reglamento de Disciplina Urbanística. R.D /1978, de 23 de junio. 2. Objeto. El objeto de la presente Modificación Puntual es establecer con precisión la densidad de viviendas en los solares del Suelo Urbano Consolidado del núcleo urbano de Vera, en el ámbito de las ordenanzas 1, 2 y 3 de las Normas Subsidiarias vigentes. Esta modificación de las Normas Subsidiarias de Vera pretende, asimismo, distinguir y aclarar las tipologías preferentes de vivienda para cada una de las ordenanzas antes mencionadas, así como especificar las condiciones de dotación de plazas de aparcamiento por vivienda. 3. Conveniencia y oportunidad de la modificación puntual. La estructura urbana del núcleo de Vera se caracteriza, en general, por parcelas o solares medianeros de dimensiones no superiores a los 150 m 2 de superficie, cuya tipología de vivienda habitual era la casa unifamiliar alineada a fachada, que contaba con un patio trasero. De la eclosión demográfica y económica del municipio de Vera está resultando la regeneración del núcleo urbano de Vera, que ha permitido, por ejemplo, la puesta en valor del Casco Histórico de Vera. No obstante lo anterior, las Normas Subsidiarias vigentes no establecen una densidad máxima de viviendas para aquellos solares emplazados en el ámbito de aplicación de la ordenanza 3, características del núcleo urbano. Por otro lado, el artículo de las Normas Subsidiarias vigentes, relativo a aparcamientos, contiene suficientes indeterminaciones que, en correspondencia con la ausencia de limitación de la densidad de viviendas, hacen difícil su correcta aplicación. Al objeto de no menoscabar la conservación de las constantes tipológicas del núcleo urbano de Vera y su coherencia con el tejido urbano y la estructura de la propiedad existente, se propone la presente Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Vera, que fijará la densidad máxima de viviendas en el ámbito de las ordenanzas 1, 2 y 3, así como las condiciones objetivas de dotación de plazas de aparcamiento por vivienda. 4. Justificación legal. La Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en su artículo 10.1, apartados A, letra d, dispone lo siguiente: «Artículo 10. Determinaciones. 1. Los Planes Generales de Ordenación Urbanística establecen /o ordenación estructural del término municipal, que está constituida por la estructura general y por las directrices que resulten del modelo asumido de evolución urbana y de ocupación del territorio. La ordenación estructural se establece mediante las siguientes determinaciones: A) En todos los municipios: (...) d) Usos, densidades y edificabilidades globales para las distintas zonas del suelo urbano y para los sectores del suelo urbano no consolidado y del suelo urbanizable ordenado y sectorizado.» Al amparo del artículo arriba mencionado, y en virtud de la presente Modificación Puntual del planeamiento general vigente, se procede a concretar la densidad máxima de viviendas para el suelo urbano del núcleo de Vera, y a definir unas condiciones mínimas de aparcamientos, congruentes y proporcionadas con los criterios de densidad establecidos, y adecuadas a las necesidades colectivas de los habitantes de esta zona. 5. Contenido de la modificación puntual. Artículo único. «Condiciones de Densidad de Viviendas y Aparcamientos en el Suelo Urbano del Núcleo de Vera». 1. Salvo indicaciones expresas en los apartados siguientes, la densidad de viviendas en el ámbito de las Ordenanza 3 de las Normas Subsidiarias de Vera será libre siempre que se dote de una plaza de aparcamiento por vivienda en el propio edificio que se proyecta y la superficie del solar supere los 300 m 2 de superficie neta. 2. En caso de solares emplazados en el ámbito de aplicación de las Ordenanzas 1 y 2, y de aquellos solares emplazados en el ámbito de aplicación de la Ordenanza 3, cuya superficie sea menor a la referida en el apartado anterior (300 m 2 ), se seguirán las siguientes reglas: 2.a) Densidad máxima de viviendas y uso preferente. La densidad de viviendas se establece en relación a la parcela mínima que corresponde a cada ordenanza. ORDENANZA PARCELA MÍNIMA (m 2 ) DENSIDAD (Viv./parc.mínima 1- Núcleo Urbano Costa , (solar>300 m 2 v) El cálculo del número máximo de viviendas autorizable en un solar se realizará mediante la siguiente fórmula: Núm. viviendas = (Sn / Pm) x D. Donde: Sn = Superficie neta del solar. Pm = Parcela mínima. D = Densidad de viviendas. El redondeo del número resultante se realizará al entero inmediatamente superior o inferior, respecto a los dos primeros decimales del resultado. Ejemplo: Solar de 250 m 2 en el ámbito de la Ordenanza 3 Núm. viv = (Sn / Pm) x D = (250 / 80) x 2 = 6,25 viviendas = 6 viviendas. 2.b) Dotación obligatoria de plazas de aparcamiento. 2.b.1. Todo proyecto de edificio de viviendas de nueva planta en el ámbito de las Ordenanzas 1, 2 y 3 estará obligado a incluir, para la obtención de la licencia de obras, plazas de garaje o aparcamiento en el propio edificio en igual número que las viviendas obtenidas o proyectadas en razón del cálculo del apartado 2.a. anterior. 2.b.2. Se podrán prever la mitad de plazas de aparcamiento obligatorias dentro del propio edificio proyectado, en aquellas parcelas o solares emplazados en el ámbito de aplicación de la Ordenanza 3, en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias: - Que den frente a una calle con calzada sin tráfico rodado, o siendo rodado tengan anchura entre alineaciones opuestas inferior a 4,50 metros. - Que el ancho de fachada de la parcela sea igual o inferior a 6,00 metros.

100 Página núm. 100 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo Aquellas cuya superficie neta de parcela no alcance los 300 metros cuadrados. 2.b.3. Se eximirá la reserva de plazas de aparcamiento en aquellos solares ubicados en el ámbito de aplicación de la Ordenanza 3, siempre que su superficie sea inferior a los 150 metros cuadrados, se construya una única vivienda y se destine la planta baja del edificio a uso terciario. 6. Disposición transitoria. La presente normativa será de aplicación a todos aquellos expedientes que aún habiéndose iniciado con anterioridad a la entrada en vigor de la misma, no haya transcurrido el plazo legal para su resolución. 7. Procedimiento. Para la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Vera relativa a las Condiciones de Densidad de Viviendas y Aparcamientos en el Suelo Urbano del Núcleo de Vera, se seguirá el procedimiento establecido en los artículos 36 y siguientes de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y en los artículos 91 y siguientes del Reglamento de Planeamiento. Almería, 7 de mayo de El Delegado, Luis Caparrós Mirón. ANUNCIO de 14 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Almería, por el que se hace pública la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de fecha 17 de septiembre 2003, recaída en el expediente PTO 100/03 sobre Modificación de NN.SS., Sector S-1 y S-2 del municipio de Tabernas (Almería). Para general conocimiento se hace pública la Resolución que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería, en su sesión ordinaria de fecha 17 de septiembre de 2003 adoptó en relación al expediente PTO 100/03 sobre Modificación de Normas Subsidiarias, Sector S1 y S2 del municipio de Tabernas (Almería), siendo promotor el Ayuntamiento (a instancias de Fórum Cerámicas, S.L.). Conforme establece el art de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se comunica que con fecha , y con el número de registro 1944 se ha procedido al depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los bienes y Espacios Catalogados dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Transportes. En virtud de lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de: - La Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería de fecha 17 de septiembre de 2003, por la que se aprueba definitivamente la Modificación de Normas Subsidiarias, Sector S1 y S2 del municipio de Tabernas a (Almería) (Anexo I). - Las Normas Urbanísticas del referido instrumento de planeamiento (Anexo II). ANEXO I RESOLUCIÓN Reunida la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería en sesión celebrada el día 17 de septiembre de 2003, ha examinado el expediente PTO 100/03 sobre Modificación de Normas Subsidiarias, Sector S1 y S2, del municipio de Tabernas (Almería), promovido por el Ayuntamiento (a instancias de Fórum Cerámicas, S.L.), resultando del mismo los siguientes HECHOS I. Objeto y descripción. El objeto del expediente es modificar las Normas Subsidiarias en el ámbito de los Sectores S1 y S2 en los siguientes aspectos: Subdividir el Sector S2 en dos subsectores, el S2a y S2b. Cambiar el uso industrial del Sector S1 por residencial. Unificar los Sectores S1 y S2a con uso residencial. Establecimiento de un vial estructurante que ordena los sectores resultantes: Sector S1-S2a y Sector S2b. Normas Subsidiarias vigentes Modificación propuesta Sector S1 Sector S2 Sector S1-S2a Sector S2b Superficie m² m² m² m² Uso Industrial Residencial Residencial Residencial Usos permitidos Industrial, comercial, terciario y vivienda residencial Industrial (2.ª, 3.ª, 4.ª) y Residencial y compatibles Industrial (2.ª, 3.ª, 4.ª) y residencial Aprov. medio 0,4 m²/m² 0,4 m²/m² 0,4 m²/m² 0,4 m²/m² Cesiones E.Libre m² Regl. Planeamiento Regl. Planeamiento Equip m² Regl. Planeamiento Desarrollo Plan Parcial Plan Parcial Plan Parcial Nº máx. viv Se determinan ordenanzas para el Sector S1-S2a Los parámetros del Sector S2b quedan igual que en las Normas Subsidiarias, aunque con menor superficie. FUNDAMENTOS DE DERECHO I. Competencia y procedimiento. Al afectar la modificación del instrumento de planeamiento a la ordenación estructural, es de aplicación el art de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), en relación con el artículo 13.2.a) del Decreto 193/2003, de 1 de julio, que asigna específicamente a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, como órgano dependiente jerárquicamente del Consejero, la competencia para la aprobación definitiva. En lo que se refiere al procedimiento, resulta de aplicación el establecido en la LOUA, dado que la aprobación inicial del presente instrumento de planeamiento se produjo con posterioridad a su entrada en vigor.

101 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 101 II. Valoración. La modificación no supone aumento del aprovechamiento lucrativo de los terrenos. En el expediente se justifica que según el planeamiento vigente, en el que no existe limitación del número de viviendas, se podría estimar un número de viviendas como sigue: Sector S1: 0,4 x m² x 49% x 1 viv./100m² = 294 viv. Sector S2: 0,4 x m² x 100% x 1 viv./100m² = viv. Con la modificación propuesta el número de viv. quedaría: Sector S1-S2a: 900 viv. Sector S2b: 0,4 x m² x 100% x 1 viv./100m² = 928 viv Por tanto, se deduce que el número de viviendas ha disminuido en un total de viv. En su virtud, La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo acuerda la aprobación definitiva de la presente Modificación de las Normas Subsidiarias, Sector S1 y S2 de Tabernas. En cuanto a publicidad y publicación estese a lo dispuesto en los artículos 40 y 41 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente Resolución, tal y como prevé el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio. Almería, 17 de septiembre de El Secretario de la Comisión. Fdo.: Mariano Díaz Quero - V.ºB.º El Vicepresidente. Fdo.: Francisco Espinosa Gaitán. ANEXO II MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE TABERNAS EN EL ÁMBITO DE LOS SECTORES S1 Y S2 OBJETO Y ALCANCE DE LA MODIFICACIÓN ÍNDICE 1. Antecedentes Estado actual según Normas Subsidiarias Estructura de la propiedad del suelo. 2. Objeto. 3. Justificación legal. 4. Conveniencia y oportunidad. 5. Contenido de la Modificación Puntual. 6. Condiciones de ordenación y aprovechamiento Sector S1 y S2a Uso Edificabilldad bruta Número de viviendas Edificabilldad bruta Reservas para dotaciones Sector S2b. 7. Ordenanzas ResidenciaL R Residencial R Terciario T Terciario T Terciario T Espacios libres que no forman parte del SELDUP. 8. Documentación gráfica Estructura de la propiedad del suelo La propiedad del suelo afectado por la presente modificación, se distribuye de la siguiente manera: CUADRO DE PROPIETARIOS SUPERFICIES Y PORCENTAJES SUPERFICIE PORCENTAJE SECTOR PROPIETARIO (m²) (% del total) S1 AYUNTAMIENTO DE TABERNAS ,70 EUROPEA DE INDUSTRIALES Y ,00 URBANISTAS REUNIDOS S.L. S2(*) MANUEL BARRIOS RUIZ ,30 JUAN BARRIOS RUIZ TOTAL AFECTADO POR LA MODIFICACION ,00 (*) La superficie total del Sector S2 se ha tomado de la aportada en la ficha urbanística del mismo existente en las Normas Subsidiarias, que asciende a un total de m². En la finca propiedad de Europea de Industriales y Urbanistas Reunidos, sí se ha efectuado medición, arrojando el resultado de m². Del resto del Sector S2, no existe medición, por lo que la superficie de m² que se le asigna, se ha estimado por diferencia con respecto al total dado en las Normas Subsidiarias. 2. Objeto. La presente modificación puntual se redacta, de acuerdo el Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 1992 que ha recuperado vigencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía según las determinaciones de la Ley 1/1997 (en adelante Ley 1/97), con el objeto genérico de completar las determinaciones de las Normas Subsidiarias de Tabernas, ordenando los Sectores S1 y S2 delimitados en ellas, y así ajustarse a las necesidades de la propiedad. El objeto particular es: Dividir el Sector S2 en dos: Uno que denominaremos Sector S2a que se corresponde con la finca registral núm , parcela 21 del polígono 27 de Tabernas, cuya propiedad representa la promotora mediante opción de compra y otro que denominaremos S2b. Modificar el uso industrial predominante del Sector S1 a uso residencial. Delimitar un único Sector constituido por el Sector S1 y el S2a para su desarrollo con uso predominante residencial y permitidos los compatibles, que denominaremos Sector S1 y S2a. Mantener las actuales condiciones de desarrollo para el Sector S2b. La superficie total del Sector S2 (según ficha urbanística de las Normas Subsidiarias), es de m² la superficie del Sector S2a, según medición, es de m² y la del Sector S2b, resto hasta la medida dada en las Normas Subsidiarias, es de m². Dado que tanto la superficie del Sector S2a como la del Sector S2b, superan las 10 ha mínimas establecidas en el art de las Normas Subsidiarias para el desarrollo de Planes Parciales, se pueden desarrollar mediante Planes Parciales diferentes. La superficie del Sector S1 es de m². La superficie del Sector S1 y S2a, es de m², superficie total ordenada a desarrollar, cumpliendo en este aspecto lo establecido por las Normas Subsidiarias. El futuro desarrollo del Sector S2b, queda asegurado por la existencia del vial de penetración que es estructurante, quedando vinculado en la ordenación para dar acceso al Sector S2b.

102 Página núm. 102 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo Justificación legal. La legislación urbanística contempla la posibilidad de revisión o modificación del planeamiento con arreglo a lo dispuesto en la Ley 1/97, y en el Reglamento de Planeamiento Urbanístico. En el caso que nos ocupa nos encontramos con una modificación que contempla el cambio de uso dominante del Sector S1 de industrial a residencial, teniendo en cuenta que dentro de los usos permitidos por las Normas Subsidiarias en el Sector S1 se encuentra el de vivienda, y la unificación de los Sectores S1 y el S2a en un único Sector S1 y S2a para su desarrollo conjunto. La cuantía de las cesiones de equipamientos y zonas libres de los Sectores S1 y S2a resultante, se determinará aplicando los módulos del artículo 10 del Anexo al Reglamento de Planeamiento para sectores con uso residencial como Unidad Integrada con un número máximo de 900 viviendas. Dado que el Sector S1 tiene una superficie de m² y las Normas Subsidiarias establecen en sus condiciones de aprovechamiento como uso dominante el Industrial con un aprovechamiento tipo de 0,4 m²/m² suelo y contemplan como uso permitido en el Sector, el de vivienda. La superficie edificable total del Sector S1, será de m² y puesto que no se establece un porcentaje definido para cada uso, se entiende que para el uso predominante ha de reservarse al menos el 51% de la edificabilidad, pudiendo destinar el 49% restante a los otros usos permitidos. Con las consideraciones anteriores, según las Normas Subsidiarias, podemos establecer una previsión de reserva de edificabilidad para suelo industrial de m², correspondiente al 51% del total del aprovechamiento y m² para uso residencial, correspondiente al 49% del total del aprovechamiento. De acuerdo con estos datos, se puede concluir que por aplicación de las Normas Subsidiarias actuales, en el Sector S1, aplicando el criterio de asignar 100 m² construidos por vivienda, se podrían edificar un total de 294 viviendas. El Sector S2, tiene una edificabilidad bruta de 0,4 m²/m² residencial, sin limitación en el número de viviendas. Puesto que la superficie del Sector S2a es de m², el aprovechamiento que le corresponde es de m² y considerando una vivienda por cada 100 m² de edificabilidad, en este Sector, se podrían edificar un total de viviendas. Según lo anterior, el número de viviendas edificables permitidas por las actuales Normas Subsidiarias en el Sector S1 y S2a es de Dado que el número máximo de viviendas que se le asigna en la presente modificación al Sector S1 y S2a es de 900, la actuación propuesta no supone aumento del número de viviendas, por lo que no es necesaria la ampliación de Zonas Verdes por este concepto. 4. Conveniencia y oportunidad. La presente Modificación Puntual se redacta con el fin de resolver problemas generados por la puesta en práctica de las determinaciones de las Normas Subsidiarias de Tabernas para los Sectores S1 y S2, manteniéndose los mismos objetivos generales de estas. La conveniencia y oportunidad de la presente modificación viene justificada por la adaptación del Sector a las necesidades particulares de la promoción y así facilitar el desarrollo de éste. 5. Contenido de la Modificación Puntual. La presente Modificación Puntual no supone una alteración sustancial de la ordenación ni de los criterios de las Normas Urbanísticas de Tabernas, mas que en los aspectos citados en los puntos 1 al 7, que afectan exclusivamente a los artículos y , respecto a los Sectores S1 y S2. El sistema de ejecución del Sector S1 y S2a será el previsto en las Normas, mediante Plan Parcial y Proyecto de Urbanización, 6. Condiciones de ordenación y aprovechamiento Sector 51 V S2a Uso residencial y compatibles Superficie bruta: m² Edificabilidad bruta: 0,40 m²/m² Núm. máximo de viviendas: 900 viviendas Aprovechamiento máximo: /m² Reservas para dotaciones. Dado que se trata de una Unidad Integrada, el artículo 10 del Anexo del Reglamento de Planeamiento fija los siguientes parámetros: Espacios libres de uso y dominio público (suelo): Jardines: 15m² x viv. = 15 x m² Áreas de Juego: 6 m² x viv.= 6 x m² Total espacios libres de dominio y uso público m² 10% de la superficie total ordenada m² El 10% de la superficie total ordenada es superior a los módulos mínimos de reserva definidos en el art. 10 del R.P.U., por lo que se adoptará esta. El número máximo de 900 viviendas establecido para el Sector, es inferior al permitido en las Normas Subsidiarias, por lo que no se ha de aumentar la cuantía de Espacios Libres de Uso y Dominio Público. Equipamiento genérico (suelo): Según el artículo 10 del Reglamento de Planeamiento, y el art de las NN.SS., se ha de reservar para Equipamiento, en función del número de viviendas, un total de 12 m² de suelo por vivienda, lo que lleva a la siguiente cuantía: Equipamiento genérico: 12m² x viv = 12 x 900 = m². I Servicios de interes público y social: Parque Deportivo: 6 m² x viv.= 6 x m² suelo. Equip. Comercial y Social: 4 m² x viv. = 4 x m² const. Equip. Social: 2 m² x viv. = 2 x m² const. Plazas de aparcamiento: 1 plaza por cada 100 m² edificados = plazas. Del total de las plazas, se reservara una de cada 50 unidades o fracción para minusválidos Sector S2b. Sector núm. 2b: Uso mixto Superficie m² 1. Locallzación: Los Retamares. 2. Usos permitidos: Residencial, Industrial categorías 2., 3. y 4.º 3. Condiciones de aprovechamiento. Uso dominante: Residencial. Aprovechamiento tipo (por m² de suelo): 0,4 m²/m². Aprovechamiento tipo (por m² de suelo): 0,4 m²/m². 4. Cesiones mínimas obligatorias. Se preverán los módulos mínimos de reserva indicados en el reglamento de planeamiento. 5. Observaciones. Previamente a la tramitación de cualquier Plan Parcial en este ámbito, se habrá de aprobar un Plan Especial que establezca las reglas de compatibilidad entre los distintos usos. El Plan Especial, contendrá un Estudio de Impacto Ambiental que informará favorablemente la Consejería de Medio Ambiente. (Los límites del Estudio de Impacto Ambiental se detallan en la declaración de Impacto de la Consejería.)

103 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 103 Se fijará un uso principal residencial, estableciéndose además que se pueden realizar polígonos independientes de uso industrial que podrán alcanzar hasta un 30% de la superficie total. El Sector se desarrollará mediante Planes Parciales de superficie mayor o igual a 10 Ha. Se garantizará la disponibilidad y abastecimiento de agua. 7. Ordenanzas. La intención principal del promotor de la actuación en el Sector S1 y S2a, es proyectar un conjunto de viviendas unifamiliares con servicios comerciales, sociales, deportivos y recreativos particulares, que dispondrá de viario, espacios libres y equipamiento de propiedad privada, sin perjuicio de las cesiones de carácter obligatorio que son de dominio y uso público, que se ubicarán en las manzanas definidas en el Plan Parcial para tal fin, quedando el resto de manzanas para uso lucrativo. Por tal motivo se realizan las siguientes modificaciones en las ordenanzas: 7.1. Residencial R Usos: El uso dominante es el de vivienda unifamiliar y edificaciones complementarias, admitiéndose como compatibles los usos de talleres e industrias compatible con residencial, social, asistencial, deportivo, sanitario, administrativo y comercial Condiciones de posición. El sistema posible de posición en la parcela, será: a) Aislada con retranqueos de 3 m a viales y en los paramentos en los que se abran luces y 2 m en los paramentos ciegos. b) Pareada con retranqueos de 3 m a viales y en los paramentos en los que se abran luces y 2 m en los paramentos ciegos. c) Adosada con o sin retranqueos a vial, pudiendo organizarse en bloques que entre si y a los linderos mantendrán una separación mínima igual de la altura de la edificación Edificabilidad: Para uso residencial se establece una edificabilidad neta de 0,8 m²/m², para uso dominante y compatibles Altura máxima: Se establece en dos plantas, 7 m para uso de vivienda y tres plantas 10,00 m para otros usos compatibles Parcela mínima. Se establece en: a) Vivienda unifamiliar aislada: 300 m². b) Vivienda unifamiliar pareada: 200 m². c) Vivienda unifamiliar adosada: 100 m² Ámbito de aplicación: Se aplicará en el Sector S1 y S2a, a las manzanas señaladas con tal ordenanza en el Plan Parcial que la desarrolla Residencial R Usos: El uso dominante es el residencial asistencial y hotelero y edificaciones complementarias, admitiéndose como compatibles los usos de talleres e industrias compatible con residencial, social, deportivo, sanitario, administrativo y comercial Condiciones de posición: La posición en la parcela será libre, estableciendo retranqueo mínimo de 3 m a linderos en caso de que la edificación sea aislada Edificabilidad: Se establece una edificabilidad neta de 1,00 m²/m², para el uso dominante y compatibles Altura máxima: Se establece en tres plantas y 11,00 m Parcela mínima: No se establece parcela mínima Ámbito de aplicación: Se aplicará en el Sector S1 y S2a, a las manzanas señaladas con tal ordenanza en el Plan Parcial que la desarrolla Terciario T1: Usos: El uso dominante es el terciario y edificaciones complementarias, admitiéndose como compatibles los usos de talleres e industrias compatible con residencial, social, asistencial, deportivo, sanitario, administrativo y comercial Condiciones de posición: La posición en la parcela será libre, estableciendo retranqueo mínimo de 3 m a linderos en caso de que la edificación sea aislada Edificabilidad: Se establece una edificabilidad neta de 1,0 m²/m², para el uso dominante y compatibles Altura máxima: Se establece en tres plantas y 11,00 m Parcela mínima: No se establece parcela mínima Ámbito de aplicación: Se aplicará en el Sector S1 y S2a, a las manzanas señaladas con tal ordenanza en el Plan Parcial que la desarrolla Terciario T2: Usos: El uso dominante es el terciario y edificaciones complementarias, admitiéndose como compatibles los usos de talleres e industrias compatible con residencial, social, asistencial, deportivo, sanitario, administrativo y comercial Condiciones de posición: La posición en la parcela será libre, estableciendo retranqueo mínimo de 3 m a linderos en caso de que la edificación sea aislada Edificabilidad: Se establece una edificabilidad neta de 0,40 m²/m², para el uso dominante y compatibles Altura máxima: Se establece en dos plantas y 7,50 m Parcela mínima: No se establece parcela mínima Ámbito de aplicación: Se aplicará en el Sector S1 y S2a, a las manzanas señaladas con tal ordenanza en el Plan Parcial que la desarrolla Terciario T Usos: El uso dominante es el terciario y edificaciones complementarias, admitiéndose como compatibles los usos de talleres e industrias compatible con residencial, social, asistencial, deportivo, sanitario, administrativo y comercial Condiciones de posición: La posición en la parcela será libre, estableciendo retranqueo mínimo de 3 m a linderos en caso de que la edificación sea aislada Edificabilidad: Se establece una edificabilidad neta de 0,20 m²/m², para el uso dominante y compatibles Altura máxima: Se establece en dos plantas y 7,50 m Parcela mínima: No se establece parcela mínima Ámbito de aplicación: Se aplicará en el Sector S1 y S2a, a las manzanas señaladas con tal ordenanza en el Plan Parcial que la desarrolla. 7.6 Espacios libres que no forman parte del SELDUP: En las manzanas señaladas como Espacios Libres (E.L.), independientes de las que forman parte del Sistema de Espacios Libres de Dominio y Uso Público, se permitirán edificaciones aisladas de carácter lúdico, de composición u situación libre en la manzana, de una planta de altura (6 m), y una edificabilidad máxima de 0,10 m²/m². Almería, 14 de mayo de El Delegado, Luis Caparrós Mirón.

104 Página núm. 104 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 ANUNCIO de 13 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se someten a información pública las modificaciones solicitadas en la concesión de Servicio Público Regular de Viajeros por carretera «Siles-Málaga-Almería por Córdoba, Granada y Jaén» (VJA-167) (PP. 1675/2007). Don Javier Gómez Aranda, en representación de la empresa Transportes Alsina Graells Sur, S.A., titular de la concesión VJA-167 «Siles-Málaga-Almería por Córdoba, Granada y Jaén, con hijuelas», ha solicitado, al amparo de los artículos 78 y 82 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, la modificación de tráficos, calendarios y horarios en la prestación de los servicios indicados, en precitada concesión, consistentes en: - Establecimiento de una parada obligatoria en Torres de Albánchez y Hospital de Puente de Génave, dentro de los servicios de Granada-Siles y Jaén-Siles. - Modificación de los actuales servicios Jaén-Torres de Albánchez y Úbeda-Siles con el fin de establecer nuevos tráficos con las poblaciones de Villarrodrigo y Génave. - Modificación de horarios con el fin de dar respuesta a las solicitudes de tráfico planteadas. Se convoca expresamente: - Excma. Diputación Provincial de Jaén. - Excmos. Ayuntamientos de aquellos términos municipales por los que discurren los servicios objeto de las presentes modificaciones. - Las asociaciones y agrupaciones empresariales de transporte que puedan estar interesadas. - Las centrales sindicales de la provincia. - Las asociaciones de usuarios y consumidores de Andalucía. - Los concesionarios de servicios regulares de la misma clase que exploten expediciones con algún punto de contacto en relación con los tráficos de dicha concesión. - Y, en general, a cuantos tengan interés en el asunto. Los interesados y afectados en este expediente podrán personarse en el procedimiento, previo examen de la documentación pertinente en el Servicio de Transportes de Jaén (calle Arquitecto Berges, núm. 7, bajo) y efectuar cuantas alegaciones y observaciones estimen oportunas, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía». Jaén, 13 de abril de El Delegado, Manuel López Jiménez. CONSEJERÍA DE EMPLEO ANUNCIO de 8 de mayo de 2007, de la Dirección Provincial de Sevilla del Servicio Andaluz de Empleo, por el que se hace público resolución de liquidación de subvención. Intentada la notificación de resolución de reintegro y extinción recaída en el expediente 41/2004/J/371 R-1 a la entidad Cek Knosys, S.L. sin haber podido efectuar la misma en el último domicilio conocido (Avda. Carlos Marx, Edif. Amate, núm Sevilla) y de conformidad con lo previsto en el art de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente anuncio para que sirva de notificación, significándole que en el plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación del presente escrito, queda de manifiesto el expediente en el Servicio de Formación de la Dirección Provincial del SAE, sito en Avda. República Argentina, 21-B, de Sevilla, pudiendo conocer el contenido íntegro del acto. Contra la indicada resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Ilmo. Sr. Consejero de Empleo, de acuerdo con lo previsto en los arts. 116 y 117 de la precitada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses de conformidad con lo establecido en el art de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. En ambos casos, los cómputos de los plazos se iniciarán a partir del día siguiente al de su notificación. Sevilla, 8 de mayo de El Director, Antonio Rivas Sánchez. CONSEJERÍA DE TURISMO, COMERCIO Y DEPORTE ANUNCIO de 7 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Málaga, por el que se notifica la Resolución del expediente de reintegro que se cita. Intentada la notificación de la Resolución de reintegro de subvención que más adelante se indica, sin que se haya podido practicar, por medio del presente y de conformidad con los artículos 59.4, 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se procede a la notificación de dicha resolución a la entidad que se indica, comunicándole que para conocer el texto íntegro de la misma podrá comparecer, ante la sede de la Delegación Provincial de Málaga de Turismo, Comercio y Deporte sita en la Avenida de la Aurora 47, 8.ª planta, Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, de Málaga, en horas de 9 a 14 cualquier día hábil de lunes a viernes. Entidad que se cita: Entidad: C.D. Manilva FS. CIF: G Expediente: 100-ASS/05/R. Acto: Resolución de reintegro de 11 de octubre de Contenido: Reintegro de la subvención concedida al amparo de la Orden de 25 de enero de 2005 por importe de 1.800,00 euros, con adición de 100,11 euros en concepto de intereses de demora, lo que asciende a un total de 1.900,11 euros. Málaga, 7 de mayo de El Delegado, José Cosme Martín Jiménez. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se hacen públicos actos referentes a devoluciones de pagos indebidos. En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por el presente anuncio se notifica a los interesados que a continuación se relacionan,

105 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 105 los actos mediante los cuales se les solicita la devolución de pagos indebidos mediante percepción de la nómina mecanizada, para cuyo conocimiento íntegro podrán comparecer en el Servicio de Retribuciones de esta Delegación Provincial, Plaza Mina, 8 y 9, en el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la publicación de la presente Resolución. NOMBRE Y APELLIDOS DNI ULTIMO DOMICILIO CONOCIDO TTE QUE SE NOTIFICA PABLO BATALLER ALBEROLA Av. Cayetano del Toro 54 9c CADIZ Resolución de INMACULADA CANELA REINA C/ Estrasburgo 4 Esc 2D SEVILLA Resolución de ROSA ANA GALLARDO MUÑOZ C/ Cuba 2 CHICLANA Resolución de ANGELA JIMÉNEZ FERNÁNDEZ C del Carbón 2 parc Iz CHICLANA Resolución de MARTA PELAEZ GALLEGO C/ Jardinillo 13-2L SAN FDO Resolución de ENRIQUE GARCIA DE LA PAZ C/ Playa Paloma 19 TARIFA Resolución de ALBERTO PEREZ MAGARIÑOS Av. Menesteo 12 2ºD EL PTO SANTA MARIA Resolución de JOSE A. CASABLANCA DIAZ C/Gral Florencio Montojo 36 3ºA Resolución de SAN FERNANDO ANTONIO NÚÑEZ CASTILLO C/Nicaragua 1 4º A ALGECIRAS Acuerdo de M DOLORES MURIEL CONTRERAS C/Ciudad Real 9 ALGECIRAS Acuerdo de EDUARDO RAMON RODRÍGUEZ PUERTO Acuerdo de Cádiz, 2 de mayo de El Delegado, Manuel Brenes Rivas. CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL RESOLUCIÓN de 27 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se publican actos administrativos relativos a procedimientos de desamparo. (Decreto 42/2002, de 12 de febrero). En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y el art. 26 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa (BOJA núm. 20 del ), por el presente anuncio se notifica a los interesados que se relacionan los siguientes actos administrativos, para cuyo conocimiento íntegro, podrán comparecer en la sede de esta Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social, calle Ancha de Gracia, 6, en Granada, de lunes a viernes, de 9,00 a 14,00 horas. Interesado/a: Francisco Cristóbal Torreblanca Balongo. Núm. expediente: 121/07. Acto notificado: Acuerdo de Inicio de Procedimiento de Desamparo al/los menor/es (R.T.M.). Plazo de alegaciones: 15 días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de notificación de este acuerdo de iniciación. Granada, 27 de abril de La Delegada, Elvira Ramón Utrabo. RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se hace pública la notificación de Resolución que no ha podido ser notificada al interesado. De conformidad con los arts y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimientos Administrativo Común, y habida cuenta de que han sido intentadas las notificaciones sin que hayan surtido efecto, se notifican, por medio de su anuncio haciendo saber a los interesados que, conforme al art. 44 del Decreto 282/2002, los padres biológicos del menor podrán comparecer en un plazo de quince días, en este organismo, sito en C/ Ancha de Gracia, núm. 6, de Granada, desde la notificación de esta resolución, a fin de poder presentar las alegaciones y documentos que estime conveniente y conocer el contenido integro del procedimiento. Expte.: 216/06, que con fecha 16 de abril de 2007, se ha dictado Resolución de Archivo, respecto de la menor A.G.P., hija de José Gómez Martínez, pudiendo formular reclamación ante el Juzgado de Primera Instancia-Familia de esta capital. Granada, 9 de mayo de La Delegada, Elvira Ramón Utrabo. RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se notifican Resoluciones de expedientes de revisión a perceptores de prestaciones gestionadas por esta Delegación. De conformidad con el art de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y dada la imposibilidad de practicar notificación a las personas relacionadas a continuación en el último domicilio conocido, se les hace saber a través de este anuncio, que se ha dictado Resolución en expediente de revisión de las prestaciones de que eran perceptores. D.N.I. APELLIDOS Y NOMBRE PRESTACION SÁNCHEZ MARTÍN, CEFERINA FONDO ASISTENCIA SOCIAL PONCE MUÑOZ, FRANCISCA PENSION NO CONTRIBUTIVA AL-BUSSTANI GUTIERREZ, ADIB PENSION NO CONTRIBUTIVA NIETO BENÍTEZ, ANA PENSION NO CONTRIBUTIVA SÁNCHEZ FALCÓN, JUAN MANUEL PENSION NO CONTRIBUTIVA LÓPEZ ANDÚJAR, M.ª LUISA PENSION NO CONTRIBUTIVA BIZARRAGA GABARRI, ANTONIO PENSION NO CONTRIBUTIVA ANAYA SÁNCHEZ, CARMEN PENSION NO CONTRIBUTIVA

106 Página núm. 106 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 Al objeto de conocer el contenido exacto del expediente, los interesados podrán comparecer en la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y el Bienestar Social, en la calle Pagés del Corro, núm. 90, de Sevilla, en el plazo de un mes a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Sevilla, 9 de mayo de La Delegada, M.ª José Castro Nieto. ACUERDO de 19 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Cádiz, para la notificación por edicto del Acuerdo de Inicio de Procedimiento de Ratificación de Desamparo y Constitución de Acogimiento Familiar Preadoptivo que se cita. Acuerdo de fecha 19 de abril de 2007, de la Delegada Provincial en Cádiz de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, por el que se ordena la notificación por edicto de Inicio de Procedimiento a doña Concepción Lozano Peralta, al estar en ignorado paradero en el expediente incoado. En virtud de lo dispuesto en el art de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al intentarse notificación y no poderse practicar, podrá comparecer, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en Cádiz, Pza. Asdrúbal, 6, Edificio Junta Andalucía, para la notificación del contenido íntegro de Resolución de 18 de enero de Acuerdo de Inicio del Procedimiento de Acogimiento Familiar Preadoptivo del menor G.L.P. Se le significa que contra la misma podrá interponerse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital, conforme a la Disposición Transitoria Décima de la Ley 11/81, de 13 de mayo, por los trámites de Jurisdicción Voluntaria, de conformidad con la Disposición Adicional Primera de la L.O. 1/96, de 15 de enero, de Protección Jurídica de Menores. Cádiz, 19 de abril de La Delegada, Manuela Guntiñas López. ACUERDO de 10 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Málaga, para la notificación por edicto de Acuerdo de inicio de procedimiento de acogimiento a don Francisco Manuel Núñez Cervantes y doña Lourde Quiroga García. Acuerdo de fecha 10 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Málaga, por el que se ordena la notificación por edicto de acuerdo de inicio de procedimiento de acogimiento a don Francisco Manuel Núñez Cervantes y doña Lourdes Quiroga García al haber resultado en ignorado paradero en el domicilio que figura en el expediente incoado. En virtud de lo dispuesto en el art de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por ser desconocido su domicilio o estar ausente del mismo, podrá comparecer, en el plazo de diez días, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en C/ Ollerías, núm. 17, Málaga, para la entrega de la notificación de fecha 19 de abril de 2007, por la que se comunica el acuerdo de inicio de procedimiento de acogimiento, referente al menor L.N.Q., expediente núm Málaga, 10 de mayo de La Delegada, Amparo Bilbao Guerrero. ACUERDO de 10 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Málaga, para la notificación por edicto del Acuerdo por el que se inicia el procedimiento de desamparo y desamparo provisional a don Juan Antonio Rodríguez y doña Irene Palma Carvajal. Acuerdo de fecha jueves, 10 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Málaga, por el que se ordena la notificación por edicto del Acuerdo por el que se inicia el procedimiento de desamparo y desamparo provisional a don Juan Antonio Rodríguez y doña Irene Palma Carvajal, al haber resultado en ignorado paradero en el domicilio que figura en el expediente incoado. En virtud de lo dispuesto en el art de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por ser desconocido su domicilio o estar ausente del mismo, podrá comparecer, en el plazo de diez días, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en C/ Ollerías, núm. 17, Málaga, para la entrega de la notificación de fecha jueves, 10 de mayo de 2007, por la que se comunica el Acuerdo por el que se inicia el procedimiento de desamparo y desamparo provisional, referente a los menores A.R.P. y M.R.P., expediente núm /238. Málaga, 10 de mayo de La Delegada, Amparo Bilbao Guerrero. ACUERDO de 10 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Málaga, para la notificación por edicto de Resolución de promoción judicial de acogimiento familiar permanente a don Enrique Fernández Velázquez y doña Inmaculada Pérez Castillo. Acuerdo de fecha 10 de mayo de 2007 de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Málaga, por el que se ordena la notificación por edicto de Resolución a don Enrique Fernández Velázquez y doña Inmaculada Pérez Castillo al haber resultado en ignorado paradero en el domicilio que figura en el expediente incoado. En virtud de lo dispuesto en el art de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por ser desconocido su domicilio o estar ausente del mismo, podrá comparecer, en el plazo de diez días, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en C/ Ollerías, núm Málaga, para la notificación del contenido íntegro de Resolución de Promoción Judicial de Acogimiento Familiar Permanente de fecha 19 de abril de 2007 del menor S.F.P., expediente núm. 352/2002/29/000288, significándole que contra esta Resolución podrá formularse reclamación ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de esta capital y por los trámites del proceso especial de oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores, de conformidad con los artículos 779 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Málaga, 10 de mayo de La Delegada, Amparo Bilbao Guerrero. ACUERDO de 7 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Sevilla, por el que se da publicidad al acuerdo que se cita. Acuerdo de Inicio de Procedimiento de desamparo de fecha de 1 febrero de 2007 y Resolución de rectificación de errores de 27 de marzo de 2007 de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, dictada en los expedientes núms , /622 sobre protección de menores.

107 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 107 Núm. Exptes ; /622. Nombre y apellidos: Don Antonio Cádiz Flores. Contenido del acto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que don Antonio Cádiz Flores, en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios; se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación integra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes a los menores afectados. La Delegada Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.1 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa (BOJA núm. 20, de 16 de febrero de 2002) ha acordado la iniciación de oficio del procedimiento de desamparo en los expedientes de protección ; /622, con respecto de los menores A.C.F; Y.C.F; L.C.F, nombrando instructor del procedimiento a la Jefa de Servicio de Protección de Menores de esta Delegación. Lo que se notifica a los efectos legales oportunos, haciéndo saber que de conformidad con lo establecido en el art. 24 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa, disponen de un plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación de la iniciación del presente procedimiento, a fin de aportar cuantas alegaciones y documentos estimen convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretenda valerse. Para conocimiento del contenido íntegro de este acto, don Antonio Cádiz Flores, en paradero desconocido, podrá comparecer en la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, sito en C/ Luis Montoto núm. 89, 1.ª planta. Sevilla, 7 de mayo de La Delegada, (Decreto 21/85, de 5.2), la Secretaria General, Leocricia Jiménez López. NOTIFICACIÓN de 3 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Sevilla, Comisión Provincial de Medidas de Protección, en la que se ratifica situación de desamparo, en el expediente de protección núm , 5, 6, 7 y 117. Nombre: Don Jesús Cerco Vargas y doña Juana Campos Ríos. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que no ha sido posible la notificación personal por tanto, se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes a los menores afectados. Para conocimiento del contenido íntegro del acuerdo dictado podrán los interesados comparecer en la Delegación Provincial de Asuntos Sociales en Sevilla, sita en C/ Luis Montoto, núm. 89, 1.ª planta. La Comisión Provincial de Medidas de Protección de Sevilla, de conformidad con lo dispuesto en el art. 32 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del Régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa (BOJA núm. 20, de 16 de febrero de 2002) ha resuelto dictar Resolución en la que se ratifica la situación de desamparo en el expediente de protección de menores núm , 5, 6, 7 y 117, con respecto a los menores M.C.C., I.C.C., J.C.C, J.C.C. y RN hijo de Juana Campos Ríos, lo que se le notifica a los efectos legales oportunos, haciéndole saber que contra la presente resolución cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Sevilla conforme a los trámites establecidos al respecto en los arts. 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Sevilla, 3 de mayo de El/La Delegado/a, (Decreto 21/1985, de 5.2), la Secretaria General, Leocricia Jiménez López. ANUNCIO de 10 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Granada, notificando Propuesta de Resolución del Expte. Sancionador núm. 04/07 en materia de drogas. De conformidad con los Arts y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y habida cuenta de que han sido intentadas las notificaciones sin que hayan surtido efecto, se notifican, por medio de su anuncio, haciendo saber al interesado que podrá comparecer en un plazo de quince días, en este Organismo, sito en C/Ancha de Gracia, 6, a fin de conocer el contenido íntegro el contenido de la Propuesta de Resolución mencionada. Expte.: GR-04/07. Acto que se notifica: Propuesta de Resolución, de fecha Notificado: Lucía Antonia Truán Vereterra, Titular del establtº. «Pub la Chimenea». Ultimo domicilio: Edif. Primavera Urb., Sol y Nieve, Monachil, Sierra Nevada (Granada). Instructora del expediente: Doña Luisa M.ª Gil Sáenz. Granada, 10 de mayo de La Delegada, Elvira Ramón Utrabo. CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE ANUNCIO de 13 de marzo de 2007, de la Delegación Provincial de Almería, por la que se somete a información pública solicitud de ocupación de terrenos en el monte AL CCAY. (PP. 997/2007). Por el Ayuntamiento de Olula del Río se ha solicitado la Descatalogación de 3,238 Ha del monte denominado «Pinatar de la Sierra de Maimón» núm. 39-A-1 del C.U.P., AL CCAY perteneciente al pueblo de Olula del Río y sito en su término municipal por estar afectado por la Modificación de las Normas Subsidiarias. En cumplimiento con lo establecido en el art. 48 del Reglamento de la Ley 2/92 Forestal de Andalucía se abre información pública por término de veinte días a todos los eventuales beneficiarios afectados por la descatalogación a fin de ponerles de manifiesto dicho expediente en esta Delegación Provincial y para que puedan alegar lo que a su derecho convenga. Almería, 13 de marzo de El Delegado, Juan José Luque Ibáñez. DIPUTACIONES ANUNCIO de 2 de abril de 2007, de la Diputación Provincial de Granada, por el que se da publicidad al Acuerdo que se cita. (PP. 1678/2007). El Pleno de la Diputación de Granada en sesión celebrada el 24 de abril de 2007, a propuesta de la Presidencia, aprobó el inicio del procedimiento para la adopción de la Bandera Pri-

108 Página núm. 108 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 vativa de la Diputación de Granada, según establece la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía. Por lo que se abre un plazo de 20 días de información publica para que por los interesados se puedan formular las alegaciones o sugerencias que estimen oportunas, en el Registro de Diputación de Granada, sito en Periodista Barrios Talavera, núm. 1, de Granada. Lo que se informa para general conocimiento. Granada, 2 de abril de El Presidente de la Diputación de Granada, Antonio Martínez Caler. AYUNTAMIENTOS en el Tablón de Anuncios Municipal. De coincidir este último día, con sábado, domingo o una festividad, se trasladará al día siguiente hábil, hasta las 14,00 horas del mismo. El Pliego de Condiciones Particulares y de Prescripciones Técnicas se encuentra a disposición de todas las personas interesadas en la Entidad Copysierra, sita en la calle Monasterio de la Rábida de esta Ciudad de Aracena, teléfono Información: Secretaría General del Excmo. Ayuntamiento, en la Plaza de Santa Catalina, s/n, Aracena (Huelva), teléfono fax Lo que se hace público, para general conocimiento, en esta Ciudad de Aracena, a treinta de marzo de dos mil siete. RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2007, del Ayuntamiento de Los Gallardos, por la que se da publicidad a la adhesión del Ayuntamiento al Convenio Marco, de 2 de febrero de 2006, entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la implantación de una red de oficinas integradas de atención al ciudadano en el ámbito territorial de Andalucía. (PP. 1535/2007). Con fecha 4 de octubre de 2006, el Pleno del Ayuntamiento de Los Gallardos acordó solicitar la adhesión al Convenio Marco, de 2 de febrero de 2006, entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de Andalucía. En reunión de la Comisión de Seguimiento y Evaluación del Convenio, celebrada en Sevilla, el día 11 de diciembre de 2006, se aprobó la solicitud de adhesión de Los Gallardos. El Ayuntamiento de Los Gallardos se compromete a prestar los servicios correspondientes: Prestación de servicios de nivel primario, consistentes en recepción, registro y remisión de comunicaciones del ciudadano. Los Gallardos, 17 de abril de La Alcaldesa, María González Martínez. EDICTO de 30 de marzo de 2007, del Ayuntamiento de Aracena, de inicio de procedimiento de adquisición de máquina barredora. (PP. 1683/2007). Don Manuel Guerra González, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad de Aracena. Huelva. Hace saber: Que la Junta de Gobierno Local, reunida en sesión ordinaria, el día 12 de marzo de 2007, adoptó, entre otros, el acuerdo de proceder al inicio del siguiente expediente: Objeto del contrato: Adquisición de una máquina barredora, para los Servicios Municipales, por procedimiento abierto, tramitación ordinaria y por concurso público. Tipo de licitación: Sesenta mil euros (60.000,00), IVA incluido. Fianza provisional: 2% de la cuantía prevista como tipo de licitación. Plazo de entrega: Un mes, a contar de la firma del contrato. Presentación proposiciones: En el Registro General de este Excmo. Ayuntamiento, de 8,00 a 15,00 horas, en el plazo de quince días naturales, a contar del siguiente a la publicación de los Edictos correspondientes en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y ANUNCIO de 4 de mayo de 2007, del Ayuntamiento de Sevilla, de concurso para la contratación del suministro de vestuario de invierno para el personal de este Ayuntamiento para el año (PP. 1874/2007). Convocatoria de concurso para la contratación del suministro de vestuario de invierno para el personal de este Ayuntamiento para el año Entidad adjudicadora. Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Sevilla. Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Gobierno Interior. Número de expediente: 1.246/ Objeto del contrato. Descripción del objeto: Suministro de vestuario de invierno para el personal de este Ayuntamiento para el año Lugar de entrega: Almacenes Municipales. Plazo máximo de entrega: 45 días. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación. Tramitación: Urgente. Procedimiento: Abierto. Forma: Concurso Público. 4. Presupuesto base de licitación: ,00 euros (doscientos sesenta y uno mil ochocientos veinte euros). 5. Garantías. Provisional: 5.236,40 euros. 6. Obtención de documentación e información. Servicio de Gobierno Interior. Domicilio: C/ Méndez Núñez, núm. 10, 1.º Localidad: Sevilla, Teléfono: Fax: Fecha límite de obtención de documentos e información: Hasta el día anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 7. Requisitos específicos del contratista: Los exigidos en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas. 8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de Participación: Fecha límite de presentación: 8 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio. Documentación a presentar: La especificada en los Pliegos de Cláusulas Administrativas que rigen la contratación. Lugar de presentación: Registro General del Ayuntamiento de Sevilla, C/ Pajaritos, núm. 14, 41004, Sevilla. Admisión de variantes: No. 9. Apertura de las ofertas: Entidad: Ayuntamiento de Sevilla (Casa Consistorial). Domicilio: Plaza Nueva, núm. 1, 41001, Sevilla.

109 Sevilla, 28 de mayo 2007 BOJA núm. 104 Página núm. 109 Fecha: En acto público el segundo martes siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones. Hora: A partir de las 10,00 h. 10. Gastos de anuncios: Serán de cuenta del adjudicatario. Sevilla, 4 de mayo de El Secretario General. ANUNCIO de 23 de abril de 2007, del Ayuntamiento de Valverde del Camino, relativo al Convenio Marco Administración General del Estado y Administración Comunidad Autónoma Andaluza, Oficinas Integradas 060. (PP. 1697/2007). Habiéndose adherido el Excmo. Ayuntamiento de Valverde del Camino al Convenio Marco suscrito entre la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la implantación de una red de espacios comunes de atención a la ciudadanía, Oficinas Integradas 060, se hace pública dicha adhesión a los efectos de su entrada en vigor. Lo que se hace púbico para general conocimiento. Valverde del Camino, 23 de abril de El Alcalde, José Cejudo Sánchez. SOCIEDADES COOPERATIVAS ANUNCIO de 5 de marzo de 2007, de la Sdad. Coop. And. Fercobren, de transformación. (PP. 1063/2007). En Junta General Extraordinaria celebrada el día 5 de marzo de 2007 se ha acordado la transformación en Sociedad de Responsabilidad Limitada, lo que se hace público para general conocimiento. Presidente Consejo Rector, Fdo.: Santos Valle Campos. ANUNCIO de 30 de abril de 2007, de la Sdad. Coop. And. Recauto, de transformación. (PP. 1715/2007). Celebrada Asamblea General Extraordinaria de la Sociedad Cooperativa Andaluza Recauto, provista de CIF F , en fecha 24 de abril de 2007, se ha acordado por unanimidad entre otras: 1) Transformar la Sociedad Cooperativa en una Sociedad Limitada. Málaga, 30 de abril de José Francisco Alba Farache; NIF: P. (Continúa en el fascículo 2 de 2)

110 Página núm. 110 BOJA núm. 104 Sevilla, 28 de mayo 2007 Título: Autora: Liderazgo Político de Mujeres Desde la Transición hacia la Democracia Paritaria María F. Sánchez Hernández Realización y edición: Instituto Andaluz de la Mujer Año de edición: 2003 Distribuye: Servicio de Publicaciones y BOJA Pedidos: Servicio de Publicaciones y BOJA Apartado Oficial Sucursal núm SEVILLA También está a la venta en librerías colaboradoras Forma de pago: El pago se realizará de conformidad con la liquidación que se practique por el Servicio de Publicaciones y BOJA al aceptar el pedido, lo que se comunicará a vuelta de correo P.V.P.: 11,69 E (IVA incluido)

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